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IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

El valor del IRPH no es un número que “sale de internet”: es un tipo oficial que el Banco de España publica y que el BOE recoge en un PDF. Saber usar ese documento marca la diferencia entre discutir opiniones y aportar una prueba pública.

Clave: el IRPH habitual en hipotecas es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España. Ese es el texto que debes localizar en el BOE.

IRPH en el BOE PDF oficial

Cuando llega una revisión de cuota, el banco comunica un nuevo tipo. Esa comunicación puede ser correcta… o no. El PDF del BOE no sustituye a un abogado ni a un informe pericial completo, pero cumple tres funciones muy concretas: fija el dato oficial del mes de referencia, permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España, y se puede adjuntar a una reclamación como fuente pública.

Por qué el PDF del BOE importa tanto

  • Fija el dato oficial del mes de referencia del índice.
  • Permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España.
  • Se puede adjuntar a una reclamación o a un escrito al servicio de atención al cliente.

Muchas personas guardan capturas de webs o de hojas de cálculo. Orientan, pero el BOE es el soporte que las instituciones reconocen como publicación oficial. En la página IRPH en el BOE tienes enlaces directos a PDFs de 2025 y 2026.

Qué buscar exactamente en el documento

Las resoluciones del Banco de España en el BOE suelen ocupar una sola página. Aparecen varios tipos oficiales. El que interesa para el IRPH de entidades es el del tipo medio a más de tres años con la redacción completa citada arriba.

No lo confundas con el Euríbor a distintos plazos, el IRS a cinco años, el tipo medio de la zona euro u otros índices de compensación por cancelación anticipada.

Clave: si el PDF habla de Euríbor o de IRS y no incluye el párrafo del “tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España”, no es el documento para contrastar el IRPH de tu escritura.

Cómo usarlo en una revisión de cuota

  1. 1
    Localiza en tu escritura qué mes del índice se aplica y con qué periodicidad se revisa.
  2. 2
    Descarga el PDF del BOE de ese mes desde IRPH en el BOE.
  3. 3
    Anota el valor del tipo medio y compáralo con la notificación del banco.
  4. 4
    Revisa diferencial y redondeo: tipo final = índice ± diferencial ± posibles redondeos.
  5. 5
    Guarda PDF + notificación juntos, con fecha.

Clave: un desfase de un mes en el índice puede mover la cuota más de lo que parece. El PDF fija el número; la escritura fija qué mes se usa.

Cómo usarlo en una reclamación

Si reclamas por IRPH o pides que te expliquen el cálculo, el PDF refuerza el relato de hechos: indica el mes de referencia, cita el valor del BOE y la referencia BOE-A-…, adjunta el PDF completo y, si procede, señala la diferencia respecto a otro índice con fuentes oficiales.

Esto no garantiza el resultado de una reclamación, pero evita que la conversación se quede en “yo he visto otro número en una web”.

Tabla de trabajo para contrastar

Qué mirasDóndePara qué
Mes del índiceEscrituraSaber qué BOE descargar
Valor del tipo medioPDF del BOEContrastar con la notificación
DiferencialEscrituraCalcular el tipo final
RedondeoEscrituraVer si hay ajuste al alza
Nueva cuotaSimulador / bancoTraducir el tipo a euros

Ejemplo orientativo de impacto en cuota

Supón un capital pendiente de 100.000 €, 20 años restantes y diferencial 0 %. Una subida del índice de 0,20 puntos no parece dramática en el papel, pero se nota en la letra mensual. Usa siempre tus cifras reales en el simulador.

Los 484 € y 496 € son un caso tipo didáctico; no son tu cuota. Calcula la tuya con el simulador de revisión.

Errores frecuentes

  • Usar el PDF del mes de publicación como si fuera el mes del índice.
  • Confundir índices dentro del mismo BOE.
  • Olvidar el diferencial y pensar que “el IRPH del BOE es mi tipo”.
  • Adjuntar solo una captura sin identificador BOE-A-…
  • No guardar la notificación del banco junto al PDF.

Dónde encontrar los PDFs

  • IRPH en el BOE en este sitio.
  • Buscador del BOE con la frase del tipo medio a más de tres años.
  • Tabla de tipos del Banco de España (Cliente Bancario).

Para el valor reciente: IRPH hoy. Para comparar: Euríbor hoy e IRPH vs Euríbor.

Resumen

Clave final: el PDF del BOE no gana un juicio por sí solo, pero ancla el dato. Sin él discutes recuerdos; con él discutes cifras publicadas.

También: redondeo y diferencial · subrogación con IRPH · reclamar IRPH.

Comentarios

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Enrique Pariente · Santander · Miércoles, 17 Abril 2019 | 05:48:50 PM · nº 4940
Pido al moderador que retire este post. La campaña política vacía que hacen algunos en cualquier foro que tenga un mínimo de participantes, insulta la inteligencia de participantes, lectores y afectados. No voy a rebatir que la extrema derecha defienda al engañado por IRPH que estoy seguro que sea lo último que defienda. Señora Gaston a reírse y a hacer campaña a otro sitio.
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moderador · www.irph.es · Miércoles, 17 Abril 2019 | 05:55:28 PM · resp. nº 1075
Aprovechamos la intervención de Enrique, para solicitar desde la presente web que los usuarios se abstengan de tratar otros temas ajenos al problema del IRPH. Muchas gracias
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PABLO · SANTA COLOMA DE GRAMENET-BARCELONA · Miércoles, 17 Abril 2019 | 02:34:32 PM · nº 4939
PUES SOY UNO DE LOS AFECTADOS Y LA AUDIENCIA DE BARCELONAACABA DE CONDENARME EN COSTAS DE 3500 EUROS. AHORA HE DE PRESENTAR RECURSO DE CASACION AL SUPREMO A LA ESPERA DE QUE EUROPA SE PRONUNCIE. ACASO LA AUDIENCIA NO PODIA HABER ESPERADO A QUE SE PRONUNCIARA EUROPA ANTES DE CONDENARME? QUE INJUSTO ES TODO, PERO VOY PARA ADELANTE, AUNQUE ME CUESTE 7000 EUROS EN COSTAS, POR MIS NARICES QUE PRESENTO EL RECURSO DE CASACION. POR LO MENOS TENGO DOS AÑOS PARA AHORRAR. ANIMO PARA TODOS.
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Jose Antonio · Mollet del Vallès · Miércoles, 17 Abril 2019 | 09:26:00 PM · resp. nº 1076
Muy buenas Pablo, ante todo mucho ánimo soy de los que piensa que al final todo saldrá bien a la injusticia que nos hicieron con el IRPH.
Una pregunta sabes cuando presentaste el recuerdo en la Audiencia Provincial????
Es que nosotros lo presentamos para septiembre del 2018 y estamos a la espera de que nos digan algo, espero que antes se pronuncie el tribunal Europeo.
Muchas gracias y hacia delante a por todas!!!!
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maria · oviedo · Lunes, 15 Abril 2019 | 06:21:38 PM · nº 4936
noticias para los que tengan IRPH por VPO y para los que hayan agotado la actual vía judicial. en Oviedo hemos abierto una segunda vía para estos casos. podeis dirigiros a oscar gonzalez del"grupo de hipotecas" en asturias@adicae.net
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Alejandro · Las palmas de gran Canaria · Viernes, 12 Abril 2019 | 06:27:28 PM · nº 4935
Aquí les dejo este enlace. Ahora al parecer van bajando las cuantías de las devoluciones. Antes eras hasta 44.000.000.000,luego 17.000.000.000 y ahora es que lo que dice la noticia esta.
Pero que graciosos que son estos bancos. Al final es que pagaremos nosotros, un poquito más, que han robado poco
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leti · pamplona · Lunes, 15 Abril 2019 | 05:59:46 PM · resp. nº 1066
hola Alejandro, no ha salido el enlace, puedes volver a meterlo? gracias
Alejandro · las palmas de gran canaria · Miércoles, 17 Abril 2019 | 06:26:38 AM · resp. nº 1071
leti, ahí te dejo en enlace

https://okdiario.com/salud/remedios-naturales-caspa-cejas-2790900
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Emilio · Algeciras · Miércoles, 10 Abril 2019 | 05:23:43 PM · nº 4934
He estado viendo las propuestas de los partidos en sus programas , y , el único que trata nuestro tema es podemos , a mi personalmente no me gusta la política, pero si esto me ayuda los votaré.

195/propuestas
Proteger a los deudores y deudoras hipotecarios sin recursos suficientes con la limitación de su deuda al valor del bien hipotecado y el reconocimiento de derechos de reestructuración de deuda, quita y dación en pago . Adoptaremos medidas adicionales de protección a familias con ingresos inferiores a 3 IPREM que no pueden pagar su hipoteca, y derogaremos el IRPH como indicador de los tipos de interés variable en créditos o préstamos hipotecarios con efecto retroactivo, de manera que las familias puedan reclamar lo pagado indebidamente .
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Jose · Bilbao-Vizcaya · Miércoles, 10 Abril 2019 | 07:32:27 PM · resp. nº 1060
A PODEMOS, usted prefiere que le representen unos políticos con carreras universitarias, profesores y gente cualificada al 100% ,usted es un caso aislado¡¡
Yo prefiero que me representen,toreros, militares y evangelistas, racistas y insumisos.
Juan · Las PanasG C · Jueves, 11 Abril 2019 | 07:34:25 AM · resp. nº 1061
Emilio.no me consta en ningún momento que Podemos se alla referido al IRPH en ninguna intervención..ni creo que lo lleve en su programa...
christian · Barcelona · Jueves, 11 Abril 2019 | 07:46:26 AM · resp. nº 1062
Ha Juan de las palmas. Ha mi si me consta que podemos nos ha defendido,solo hay que estar informados para votar con cabeza. http://www.irphstop.eus/es/espainiar-estatuak-irpharen-inguruan-europako-epaitegian-izan-behar-duen-jarrera-eztabaidatuko-du-kongresuak/

Ver las 9 respuestas →

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anselmo · murcia · Miércoles, 10 Abril 2019 | 01:11:04 PM · nº 4933
sería muy interesante compilar una lista de los abogados que firman toda esta suerte de recursos injustificables. se debería revisar seriamente su titulación ya que muestran serias carencias formativas. y por otro lado, tanto consumidores como inversores deberían conocer esta información al objeto de tomar toda la distancia posible de aquellos proyectos que los tengan en nómina por titulados, ya que graves daños colaterales están asegurados.
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lucia · segura del condado · Martes, 09 Abril 2019 | 07:08:48 PM · nº 4932
El Santander, que aparecía en todos los medios como el banco que iba a pagar todo el suelo pendiente del popular, no sólo no se allanó en la macrodemanda de suelo ante la Audiencia, sino que acaba de recurrir la sentencia de la Audiencia al Supremo. El Santander dice que ya tiene nulidad firme, es decir por cosa juzgada desde 2015, y que la devolución es consecuencia directa de la nulidad, pero no explica por qué no ha devuelto nada a los demandantes, que por ello lógicamente seguían en la demanda. Lo tiene muy crudo escaparse sin multa por mala fe, a parte de no poder ser admitido su recurso, porque fue el Supremo el que admitió a demanda la restitución separadamente, para establecer la excepción de irretroactividad, luego corregida por el TJUE, y va el Santander al Supremo a decirle que no es algo que se pueda establecer, ya que es una consecuencia directa de la nulidad. Muy bien, bordándolo, la soga se la ponen ellos solos. Espero que les den un buen escarmiento.
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Alejandro · Las palmas de gran Canaria · Jueves, 11 Abril 2019 | 07:39:06 PM · resp. nº 1064
No solo eso Lucía, es que este banco que no quiero ni nombrar ya que me hace daño hasta hacerlo, de ahí sus estafas con UCI, se a gastado el morro de decir en juicio, que las deudas adquiridas por banco Popular, no son suyas, y no tiene nada que ver con ello. Eso sí, las deudas adquiridas con clientes, eso sí las denuncian y pretenden cobrarlas. Espero que cuando lleven a un deudor del desaparecido Banco, también tenga en cuenta el/la Sr/a Juez, lo dicho por estos impresentables y la den por nulas. Por Justicia debería hacerlo,ya que si es para restar para ellos es no, y si por el contrario es para sumar es si.
Este país tiene que despertar, tiene que entender que nuestros enemigos son los que todos sabemos, y no centrarnos en colores de partidos, para darles poder otros cuatro años, o estos nos van a destrozar, es de cordura, no de apasionamiento. Seamos consciente.
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Ana · Tarragona · Jueves, 04 Abril 2019 | 05:17:26 PM · nº 4931
Hola buenas tardes..El banco tiene derecho a dar una informacion...ami mea costado una hipoteca 190.000eur..Y han jugado con nuestro dinero a invertir y compra haciones pisos..Y no se que..com mi dinero..han cogido muncho dinero a costas de estas[centrar][/centrar] cláusulas abusiva...Que para mi son cláusulas de la muerte..Porque es insostenible que un obrero tenga que pagar estos abusos sostenibles por el estado y su mienbro de la banca..Ellos han ganado dinero con nuestros dinero..Porque Boi a luchar tanto..para que no pases estas cosas...24 de junio vamos a ganar..si o si
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loreto · lucerna · Jueves, 04 Abril 2019 | 05:48:21 PM · resp. nº 1058
si han ganado dinero como si lo han perdido, son los que han jugado con ello, y son los que tienen que asumir las pérdidas. la gente que pide un prestamo para su vivienda, no está para financiar a los bancos en lo que ellos quieran jugar, sino al contrario. yo no voy a invertir en su banco, ni con una gente que pretende lo mismo, por el hecho de pedir un préstamo para vivienda, puesto que no saben donde están ni para qué, ya te puedes imaginar a qué van a jugar, y cuál va a ser el resultado. lo lógico por otra parte, toda vez que el resultado de su juego lo paguen los demás.
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eric · Barcelona · Miércoles, 03 Abril 2019 | 07:42:24 PM · nº 4930
LORETO ? NO ME HE ENTERADO DE NADA DE LO QUE HAS DICHO , ME SUENA A – Dice que… la parte contratante de la primera parte será considerada como la parte contratante de la primera parte....EN FIN , YO LO VEO ASÍ . TJUE ANULAR IRPH , BANCO DEVOLVER MONEY .
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Pariente · santander · Jueves, 04 Abril 2019 | 03:02:59 PM · resp. nº 1056
Creo que se refiere a la im-posibilidad de canjear devolución dineraria por parte del banco en caso de condena por los intereses cobrados de más POR amortización. Cosa que creo que propondrán los bancos en lugar de pagar en cash los dineros cobrados fraudulentamente. No me parecería mala opción, no vemos dinero pero sí veríamos amortizada la deuda o parte de ella.
loreto · lucerna · Jueves, 04 Abril 2019 | 05:42:52 PM · resp. nº 1057
A eric y Pariente, yo estaba respondiendo al artículo del enlace donde efectué la respuesta. Si te lees el artículo sabrás a qué me refiero. Si no entiendes el artículo, ya no lo veo problema mío. Pista, no me refería a ninguna de las dos cosas que apuntais.Un saludo
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Maika · montera · Miércoles, 03 Abril 2019 | 08:05:15 AM · nº 4929
Hola amigos del irph, os dejo una noticia

https://www.estrategiasdeinversion.com/analisis/bolsa-y-mercados/el-experto-opina/un-poco-de-historia-que-es-el-irph-n-421315
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loreto · lucerna · Miércoles, 03 Abril 2019 | 01:26:00 PM · resp. nº 1055
Esta información es errónea respecto a la retroactividad. El juzgado de Barcelona, y la Comisión plantean que el hipotecado tendría que devolver el principal, y en ese supuesto como no podría hacerlo ya que obligadamente lo ha gastado en la vivienda, que se le de un nuevo crédito por el banco en base al euribor, y para ello que el banco le devuelva por su parte los intereses por diferencia al euribor. Es decir, cambiar el irph por el euribor desde el inicio del prestamo y que se devuelva la diferencia. Este planteamiento no tiene cabida en el trámite actual en el TJUE.Y en suma,si la nulidad se debe a la falta de cumplimiento de la normativa de una parte,como ocurre cuando se declara abusividad, la consecuencia en nuestro codigo civil es que esa parte es la que tiene que devolver, no la otra, es decir, no recíprocamente. Y por otro lado, según lo que quede de hipoteca, la parte del principal a devolver, puede ser menos que los intereses ya pagados puesto que estos se pagan al principio.

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