IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota
El valor del IRPH no es un número que “sale de internet”: es un tipo oficial que el Banco de España publica y que el BOE recoge en un PDF. Saber usar ese documento marca la diferencia entre discutir opiniones y aportar una prueba pública.
Clave: el IRPH habitual en hipotecas es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España. Ese es el texto que debes localizar en el BOE.
Cuando llega una revisión de cuota, el banco comunica un nuevo tipo. Esa comunicación puede ser correcta… o no. El PDF del BOE no sustituye a un abogado ni a un informe pericial completo, pero cumple tres funciones muy concretas: fija el dato oficial del mes de referencia, permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España, y se puede adjuntar a una reclamación como fuente pública.
Por qué el PDF del BOE importa tanto
- Fija el dato oficial del mes de referencia del índice.
- Permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España.
- Se puede adjuntar a una reclamación o a un escrito al servicio de atención al cliente.
Muchas personas guardan capturas de webs o de hojas de cálculo. Orientan, pero el BOE es el soporte que las instituciones reconocen como publicación oficial. En la página IRPH en el BOE tienes enlaces directos a PDFs de 2025 y 2026.
Qué buscar exactamente en el documento
Las resoluciones del Banco de España en el BOE suelen ocupar una sola página. Aparecen varios tipos oficiales. El que interesa para el IRPH de entidades es el del tipo medio a más de tres años con la redacción completa citada arriba.
No lo confundas con el Euríbor a distintos plazos, el IRS a cinco años, el tipo medio de la zona euro u otros índices de compensación por cancelación anticipada.
Clave: si el PDF habla de Euríbor o de IRS y no incluye el párrafo del “tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España”, no es el documento para contrastar el IRPH de tu escritura.
Cómo usarlo en una revisión de cuota
- 1Localiza en tu escritura qué mes del índice se aplica y con qué periodicidad se revisa.
- 2Descarga el PDF del BOE de ese mes desde IRPH en el BOE.
- 3Anota el valor del tipo medio y compáralo con la notificación del banco.
- 4Revisa diferencial y redondeo: tipo final = índice ± diferencial ± posibles redondeos.
- 5Guarda PDF + notificación juntos, con fecha.
Clave: un desfase de un mes en el índice puede mover la cuota más de lo que parece. El PDF fija el número; la escritura fija qué mes se usa.
Cómo usarlo en una reclamación
Si reclamas por IRPH o pides que te expliquen el cálculo, el PDF refuerza el relato de hechos: indica el mes de referencia, cita el valor del BOE y la referencia BOE-A-…, adjunta el PDF completo y, si procede, señala la diferencia respecto a otro índice con fuentes oficiales.
Esto no garantiza el resultado de una reclamación, pero evita que la conversación se quede en “yo he visto otro número en una web”.
Tabla de trabajo para contrastar
| Qué miras | Dónde | Para qué |
|---|---|---|
| Mes del índice | Escritura | Saber qué BOE descargar |
| Valor del tipo medio | PDF del BOE | Contrastar con la notificación |
| Diferencial | Escritura | Calcular el tipo final |
| Redondeo | Escritura | Ver si hay ajuste al alza |
| Nueva cuota | Simulador / banco | Traducir el tipo a euros |
Ejemplo orientativo de impacto en cuota
Supón un capital pendiente de 100.000 €, 20 años restantes y diferencial 0 %. Una subida del índice de 0,20 puntos no parece dramática en el papel, pero se nota en la letra mensual. Usa siempre tus cifras reales en el simulador.
Los 484 € y 496 € son un caso tipo didáctico; no son tu cuota. Calcula la tuya con el simulador de revisión.
Errores frecuentes
- Usar el PDF del mes de publicación como si fuera el mes del índice.
- Confundir índices dentro del mismo BOE.
- Olvidar el diferencial y pensar que “el IRPH del BOE es mi tipo”.
- Adjuntar solo una captura sin identificador BOE-A-…
- No guardar la notificación del banco junto al PDF.
Dónde encontrar los PDFs
- IRPH en el BOE en este sitio.
- Buscador del BOE con la frase del tipo medio a más de tres años.
- Tabla de tipos del Banco de España (Cliente Bancario).
Para el valor reciente: IRPH hoy. Para comparar: Euríbor hoy e IRPH vs Euríbor.
Resumen
Clave final: el PDF del BOE no gana un juicio por sí solo, pero ancla el dato. Sin él discutes recuerdos; con él discutes cifras publicadas.
También: redondeo y diferencial · subrogación con IRPH · reclamar IRPH.
Somos conscientes de que todos los afectados estáis esperando a la resolución del TJUE.
Simplemente aclarar que aunque es difícil saberlo, ya no queda mucho. Se espera que sea en menos de 6 meses, pero esto siempre es incierto. Somos muy cautos al respecto. Nuestra previsión es que para antes de febrero podría haber un fallo del TJUE.
En reclamapormi.com (especialistas en derecho bancario donde siempre hemos defendido la estafa que supone el IRPH: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado.html) tenemos a miles de clientes a la espera del fallo para iniciar el trámite o no. La mayoría de los afectados pasan por situaciones complicadas y hay bancos que empiezan a mover ficha y debéis tener cuidado si os ofrecen un acuerdo. Como bien se puede ver en esta noticia: https://www.elconfidencial.com/mercados/2018-12-04/banca-goldman-irph-golpe-caixabank_1685606/ la banca se prepara y los analistas también. Creemos que, de hecho, puede haber escenarios peores de lo que se menciona en el artículo para la banca ya que las cantidades a recuperar, dependiendo de lo que diga el TJUE pueden ser superiores al máximo de 44.000 millones, ya que la nulidad de la cláusula podría suponer que los afectados solo tengan que devolver el importe prestado, sin intereses y en muchos casos de afectados durante estos años, podría suponer la devolución de más de 100.000€ de intereses.
Ya hemos dado cifras al respecto, pero volvemos a darlas para que seáis conscientes de todo lo que se puede recuperar:
Por una hipoteca de 180.000€, firmada en el año 2000 a 30 años, afectada por IRPH Entidades con un fijo de 0,5%, se podría recuperar si se declara nulo el IRPH, 134.000€ y si se sustituye por Euribor 34.000€.
Desde Reclama Por Mí, nuestro consejo es sin duda esperar a ver qué sucede para tomar una decisión.
Para los que estéis pensando en reclamar, sabed que la consulta en http://www.reclamapormi.com es totalmente gratuita, que estudiamos el caso sin que tengas que adelantar dinero. Hacemos una reclamación extrajudicial sin coste. Lo preparamos todo para que si sale favorable reclamar por todos de forma particular (no de forma colectiva), atendiendo a cada caso. Si queréis saber más, simplemente rellenar el formulario:https://www.reclamapormi.com/reclamacion/
Aunque muchos lo saben ya porque es un tema que se ha tratado mucha veces en medios, prácticamente cualquier persona que haya firmado una hipoteca en los últimos 30 años puede reclamar por los gastos Hipotecarios. No debéis confundir la última sentencia del Supremo sobre el AJD como si no fuera posible reclamar los gastos de hipoteca, ya que esa sentencia solo habla de uno en concreto y hemos recibido muchos afectados que estaban confusos.
El resumen es, se puede reclamar.
Esperamos ser de ayuda,
Reclama Por Mí
Hay que calcular tu caso en concreto cuanto deben devolverte. Esto lo hace un matemático de https://www.reclamapormi.com/ ponte en contacto.