El IRPH sube en junio hasta el 1,799%
El IRPH sube de valor en junio de 2022, porque el Euríbor también está subiendo y este lo hace porque el BCE ha iniciado una política de subida de tipos de interés
El IRPH< ha subido de forma significativa en el mes de junio de 2022. Concretamente hasta el 1,799%, lo que se traduce en una subida intermensual de 0,175 puntos.
La diferencia interanual, es incluso más importante, ya que si en junio de 2021, el IRPH se encontraba en el 1,527% y en el mes de junio de 2022 en el 1,799%, el IRPH ha subido en un año 272 milésimas. Y este dato es el más preocupante para los ciudadanos con hipoteca IRPH, ya que supone un encarecimiento en la respectiva cuota mensual si se revisa con el dato de junio.
Ya lo veníamos advirtiendo. Si el Euríbor sube, también lo hará el IRPH, ya que para calcular el valor mensual del IRPH, el Euríbor es un ingrediente esencial. El Euribor está subiendo porque la inflación se encuentra en unas cotas muy altas, y para tratar de reducirla o afrontarla el Banco Central Europeo (BCE) está subiendo los tipos de interés, es decir, el precio del dinero.
El precio del dinero y el Euribor siguen trayectorias paralelas, de tal manera que si el BCE sube los tipos de interés el Euríbor también sube. Y si el Euríbor sube, inexorablemente también lo hace el IRPH.
Los ciudadanos con hipoteca variable, ya sea a Euríbor o IRPH, no tienen motivos para alarmarse en exceso. Todos los indicadores, ya sean índices hipotecarios, índices bursátiles o de cualquier otra naturaleza, pueden experimentar picos debidos a circunstancias excepcionales. Pero las subidas bruscas vienen seguidas también de caídas importantes. En cuanto se corrija la inflación, el BCE, ya no se mostrará tan dispuesto a continuar una política de subidas de tipos de interés.
No nos encontramos en una etapa de expansión económica, como en los años anteriores a finales de 2007, cuando la economía no dejaba de crecer. Entonces sí que tenía sentido que los tipos de interés estuvieran altos, pero las circunstancias actuales son bien diferentes.
El escenario económico se ha complicado primero por los años de la pandemia del Covid-19, y ahora en el 2022 por la guerra en Ucrania, que ha supuesto una fuerte presión sobre los precios energéticos y las materias primas. Esta fuerte tensión internacional y presión sobre los precios, ha disparado la inflación y el BCE ha cedido a subir los tipos de interés, para tratar de hacerle frente.
Pero cuando las circunstancias de tensión remitan, el BCE seguramente no seguirá con su política de subida de tipos, sino más bien a su misión anterior, continuar con la recuperación de la economía en la eurozona.
Además, los ciudadanos con hipoteca, deben saber que no es lo mismo que suba el Euribor o el IRPH cuando la hipoteca se encuentra en sus inicios que cuando la misma ya está avanzada. Cuanta menos deuda hipotecaria tengamos en nuestra hipoteca a interés variable, menos nos afectará la subida del Euribor o del IRPH.
Una hipoteca vinculada al IRPH, con un capital pendiente de 100.000 euros, con un plazo restante de 20 años y con un diferencial sobre el índice del 0%, pasará de una cuota mensual de 484 euros a otra de 496 euros. Esto supone un encarecimiento mensual de 12 euros, o una subida anual de 144 euros.
Uno de ellos era mandar a este enlace: https://europa.eu/european-union/contact/write-to-us_es el siguiente texto:
Me dirijo a Uds. como ciudadano de un país miembro de la U.E. con el ruego de que me informen como controlan el T.J.U.E. y los órganos encargados de velar por el cumplimiento de las normas, directrices y sentencias que emanan de su Órgano jurisdiccional por parte de los diferentes Estados y, en particular España y el Tribunal Supremo español.
Les remito la presente solicitud ante la postura adoptada por el Tribunal Supremo en España tras la doctrina dictada por el TJUE en el Asunto C-125/18 que versa sobre la abusividad y, en su efecto, nulidad radical de las cláusulas incluidas en los Contratos de Préstamos Hipotecarios suscritos entre entidades financieras de España y sus ciudadanos, que vinculan la revisión de las cuotas a abonar por los usuarios tomando como índice de referencia el "IRPH". Dicha postura se ha puesto de manifiesto en 4 sentencias dictadas recientemente por el Tribunal Supremo español ("Sentencias 595, 596, 597 y 598/2020", de 12 de noviembre) que, vulnerando la doctrina emanada por el TJUE, no declaran el carácter abusivo de dichas cláusulas, realizando una interpretación forzada y perjudicial para los consumidores (y en manifiesto beneficio de las entidades financieras), y en dirección totalmente opuesta a la doctrina emanada de la mencionada sentencia dictada en el asunto C 125/18.
Sobre esta premisa, quien comparece SOLICITA ser informado acerca de :
1⁰-¿Cómo controla el TJUE la correcta aplicación de dicha resolución por los Estados Miembros? En nuestro caso España y la jurisdicción española. En este caso particular, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo Español.
2º- En caso de no respetarse las resoluciones dictaminadas, ¿Qué tipo de acción se piensan adoptar por parte de la UE o qué consecuencias puede tener no respetar las consignas aclaradas en dicha sentencia?
3⁰- ¿Existe algún órgano interno Europeo de control que actúe de oficio para la defensa de los intereses de los consumidores, y para la defensa y correcta aplicación de estas sentencias tras su dictamen?
Quiero manifestar mi malestar como consumidor, ciudadano y perjudicado de la incorrecta aplicación del derecho comunitario realizada sobre estas sentencias del Tribunal Supremo Español, y rogaría se pusieran en acción los mecanismos pertinentes de control existentes para corregir, sancionar, y encauzar las sentencias dentro del marco legal Europeo, ya que dentro de la legislación Española no disponemos de GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DEL TJUE NI DE LA NORMATIVA 93/13 CE
Como ciudadano rogaría que, en caso de que consideren pertinentes la puesta en acción de estos mecanismos, muy por favor se haga por la vía de urgencia. Hay más de un millón de familias españolas que se han visto perjudicadas por este abuso bancario sentenciado en el asunto acumulado C-125/18. Destacar que una gran parte de estas familias son económicamente vulnerables, y compraron su vivienda de protección oficial (Vivienda protegida, VPO).