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IRPH qué es: definición, cálculo y por qué importa en tu hipoteca | IRPH.es

IRPH qué es: la guía clara del índice de tu hipoteca

Si has llegado hasta aquí buscando IRPH qué es, la respuesta corta es esta: el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es un índice oficial que publica el Banco de España y que se ha usado para calcular el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable en España. La respuesta larga —y la útil— es entender cómo se construye, en qué se diferencia del Euríbor y por qué ha generado tantas reclamaciones.

Documentación hipotecaria e índice IRPH

Hipoteca fija y hipoteca variable: dónde entra el IRPH

Hay dos grandes familias de hipotecas:

  • Hipoteca a interés fijo: la cuota no depende de un índice. Salvo amortizaciones anticipadas o cambios de contrato, pagas lo mismo mes a mes.
  • Hipoteca a interés variable: la cuota se revisa periódicamente según un índice de referencia más un diferencial pactado con el banco.

En las variables, el índice más conocido es el Euríbor. El otro gran protagonista histórico ha sido el IRPH. Si tu escritura habla de “tipo medio de los préstamos hipotecarios…”, “IRPH Entidades”, “IRPH Cajas” o “IRPH Bancos”, tu préstamo está ligado a este índice.

Antes de firmar cualquier hipoteca conviene comparar ofertas actuales. En IRPH.es tienes calculadoras de hipoteca y, si ya tienes préstamo, herramientas de revisión y amortización parcial.

IRPH qué es, en una frase útil

El IRPH es el tipo que el banco usa (junto con tu diferencial) para fijar el interés de tu hipoteca variable entre una revisión y la siguiente. Si el IRPH sube en el mes de referencia de tu contrato, tu cuota tiende a subir; si baja, tiende a bajar. El periodo de revisión suele ser anual, aunque hay escrituras semestrales o trimestrales: lo decide tu escritura.

Nombre oficial del IRPH

El nombre largo y oficial del índice vigente es, en esencia:

Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España.

En el lenguaje cotidiano se resume como IRPH Entidades o simplemente IRPH. Lo publica el Banco de España (y se refleja en el BOE), normalmente en torno al día 20 de cada mes, con el valor correspondiente al mes anterior.

Último valor disponible en esta web: 2026-06: 3,049 % (serie orientativa elaborada a partir de datos oficiales y series históricas). Consulta siempre la publicación oficial del Banco de España para operaciones jurídicas o bancarias.

Cómo se calcula (idea clara)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican información de tipos de préstamos hipotecarios a más de tres años para vivienda libre.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. Ese resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas al IRPH.

Una de las críticas históricas de muchos afectados es que, al construirse a partir de tipos de operaciones reales (con la lógica de la TAE en el diseño del índice), el IRPH ya incorpora márgenes y costes del sistema, de modo que al sumarle después el diferencial y las condiciones propias del contrato el resultado suele situarse por encima del Euríbor durante largos periodos. El Euríbor, en cambio, refleja el precio del dinero entre bancos en el mercado interbancario, no la media de lo que ya cobran las entidades a sus clientes hipotecarios.

Esa diferencia de construcción es el núcleo del debate económico del IRPH; el debate jurídico se centra sobre todo en la transparencia de la cláusula al contratar.

Gráfico del IRPH (últimos 24 meses)

Serie mensual orientativa. Fuente de elaboración: datos IRPH.es a partir de series oficiales.

IRPH Cajas, IRPH Bancos e IRPH Entidades

Antes de 2013 coexistían varias variantes:

  • IRPH Cajas — media basada en cajas de ahorros.
  • IRPH Bancos — media basada en bancos.
  • IRPH Entidades — media del conjunto de entidades.

Con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, desaparecieron el IRPH Cajas y el IRPH Bancos. Quedó vigente el IRPH Entidades, que es el que hoy se publica y el que más aparece en el debate actual. Muchas escrituras antiguas referenciadas a Cajas o Bancos pasaron a usar el índice sustitutivo previsto en el contrato o el marco legal posterior.

IRPH frente al Euríbor: la diferencia que se nota en la cuota

Durante años, el IRPH se ha movido de forma más estable que el Euríbor, pero habitualmente más alto. Cuando el Euríbor cayó con fuerza tras la crisis, muchas hipotecas Euríbor abararon de forma visible; las referenciadas al IRPH bajaron más despacio y en menor medida. Esa brecha es lo que miles de familias cuantifican al preguntarse cuánto han pagado de más.

En el gráfico siguiente puedes ver, mes a mes, el IRPH, el Euríbor y la diferencia entre ambos (cuando hay dato de los dos índices):

Rojo: IRPH · Naranja: Euríbor · Rosa: diferencia (IRPH − Euríbor). Tooltips al tocar o pasar el cursor.

Para series largas y tablas: IRPH histórico, Euríbor, IRPH vs Euríbor y diferencia IRPH–Euríbor.

¿Por qué hay tantas demandas por IRPH?

No porque el índice “no exista” o no sea oficial. El conflicto nace de dos ideas que se repiten en el relato de los afectados y en buena parte de la jurisprudencia de consumo:

  1. Efecto económico: muchas hipotecas IRPH han resultado más caras que hipotecas equivalentes referenciadas al Euríbor.
  2. Transparencia: si el banco no explicó de forma comprensible cómo funcionaba el índice, su evolución histórica y las consecuencias económicas de elegirlo frente a otras opciones, la cláusula puede someterse al control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

El recorrido judicial ha pasado por juzgados de primera instancia, audiencias provinciales, Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La doctrina ha ido precisándose: no hay una anulación automática de todas las cláusulas IRPH; se analiza el caso concreto (información precontractual, escritura, contexto). Puedes ampliar en reclamar IRPH, IRPH y TJUE e documentos para reclamar en 2026.

¿Se siguen firmando hipotecas con IRPH?

En la práctica actual, casi no se comercializan hipotecas nuevas referenciadas al IRPH. El mercado se ha concentrado en Euríbor, tipos fijos y mixtos. El IRPH sigue siendo relevante sobre todo para quienes ya tienen el préstamo en vigor y para el seguimiento de revisiones y posibles reclamaciones.

Qué puedes hacer desde IRPH.es

Preguntas frecuentes sobre qué es el IRPH

¿El IRPH es ilegal?
El índice es oficial. Lo que se discute en los tribunales es, sobre todo, si la cláusula que lo incorporó a tu contrato superó el control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

¿Cómo sé si mi hipoteca es IRPH?
Revisa la escritura (cláusula de interés variable) o un recibo detallado. Busca “IRPH”, “tipo medio de los préstamos hipotecarios” o referencias a entidades, cajas o bancos.

¿El IRPH siempre es más caro que el Euríbor?
Históricamente ha tendido a situarse por encima durante largos periodos, pero la diferencia no es fija ni idéntica en todos los meses. Por eso conviene mirar series y no un solo dato aislado.

¿Puedo cambiar el IRPH por Euríbor?
A veces mediante novación con tu banco, subrogación a otra entidad o, si hay base jurídica, por vía de reclamación. Cada camino tiene requisitos y costes distintos.

Conclusión

IRPH qué es, en la práctica: el índice oficial con el que se revisa el tipo de muchas hipotecas variables españolas; un índice más estable que el Euríbor en apariencia, pero con un historial de cuotas habitualmente más altas; y el centro de un debate jurídico centrado en la información que recibió (o no) el consumidor al firmar. Entenderlo es el primer paso para decidir si te conviene amortizar, negociar, reclamar o simplemente seguir la evolución del índice con datos claros.

Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero. Contrasta siempre con tu escritura, con el Banco de España y, si procede, con un profesional colegiado.

Comentarios

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eric · Barcelona · Sábado, 09 Marzo 2019 | 09:05:13 AM · nº 4895
Bueno 3 meses pasan volando , el 24 junio sabremos la fecha de la sentencia del tjue . Todos apuntan a final de año , así que paciencia y seguir remando unos meses que esto se acaba .Nos vemos en san juan . ÁNIMO A TODOS .
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francisco serrano · cartagena · Sábado, 09 Marzo 2019 | 01:03:34 AM · nº 4894
Buenas noches a todos.
Mi 1ª Expresión es "MADRE MIA COMO HA CAMBIADO ESTE FORO".
He estado unos días sin entra y esta noche cuando he leído los comentarios me he quedado "to loco".
Que si partidos políticos, que si votar en blanco, que si uno lo hace mejor otro peor.
A mi entender lo que debemos hacer aquí es mantener la unión de todos y hacernos fuertes.
Tenemos que echarle un par y aguantar a que dicte jurisprudencia el TJUE y que tengamos claro que la les vamos a dar "por donde amargan los pepinos" a la banca.
Echadle un vistazo a este enlace https://www.elabogadoencasa.com/comision-europea-acuerdos-nulos-clausula-suelo/ parece ser que el TJUE esta declarando nulos los acuerdos que los clientes de los bancos firmaron denegando la posibilidad de reclamaciones.
Esta noticia habla de la "clausulas suelo" pero a mi al menos me da impresión que el TJUE esta por los ciudadanos.
Ánimos, eso es lo que tenemos que darnos entre nosotros.
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Zahori · Sabadell-Barcelona · Viernes, 08 Marzo 2019 | 09:39:48 PM · nº 4893
Buenas a tod@s. Una duda que me surge. En un vídeo donde sale Erauskin, dice que en el supuesto que el TJUE dé la razón a los clientes, pueden pasar de 7/8 años hasta que podamos cobrar lo que hemos pagado de más durante estos años porque recurrirán y recurrirán. Una de las preguntas que debe resolver el TJUE es: “¿Debe el juzgador analizar si la cláusula IRPH es transparente y comprensible para el consumidor?” , y aquí es donde me entra la duda. Supongo que en el tribunal de primera instancia, la banca deberá demostrar que realmente nos explicó y entendimos el funcionamiento y desarrollo del IRPH, y que firmamos un documento que así lo acredite. Y como eso es imposible ahí debería de quedar “sentenciado” sin opción de recurso por parte de la banca, no ?
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Oscar · Irún - Guipúzcoa · Lunes, 11 Marzo 2019 | 12:27:26 PM · resp. nº 1004
Lamentablemente es así. Aunque la sentencia te diese la razón, la ley permite recurrirla. Y los bancos lo saben. Yo intentaría aguantar y que tarde lo que tenga que tardar. Pero en muchos casos no será así y habrá que optar por llegar a un acuerdo y pactar. Que no tiene que porque ser un mal acuerdo, el abogado que tengas te dirá los pros y los contras y en vista de eso podrás tomar la decisión que mejor te convenga.
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secun · granada · Viernes, 08 Marzo 2019 | 07:32:36 PM · nº 4892
Que la abogada del estado ha mentido ante el TJUE, es muy fácil de probar, ya que el propio estado ha estado poniendo como obligatorio el IRPH a la vivienda PROTEGIDA por rentas limitadas, conocida como VPO, y eso sólo tiene sentido tomando el IRPH tal y como lo indica el Banco de España en la normativa correspondiente, que los bancos no han cumplido y que esta señora ha afirmado ante el TJUE que eso era para cálculos internos. Siendo sólo así, con el uso indicado en la normativa, como el IRPH actúa de límite, y asegura el precio medio para las rentas bajas protegidas. Lo contrario sería imponer a las rentas bajas protegidas un sobreprecio por encima de la media, lo que es un total sinsentido. El uso contrario a la normativa por los bancos del IRPH, dio lugar a una espectacular subida ilegal de este índice, cuando la mayor cuota de vivienda vendida era VPO, que como afirmó el abogado del banco, llevó a que un 30% de las hipotecas estuviese referenciado a este índice. Este uso ilegal del IRPH por los bancos, es distinto y añadido al sobreprecio derivado de la fórmula de este índice, y representa directamente en el contrato un diferencial añadido de 0,7 que se vió ampliamente multiplicado al ser reportado masivamente para la confección del índice, cuando se daba en la mayoría de vivienda vendida, como en los años en que la misma se trató de VPO con IRPH. La estafa de este uso ilegal del índice oficial por los bancos es mucho mayor que la del índice oficial en sí. Si bien la primera recae exclusivamente en los bancos y es de carácter incluso penal, y la segunda, que es la única que se está llevando a los juzgados, como actualmente al TJUE, se excusa en el concepto oficial del índice, es decir, en el Banco de España. Así que, bueno, no es que no sea de interés y utilidad esta vía, pero está enmascarando una estafa distinta mucho mayor. y lo que no se puede de ninguna manera es sostener BUENA FE por los bancos al acogerse a la oficialidad del índice para no explicarlo, puesto que lo mismo les permitía a la vez llevar a cabo la segunda y mucho mayor estafa.
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Juan · Las PanasG C · Jueves, 07 Marzo 2019 | 08:10:41 AM · nº 4891
A Rosa de Jarama.!!valla mitin...este foro es solo para afectados.y queremos ablar de nuestro gran problema.El maldito IRPH!!
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Rosa · Jarama · Jueves, 07 Marzo 2019 | 02:16:08 PM · resp. nº 1000
Querido Juan mojo picon tu problema no es el IRPH, son las faltas de ortografia
rosa · jarama · Jueves, 07 Marzo 2019 | 04:34:02 PM · resp. nº 1001
Juan, lo siento por el mitín, pero lo primero es ponerse cada uno en su lugar correcto, eso de estar todo el día rogando a los politicos que te defiendan, es decir que defiendan la ley, que tienen incluso que jurar en su caso, para acceder al cargo público, es porque no se les aplica el código penal por no hacerlo. y eso nos obliga a rogar. es incorrecto. pero están tratando además de que sea correcto, cómo, con el famoso FEDERALISMO. una vez te claven eso, ya no tienes nada que hacer, ni aquí ni en Europa. eso hay que tenerlo claro. el mensaje anterior de las faltas no es mío. no sé quien lo ha publicado. un saludo compañero.
Juan · Las PanasG C · Jueves, 07 Marzo 2019 | 05:46:36 PM · resp. nº 1002
Aá!!disculpa Ana.no se porque la en el cabezal leí tu nombre.tambien disculpa por las faltas de ortografía.no todos tenemos lla suerte de tener buen aprendizaje.solo te aseguro que mi primer problema y el de mucho otros que estamos en este foro es el maldito IRPH.
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Ana · Tarragona · Miércoles, 06 Marzo 2019 | 06:05:30 PM · nº 4890
Hola...de nuevo no lo sé, mi caso es,lo llevo un abogado particular..que lleva munchos casos..llevo dos año y medio con el es uno de los abogado mas bueno que hay en reus..polomenos para mi.
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Ana · Tarragona · Miércoles, 06 Marzo 2019 | 08:32:35 AM · nº 4888
No...ni podemos ni ningún político defienden lo del IRPh.. en éso tienes razón.. es una vergüenza de políticos que no defienda a los Consumidores..hay un sistemas en España.. Que nos están godiendo por todas las parte...munchas gracias a maite y j.maria..por vuestros labor que estáis haciendo..munchas gracias..
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dario · reus -- tarragona · Miércoles, 06 Marzo 2019 | 04:43:00 PM · resp. nº 998
hola ANA,vivo en reus y no estoy muy enterado sobre el irph...me podrias decir si hay algun grupo, asociación o entidad que asesore sobre este tema en la zona reus-tarragona.....gracias

piano
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JoseG · Gijon-Asturias · Martes, 05 Marzo 2019 | 07:52:26 PM · nº 4887
A Juan de Las PanasG C.http://www.irphstop.eus/es/espainiako-gorteak-disolbatuko-dira-irpharen-europako-epaiketa-eztabaidatu-gabe/.
Hay que informarse mas y no creer lo que nos dicen por la tele el. Precisamente los partidos mas pobres que hay y que mas defienden a la banca y a los ricos.
Pero claro ellos con decir que si Cataluña,que si Venezuela,que si ETA,que si comunistas,ya os tienen engañados.
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Juan · Las PanasG C · Miércoles, 06 Marzo 2019 | 10:49:14 AM · resp. nº 997
José.esto está aquí gracias alos abogados y jueces que han sido valientes.tabien se le reconoce el mérito a Asufi.plataforma de afectados.todos los demás sólo se animan subido al carro
rosa · jarama · Miércoles, 06 Marzo 2019 | 05:30:54 PM · resp. nº 999
lo primero es tener claro que no están para DEFENDER al pueblo, sino para OBEDECER al pueblo, que es el soberano máximo del país de acuerdo a la constitución. en el momento en el que en lugar de representar al pueblo, respetando a pies juntillas los resultados de las elecciones, es decir, llevando a cabo sólo aquello que haya obtenido mayoría absoluta en las elecciones, se erigen en lugar de representantes,en soberanos máximos en lugar del pueblo ya no están respetando la constitución que juran para ocupar los cargos. y eso que llevan haciendo varias legislaturas el PP y el PSOE, y ahora también los nuevos partidos que entran al trapicheo tras los resultados reiterados de minorías absolutas para todas las propuestas, y que no les impide imponer toda clase de normas, gasto público y deuda a todos los españoles, que nadie ha votado jamás por mayoría, y encima autodenominarse CONSTITUCIONALISTAS, sólo lo podrían hacer en caso de tratarse de un país y un estado FEDERAL, que España no es, y por lo que todos deberían estar en la cárcel, exactamente por lo mismo por lo que están haciendo juzgar a los catalanes, por usurpar funciones y poder que no les corresponde, en este caso a su superior jerárquico y el máximo de España, el pueblo soberano. Y por tanto, todos los esfuerzos para seguir haciendo lo mismo, pero legalmente reconocidos por los países desarrollados, van encaminados a justificar el FEDERALISMO. Sobre todo tener claro que los partidos que lleven FEDERALISMO ya llevan implícito la obtención del PODER de pasarse por el forro lo que sea que digan para alcanzar el voto y el sillón, y lo que quieran o no quieran los ciudadanos durante cuatro años sucesivamente. Lo mismo que hace el presidente de USA. Es decir, una pérdida de soberanía y de poder real de los ciudadanos soberanos en su conjunto, el pueblo soberano, a favor de 300 que ocupen los sillones del parlamento. Una cosa es que amañando con los jueces el no aplicarse la ley unos a otros, o séase la impunidad ante la ley, lo estén haciendo ya de facto sin tener consecuencias, y otra que encima se lo demos voluntariamente votando FEDERALISMO. Siendo el propio parlamento de España el que financia el autogobierno de las comunidades, y a los grupos radicales en ese sentido, para acostumbrar a la población a esta dinámica, y justificar el FEDERALISMO como solución. Esta es la verdadera trampa de las últimas dos elecciones, y de las que vienen.
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Desi · Madrid · Lunes, 04 Marzo 2019 | 04:16:56 PM · nº 4885
Hola si se hace un recurso de casación porque la audiencia Provincial dice que el irph no es nulo y el tjue dice que si es nulo,¿El ts puede volver a decir que no?
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Paco · Valencia · Lunes, 04 Marzo 2019 | 07:58:37 PM · resp. nº 992
Si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea falla a favor de los consumidores el Tribunal Supremo debe aplicar esa doctrina, pero no olvidemos que no se juzga el irph en si, se juzga si nos lo colaron sin la debida información etc..










Montse · Barcelona · Viernes, 08 Marzo 2019 | 07:58:33 AM · resp. nº 1003
Buenos días,
Nosotros hemos tenido el mismo problema que tu, en segunda audiencia a favor del banco y ahora hemos tenido que pagar para la casación y ir al Tribunal Supremo. En principio el TJUE habrá dictado antes sentencia pero vamos a tener que eesperar de todas formas si el TJUE nos ha la razón a que llegue al Supremo y nos den la razón vaya que esto es largo.
No nos lo van a dar sin más hay que pasar por el supremo y pagar la broma. Espero que ganemos porqué venga a pagar por una cosa que ya tendría que estar arreglada. Un saludo.
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Juan Antonio · Almería · Lunes, 04 Marzo 2019 | 10:43:53 AM · nº 4884
Este foro cada vez peor, así no vamos a arreglar nada, con los comentarios políticos solo vais a conseguir separarnos mas, cada persona que vote a quien quiera, yo personalmente respeto a quien vote a cualquier partido, me da igual derecha, centro o izquierda. No me importa a quien vote cada persona ni debo criticarlo, lo único que voy a conseguir es que me critiquen a mí y crear polémica.
Lo que necesitamos es que se hable del IRPH, que todos los partidos políticos se pronuncien sobre él, es el momento, se esta estudiando y pronto se tomará una decisión. Vamos entre todos a ver qué ideas tenemos para conseguirlo, pero respetando y sumando, seremos mas fuertes. Ánimo a todos.
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