IRPH

IRPH en el BOE: cómo consultarlo y PDFs oficiales 2025-2026 | IRPH.es

IRPH en el BOE: cómo verlo y descargar el PDF oficial

Si tienes una hipoteca referenciada al IRPH (hoy, en la práctica, el IRPH Entidades), el valor oficial no “sale” solo en tu banco: se publica cada mes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Aquí te explicamos, sin jerga innecesaria, cómo encontrarlo, qué frase exacta buscar y dónde están los PDF de 2025 y 2026.

Clave: en el BOE el IRPH casi nunca se llama “IRPH”. Aparece como «Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España». Esa es la denominación oficial del índice que la gente conoce como IRPH Entidades.

Cómo localizar el IRPH en el BOE (paso a paso)

  1. 1
    Entra en la web del BOE
    Abre www.boe.es y usa el buscador (arriba) o la sección de búsqueda avanzada.
  2. 2
    Escribe el texto que sí aparece en el BOE
    Prueba con: Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años o con tipos de interés oficiales de referencia del mercado hipotecario y filtra por Banco de España.
  3. 3
    Elige la resolución del mes que te interesa
    Suele titularse «Resolución de … del Banco de España, por la que se publican determinados tipos de interés oficiales de referencia del mercado hipotecario». Dentro verás una tabla corta con uno o dos porcentajes.
  4. 4
    Descarga el PDF
    En la ficha del documento, pulsa el icono o enlace PDF. Ese archivo es la publicación oficial verificable (lleva el CVE del BOE).

Clave: el Banco de España suele difundir el dato unos días antes; el BOE lo hace oficial al publicarlo. Para tu revisión de hipoteca, lo que manda es la regla de tu escritura (media del mes, día concreto, etc.) más el valor oficial.

Tabla de PDFs del BOE (2025 y 2026)

Enlaces directos a resoluciones del Banco de España donde figura el tipo medio (IRPH Entidades). El valor indicado corresponde al mes de referencia del índice, no necesariamente al día de publicación.

Mes IRPH Valor Publicado en BOE Referencia PDF oficial
Abril 20262,882 %21/05/2026BOE-A-2026-10983 Ficha Descargar PDF
Marzo 20262,840 %18/04/2026BOE-A-2026-8586 Ficha Descargar PDF
Febrero 20262,819 %19/03/2026BOE-A-2026-6471 Ficha Descargar PDF
Enero 20262,762 %19/02/2026BOE-A-2026-3893 Ficha Descargar PDF
Diciembre 20252,788 %20/01/2026BOE-A-2026-1376 Ficha Descargar PDF
Noviembre 20252,807 %18/12/2025BOE-A-2025-26016 Ficha Descargar PDF
Octubre 20252,796 %20/11/2025BOE-A-2025-23530 Ficha Descargar PDF
Septiembre 20252,695 %18/10/2025BOE-A-2025-21016 Ficha Descargar PDF
Agosto 20252,791 %18/09/2025BOE-A-2025-18512 Ficha Descargar PDF
Julio 20252,748 %21/08/2025BOE-A-2025-17080 Ficha Descargar PDF
Junio 20252,802 %18/07/2025BOE-A-2025-14957 Ficha Descargar PDF
Mayo 20252,852 %19/06/2025BOE-A-2025-12520 Ficha Descargar PDF
Abril 20252,851 %21/05/2025BOE-A-2025-10087 Ficha Descargar PDF
Marzo 20252,923 %22/04/2025BOE-A-2025-8152 Ficha Descargar PDF
Febrero 20252,872 %20/03/2025BOE-A-2025-5607 Ficha Descargar PDF
Enero 20252,960 %20/02/2025BOE-A-2025-3413 Ficha Descargar PDF
Cada fila enlaza al PDF oficial del BOE donde el Banco de España publica el IRPH (tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, entidades de crédito en España). También puedes consultar la tabla oficial del Banco de España.

Atajo útil en el BOE

Si no recuerdas el número de resolución, busca en el BOE:

  • Texto: «Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años»
  • Departamento: Banco de España
  • Rango de fechas: el mes en que sueles ver el dato (a menudo entre el día 15 y el 25)

Enlace directo al buscador del BOE: https://www.boe.es/buscar/doc.php

Qué verás dentro del PDF

El PDF del BOE suele ser de una sola página. Dentro encontrarás:

  • El mes al que se refiere el índice (por ejemplo, «Marzo de 2026»).
  • La fila del tipo medio de préstamos a más de tres años… con el porcentaje.
  • A veces, un segundo tipo (zona euro) que no es el IRPH de tu hipoteca española habitual.
  • El CVE (código de verificación) para comprobar autenticidad en boe.es.

Clave: no confundas esta resolución con otras del Banco de España que publican Euríbor, IRS o €STR. El IRPH de las hipotecas “clásicas” es el tipo medio a más de tres años de las entidades de crédito en España.

Para qué te sirve en la práctica

Tener el PDF del BOE te permite:

  • Contrastar el valor que te aplica el banco en la revisión.
  • Conservar prueba oficial si reclamas o pides aclaraciones.
  • Comparar con el histórico de IRPH hoy y con el Euríbor.

Si quieres simular el efecto en tu cuota, usa el simulador de revisión o la calculadora de lo que pagas de más con IRPH.

Resumen en 30 segundos

Clave final: el IRPH oficial vive en el BOE bajo un nombre largo. Busca «tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España», descarga el PDF y guarda la referencia BOE-A-…. En esta página tienes ya varios de 2025 y 2026 listos para abrir.

Información orientativa. Los enlaces apuntan a documentos públicos del BOE; si un PDF no abre, usa la ficha HTML del mismo número de resolución o la tabla del Banco de España.

Comentarios

avatar
Ivan · Marbella · Sábado, 21 Sept. 2019 | 10:18:07 PM · nº 5452
Buenas noches,tuve mi juicio sobre irph hace 1 año y medio ,quedo todo pendiente de lo que dijera el tjue ,poes ya tengo fecha 3/4/2022os lo digo para que veáis lo lento que va todo ,mucho ánimo a todos
Responder
avatar
Isabel · Madrid · Sábado, 21 Sept. 2019 | 12:58:41 PM · nº 5451
Hola Ana,
Yo tengo mis dudas sobre si voy a poder reclamar, en las escrituras me pone el tipo de interés será, el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, del conjunto de entidades, definido como la media simple de los tipos de interes mediros ponderados por los principales de las operaciones de préstamo con la garantia hipotecaria de plazo superior a tres años, ara la adquisición de vivienda libre que hayan sido iniciadas o renovadas por los bancos, cajas de ahorros y las sociedades de crédito hipotecario en el mes a que se refiere el índice, tomando a efectos de referencia el último de estos tipos medios publicados por el banco de España en el boe, antes de cada periodo de interes dentro de los tres meses naturales Ali mismo.
Luego me pone que el tipo de referencia sustitutivo será el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de de tres años, luego pone lo descrito arriba y que se encuentra descritos en los términos del anexo de la circular 8/90 loba banco de españa. El tipo de referencia sustitutivo se utilizará en cualquier circunstancia, y como son oficiales no tienen porque informar.
Siento que sea tan largo mi comentario, estoy desesperada como todos vosotros, hace unos años lo llevé a un a bogado y me dijo que todo estaba bien
Por favor no se si puedo reclamar, muchas gracias y ánimo para todos lo vais a conseguir
Responder
Ana · Madrid · Sábado, 21 Sept. 2019 | 08:36:42 PM · resp. nº 1566
Isabel de Madrid, te contesté ayer, mira más abajo en el post que pusiste y, ahí está la respuesta. Si tienes dudas, llámame 659 47 39 02, no quiero que te quedes con dudas
avatar
Esther · Castelló d'Empúries · Sábado, 21 Sept. 2019 | 09:59:49 AM · nº 5450
Buenos dias. A ver si alguien me puede ayudar con una duda. En mi hipoteca tengo IRPH y como sustitutivo el CECA, y sigue con que si algún dia no pudiese aplicarse ninguno de los dos, el préstamo meritaría, sólo por el tiempo de afectación para esta revisión o para sucesivas en que se produzca la misma circunstáncia, al tipo de interés que hubiese estado en vigor para la revisión anterior.
Mi pregunta es, en el caso de declarar nulo el IRPH, que tipo de interés se me aplicaría?
Gracias
Responder
Maria · Barcelona · Sábado, 21 Sept. 2019 | 10:36:04 AM · resp. nº 1563
Hola Esther.

En mi caso me hicieron dos hipotecas para una misma vivienda; en el préstamo hipotecario de menor importe, IRPH de cajas y como sustitutivo el CECA. Al dejar de publicarse estos dos tipos de índices, en el año 2015 me lo dejaron fijo al 3,50%. Entiendo que lo que tú aún tienes es el IRPH de entidades. Solo nos resta esperar la sentencia del TJUE. Quien ha esperado 15 años, (en mi caso) puede seguir esperando un poco más. Al final todo tarde o temprano llega. Así que muchos ánimos para todos!
Esther · Castelló d'Empúries · Sábado, 21 Sept. 2019 | 10:56:55 AM · resp. nº 1564
Hola María. Si supongo que tengo Entidades,- lo he mirado y lo tengo a un interés del 3,42 -. La duda que tengo es que si se declara nulo, si me podrían aplicar lo que ponen en mi contrato del 2006 de los "amigos" de La Caixa, que es que, " que si no se pudiese aplicar ningún tipo de interés me pondrían el último que hubiese estado vigente en la revisión anterior". Entiendo que no ya que pusieron entidades...pero no soy una experta. De todas maneras YA QUEDA MENOOOOS. ANIMO.
Gracias por contestar Maria.
avatar
Manuel · Gandía · Sábado, 21 Sept. 2019 | 09:22:55 AM · nº 5448
Lo del tema que se comenta de no hacer una reclamación contra el banco extrajudicial a que se refieren.

Yo esta semana lleve al banco el escrito de reclamación amistosa y me lo sellaron para que envíen a atención al cliente.Se que no va a servir de nada pero que sepan que los afectados sabemos de que va el tema.Imagino este procedimiento que e echo no será del procedimiento que se habla de no hacer aunque ya me entran dudas.Saludos
Responder
avatar
Rafael · Terrassa, Barcelona · Sábado, 21 Sept. 2019 | 08:36:19 AM · nº 5447
Dirigido a Reclamapormi.com.
Me gustaría que me aclarasen una cosa.Yo tengo irph entidades, y el sustituto en mi hipoteca es irph bancos (ya no existe). Pues escribí a reclamapormi, preguntando si no sería contraproducente pedir al banco en la reclamación extrajudicial, que me pusieran euribor, ya que posiblemente en mi caso, me podría quedar a interes cero, por no tener sustituto. Pues me contestasteis, que la manera de proceder vuestra era reclamar a euribor, ya que el banco no aceptaría de ninguna manera dejarlo sin interés. Pues ahora he visto más abajo un comentario vuestro, diciendo a la gente que no hagan las reclamaciones por su cuenta porque si pedimos euribor sería peor por perder la oportunidad de tener cero interés. Pues me da la sensación de que he sido yo quien os ha abierto los ojos, y no me da mucha confianza, ya que eso deberia haber esta en conocimiento de viestro bufete desde un principio. Espero que me podais aclarar esta situación, para quedarme tranquilo de haber elegido bien en que manos pongo mi caso. Un saludo
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 23 Sept. 2019 | 08:05:35 AM · resp. nº 1568
Hola,

El criterio de la plataforma es no pedir la sustitución del Euribor, y en caso de que se haya hecho en el pasado, sobreescribir la reclamación pasada con una nueva.

Pedir la sustitución por Euribor tenía sentido en el pasado ante un escenario jurídico claramente desfavorable para los clientes para facilitar el posible acuerdo extrajudicial.

Ahora, con una situación mucho más favorable y en vistas a un juicio en el "corto plazo" no es el criterio y los casos serán reenviados con las nuevas pretensiones.

Atentamente, Reclama Por Mí.
avatar
Isabel · Cadiz · Viernes, 20 Sept. 2019 | 07:26:42 PM · nº 5446
Si alguien me puede ayudar?
Tipo interés actual 0'810%
Interés variable:tipo referencia 0'190%
Tipo interés siguiente periodo
O'888%
Diferencial:1'000%
De verdad si yo entiendo esto, hubiera trabajado en banca, lo he sacado de un recibo, gracias de antemano, si me pueden decir que tengo, Isa
Responder
Maria · Barcelona · Viernes, 20 Sept. 2019 | 08:52:32 PM · resp. nº 1559
Hola Isabel.

Según los datos que aportas veo que tienes euríbor. El IRPH está ahora mismo al 1,913%.

Un saludo
Isabel · Cadiz · Viernes, 20 Sept. 2019 | 09:08:18 PM · resp. nº 1560
Si es asin María, por que tengo en la hipoteca que pone lo de los tres años referenciada a cajas, cómo a Isabel, y también desde hace trece años, solo he amortizado 29000€, y los primeros años solo eran intereses, no amortizaba, y también aparte del irph, me dijeron que también tenía suelo, no sé, gracias María y suerte a todos
avatar
Amaia · Pamplona-NAVARRA · Viernes, 20 Sept. 2019 | 06:57:13 PM · nº 5445
Buenas tardes
Yo tengo un préstamo abierto firmado en 1998 con Caixa Catalunya con el interés irhp menos el 0.25
Actualmente estoy pagando un interés 1.71600
Como puedo saber si estoy pagando bien el interés?
Tratándose de una hipoteca tan antigua tengo derecho a reclamar con carácter retroactivo?
Muchas gracias
Responder
avatar
Antonia · Madrid · Viernes, 20 Sept. 2019 | 04:20:29 PM · nº 5444
Hola a todos los afectados,me he quedado un poco confundida, voy a mirar las escrituras a ver si ponen lo que la po en a Isabel de Madrid, mi pregunta es ¿Aunque así lo especifique es transparente?¿tenemos que entender lo que nos ha puesto Isabel desde madrid , porque yo sinceramente no lo entiendo, ¿es legal tener Irph + el 0,65?, veo a los bancos muy tranquilos porque a pesar de lo que ha dicho el abogado de Europa siguen subiendo el Irph,¿ quién protege a los bancos?
Responder
avatar
Isabel · Madrid · Viernes, 20 Sept. 2019 | 03:43:21 PM · nº 5443
Hola Ana,
Yo tengo mis dudas sobre si voy a poder reclamar, en las escrituras me pone el tipo de interés será, el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, del conjunto de entidades, definido como la media simple de los tipos de interes mediros ponderados por los principales de las operaciones de préstamo con la garantia hipotecaria de plazo superior a tres años, ara la adquisición de vivienda libre que hayan sido iniciadas o renovadas por los bancos, cajas de ahorros y las sociedades de crédito hipotecario en el mes a que se refiere el índice, tomando a efectos de referencia el último de estos tipos medios publicados por el banco de España en el boe, antes de cada periodo de interes dentro de los tres meses naturales Ali mismo.
Luego me pone que el tipo de referencia sustitutivo será el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de de tres años, luego pone lo descrito arriba y que se encuentra descritos en los términos del anexo de la circular 8/90 loba banco de españa. El tipo de referencia sustitutivo se utilizará en cualquier circunstancia, y como son oficiales no tienen porque informar.
Siento que sea tan largo mi comentario, estoy desesperada como todos vosotros, hace unos años lo llevé a un a bogado y me dijo que todo estaba bien
Por favor no se si puedo reclamar, muchas gracias y ánimo para todos lo vais a conseguir
Responder
Ana · Madrid · Viernes, 20 Sept. 2019 | 04:16:16 PM · resp. nº 1557
Hola ISABEL DE MADRID, puedes esta MUY TRANQUILA pq NO TIENES LA DEFINICIÓN COMPLETA, si te fijas TE FALTA EL ÚLTIMO PÁRRAFO que es el IMPORTANTE. O sea, OMITEN el PÁRRAFO IMPORTANTE, lo cual es más grave aún que, si no te hubieran puesto nada.
En cualquier caso, TRANQUILIDAD A TODOS pq hasta que no se`pronuncie el Tribunal en SENTENCIA no sabremos cuál o cuales serán los requisitos. Pero, si sigue las RECOMENDACIONES del ABOGADO GENERAL - DEFINICIÓN COMPLETA y CUADRO DE EVOLUCIÓN DEL IRPH – NO LAS CUMPLÍS NINGUNO sin necesidad de entrar en el debate sobre las expliciones pertinentes para comprender el cálculo, tema en el que tb entra el ABOGADO GENARAL pero no lo concreta y lo deja en manos de nuestro Tribunal supremo. Si quieres , llámame sin problema 659 47 39 02
Ana · Madrid · Viernes, 20 Sept. 2019 | 04:19:48 PM · resp. nº 1558
FÁCIL Y SENCILLO; los requisitos de transparecncia que recomienda el ABOGADO General son más sencillos y objetivos que, los que se proponían. Además de abrir otra vía, CONTROL DE CONTENIDO que, os daría la oportunidad de volver a demandar a los que demandastéis en su día y no continuastéis.
avatar
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Viernes, 20 Sept. 2019 | 09:39:01 AM · nº 5442
AVISO A AFECTADOS,

Cuidado con hacer una reclamación extrajudicial sin estar asesorados por abogados o con modelos sacados por internet. Estamos viendo ejemplos de casos que pueden provocar graves perjuicios para el afectado, no solo por ser incorrectos, enviarse a lugares equivocados y un largo etc. Si no, POR EJEMPLO, POR PEDIR EN EL MODELO DE RECLAMACIÓN QUE SE SUSTITUYA POR EURIBOR.

ESTO NO LO DEBÉIS HACER. Podéis perder la oportunidad de un interés 0% y que no aplique ningún índice para el resto de vuestras escrituras si hacéis esto. Esto puede suponer dejar de recuperar más de 50.000 euros dependiendo del caso si la sentencia es favorable.

POR FAVOR, ASESORAOS CON UN ABOGADO. EN RECLAMA POR MÍ LA CONSULTA ES GRA-TU-I-TA. DEJAR VUESTRO CASO AQUÍ https://www.reclamapormi.com/reclamacion/ Y OS LLAMARAN EN MENOS DE 24 HORAS LABORALES. AUNQUE NO RECLAMÉIS FINALMENTE CON NOSOTROS AL MENOS CONSULTAR UNA SEGUNDA OPINIÓN.

RECLAMA POR MÍ.
Responder
kikolg · Toledo · Viernes, 20 Sept. 2019 | 10:33:36 AM · resp. nº 1555
Gracias Javier por tu información.

Mostrando 1961–1970 de 5754 comentarios · Página 197 de 576

Dejar comentario

Visitas: 5.736