IRPH vs Euríbor: diferencias que importan en tu hipoteca
El IRPH y el Euríbor son los dos referentes más citados en hipotecas variables en España. No miden lo mismo: el primero resume tipos de préstamos hipotecarios ya formalizados; el segundo, el precio del dinero entre bancos en el mercado interbancario del euro.
Gráfico dual IRPH – Euríbor
Diferencias clave
- Construcción: media de hipotecas (IRPH) frente a tipo interbancario (Euríbor).
- Nivel: el IRPH ha cotizado históricamente por encima del Euríbor en largos periodos.
- Volatilidad: el Euríbor suele reaccionar antes a los cambios de política monetaria.
- Contrato: lo decisivo es el índice + diferencial de tu escritura.
¿Basta la diferencia económica para reclamar?
No. Que el IRPH haya sido más caro que el Euríbor ayuda a cuantificar impacto, pero el debate jurídico se centra en la transparencia de la cláusula. Guías: reclamar IRPH · TJUE y Supremo.

Como sabéis se acerca una fecha muy importante el 25 de febrero donde se dará respuesta a una triple cuestión prejudial. Para quien quiera más información, os dejamos el artículo que hemos escrito en Reclama Por Mí aquí: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/278-que-va-ocurrir-el-25-de-febrero-con-el-irph.html, y os resumimos lo escrito:
¿Qué va ocurrir el 25 de febrero con el IRPH? Resolución de una triple cuestión prejudicial
El día 25 de febrero a las 14:30 se reúne el pleno del Tribunal de Justicia Europeo donde se abordará la nulidad del Irph.
No es habitual que se celebre una vista oral en la que tomen parte los 15 jueces, hecho que pone de manifiesto la transcendencia de la decisión que tiene en vilo a más de un millón de personas que referenciaron sus hipotecas a este índice.
Para poder entender bien la situación actual debemos hacer un análisis de las fechas más relevantes y sus implicaciones.
Los hitos más importantes sobre el IRPH:
El Tribunal Supremo en su sentencia del de 22 de noviembre de 2017, comunicó que "la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad". La decisión que fue controvertida, contó con 2 votos particulares en contra y fallaba a favor de los intereses de los bancos y suponía que los afectados no pudieran reclamar por el índice.
El magistrado del Juzgado de Instrucción Nº 38 de Barcelona consideró que la decisión del Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, validando el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) porque gozaba de transparencia y no era abusivo, vulneraba, de hecho, la legislación comunitaria en materia de protección de consumidores en productos financieros.
Dicho magistrado elevó una triple cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la comercialización de hipotecas vinculadas al IRPH.
La Comisión Europea, en su informe de observaciones escritas al TJUE del 17 de septiembre del 2018, se alineó a favor de los clientes afectados por el IRPH, situándose en sentido contrario a la sentencia del Tribunal Supremo.
El día 25 de febrero se reúne el pleno del Tribunal de Justicia Europeo donde se abordará la nulidad del Irph. Es importante destacar que después de celebrar la vista no tendremos una respuesta definitiva. Habrá que esperar al informe del abogado TJUE en que presentará sus conclusiones (plazo que oscila entre 2 semanas y 3 meses) y posteriormente llegará se propondrá una fecha para la decisión del Tribunal.
Leer todo el artículo aquí: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/278-que-va-ocurrir-el-25-de-febrero-con-el-irph.html