IRPH vs Euríbor: diferencias que importan en tu hipoteca
El IRPH y el Euríbor son los dos referentes más citados en hipotecas variables en España. No miden lo mismo: el primero resume tipos de préstamos hipotecarios ya formalizados; el segundo, el precio del dinero entre bancos en el mercado interbancario del euro.
Gráfico dual IRPH – Euríbor
Diferencias clave
- Construcción: media de hipotecas (IRPH) frente a tipo interbancario (Euríbor).
- Nivel: el IRPH ha cotizado históricamente por encima del Euríbor en largos periodos.
- Volatilidad: el Euríbor suele reaccionar antes a los cambios de política monetaria.
- Contrato: lo decisivo es el índice + diferencial de tu escritura.
¿Basta la diferencia económica para reclamar?
No. Que el IRPH haya sido más caro que el Euríbor ayuda a cuantificar impacto, pero el debate jurídico se centra en la transparencia de la cláusula. Guías: reclamar IRPH · TJUE y Supremo.
Me perdí el reportaje de cuatro sobre UCI y el IRPH por cuestiones de trabajo. ¿En qué consistió?. ¿Mereció la pena?. ¿Habremos dado un paso adelante?. ¿Debemos contactar de nuevo con la periodista?. ¿Buscamos otro medio de comunicación?. Si alguien lo grabó o sabe si está disponible en alguna web, comunicarlo, por favor. GRACIAS.
SI SE DECLARA NULO EL IRPH, ¿QUE ÍNDICE LOS SUSTITUYE?
Podemos encontrarnos en 3 situaciones diferentes si se declara nulo el IRPH firmado en la hipoteca:
1- Que NO haya un índice sustitutivo en el contrato hipotecario:
En ese caso, el préstamo queda sin un interés válido y se debería aplicar los Artículos 1.755 del Código Civil y 314 del Código de Comercio, que establecen que “No se deberán intereses sino cuando expresamente se hubieran pactado” y que “Los préstamos no devengarán interés si no se hubiere pactado por escrito”.
2- Que haya un índice sustitutivo:
Por ejemplo, si se prevé el Euribor, se debe dejar de aplicar el IRPH y se aplica el Euribor.
3- Que haya un índice sustitutivo, pero que también se haya declarado nulo:
Por ejemplo, si el índice nulo de la hipoteca que se quiere reclamar es el IRPH CAJAS pero el sustitutivo es el IRPH ENTIDADES y se declara nulo.
En este caso el consumidor, según lo estipulado en la ley solo tendría que devolver al banco el principal del préstamo sin intereses.
Sin embargo en diferentes casos el juez ha moderado esta sanción para el banco y ha aplicado, como índice sustitutivo, el euribor + 1%.