No hay mala fe al aplicar el IRPH según la Fiscalía del Tribunal Supremo
"no es mala fe y se adapta a la metodología usual para resolver un recurso de casación" según la Fiscalía del Tribunal Supremo al elaborar un informe sobre la querella presentada por Arriaga Asociados contra 4 magistrados del alto tribunal.
"No es mala fe" según la Fiscalía
"no es mala fe y se adapta a la metodología usual para resolver un recurso de casación" es lo que señala la Fiscalía del Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo considera que aunque la cláusula IRPH no es transparente, esta no es abusiva
Así pues, lo que estima la Fiscalía del Tribunal Supremo en un escrito que la carencia de información esencial vivida por los consumidores cuando el banco les aplico el IRPH <como índice vinculado a la hipoteca, “no es mala fe y se adapta a la metodología usual para resolver un recurso de casación”.
Esta consideración por parte de la Fiscalía del Tribunal Supremo <viene a raíz de la querella que fue presentada por el bufete de abogados Arriaga Asociados contra cuatro magistrados del alto tribunal por prevaricación y coacciones, al no haber aplicado según indicó el despacho, la jurisprudencia europea sobre el IRPH en las sentencias que fueron dictadas por la máxima instancia jurídica el 27 de enero.
Esta es nueva dificultad que encuentran los afectados con hipotecas IRPH<, que han visto como siempre su hipoteca se ha situado de forma considerable por encima del Euríbor, que es el índice hipotecario a la que están referenciadas la inmensa mayoría de las hipotecas variables en España.
El despacho Arriaga Asociados establece que el alto tribunal español interpreta de forma equivocada la doctrina europea sobre el IRPH, mientras que Tribunal Supremo considera que aunque no es transparente la cláusula IRPH, esta no es abusiva.
Arriaga Asociados contesta que la Fiscalía “omite deliberadamente, como lo hiciera la Sala Primera en sus polémicas Sentencias, el párrafo del TJUE que obligaba al banco a dar información suficiente al consumidor sobre el IRPH para asegurar la comprensión de las consecuencias económicas que para él tendría lo que iba a firmar”
Me sorprende su "ruego" de no facilitar datos como teléfono o correo electrónico por tema de protección de datos y que directamente los borre, cuando he sido YO la que he facilitado mis propios datos. Lo cual, una vez hecha la advertencia no tendría que borrarlos salvo que YO lo solicitara. .
Como bien sabes, llevo colaborando/aconsejando en este FORO desde el inicio - pudiera decirse que he sido la primera- lo cual, evidentemente no me situa en una condición privilegiada que, por cierto tampoco busco. Finalmente y, como bien sabes, no busco publicitarme sino ACONSEJAR Y AYUDAR en la medida de mis posibilidades, ya que además de ser abogada estoy muy concienciada con el IRPH , PUES SOY AFECTADA. Me entristece que un foro como este haya sucumbido a las "suculentas" cuotas publicitarias abonadas por ciertas firmas de abogados y se haya convertido en un negocio. Por cierto, hasta la fecha no ha habido ningún problema con mi número de teléfono - y llevo años-, quizá este comentario responda a una posible queja de sus patrocinadores respecto de las HOJAS DE ENCARGO QUE FIRMAN LOS AFECTADOS - alguien parece ser que se dió por aludido- .
Atentamente,