IRPH

Revisión de hipoteca en septiembre 2026: Euríbor de agosto o IRPH de julio

Revisión de hipoteca en septiembre 2026: Euríbor de agosto o IRPH de julio

Septiembre es mes de cartas de revisión. El Euríbor de agosto ya cerró. El IRPH de agosto, todavía no.

Si tu hipoteca se revisa en septiembre, la entidad no usa “el valor de hoy”. Usa el mes que diga la escritura. En la práctica, para una revisión anual de septiembre, lo habitual es tomar el Euríbor a 12 meses de agosto o el IRPH del mes que el contrato fije (a menudo el anterior publicado). Mezclar los dos es el error que más cuota fantasma genera.

A 1 de septiembre de 2026 el Euríbor a 12 meses ya tiene media de agosto: 2,954 %. El IRPH publicado más reciente en IRPH.es es el de julio: 3,077 %. El de agosto saldrá en el entorno del día 20, cuando el Banco de España lo publique y el BOE recoja la resolución.

Revisión de hipoteca en septiembre 2026

Clave: la cuota nueva no depende del Euríbor del martes ni del titular del periódico. Depende del mes concreto que pone tu escritura y de si ese índice es Euríbor o IRPH.

Qué número entra si tu hipoteca es a Euríbor

La media mensual de agosto 2026 del Euríbor a 12 meses queda en 2,954 %. Julio quedó en 2,855 %. La diferencia intermensual es de +0,099 puntos. Quien revise con agosto frente a quien revisó con julio notará esa décima, más el diferencial de la escritura.

Lee la cláusula de revisión. Unas hipotecas dicen “Euríbor del mes anterior a la revisión”. Otras, “del último mes publicado”. No es lo mismo si la carta llega el día 3 o el día 28. Si duda, el cuadro de amortización y la carta anterior suelen aclarar qué mes usaron el año pasado.

Con el dato encima de la mesa, el siguiente paso no es firmar nada: es simular. En revisión de hipoteca metes capital pendiente, años que quedan, diferencial y el índice viejo frente al nuevo. El resultado es la letra, no un titular.

Qué número entra si tu hipoteca es IRPH

El IRPH no tiene valor diario. Se publica una vez al mes, hacia el día 20. Por eso, el 1 de septiembre aún no hay IRPH de agosto. Quien tenga revisión “con el último IRPH publicado” en los primeros días de septiembre estará mirando julio 2026 = 3,077 %, no agosto.

Julio frente a julio del año anterior es lo que mueve una revisión anual. No compares el IRPH de julio con el Euríbor de agosto y llames a eso “lo que me cobran de más” sin restar diferenciales. Para esa cuenta está cuánto pagas de más IRPH vs Euríbor y la serie de IRPH hoy.

El PDF del mes está en IRPH en el BOE. Si la carta del banco no coincide con la cifra oficial, el primer sitio donde contrastar es ese PDF, no el SMS.

ÍndiceÚltimo mes cerrado útil a 1-sep-2026ValorCuándo sale el siguiente
Euríbor 12 mesesAgosto 20262,954 %Media de septiembre: 1 de octubre
IRPH entidadesJulio 20263,077 %Agosto: ~20 de septiembre (BdE / BOE)

Los tres papeles que hay que tener juntos

Escritura (cláusula de índice, diferencial, redondeo y mes de revisión). Último recibo o cuadro. Carta de revisión. Sin esos tres, cualquier reclamación o queja al banco empieza coja.

En la carta busca: índice utilizado, mes de ese índice, diferencial, nuevo TIN y nueva cuota. Si el mes no es el de tu cláusula, pide por escrito que lo expliquen. No hace falta un tono de denuncia: basta la cita de la página de la escritura.

Si la letra no entra, el camino no es “dejar de pagar y ya”. Mira antes qué hacer si no llega la cuota. Carencia, aplazamiento o novación son cosas distintas y no se firman del mismo modo.

Clave: una revisión mal aplicada se discute con la escritura y el valor oficial del mes, no con la media de lo que “ha dicho el telediario”.

Simular antes de decidir si amortizas

Si tras la revisión te queda margen, amortizar no es automático. Hay que ver si reduce cuota o plazo y cuánto interés te evitas. Eso está en la calculadora de amortización parcial, no en una regla de tres de servilleta.

Si el banco te ofrece pasar a fijo “por la revisión”, compara el TIN fijo con el TIN variable nuevo más un escenario a 12 meses. La comparativa fijo vs variable sirve para no firmar un fijo alto solo porque la carta da miedo.

En el foro IRPH hay gente que ya ha recibido la carta de su entidad. No sustituye a un abogado, pero sí evita que creas que tu caso es el único del código postal.

Preguntas cortas de esta revisión

¿El Euríbor de hoy, 1 de septiembre, cambia mi cuota de septiembre? Casi nunca. El valor diario sirve para ver tendencia. La revisión anual usa la media del mes que marque el contrato.

¿Puedo exigir el IRPH de agosto el día 2 de septiembre? No: todavía no está publicado. Quien tenga revisión esos días trabajará, salvo cláusula rara, con julio.

¿La diferencia 3,077 − 2,954 es “lo que me roban”? No. Hay que restar diferenciales, comisiones y el mes exacto de cada índice. La resta cruda de portada no es un peritaje.

Comentarios

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Frasquito Roc · Elda-Alicante · Domingo, 15 Sept. 2019 | 08:50:35 PM · nº 5417
Hola a todos. ¿Alguien tiene experiencia en algún pleito con la gente de Reclamapormi? ¿Trabajan bien? ¿Son de fiar? A ver si alguien puede contarme su experiencia. Un saludo.
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Alejandro · Las palmas · Lunes, 16 Sept. 2019 | 01:08:04 AM · resp. nº 1513
Yo te puedo contestar Frasquito, a mi me están reclamando los gastos de hipoteca con UCI, y ya me han calculado cuanto tienen que devolver, ya he ido al juzgado a autorizar al procurador para juicio y lo único que he pagado es el procurador de resto el abogado cobrará un 15% de lo que consiga que me devuelvan. Así que yo, si te los puedo recomendar.
Un saludo
Juan · Madrid · Lunes, 16 Sept. 2019 | 06:36:30 AM · resp. nº 1515
A mi me reclamaron gastos y sin problema. Todo bien explicado, con una hoja de encargo de una página. Bueno, cuando hables con ellos ya verás que son bastante francos. Llevan explicando el tema del irph en el foro desde 2017 o así y siempre han dicho que los afectados debian esperar a saber más mientras otros abogados intentaban engatusarte para ir adelante. Eso al menos hay q reconocérselo.
Luis · Barcelona · Lunes, 16 Sept. 2019 | 08:48:34 AM · resp. nº 1516
Muy buenos. Amables, trabajadores y muy sinceros te dicen todo lo que hay. Vale la pena. Te examinan con profundidad la escritura y miran todo aquello en lo que el banco se ha pasado. Además te protegen banstante con estimaciones parciales para que el riesgo de perder sean mínimo. Yo me siento muy protegido con ellos la verdad.
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Ana · Tarragona · Domingo, 15 Sept. 2019 | 08:04:41 PM · nº 5416
Nosotros los de la hipotecas..irph dicen que hemos pagado demás cada mes entre 200 o 300..Pues el banco nos tiene que pagar todo los años que sean beneficiado de este dinero..que hoy poroi estamos pagando cada mes..cierto!! más gasto hipotecarios..
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Ana · Madrid · Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:31:30 PM · nº 5415
HOLA A TODOS, NI CASO A LOS BANCOS. EL ABOGADO GENERAL NOS DA LA RAZÓN E INCLUSO SIMPLIFICA LOS REQUISITOS QUE LA SENTENCIA RECURRIDA EN CASACIÓN ESTABLECÍA PARA DECRETAR QUE LA CLAUSULA NO SUPERA EL CONTROL DE TRANSPARENCIA Y POR CONSIGUIENTE PARA DECLARAR SU NULIDAD. ES MÁS, ABRE OTRA VÍA DIFERENTE A LA TRANSPARENCIA PARA DECLARARLA NULA Y; POR ENDE ABRE LA POSIBILIDAD DE VOLVER A DEMANDAR A AQUELLOS QUE NO PROSIGUIERON CON EL PROCEDIMIENTO

Así, una vez leídas las conclusiones del Abogado General del TJUE tras un análisis pormenorizado de las mismas y, tras realizar una comparativa con la propia Jurisprudencia del Tribunal Supremo generada con ocasión de las cláusulas suelo e IRPH, la IMPRESIÓN ES MUY PERO QUE MUY BUENA - por mucho que la banca intente transmitir lo contrario- .

Y es TAN SIMPLE, como que el ABOGADO GENERAL vincula el cumplimiento del control de transparencia a que,

· La claúsula contractual que fija el tipo de interés -IRPH- CONTENGA LA DEFINICIÓN COMPLETA DEL IRPH ASÍ COMO LAS DISPOSICIONES DE LA NORMATIVA NACIONAL QUE DETERMINAN DICHO ÍNDIDE. Tened en cuenta que, la inmensa mayoría de las escrituras, por no decir todas, no incluyen la definición ni tan siquiera parcial del IRPH.

· Y además, debió de haberos informado sobre la evolución la evolución en el pasado de dicho índice. Lo cual, es muy díficil de acreditar por la banca. O bien debería haber incorporado a la escritura el cuadro de evolución o bien estar firmado , COSA QUE DUDO, por la sencilla razón de que NUNCA LO HIZO.

Si habéis leído las conclusiones, ciertamente el ABOGADO GENERAL da la razón a la Banca y al TS, en cuanto a que los empleados bancarios no estaban obligados a explicar la fórmula de cálculo de IRPH o a ofrecer otros índices, tal y como establecía la Sentencia que fue objeto de Recurso ante el TS y, como se alegaba por parte de los representantes del consumidor, siguiendo la Sentencia de primera y segunda instancia.

Cuestión que, no nos debe preocupar en absoluto, pues el propio ABOGADO GENERAL EXIGE UNOS REQUISITOS MÁS SENCILLOS Y OBJETIVOS -definición completa de IRPH y gráfico evolución- que, los que exigía tanto la propia Sentencia que fue objeto de Recurso ante el Supremo como la representación del consumidor

EN RESUMEN, entiende que el mero hecho de que la cláusula no incorpore la definición completa de IRPH es motivo más que suficiente para declarar que no se supera el control de transparencia, sin necesidad de ir más allá y, entrar a valorar si el empleado del banco os explicó la fórmula de cálculo etc .

Por otra parte, ABRE OTRA VÍA PARA DECLARAR LA NULIDAD DE DICHA CLÁUSULA, en tanto en cuanto considera que la claúsula puede y debe someterse al CONTROL DE CONTENIDO – control diferente al de transparecia- . Esta vía abrirá la puerta a todos aquellos que demandaron y no continuaron con el procedimiento, siempre y cuando, al demandar no hubieran ejercitado la acción de nulidad por falta de equilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes. En estos días, os explico está vía.
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Isabel · Cadiz · Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:50:07 PM · resp. nº 1511
Muchas gracias Ana, por entrar en el foro, y explicarnos cómo quedó el tema, un saludo
Alejandro · Las palmas · Lunes, 16 Sept. 2019 | 01:28:11 AM · resp. nº 1514
Gracias Ana, en nombre propio y de tod@s
Ana · Madrid · Lunes, 16 Sept. 2019 | 01:06:42 PM · resp. nº 1517
De nada, para mi como afectada y abogada es un placer poder ayudar. Para cualquier duda , explicación o aclaración os dejo mi teléfono 659 47 39 02. YA QUEDA MENOS!!!!!!
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Isabel · Cadiz · Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:29:10 PM · nº 5414
Sabes lo que pasa Juan, que si, que sigamos nosotros, eso iba hacer, cuando me di cuenta, que la misma persona, con distinto nombre de estaba riendo de nosotros, y tuve que saltar y decir, no contestar más, que es el mismo
Y no solo eso entro con un tema personal que seguramente le habrá pasado alguno, que es perder su vivienda y pueden perderlas también los avalista, entonces es muy fuerte, ya no me fío, por que hemos dado, vamos a llamarlo VIRUS, por que es mala persona. Un beso a todos y mucho ánimo
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Roberto · Madrid · Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:48:47 PM · resp. nº 1510
Ya habeis dicho que tengo varios perfiles, no es asi pero ya veo que no me creeis. Yo no he entrado nunca a tratar ese tema de que alguien pierda su vivienda y tambien el avalista. Nunca lo haria pq eso es un tema independiente de si tienes IRPH o EURIBOR. No me asigneis comentarios que no son mios. Ademas hubo uno que puso tambien ROBERTO DE MADRID y no era yo. Yo nunca me alegro de las desgracias de nadie.
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juan · las palmas · Domingo, 15 Sept. 2019 | 03:47:57 PM · nº 5413
tampoco entiendo la posición del moderador¨, dándole felicidades este individuo.de todas maneras yo pienso que estamos mucho mejor ahora que cuando nuestro tribunal Español dicto sentencia diciendo que teníamos que ser muy perficaces.je.je
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PEDRO · Valencia · Domingo, 15 Sept. 2019 | 03:41:26 PM · nº 5412
Hola, yo quiero saber si es recomendable reclamar al banco ya por la hipoteca que tengo al irph o hay que esperar a más adelante cuando ya este la sentencia del tjue. Pido que algún abogado experto diga que pasos debemos
de hacer los que tenemos el irph y que es lo recomendable hacer y que no es recomendable hacer. Gracias
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Roberto · Madrid · Domingo, 15 Sept. 2019 | 03:18:09 PM · nº 5410
Por alusiones, eric de barcelona. Que me estaba pasando? Pq por decir que uno tiene que saber lo que firma? Eso te lo digo yo y cualquiera. Que hay de malo en eso? Yo firme en la misma época que vosotros seguramente, no era tan facil buscar información pero se podia. Comfiar en el del banco? Nunca, pero ni en el del banco ni el de la tienda de moviles, etcc.. pq te quieran engañar? No. Los comerciales hacen si trabajo y siempre te van a contar lo bueno de su producto. El que te venda un coche no te dira que el de la competencia es mejor, te vendera el suyo contando lo bueno de su coche aunque el de la competencia sea mejor. Por eso uno tiene que informarse antes de ir a comprar cosas que asi lo requieran. Esto que es tan normal decirlo aqui es ofender. Por favor no me mencioneis mas, si sigo aqui es por vuestras alusiones.
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eric · Barcelona · Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:27:31 PM · resp. nº 1508
que tu a mi no me das lecciones de nada . ya conocemos tu opinión , callate ya Y opina del IRPH , NO DE LOS QUE LO TENEMOS .
Roberto · Madrid · Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:38:40 PM · resp. nº 1509
Yo nunca he opinado de nadie a nivel personal pq no conozco los casos particulares de cada uno. He hablado a nivel general.
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kikolg · Toledo · Domingo, 15 Sept. 2019 | 03:08:14 PM · nº 5409
Buenas tardes.

¿Podemos seguir hablando de temas relacionados con el IRPH?

¿No os dais cuenta que si a alguien le da por buscar un foro relacionado con el IRPH, si le aparece este en concreto y le da por ver los comentarios que se han escrito despues de la opinion del abogado de la UE, se va a pensar en "seguir" el foro?

Yo sinceramente, dejaria de visitar esta pagina.

Asi que os pido a todos que por favor dejeis las disputas de una vez y nos centremos en lo que nos une, nuestro problema con el dichoso IRPH.

De esta manera, cada vez seremos mas y no menos, que es lo que con los ultimos comentarios se esta consiguendo.

Es mi opinion.

Un saludo y no perdais la ilusion de que llegara el dia que se haga justicia.
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eric · Barcelona · Domingo, 15 Sept. 2019 | 02:55:57 PM · nº 5408
Uno recoge lo que siembra , estaba claro que no podía acabar de otra manera . Cuantas veces te han avisado que te estabas pasando ? Todo el mundo aquí sufriendo lo que conlleva tener el IRPH Y TU ROBERTO DE MADRID venga a culpar de ello a todos .Como si tuvieras derecho a opinar sobre nuestras vidas, nos conoces de algo ? conoces las condiciones en las que firmamos ? No engañas a nadie con argumentos vacíos dejan a la vista tus complejos . opina sobre el IRPH no sobre nosotros .Y TRANQUILO DEBE HABER MUCHOS ROBERTOS EN MADRID CON MÓVIL . o contrata un escolta si temes por tu vida.
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Roberto · Madrid · Domingo, 15 Sept. 2019 | 03:05:57 PM · resp. nº 1504
Vamos a ver, un señor me amenaza, yo le respondo con educación y el moderador decide eliminar los mensajes. A partir de ahi me llamais cagon, que tengo la piel fina, que contrate un guardaldas, quien se rie de quien? Y todo por darle las gracias al moderador por su actuacion.
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Roberto · Madrid · Domingo, 15 Sept. 2019 | 02:12:41 PM · nº 5407
Por favor Sr. Moderador publique de nuevo el mensaje donde se me amenaza con localizarme. Creo que cuando alguien dice eso no es para darme las gracias y ademas dentro del contexto del mensaje.Sera cierto o no pero no deja de ser una amenaza.
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eric · Barcelona · Domingo, 15 Sept. 2019 | 03:11:48 PM · resp. nº 1505
AQUÍ SE OPINA SOBRE EL IRPH NO SI ES CULPA NUESTRA TENER IRPH . TODOS LO DÍAS PROVOCANDO Y CABREANDO A LA GENTE . NO ME EXTRAÑA QUE TE QUIERAN INFLAR A OSTIAS . YA TE DIGO YO QUIEN HA PUBLICADO EL MENSAJE HA SIDO ELVIS DE NARMIA .
Roberto · Madrid · Domingo, 15 Sept. 2019 | 04:11:22 PM · resp. nº 1507
Provocar es opinar, entonces para vosotros un debate que es la guerra. A ti te parece normal que por opinar alguien me quiera inflar a os..... Repito, luego soy yo el que provoca y es irrespetuoso.

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