IRPH

Revisión de hipoteca en septiembre 2026: Euríbor de agosto o IRPH de julio

Revisión de hipoteca en septiembre 2026: Euríbor de agosto o IRPH de julio

Septiembre es mes de cartas de revisión. El Euríbor de agosto ya cerró. El IRPH de agosto, todavía no.

Si tu hipoteca se revisa en septiembre, la entidad no usa “el valor de hoy”. Usa el mes que diga la escritura. En la práctica, para una revisión anual de septiembre, lo habitual es tomar el Euríbor a 12 meses de agosto o el IRPH del mes que el contrato fije (a menudo el anterior publicado). Mezclar los dos es el error que más cuota fantasma genera.

A 1 de septiembre de 2026 el Euríbor a 12 meses ya tiene media de agosto: 2,954 %. El IRPH publicado más reciente en IRPH.es es el de julio: 3,077 %. El de agosto saldrá en el entorno del día 20, cuando el Banco de España lo publique y el BOE recoja la resolución.

Revisión de hipoteca en septiembre 2026

Clave: la cuota nueva no depende del Euríbor del martes ni del titular del periódico. Depende del mes concreto que pone tu escritura y de si ese índice es Euríbor o IRPH.

Qué número entra si tu hipoteca es a Euríbor

La media mensual de agosto 2026 del Euríbor a 12 meses queda en 2,954 %. Julio quedó en 2,855 %. La diferencia intermensual es de +0,099 puntos. Quien revise con agosto frente a quien revisó con julio notará esa décima, más el diferencial de la escritura.

Lee la cláusula de revisión. Unas hipotecas dicen “Euríbor del mes anterior a la revisión”. Otras, “del último mes publicado”. No es lo mismo si la carta llega el día 3 o el día 28. Si duda, el cuadro de amortización y la carta anterior suelen aclarar qué mes usaron el año pasado.

Con el dato encima de la mesa, el siguiente paso no es firmar nada: es simular. En revisión de hipoteca metes capital pendiente, años que quedan, diferencial y el índice viejo frente al nuevo. El resultado es la letra, no un titular.

Qué número entra si tu hipoteca es IRPH

El IRPH no tiene valor diario. Se publica una vez al mes, hacia el día 20. Por eso, el 1 de septiembre aún no hay IRPH de agosto. Quien tenga revisión “con el último IRPH publicado” en los primeros días de septiembre estará mirando julio 2026 = 3,077 %, no agosto.

Julio frente a julio del año anterior es lo que mueve una revisión anual. No compares el IRPH de julio con el Euríbor de agosto y llames a eso “lo que me cobran de más” sin restar diferenciales. Para esa cuenta está cuánto pagas de más IRPH vs Euríbor y la serie de IRPH hoy.

El PDF del mes está en IRPH en el BOE. Si la carta del banco no coincide con la cifra oficial, el primer sitio donde contrastar es ese PDF, no el SMS.

ÍndiceÚltimo mes cerrado útil a 1-sep-2026ValorCuándo sale el siguiente
Euríbor 12 mesesAgosto 20262,954 %Media de septiembre: 1 de octubre
IRPH entidadesJulio 20263,077 %Agosto: ~20 de septiembre (BdE / BOE)

Los tres papeles que hay que tener juntos

Escritura (cláusula de índice, diferencial, redondeo y mes de revisión). Último recibo o cuadro. Carta de revisión. Sin esos tres, cualquier reclamación o queja al banco empieza coja.

En la carta busca: índice utilizado, mes de ese índice, diferencial, nuevo TIN y nueva cuota. Si el mes no es el de tu cláusula, pide por escrito que lo expliquen. No hace falta un tono de denuncia: basta la cita de la página de la escritura.

Si la letra no entra, el camino no es “dejar de pagar y ya”. Mira antes qué hacer si no llega la cuota. Carencia, aplazamiento o novación son cosas distintas y no se firman del mismo modo.

Clave: una revisión mal aplicada se discute con la escritura y el valor oficial del mes, no con la media de lo que “ha dicho el telediario”.

Simular antes de decidir si amortizas

Si tras la revisión te queda margen, amortizar no es automático. Hay que ver si reduce cuota o plazo y cuánto interés te evitas. Eso está en la calculadora de amortización parcial, no en una regla de tres de servilleta.

Si el banco te ofrece pasar a fijo “por la revisión”, compara el TIN fijo con el TIN variable nuevo más un escenario a 12 meses. La comparativa fijo vs variable sirve para no firmar un fijo alto solo porque la carta da miedo.

En el foro IRPH hay gente que ya ha recibido la carta de su entidad. No sustituye a un abogado, pero sí evita que creas que tu caso es el único del código postal.

Preguntas cortas de esta revisión

¿El Euríbor de hoy, 1 de septiembre, cambia mi cuota de septiembre? Casi nunca. El valor diario sirve para ver tendencia. La revisión anual usa la media del mes que marque el contrato.

¿Puedo exigir el IRPH de agosto el día 2 de septiembre? No: todavía no está publicado. Quien tenga revisión esos días trabajará, salvo cláusula rara, con julio.

¿La diferencia 3,077 − 2,954 es “lo que me roban”? No. Hay que restar diferenciales, comisiones y el mes exacto de cada índice. La resta cruda de portada no es un peritaje.

Comentarios

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Montse · Ripoll,Girona · Jueves, 12 Abril 2018 | 05:13:22 PM · nº 4303
Buenas tardes,
Me gustaría saber cuato tiempo puede tarder el tribunal europeo en dictar sentencia,
Gracias
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Pedro · Girona · Jueves, 12 Abril 2018 | 08:20:39 PM · resp. nº 512
Hola Montse.
Creo, según me ha dicho un abogado de Figueres, que se pronunciaran unos meses antes de los dos años que se han dado de margen... esperemos!!!
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sonia · Santander · Jueves, 12 Abril 2018 | 09:39:55 AM · nº 4302
hola a todos alguien puede decirme cuanto tiempo puede tardar una ejecucion provisional de sentencia?
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Oscar · Irun · Miércoles, 11 Abril 2018 | 02:29:49 PM · nº 4301
Hola, llevo escribiendo en este foro varios años. Estoy afectado por el irph y una abogada de gipuzkoa con varias sentencias ganadas, me aconsejo hace años, no denunciar. Basándose en que el supremo no se había pronunciado aun y que la audiencia provincial le había tumbado varias sentencias, casi todas relacionadas con Kutxabank.

Una vez pronunciado el supremo y con el varapalo que nos dio a todos los afectados, creo que el que no haya entrado mejor que no entre. Y el que está dentro que siga hasta el final, gane o pierda. Naturalmente cada uno por sus circunstancias personales habrá de valorarlo, pero si yo empiezo una guerra, la termino, o no la comienzo.

Solo espero que el tribunal europeo nos de la razón y podamos en un futuro reclamar lo que nos han robado. Ánimo a todos aquellos que se encuentran inmersos en las batallas judiciales y suerte para todos.
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dolores · leon · Martes, 10 Abril 2018 | 01:42:34 PM · nº 4300
Lo del IRPH no es un ERROR en la comercialización, es un ENGAÑO puro y duro, puesto que el IRPH es una TAE, un precio TOTAL, cosa que los bancos saben perfectamente, y en los CONTRATOS no hay ningún apartado de precio TOTAL del préstamo, donde se pueda usar el oficial, el IRPH. Lo que hay, son distintos apartados, donde aparecen distintos costes PARCIALES, como COMISIONES, INTERESES, GASTOS, etc....Y en uno de esos costes PARCIALES, aparece el IRPH,como si fuera el precio oficial de ese coste PARCIAL. Y esto es un engaño puro y duro. Deberían estar en la cárcel por estafa masiva.
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VÍCTOR · S/c De Tenerife · Lunes, 09 Abril 2018 | 06:46:41 PM · nº 4299
Alguien sabe cuando se vuelve a pronunciar el TJUE SOBRE EL IRPH, una saludo porque a mi me tienen frito


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Oclamo · Soria · Sábado, 07 Abril 2018 | 09:35:00 PM · nº 4298
Y yo digo sí yo firme una hipoteca con interés variable y me están aplicando un interés fijo ¿eso no es incumplimiento de contrato?
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Javier · La Linea-Cadiz · Viernes, 06 Abril 2018 | 11:25:40 PM · nº 4297
En mi caso tengo una estimación parcial, el juzgado me acaba de dar la razón en los gastos de hipoteca pero no me la da en cuanto al IRPH, en base a la sentencia del Supremo.
El abogado me aconseja que recurra a la audiencia Provincial de Cádiz, lo cual me supone un gasto y el riesgo de que me condenen en costas.
¿Cuanto suele tardar como mínimo una Audiencia Provincial en pronunciarse?
¿Que ocurre si se pronuncia antes que el TSJE?
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Viernes, 06 Abril 2018 | 07:10:25 AM · nº 4296
Hola a todos los afectados. Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado: En vista de todos los comentarios y sobre todo tras la sentencia del Supremo sobre el IRPH, recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.

Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.





Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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francisco · sevilla · Jueves, 05 Abril 2018 | 03:52:55 PM · nº 4295
Buenas tardes , en mi caso mi abogado ha solicitado solo clausula suelo y gastos de notaria .... ya que con la negativa del supremo pues me comento que es mejor esperar a que se pronuncie el europeo para no perder el juicio y todo lo que conlleva en cuanto a gastos de costas y sentencia la cual ya no podría reclamar , pero vamos mi opinión es que tenemos que tener esperanza en que nos den la razón , y den un golpe sobre la mesa de estos bancos y cajas que han estado engañando , lucrándose del desconocimiento de los clientes .
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María · Granada - Granada · Lunes, 02 Abril 2018 | 09:16:58 PM · nº 4294
Yo pronto tendré el juicio, ya tuve la vista previa de una ejecución hipotecaria y mi abogado alego cláusulas abusivas sin especificar cuáles, ahora reclamaré solo por intereses de demora abusivos, cláusula suelo y otras cláusulas abusivas , pero el IRPH no lo voy a reclamar, voy a renunciar a reclamarlo por ahora porque si lo pierdo se me considerará causa juzgada y no podré reclamarlo después si el TJUE nos diese opción a reclamarlo. Si se da esa opción lo podré reclamar mas adelante ya que esa cláusula no la voy a reclamar ahora. Espero que sea así.
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