IRPH

Revisión de hipoteca en septiembre 2026: Euríbor de agosto o IRPH de julio

Revisión de hipoteca en septiembre 2026: Euríbor de agosto o IRPH de julio

Septiembre es mes de cartas de revisión. El Euríbor de agosto ya cerró. El IRPH de agosto, todavía no.

Si tu hipoteca se revisa en septiembre, la entidad no usa “el valor de hoy”. Usa el mes que diga la escritura. En la práctica, para una revisión anual de septiembre, lo habitual es tomar el Euríbor a 12 meses de agosto o el IRPH del mes que el contrato fije (a menudo el anterior publicado). Mezclar los dos es el error que más cuota fantasma genera.

A 1 de septiembre de 2026 el Euríbor a 12 meses ya tiene media de agosto: 2,954 %. El IRPH publicado más reciente en IRPH.es es el de julio: 3,077 %. El de agosto saldrá en el entorno del día 20, cuando el Banco de España lo publique y el BOE recoja la resolución.

Revisión de hipoteca en septiembre 2026

Clave: la cuota nueva no depende del Euríbor del martes ni del titular del periódico. Depende del mes concreto que pone tu escritura y de si ese índice es Euríbor o IRPH.

Qué número entra si tu hipoteca es a Euríbor

La media mensual de agosto 2026 del Euríbor a 12 meses queda en 2,954 %. Julio quedó en 2,855 %. La diferencia intermensual es de +0,099 puntos. Quien revise con agosto frente a quien revisó con julio notará esa décima, más el diferencial de la escritura.

Lee la cláusula de revisión. Unas hipotecas dicen “Euríbor del mes anterior a la revisión”. Otras, “del último mes publicado”. No es lo mismo si la carta llega el día 3 o el día 28. Si duda, el cuadro de amortización y la carta anterior suelen aclarar qué mes usaron el año pasado.

Con el dato encima de la mesa, el siguiente paso no es firmar nada: es simular. En revisión de hipoteca metes capital pendiente, años que quedan, diferencial y el índice viejo frente al nuevo. El resultado es la letra, no un titular.

Qué número entra si tu hipoteca es IRPH

El IRPH no tiene valor diario. Se publica una vez al mes, hacia el día 20. Por eso, el 1 de septiembre aún no hay IRPH de agosto. Quien tenga revisión “con el último IRPH publicado” en los primeros días de septiembre estará mirando julio 2026 = 3,077 %, no agosto.

Julio frente a julio del año anterior es lo que mueve una revisión anual. No compares el IRPH de julio con el Euríbor de agosto y llames a eso “lo que me cobran de más” sin restar diferenciales. Para esa cuenta está cuánto pagas de más IRPH vs Euríbor y la serie de IRPH hoy.

El PDF del mes está en IRPH en el BOE. Si la carta del banco no coincide con la cifra oficial, el primer sitio donde contrastar es ese PDF, no el SMS.

ÍndiceÚltimo mes cerrado útil a 1-sep-2026ValorCuándo sale el siguiente
Euríbor 12 mesesAgosto 20262,954 %Media de septiembre: 1 de octubre
IRPH entidadesJulio 20263,077 %Agosto: ~20 de septiembre (BdE / BOE)

Los tres papeles que hay que tener juntos

Escritura (cláusula de índice, diferencial, redondeo y mes de revisión). Último recibo o cuadro. Carta de revisión. Sin esos tres, cualquier reclamación o queja al banco empieza coja.

En la carta busca: índice utilizado, mes de ese índice, diferencial, nuevo TIN y nueva cuota. Si el mes no es el de tu cláusula, pide por escrito que lo expliquen. No hace falta un tono de denuncia: basta la cita de la página de la escritura.

Si la letra no entra, el camino no es “dejar de pagar y ya”. Mira antes qué hacer si no llega la cuota. Carencia, aplazamiento o novación son cosas distintas y no se firman del mismo modo.

Clave: una revisión mal aplicada se discute con la escritura y el valor oficial del mes, no con la media de lo que “ha dicho el telediario”.

Simular antes de decidir si amortizas

Si tras la revisión te queda margen, amortizar no es automático. Hay que ver si reduce cuota o plazo y cuánto interés te evitas. Eso está en la calculadora de amortización parcial, no en una regla de tres de servilleta.

Si el banco te ofrece pasar a fijo “por la revisión”, compara el TIN fijo con el TIN variable nuevo más un escenario a 12 meses. La comparativa fijo vs variable sirve para no firmar un fijo alto solo porque la carta da miedo.

En el foro IRPH hay gente que ya ha recibido la carta de su entidad. No sustituye a un abogado, pero sí evita que creas que tu caso es el único del código postal.

Preguntas cortas de esta revisión

¿El Euríbor de hoy, 1 de septiembre, cambia mi cuota de septiembre? Casi nunca. El valor diario sirve para ver tendencia. La revisión anual usa la media del mes que marque el contrato.

¿Puedo exigir el IRPH de agosto el día 2 de septiembre? No: todavía no está publicado. Quien tenga revisión esos días trabajará, salvo cláusula rara, con julio.

¿La diferencia 3,077 − 2,954 es “lo que me roban”? No. Hay que restar diferenciales, comisiones y el mes exacto de cada índice. La resta cruda de portada no es un peritaje.

Comentarios

avatar
VICENTA SAEZ BUESO · sagunto valencia · Sábado, 25 Marzo 2017 | 09:05:31 AM · nº 3745
ana madrid me gustaria me dijeras algo te sigo y me gusta como explicas las cosas muchas gracias
Responder
Ana · Madrid · Domingo, 26 Marzo 2017 | 01:33:05 PM · resp. nº 74
Hola Vicenta,

Puedes llamarme y, te explico detalladamente. Un saludo
avatar
jose · valencia · Viernes, 24 Marzo 2017 | 01:46:27 PM · nº 3744
Gracias Ana de Madrid por la conversación tan interesante, estamos en contacto
Responder
avatar
vicenta · sagunto · Viernes, 24 Marzo 2017 | 10:48:46 AM · nº 3743
el banco por fin me ha dado la escritura del prestamo hipotecario es del 2006 co un interes del 4.70 mas 0.50 y si desapareciese el irph seria ceca ellos dicen que esta todo bien actualmente estoy pagando el 2.65 es asi o puedo reclamar puede alguien decirme algo
Responder
avatar
Manuel Vargas Duran · El Prat de Llobregat-Barcelona · Viernes, 24 Marzo 2017 | 08:18:54 AM · nº 3742
Buenos días para los que se nos quedó fijo siendo un prestamo a interes variable este foro plantea alguna respuesta
Responder
Ana · Madrid · Lunes, 27 Marzo 2017 | 11:43:40 AM · resp. nº 78
Hola Manuel,
En este supuesto existen dos vías una desde inicio préstamo y, otra desde 2013 fecha en que lo congelaron. Si desestiman nulidad irph te queda la otra vía, desde 2013 Un saludo
avatar
Josu · irun-gipuzkoa · Viernes, 24 Marzo 2017 | 07:38:08 AM · nº 3741
Buenos días,

Yo tengo un préstamo IRPH con UCI. Estoy esperando la sentencia del supremo para comenzar las acciones legales. Veo alguna respuesta indicando que se cree que el supremo dictará sentencia este año, cuando a mi el abogado me indica que no se sabe a ciencia cierta, pero que pueden tardar entre dos o tres años todavía. Agradecería si alguien me puede indicar quién se aproxima más, si mi abogado o los que indican que este año. Gracias
Responder
David · El ejido · Lunes, 27 Marzo 2017 | 12:41:37 PM · resp. nº 79
Yo creo que este año.
Porque hay presentado un recurso al supremo de una audiencia provincial de fecha marzo 2.015 y el supremo resuelve de media por lo civil 22 o 23 meses,por lo que debería de pronunciarse como mucho en unos meses,ya que hay muchas demandas en primera instancia acumuladas y no deben saturar más los juzgados
avatar
MELCHOR · CORDOBA · Jueves, 23 Marzo 2017 | 07:25:12 PM · nº 3740
HOLA SOY MELCHOR.TENGO UNA DUDA QUE A VER SI PODEIS ACLARARMELA.YO TENIA IRPH DE CAJAS CON CAJASUR DESDE 2001 HASTA 2015 QUE DESAPARECIO DICHO INDICE Y APLICARON EL SUSTITUTIVO QUE ERA EURIBO +1.50 COMO PONIA EN LA ESCRITURA DE LA HIPOTECA.SI EL SUPREMO NOS DA LA RAZON Y DICE QUE ES UN INDICE ABUSIVO Y MANIPULABLE Y LO DECLARA NULO¿PODRE RECLAMAR AL BANCO QUE ME DEVUELVA LAS CANTIDADES COBRADAS DE MAS?¿PARA CUANDO MAS O MENOS SE PRONUNCIARA EL SUPREMO?UN SALUDO
Responder
Manuel · Chiclana-Cadiz · Viernes, 24 Marzo 2017 | 07:14:12 AM · resp. nº 71
Pues si, podrias reclamarlo. Y hasta cuatro años despues de liquidar la hipoteca. Se supone que el Supremo se manifestará este año.
avatar
Eli Gómez · Sevilla · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 10:41:02 PM · nº 3739
Hola yo soy una afectada mas tenia irph de cajas y desapareció y el sustituto también y me lo han dejado congelado. Mi pregunta si se pronuncia el supremo favorable para que desaparezca el irph de entidades a mi me afecta a un que yo lo tenga congelado esque no lo se ya que yo lo tengo congela gracias si me lo podéis aclarara
Responder
avatar
Adrián San Marcos · Getxo · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 02:52:24 PM · nº 3738
Tengo hipoteca con IRPH desde 2004 y me han dicho ya que puedo empezar con el proceso de reclamación.
En mi caso (estoy con un despacho que funciona a través de una web, reclamapormi.com), van a empezar con la reclamación extrajudicial para coger más argumentos contra el banco (ya que según me dicen, no van a pagar ni de broma) y después enviar la demanda en cuanto el supremo saque su resolución.
Responder
JOSE · valencia · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 04:31:03 PM · resp. nº 67
Hola Adrián, que te cobran por hacerte los escritos al banco ? gracias y mucha suerte
Manuel Vargas Duran · El Prat de Llobregat-Barcelona · Viernes, 24 Marzo 2017 | 08:26:03 AM · resp. nº 72
Adrian mira de localizar las cláusulas abusivas de tu hipoteca (que seguro que tienes y no pocas)y las incluyes en tu reclamación extrajudicial eso te dará fuerza de cara a la negociación
Ana · Madrid · Domingo, 26 Marzo 2017 | 06:15:35 PM · resp. nº 75
Hola Adrián, si te corresponde Audiencia de Vizcaya (Getxo) en tu caso no es necesario esperar a Sentencia del Supremo, ya quee esa Audiencia lo declara nulo. Si necesitas más información no dudes en preguntar.
Al interponer demanda que aleguen falta transparencia y subsidiariamente vicio consentimiento. Un saludo
avatar
Jesus · Baleares · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 12:39:01 PM · nº 3734
Buenas hoy me ha contestado BBVA al por que me han congelado el interes al desaparecer el IRPH BANCOS y es segun ellos al no indicar un sustituto me aplican el ultimo vigente pero es que revisando la escritura esa es la ultima opcion y dice asi : Si dicha referencia dejara de publicarse en el futuro. se utilizará la que fuera equiparable y fuera publicada oficialmente por el Banco de España,Ministerio de Economía y Hacienda o en la UniónEuropea, por este orden. Si no existiera tal publicación,se utilizará la referencia que fuera equiparable,publicada privadamente por cualquier entidad española o de la Unión Europea, o si resultara imposible determinar el tipo de referencia por cualquier otra causa, el tipo de interés a aplicar a la operación será el último vigente. Entiendo que tendrian que aplicar cualquiera de los que hay vigentes antes congelarlo.¿que opinan los expertos? un saludo
Responder
avatar
jose · valencia · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 09:31:04 AM · nº 3732
Buenos dias: ¿creeis que esto es la clausula techo ?
veo que tengo clausula suelo 4% pero referente al techo solo leo esto " g) A efectos meramente hipotecarios, respecto a terceros el tipo máximo de interés a aplicar será el 7'875 por ciento anual" Gracias
Responder
Ana · Madrid · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 10:09:01 PM · resp. nº 68
Hola José,

No, eso no es el techo. Generalmente, si hay suelo tb hay techo pero no siempre. Yo he tenido temas con techo sin suelo y viceversa.

Mostrando 3461–3470 de 5752 comentarios · Página 347 de 576

Dejar comentario

Visitas: 925