Se eleva una nueva cuestión prejudicial al TJUE por el IRPH
La banca se siente satisfecha con la situación judicial en la que se encuentran actualmente las hipotecas IRPH demandadas, sin embargo, los jueces no lo tienen tan claro y se ha elevado una nueva cuestión prejudicial al tribunal europeo.
Nueva cuestión prejudicial al TJUE por el IRPH
Aunque las entidades financieras expuestas a hipotecas IRPH< ya se encuentran muy tranquilas con respecto a la evolución judicial de las mismas, hay jueces que no lo tienen tan claro y consecuencia de ello es una nueva cuestión prejudicial que se eleva al TJUE por el caso del IRPH y esta ya es la tercera.
Se trata esta vez de un juez de Palma de Mallorca, según informa El Confidencial, enviando nada más y nada menos que 15 preguntas al tribunal europeo con sede en Luxemburgo.
El juez quiere que el tribunal europeo índice si al declarar una cláusula no transparente contradice artículos de las directivas europeas 93/13/CE y 2014/17/UE. También el juez indica que la cláusula IRPH ha causado un perjuicio económico acreditado al consumidor al suponer un coste notablemente superior en comparación al resto de índices disponibles en el momento de la suscripción de préstamos, cuando la cláusula impone un índice de referencia concreto, sin que el profesional hubiera informado mínimamente al consumidor que se introduciría ese concreto índice [...] privando al consumidor de la posibilidad de análisis".
Veremos que ocurre con la nueva cuestión prejudicial, y hay expertos que señalan que puede no ser la última porque hay procedimientos que también pueden finalizar elevando preguntas al TJUE.<
les adjunto parte de lo que me ha contestad
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Le indico que en este momento hay pendientes ante el Tribunal de Justicia tres asuntos prejudiciales sobre ese tema, remitidos por diversos órganos jurisdiccionales españole (petición de decisión prejudicial: una en febrero, otra en mayo y otra en julio )
Desde que se presenta la petición de decisión prejudicial hasta que se celebra la vista sobre el asunto suele transcurrir un año. Posteriormente, si la entidad de la cuestión jurídica en examen lo merece, uno de los Abogados Generales del Tribunal de Justicia presentará sus conclusiones sobre el asunto, y ulteriormente se dictará sentencia. La sentencia responde a las cuestiones planteadas por el órgano jurisdiccional nacional y éste debe aplicar lo dicho por el Tribunal de Justicia para resolver el procedimiento nacional que pende ante él. La respuesta del Tribunal de Justicia se ciñe a lo planteado por el órgano nacional que ha remitido las cuestiones prejudiciales. La duración media aproximada de un procedimiento prejudicial es de unos 18 meses.""""
ESto es lo que mas o menos de han indicado en el mail.............