IRPH

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Si el Euríbor muestra una tendencia alcista y hay fuertes rumores y evidencias de que el BCE va a subir los tipos de interés, puede darse fácilmente interés por parte de los ciudadanos de cambiar su hipoteca variable a fija.

Cambiar hipoteca variable a fija

El Euríbor se puede mostrar amenazante para las personas y familias que tienen una hipoteca a interés variable, sobre todo cuando el índice muestra una tendencia alcista y muy especialmente cuando hay rumores, indicios claros o advertencias implícitas o explicitas de que se avecina una próxima o próximas subidas de tipos de interés por parte del Banco Central Europeo (BCE).

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Cuando el Euribor se muestra una tendencia claramente o fuertemente alcista perjudica a los consumidores con hipoteca a interés variable, ya que en la próxima revisión su hipoteca puede encarecerse, si el valor del índice está por encima del valor que tenía en la anterior revisión.

Esto ocurre con las hipotecas vinculadas al Euribor como las hipotecas vinculadas al IRPH, ya que en la fórmula de cálculo del valor del IRPH, se encuentra el valor del Euríbor.

El BCE puede subir los tipos de interés cuando se da una inflación superior al 2%

El BCE siempre busca la estabilidad financiera en el área euro, es decir en toda la zona que se ha adoptado el euro como moneda oficial, y esta estabilidad se caracteriza muy fundamentalmente porque la inflación o el encarecimiento de los precios se sitúe cercano, pero por debajo del 2%.

Cuando este límite del 2% es sobrepasado, entonces es mucho más probable que se adopte la medida de encarecer el dinero, es decir, de subir los tipos de interés.

Con la subida de tipos se incentiva el ahorro, porque el dinero vale más y los bancos pagan más intereses por los depósitos, a la inversa, los préstamos para las familias y las empresas también resultan más caros.

De esta manera, se incentiva el ahorro y se desmotiva el consumo y las empresas se ven obligadas a bajar los precios de sus productos para que estos se compren con mayor facilidad, y así baja la inflación, es decir el precio de la cesta de la compra, que también se llama el IPC, o el Índice de Precios al Consumo, que no es otra cosa, que un valor numérico que refleja las variaciones que experimentan los precios en un período determinado.

Ante el Euríbor amenazante, los consumidores con hipoteca a tipo variable empiezan a sentirse atraídos por la hipoteca fija y buscan información de cómo cambiar su hipoteca variable a hipoteca fija.

Las hipotecas fijas dan a los hipotecados la tranquilidad de que, durante toda la vida del préstamo, si no se varían las condiciones voluntariamente por parte del cliente, la cuota siempre será la misma, independientemente de si el Euribor suba o baja.

Lo que ocurre es que la banca, en cierta medida, quiere que pagues por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija, y sitúa su precio siempre por encima de una hipoteca variable.

Decimos, en cierta medida, quiere que pagues más por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija por la variable, ya que el banco no la pone más cara pensando en que debes pagar por esa tranquilidad, sino que lo hace simplemente porque las entidades financieras siguen la máxima de que “la banca siempre gana”.

La banca oferta las hipotecas fijas más caras que las hipotecas variables, porque con las hipotecas fijas quiere ganar ya de entrada dinero, pensando en las hipotecas variables como una inversión de futuro, es decir, ahora me pagas menos, pero como el Euribor algún día empezará a subir, ya me pagarás más, más adelante.

Así que el banco donde tengas tu hipoteca no te va a ofrecer muchas facilidades si quieres cambiar una hipoteca variable por una hipoteca fija, pero posibilidades de hacerlo, existen, sino es por novación, por subrogación o a través de la contratación de una nueva hipoteca.

Maneras de cambiar de hipoteca variable a hipoteca fija

Concretamente hay varias formas o caminos para cambiar la hipoteca variable por hipoteca fija y te los vamos a explicar a continuación:

Podemos cambiar de hipoteca variable a fija por el procedimiento de novación o de subrogación.

La novación consiste en el cambio de condiciones de la hipoteca con la misma entidad con la que ya la tenemos.

La subrogación implica que la hipoteca pasa a otra entidad financiera.

La novación es menos costosa que la subrogación, y además de cambiar las condiciones, como el cambio de tipo variable a fijo, o reducir el diferencial del tipo variable, también permite hacer una ampliación de capital y añadir deudores.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por novación

Los gastos de la novación son:

- la comisión por la novación: entre el 0% y el 1% del capital pendiente

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): este impuesto solo se paga si la novación implica una ampliación de capital, es decir, que el banco te preste más dinero y generalmente es un 0,5% del nuevo capital concedido.

El inconveniente de la novación es que el banco puede no aceptar y entonces el cliente tiene que olvidarse de la novación e ir a por la subrogación, es decir, cambiar las condiciones de la hipoteca al pasarla a otra entidad.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por subrogación

La subrogación para cambiar de tipo variable a fijo lleva mayores gastos:

- la tasación, que suelen estar entre 250 y 350 euros.

- la comisión de subrogación, es decir, la comisión que obtendrá el banco al dejar de tener nuestra hipoteca, que suele ser entre el 0% y el 2% de la deuda hipotecaria. Por ley, se señala que, si la subrogación se produce en los primeros 5 años, esta comisión suba hasta el 0,50% del capital adeudado. Si la subrogación es posterior a estos 5 años, esta comisión ascenderá al 0,25% del capital pendiente.

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

En la subrogación no se paga el IAJD.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija contratando una nueva hipoteca

Existe otra posibilidad, que no es ni la novación, ni el traspaso de la hipoteca a otro banco, es decir la subrogación, que sería la de contratar una hipoteca nueva con otra entidad financiera y con ese dinero pagar la hipoteca anterior.

Esta opción es la que más gastos acarrea, pero puede ser interesante si mejoramos lo suficiente el tipo de interés de la nueva hipoteca frente a la antigua, para que compense.

También tenemos que tener presente que el cambio de hipoteca fija a variable va a suponer además de algunos gastos, como hemos visto, también un riesgo, es decir, puede que nos salga bien el cambio, si el Euribor sube lo suficiente en el futuro como para haber ganado con respecto a la hipoteca variable anterior, pero nadie puede asegurarnos de antemano, si el Euribor subirá tanto, como para que compense finalmente el cambio, ya sea mediante novación, subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Otra opción interesante si disponemos de ahorros

Como hemos visto, cambiar de hipoteca variable a fija, implica unos gastos, no muy grandes, pero gastos al fin y al cabo y tampoco sabemos con total seguridad si resultará beneficioso el cambio.

También puede darse el caso de que nuestros intentos por cambiar de hipoteca variable a fija< sean infructuosos, porque nuestro banco no quiera, y porque tampoco consigamos opciones mediante la subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Ante estas situaciones, existe la posibilidad de que con el dinero que nos íbamos a gastar con los gastos del cambio de la hipoteca, y si puede ser, añadiendo un poco más de dinero si tenemos ahorros que sepamos que no vamos a necesitar, realicemos una amortización parcial anticipada de la hipoteca.<

Podemos optar por reducir cuota<, así podremos después afrontar mejor una posible subida de la cuota por el ascenso del Euríbor, o reducir plazo. Con la reducción de plazo siempre ahorramos más, aunque si reducimos cuota, también podremos ahorrar más cada mes, para poder hacer más pronto otra amortización parcial de la hipoteca.

Disponemos de esta calculadora para hacer simulaciones de amortizaciones parciales de la hipoteca y así comprobar cuanto nos ahorraremos de cuota o de plazo, con una aportación extraordinaria de dinero al banco, que se restará a nuestra deuda hipotecaria.

Comentarios

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Ana · Tarragona · Domingo, 25 Agosto 2019 | 01:41:28 PM · nº 5138
Podría reclamar..una hipoteca del año 2005..por abusos..esta vendido..hace año.???
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Manuel · malaga · Lunes, 26 Agosto 2019 | 06:11:08 AM · resp. nº 1300
mi no entender nada
Javier - Reclama Por Mí · Madrid · Lunes, 26 Agosto 2019 | 10:24:28 AM · resp. nº 1301
Hola,


Los que tengáis dudas como Ana sobre si podéis reclamar o no, podéis poneros en contacto aquí https://www.reclamapormi.com/reclamacion/ con un abogado de Reclama Por Mí que os va a dar la respuesta definitiva.

En Reclama Por Mí hemos reclamado por casos similares de forma efectiva. Por ejemplo, gastos de hipoteca aún cuando esta ya estaba pagada.

Un saludo, Javier.
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Ana · Tarragona · Viernes, 23 Agosto 2019 | 09:54:18 AM · nº 5137
Todo es rrobar...al pobre...sólo digo una cosa a la gente que a sido desahuciada..que á perdido sus casa..sus ahorro..de todo una vida simverguenza ustedes los banco y el Gobierno por permitir..estos masacre en vida..todo muy malamente..simverguenza después de una crisis..faltaba esto...deverias estar en la cárcel todo vosotros..sinvergüenza
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Maria · Barcelona · Sábado, 24 Agosto 2019 | 09:37:47 AM · resp. nº 1299
Así nos va de fenomenal en este país.Banqueros y políticos y viceversa asociados únicamente para su bien común.¿Qué otra cosa se podría esperar? Es muy triste que causas como la que nos atañe a todos/as los/las que aquí estamos tengan que llevarse al TJUE para que desde allí defiendan los derechos de los consumidores de este país.Mientras tanto esperaremos al tal ansiado día 10 de septiembre.Ya queda menos compañeros/as!
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Emilio · Algeciras · Miércoles, 21 Agosto 2019 | 08:27:19 PM · nº 5136
Qué casualidad , la mayoría de las hipotecas se revisan en junio a julio , está rebaja las cogerán solo unos pocos , todo está calculado por la banca para tener menos repercusión en sus arcas , es una más de sus jugada, esperemos que TJUE falle a los ciudadanos , porque esto es de vergüenza .
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Diego · Logroño · Jueves, 29 Agosto 2019 | 06:13:17 AM · resp. nº 1318
con ese argumento, si se que mi empresa a cerrar dentro de dos meses, me cojo una reduccion de jornada y así me va a doler menos quedarme sin sueldo, no?
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Dabitxu · BARCELONA · Miércoles, 21 Agosto 2019 | 07:57:25 PM · nº 5135
20 días y bajando
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francvives · Barcelona-Barcelona · Miércoles, 21 Agosto 2019 | 08:20:35 AM · nº 5134
Curioso que el IRPH entidades mes de Julio caiga al 1,836 respecto al 2,041 de Junio. La caída mas grande en un año.
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Diego · Barcelona · Miércoles, 21 Agosto 2019 | 11:04:48 AM · resp. nº 1290
Y no solo es la caída más grande, también es el nivel más bajo del índice en mucho tiempo, al menos desde mayo de 2012 que es cuando yo firmé mi hipoteca. Entonces el tipo era del 3,607%


francvives · Barcelona-Barcelona · Miércoles, 21 Agosto 2019 | 11:31:23 AM · resp. nº 1291
Es el registro mas bajo de la historia del IRPH. No es raro justo antes de la resolución del 10 Septiembre?
Isabel · Cadiz · Miércoles, 21 Agosto 2019 | 12:40:41 PM · resp. nº 1292
No sé a mí desde el mes pasado pago, más de hipoteca, que ha bajado, si pago más habrá subido, cansada ya

Ver las 7 respuestas →

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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 20 Agosto 2019 | 07:25:11 AM · nº 5133
Hola a todos,

Nos estamos encontrando en Reclama Por Mí a medida que pasa el tiempo más clientes que hablan sobre pactos con el banco y la posible prescripción de la reclamación de IRPH.

A tenor de estos hechos algunos medios recogieron nuestro análisis de la situación ya que empezaba a haber una alarma que a nuestro parecer está injustificada. Aquí lo que enviamos a los medios:



Durante este tiempo los bancos no solo han aprovechado para conseguir más acuerdos con clientes a cambio de unas condiciones “ventajosas” que obviamente van acompañadas de una cláusula donde los afectados no pueden reclamar en el futuro, sino que, además, la incertidumbre y los vaivenes en las decisiones judiciales provocan que ciertos rumores se propaguen y las dudas de derecho calen entre los afectados.



Según Reclama Por Mí, expertos en reclamaciones bancarias, algunas entidades financieras intentan plantear dudas sobre la posible prescripción de la acción de reclamación por IRPH si pasan más de 4 o 15 años desde la firma de la hipoteca o desde la finalización en un intento de obtener fallos favorables. Sin embargo, la jurisprudencia no está de parte de las entidades.



Desde la plataforma que cuenta ya con más de 2.800 personas afectadas por IRPH a la espera de la decisión del TJUE, pretenden arrojar algo de luz sobre un asunto que es complejo y pretenden despejar esas dudas de derecho y tomar medidas al respecto.


La posición de la plataforma es clara: “Si bien no creemos que prescriba la acción de reclamación de las cantidades en ningún caso basándonos en la ley y la jurisprudencia hasta el momento, debido a posibles cambios de criterio de la justicia y con el fin de ser prudentes y no dejar ningún cabo suelto, aconsejamos a todos nuestros clientes iniciar un trámite extrajudicial dando por iniciada la acción de reclamación de las cantidades, lo cual hará que deje de contar el plazo a futuro. Esto no comprometerá al cliente a un proceso judicial en caso de que la sentencia no sea favorable, pero sí ayudará a maximizar la probabilidad de éxito de su caso.” asegura Fernando Renedo, Director Jurídico de la empresa.



Las claves de la decisión: Lo que dice la Ley sobre cláusulas abusivas y prescripción:


Según www.reclamapormi.com “la acción declarativa de nulidad de una cláusula abusiva es imprescriptible según el Tribunal Supremo. La doctrina es clara en este punto.”


“La mayoría de las audiencias y sentencias al declarar la nulidad de las cláusulas entienden que se debe conceder la restitución de las cantidades. Esto es lo que se puede deducir de la jurisprudencia ante otras cláusulas abusivas del pasado”.


Desde Reclama Por Mí intentan tranquilizar sobre este punto: “Aunque la jurisprudencia está de parte de los afectados, como abogados es nuestro deber analizar y estudiar cualquier vulnerabilidad en los casos, y cualquier afectado que lo desee puede iniciar la reclamación extrajudicial. El cliente se protege ante ese escenario sin asumir ningún riesgo.
Según explican “el asesoramiento es esencial. Nadie debería tomar decisiones sobre el IRPH sin preguntar a un experto en la materia por las repercusiones legales a futuro que pueda conllevar”.



Lo que se juegan los afectados por IRPH


Para entender lo que está en juego para los afectados, proponen un ejemplo en que el TJUE falle a favor al presentar una reclamación por IRPH:


“Por una hipoteca de 180.000€, firmada en el año 2000 a 30 años, afectada por IRPH Entidades con un diferencial de 0,5%, el afectado podría recuperar si se declara nulo el IRPH alrededor de 140.000€ y si se sustituye por Euribor 37.000€.


Además, los intereses a pagar para toda la vida de la hipoteca del futuro serían o bien el diferencial, porque los intereses por el IRPH quedan sin efecto, o bien, en el supuesto que se moderara o si las escrituras contemplaran un sustitutivo como el Euribor, el diferencial aplicado más Euribor.”

FIN



Sobre los acuerdos con bancos os dirigimos directamente a un artículo que enviamos a los medios y que podéis encontrar que expansión lo recoge. Aquí el enlace a nuestra web donde hablamos de ello: https://www.reclamapormi.com/noticia/327-la-banca-propone-acuerdos-a-los-afectados-por-irph-a-cambio-de-no-reclamar-en-el-futuro-deberian-aceptarlo.html


Una vez más, esperamos sea de interés y antes de tomar decisiones legales, el asesoramiento es esencial. La consulta es gratuita aquí: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/
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Jose · Bilbao-Vizcaya · Miércoles, 21 Agosto 2019 | 08:10:23 AM · resp. nº 1289
Desde cuando se conoce el tema del IRPH?
En mi caso tengo una hipoteca desde el 2000 con IRPH,y que yo sepa esto de la supuesta manipulacion del IRPH aparecio mas tarde,entiendo que tengo la obligacion de demandar desde que tuve la obligacion de conocer que esto es ilegal,y que yo sepa no hay un tribunal que diga que esto es ilegal o carece de transparencia, quizas me lo puedan decir ustedes.
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Pariente · Santander · Martes, 20 Agosto 2019 | 06:55:01 AM · nº 5132
He leído la noticia y tiene poca consistencia: habla del TS y TJUE como si estuvieran trabajando conjuntamente cuando en el caso del IRPH, el asunto está exclusivamente en el TJUE al estar recurrida la sentencia del TS. Quizás entre líneas trata de avisar sobre la retroactividad y la no nulidad del índice 4 años para atrás aunque se anule. Esto último creo que es inviable porque entre otras cosas resultando nulo dejará de publicarse. Y sobre la retroactividad, creo que tampoco cabe duda. Ya que a mi entender, la hipoteca sigue viva porque la seguimos pagando. No soy jurista pero veo que en este artículo hay más humo que leyes.
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Martes, 20 Agosto 2019 | 03:14:34 AM · nº 5131
Perdón, no me ha cojido bien el enlace
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/08/15/economia/1565880689_472851.html
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Martes, 20 Agosto 2019 | 03:07:25 AM · nº 5130
Hola, supongo que lo que dice kike es lo de este artículo https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/08/15/economia/1565880689472851 pero creo que eso es solo para acciones preferentes y obligaciones subordinadas, esto no son cláusulas de hipoteca, si no muchas cláusulas suelo no se podrían denunciar y se están ganando en los juzgados.
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eric · Barcelona · Lunes, 19 Agosto 2019 | 05:39:28 PM · nº 5129
A kike DE MADRID . Dónde dices que has leído eso ?Tampoco se que tiene que ver ya en esto el Tribunal supremo y si te refieres al TJUE y las conclusiones del abogado el 10 septiembre se presume darán la razón al consumidor . Eso de los 15 años , ahora tú desde el 2015 parece una fake new de libro y tú repitiendo 3 veces el mensaje , pues algo sospechoso . Si una cláusula es nula , es de principio a fín , no una parte , ni un trozo ni nada . Espero que llegue pronto el 10 de septiembre por que a este paso sólo podrán reclamar por IRPH los que solicitaron la hipoteca una semana antes de la sentencia . Supongo que lo leíste en la gaceta del banquero .
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Miguel · ELCHE · Lunes, 19 Agosto 2019 | 06:50:48 PM · resp. nº 1287
A esto se refiere Kike:

"la Sala Primera del Tribunal Supremo se ha despedido con la Sentencia número 409/2019 que, en la práctica, supone reconocer que muchos consumidores han presentado sus reclamaciones de forma tardía.

Nos explicamos. En dicha resolución el Tribunal Supremo ha concluido que, en productos como las participaciones preferentes o las obligaciones subordinadas, la caducidad de la acción (los famosos cuatro años del artículo 1301 CC) empieza a operar desde que el cliente suscribe el producto. Como quiera que nos encontramos en 2019, todas aquellas contrataciones que se llevaron a cabo antes de 2015 se encontrarían excluidas del ámbito de la acción de anulabilidad. Lo relevante es que la práctica totalidad de las reclamaciones judiciales sobre esta concreta cuestión se apoyan en dicha fundamentación jurídica. La resolución no permite margen a la duda"

No tiene que ver con el IRPH pero tb es tela lo del puto Supremo,vaya juzgado tenemos..

Kike · Madrid · Lunes, 19 Agosto 2019 | 08:22:03 PM · resp. nº 1288
Perdón por la copia del mensaje, no se por que se ha triplicado.
Exacto, me refería al adjunto de Miguel que ha respondido.
Lo he visto esta mañana y claro, la gran mayoría de hipotecas referenciadas al irph tienden a a ser antiguas asiesque no se que solución darán. Lo que está claro es que viendo lo visto el rico siempre gana.

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