IRPH

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Si el Euríbor muestra una tendencia alcista y hay fuertes rumores y evidencias de que el BCE va a subir los tipos de interés, puede darse fácilmente interés por parte de los ciudadanos de cambiar su hipoteca variable a fija.

Cambiar hipoteca variable a fija

El Euríbor se puede mostrar amenazante para las personas y familias que tienen una hipoteca a interés variable, sobre todo cuando el índice muestra una tendencia alcista y muy especialmente cuando hay rumores, indicios claros o advertencias implícitas o explicitas de que se avecina una próxima o próximas subidas de tipos de interés por parte del Banco Central Europeo (BCE).

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Cuando el Euribor se muestra una tendencia claramente o fuertemente alcista perjudica a los consumidores con hipoteca a interés variable, ya que en la próxima revisión su hipoteca puede encarecerse, si el valor del índice está por encima del valor que tenía en la anterior revisión.

Esto ocurre con las hipotecas vinculadas al Euribor como las hipotecas vinculadas al IRPH, ya que en la fórmula de cálculo del valor del IRPH, se encuentra el valor del Euríbor.

El BCE puede subir los tipos de interés cuando se da una inflación superior al 2%

El BCE siempre busca la estabilidad financiera en el área euro, es decir en toda la zona que se ha adoptado el euro como moneda oficial, y esta estabilidad se caracteriza muy fundamentalmente porque la inflación o el encarecimiento de los precios se sitúe cercano, pero por debajo del 2%.

Cuando este límite del 2% es sobrepasado, entonces es mucho más probable que se adopte la medida de encarecer el dinero, es decir, de subir los tipos de interés.

Con la subida de tipos se incentiva el ahorro, porque el dinero vale más y los bancos pagan más intereses por los depósitos, a la inversa, los préstamos para las familias y las empresas también resultan más caros.

De esta manera, se incentiva el ahorro y se desmotiva el consumo y las empresas se ven obligadas a bajar los precios de sus productos para que estos se compren con mayor facilidad, y así baja la inflación, es decir el precio de la cesta de la compra, que también se llama el IPC, o el Índice de Precios al Consumo, que no es otra cosa, que un valor numérico que refleja las variaciones que experimentan los precios en un período determinado.

Ante el Euríbor amenazante, los consumidores con hipoteca a tipo variable empiezan a sentirse atraídos por la hipoteca fija y buscan información de cómo cambiar su hipoteca variable a hipoteca fija.

Las hipotecas fijas dan a los hipotecados la tranquilidad de que, durante toda la vida del préstamo, si no se varían las condiciones voluntariamente por parte del cliente, la cuota siempre será la misma, independientemente de si el Euribor suba o baja.

Lo que ocurre es que la banca, en cierta medida, quiere que pagues por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija, y sitúa su precio siempre por encima de una hipoteca variable.

Decimos, en cierta medida, quiere que pagues más por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija por la variable, ya que el banco no la pone más cara pensando en que debes pagar por esa tranquilidad, sino que lo hace simplemente porque las entidades financieras siguen la máxima de que “la banca siempre gana”.

La banca oferta las hipotecas fijas más caras que las hipotecas variables, porque con las hipotecas fijas quiere ganar ya de entrada dinero, pensando en las hipotecas variables como una inversión de futuro, es decir, ahora me pagas menos, pero como el Euribor algún día empezará a subir, ya me pagarás más, más adelante.

Así que el banco donde tengas tu hipoteca no te va a ofrecer muchas facilidades si quieres cambiar una hipoteca variable por una hipoteca fija, pero posibilidades de hacerlo, existen, sino es por novación, por subrogación o a través de la contratación de una nueva hipoteca.

Maneras de cambiar de hipoteca variable a hipoteca fija

Concretamente hay varias formas o caminos para cambiar la hipoteca variable por hipoteca fija y te los vamos a explicar a continuación:

Podemos cambiar de hipoteca variable a fija por el procedimiento de novación o de subrogación.

La novación consiste en el cambio de condiciones de la hipoteca con la misma entidad con la que ya la tenemos.

La subrogación implica que la hipoteca pasa a otra entidad financiera.

La novación es menos costosa que la subrogación, y además de cambiar las condiciones, como el cambio de tipo variable a fijo, o reducir el diferencial del tipo variable, también permite hacer una ampliación de capital y añadir deudores.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por novación

Los gastos de la novación son:

- la comisión por la novación: entre el 0% y el 1% del capital pendiente

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): este impuesto solo se paga si la novación implica una ampliación de capital, es decir, que el banco te preste más dinero y generalmente es un 0,5% del nuevo capital concedido.

El inconveniente de la novación es que el banco puede no aceptar y entonces el cliente tiene que olvidarse de la novación e ir a por la subrogación, es decir, cambiar las condiciones de la hipoteca al pasarla a otra entidad.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por subrogación

La subrogación para cambiar de tipo variable a fijo lleva mayores gastos:

- la tasación, que suelen estar entre 250 y 350 euros.

- la comisión de subrogación, es decir, la comisión que obtendrá el banco al dejar de tener nuestra hipoteca, que suele ser entre el 0% y el 2% de la deuda hipotecaria. Por ley, se señala que, si la subrogación se produce en los primeros 5 años, esta comisión suba hasta el 0,50% del capital adeudado. Si la subrogación es posterior a estos 5 años, esta comisión ascenderá al 0,25% del capital pendiente.

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

En la subrogación no se paga el IAJD.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija contratando una nueva hipoteca

Existe otra posibilidad, que no es ni la novación, ni el traspaso de la hipoteca a otro banco, es decir la subrogación, que sería la de contratar una hipoteca nueva con otra entidad financiera y con ese dinero pagar la hipoteca anterior.

Esta opción es la que más gastos acarrea, pero puede ser interesante si mejoramos lo suficiente el tipo de interés de la nueva hipoteca frente a la antigua, para que compense.

También tenemos que tener presente que el cambio de hipoteca fija a variable va a suponer además de algunos gastos, como hemos visto, también un riesgo, es decir, puede que nos salga bien el cambio, si el Euribor sube lo suficiente en el futuro como para haber ganado con respecto a la hipoteca variable anterior, pero nadie puede asegurarnos de antemano, si el Euribor subirá tanto, como para que compense finalmente el cambio, ya sea mediante novación, subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Otra opción interesante si disponemos de ahorros

Como hemos visto, cambiar de hipoteca variable a fija, implica unos gastos, no muy grandes, pero gastos al fin y al cabo y tampoco sabemos con total seguridad si resultará beneficioso el cambio.

También puede darse el caso de que nuestros intentos por cambiar de hipoteca variable a fija< sean infructuosos, porque nuestro banco no quiera, y porque tampoco consigamos opciones mediante la subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Ante estas situaciones, existe la posibilidad de que con el dinero que nos íbamos a gastar con los gastos del cambio de la hipoteca, y si puede ser, añadiendo un poco más de dinero si tenemos ahorros que sepamos que no vamos a necesitar, realicemos una amortización parcial anticipada de la hipoteca.<

Podemos optar por reducir cuota<, así podremos después afrontar mejor una posible subida de la cuota por el ascenso del Euríbor, o reducir plazo. Con la reducción de plazo siempre ahorramos más, aunque si reducimos cuota, también podremos ahorrar más cada mes, para poder hacer más pronto otra amortización parcial de la hipoteca.

Disponemos de esta calculadora para hacer simulaciones de amortizaciones parciales de la hipoteca y así comprobar cuanto nos ahorraremos de cuota o de plazo, con una aportación extraordinaria de dinero al banco, que se restará a nuestra deuda hipotecaria.

Comentarios

avatar
Iván tovarisch · Kiev barcelona · Martes, 05 Dic. 2017 | 06:01:27 PM · nº 4146
Hola a todos/as no entiendo porque en este foro se vetan/eliminan según qué comentarios a mi me los han eliminado y veo que hoy también han eliminado uno, creo que es porque se nombran partidos políticos, lamentablemente irph y política van muy ligados un saludo
Responder
avatar
Sergi · Cartagena-murcia · Lunes, 04 Dic. 2017 | 01:19:39 PM · nº 4143
Tengo varias dudas al respecto del IRPH, y espero que algún experto en el tema las conteste en la medida de lo posible:

- ¿el irph bancos o cajas,en un préstamo al consumo (no hipoteca) es susceptible de ser reclamado?

- ¿Si el préstamo al consumo afectado por irph bancos o cajas, està cancelado anticipadamente en 2013, es posible su reclamación aun?

Muchas gracias de antemano
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 05 Dic. 2017 | 09:40:21 AM · resp. nº 395
Hola Sergi,

Perdona la tardanza. En principio si el IRPH se declara nulo en sí mismo o por falta de transparencia, cualquier préstamo es susceptible de ser reclamado si tiene como índice el IRPH.

En cuanto a si prescribe o no, en principio según las leyes generales de contratación no prescribe aunque a veces los bancos aleguen esto : "La prescripción de la acción de anulabilidad por vicio del consentimiento, basada en error y engaño (dolo), está regulada en el artículo 1301 del Código Civil, y su plazo de duración es de cuatro años desde la fecha de la consumación del contrato."

Sin embargo, solo pueden alegar esto si la demanda está presentada en estos términos. Si no, en principio no prescribe y aunque lo aleguen, no procede.

En este sentido es importante asesorarse bien con un abogado. Quien quiera hacerlo, ponemos a disposición de los afectados a los abogado de www.reclamapormi.com para resolver cualquier duda sin ningún compromiso para que pregunte y le asesore sobre cómo proceder con el IRPH.

Seguimos a la espera de la sentencia completa del Supremo.
avatar
Juan · Las palmas dgc · Lunes, 04 Dic. 2017 | 12:26:35 PM · nº 4142
No sesabe nada aun sobre la resolucion definitiva sobre el maldito irph
Responder
Juan Jose · Tenerife · Lunes, 04 Dic. 2017 | 01:47:07 PM · resp. nº 393
De momento no muitiatio,seguimos esperando..
avatar
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 04 Dic. 2017 | 10:04:11 AM · nº 4141
Hola a todos,

Efectivamente David, la sentencia de Marbella es precisamente lo que necesitamos saber sobre la sentencia del Supremo.

La cuestión no es sólo saber si el IRPH por sí mismo pueda ser ilegal, que también puede suceder. Sino que, al igual que pudo suceder con el suelo, si se acredita falta de transparencia se tenga garantías de éxito. La cuestión es clave: ¿es el IRPH por sí mismo, suficientemente transparente como para que no se pueda alegar falta de transparencia al comercializarlo?

Sobre la sentencia en Marbella: "No se acredita que se realizaran por la entidad demandada simulaciones de escenarios diversos relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés de referencia en cuestión (IRPH), ni tampoco hay información previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo de la propia entidad, lo que evidencia de un modo claro que la entidad prestamista no advirtió a la prestataria del verdadero alcance de la cláusula”.

Esto es probablemente algo que compartan la mayoría de afectados: la falta de transparencia.

Por este motivo, indicamos siempre que cada caso es cada caso y pronto, con la sentencia del Supremo completa, sabremos las razones por las que tomó esa decisión y si, en definitivas cuentas, el caso juzgado fue suficientemente transparente o no y las razones. A la espera de esa información se mantiene el despacho de www.reclamapormi.com para decidir la mejor estrategia para defender a los clientes afectados que nos han contactado.

Es una buena noticia.

Responder
avatar
David · Dos hermanas-Sevilla · Lunes, 04 Dic. 2017 | 09:37:50 AM · nº 4140
Buenos dias a todos,acabo de leer que un juez anulado en Marbella el dia 30de noviembre el irph ,eso es buena señal o por lo menos no se ve todo tan oscuro,yo perdi mi juicio el dia 20 pero voy a seguir para delante,nos an engañado y no nos podemos quedar con las manos quietas
Y por favor el que sepa algo de la sentencia integra del supremo que lo diga en el foro ,muchas gracias de antemano
Responder
avatar
Jose Andrés · Ronda-Malaga · Domingo, 03 Dic. 2017 | 10:19:47 AM · nº 4139
Hola a tod@s:

    Mi caso es un poco peculiar. Al principio de la hipoteca no sabia si tenía IRPH o Euríbor, pero lo que es peor no sabía si la tenía a interés variable o fija. Cuando firmamos la hipoteca en el 2005, mi novia y yo, lo único que nos preocupaba era la cuota. De lo otro no nos enterabamos de nada. Como la cuota era asequible pues fuimos adelante.

    Déspues de un tiempo, oíamos noticias de que el Euribor subía mucho, y fuimos al banco a preguntar nuestra hipoteca era fija o variable. Nos dijeron que variable, y que nuestro índice de referencia era IRPH más un diferencial negativo del -1%. Todavía nos quedan 18 años de hipoteca y queremos mirar todas las posibilidades que tenemos. La cuota que tenemos actualmente no es muy alta, alrededor de 505 euros mensuales. Pero no tenemos idea de que nos conviene, si cambiar a una hipoteca con interés fijo, pasarnos a una con Euríbor... pero si es fijo pagaríamos de momento más seguramente y ¿si es con Euríbor? ¿Con que diferencia? Porque si en IRPH tengo -1 y con Euribor me ponen +1 o +1 con algo, salímos ganando? Supongo que si la cuota en un principio sale más baja, eso indicaría que saldriamos ganando, pero nos da miedo que exista alguna contrapartida de la que no nos enteremos.

    Queremos ir con la lección bien aprendida antes de ir al banco. Tenemos cita el 14 de diciembre y no vamos a firmar nada antes de tenerlo todo claro y parece que nos insinuan que pueden negociar con nosotros cambios en la hipoteca.
Responder
avatar
Jesus · Alicante · Viernes, 01 Dic. 2017 | 04:46:02 PM · nº 4138
Postcads ADICAE en Radio Nacional de España.

Saludos a todos.
http://mvod.lvlt.rtve.es/resources/TE_RDRHTX5/mp3/3/7/1512131241773.mp3
Responder
avatar
Oliver · Telde, las palmas · Viernes, 01 Dic. 2017 | 01:05:57 PM · nº 4137
Bns dias alguien me podria explicar lo del congreso, aprobada pnl irph sobre las vpo, muchisimas gracias de antemano.
Responder
avatar
llucia-AS-ABOGADOS · SEVILLA - CÁDIZ · Viernes, 01 Dic. 2017 | 12:28:26 PM · nº 4136
En respuesta a las preguntas, debemos decir que desde aquí invitamos a los demás compañeros abogados que estén llevando asuntos de IRPH a que hagan peticiones expresas a los Jueces para que eleven la cuestión prejudicial al TJUE. Nuestro despacho lo va a seguir haciendo en todos los Juzgados dónde actuamos. Al final da igual que sea un Juzgado de Jerez, de Sevilla o de Pamplona quién lo haga, la cuestión es que se haga.

La cuestión prejudicial no es un recurso que tenemos las partes para llevar nuestros asuntos al TJUE, es una herramienta que sólo disponen los Jueces para pedir ayuda sobre cómo interpretar el derecho comunitario. Por tanto, la SENTENCIA DEL TS SOBRE IRPH se puede llevar a europa a través de la Cuestión Prejudicial, pero sólo lo pueden hacer otros Jueces, si tienen dudas sobre su apliciación al caso concreto que esté en sus manos.
Responder
avatar
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Viernes, 01 Dic. 2017 | 11:50:16 AM · nº 4135
Hola a todos,

Sobre las últimas cuestiones que se han comentado:

Isabel: Dijo el Supremo que la sentencia completa estaría disponible en las próximas semanas. Pero es algo indeterminado. No debería tardar mucho más.

Juan Ángel: Por lo que veo con usted, no presentó la demanda y después de todo, quizá fue lo mejor hasta que sepamos algo más. Entiendo por otro lado su desesperación por el tema del IRPH. No podemos decirle qué hacer, solo asesorarle valorando pros y contras.

De todas maneras, lo que comenta usted sobre "firmar papeles en blanco" no suena nada transparente, ni que se hayan hecho las ofertas vinculantes bien. Creo que debería asesorarse sobre este tema.

Como hemos dicho varias veces, uno de nuestros abogados puede responderle personalmente a sus preguntas sin compromiso y sin adelantar dinero si se ponen en contacto aquí: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/

En cuanto a la propuesta no de Ley sobre IRPH por las VPO: Sería una magnífica noticia que volvieran a calcularlo de otra manera y se llegara a un acuerdo que aliviara la carga ya que el índice está pensado para ayudar a los que precisamente, no cuentan con tantos ingresos, y ahora salen desfavorecidos.

Se resuelva ese tema como se resuelva y aunque cambien de índice, se podría reclamar por lo pagado de más sobre el pasado si se declara nulo.

Espero haber aclarado dudas. Seguimos informando en www.reclamapormi.com
Responder

Mostrando 3151–3160 de 5754 comentarios · Página 316 de 576

Dejar comentario

Visitas: 4.547