IRPH

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Si el Euríbor muestra una tendencia alcista y hay fuertes rumores y evidencias de que el BCE va a subir los tipos de interés, puede darse fácilmente interés por parte de los ciudadanos de cambiar su hipoteca variable a fija.

Cambiar hipoteca variable a fija

El Euríbor se puede mostrar amenazante para las personas y familias que tienen una hipoteca a interés variable, sobre todo cuando el índice muestra una tendencia alcista y muy especialmente cuando hay rumores, indicios claros o advertencias implícitas o explicitas de que se avecina una próxima o próximas subidas de tipos de interés por parte del Banco Central Europeo (BCE).

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Cuando el Euribor se muestra una tendencia claramente o fuertemente alcista perjudica a los consumidores con hipoteca a interés variable, ya que en la próxima revisión su hipoteca puede encarecerse, si el valor del índice está por encima del valor que tenía en la anterior revisión.

Esto ocurre con las hipotecas vinculadas al Euribor como las hipotecas vinculadas al IRPH, ya que en la fórmula de cálculo del valor del IRPH, se encuentra el valor del Euríbor.

El BCE puede subir los tipos de interés cuando se da una inflación superior al 2%

El BCE siempre busca la estabilidad financiera en el área euro, es decir en toda la zona que se ha adoptado el euro como moneda oficial, y esta estabilidad se caracteriza muy fundamentalmente porque la inflación o el encarecimiento de los precios se sitúe cercano, pero por debajo del 2%.

Cuando este límite del 2% es sobrepasado, entonces es mucho más probable que se adopte la medida de encarecer el dinero, es decir, de subir los tipos de interés.

Con la subida de tipos se incentiva el ahorro, porque el dinero vale más y los bancos pagan más intereses por los depósitos, a la inversa, los préstamos para las familias y las empresas también resultan más caros.

De esta manera, se incentiva el ahorro y se desmotiva el consumo y las empresas se ven obligadas a bajar los precios de sus productos para que estos se compren con mayor facilidad, y así baja la inflación, es decir el precio de la cesta de la compra, que también se llama el IPC, o el Índice de Precios al Consumo, que no es otra cosa, que un valor numérico que refleja las variaciones que experimentan los precios en un período determinado.

Ante el Euríbor amenazante, los consumidores con hipoteca a tipo variable empiezan a sentirse atraídos por la hipoteca fija y buscan información de cómo cambiar su hipoteca variable a hipoteca fija.

Las hipotecas fijas dan a los hipotecados la tranquilidad de que, durante toda la vida del préstamo, si no se varían las condiciones voluntariamente por parte del cliente, la cuota siempre será la misma, independientemente de si el Euribor suba o baja.

Lo que ocurre es que la banca, en cierta medida, quiere que pagues por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija, y sitúa su precio siempre por encima de una hipoteca variable.

Decimos, en cierta medida, quiere que pagues más por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija por la variable, ya que el banco no la pone más cara pensando en que debes pagar por esa tranquilidad, sino que lo hace simplemente porque las entidades financieras siguen la máxima de que “la banca siempre gana”.

La banca oferta las hipotecas fijas más caras que las hipotecas variables, porque con las hipotecas fijas quiere ganar ya de entrada dinero, pensando en las hipotecas variables como una inversión de futuro, es decir, ahora me pagas menos, pero como el Euribor algún día empezará a subir, ya me pagarás más, más adelante.

Así que el banco donde tengas tu hipoteca no te va a ofrecer muchas facilidades si quieres cambiar una hipoteca variable por una hipoteca fija, pero posibilidades de hacerlo, existen, sino es por novación, por subrogación o a través de la contratación de una nueva hipoteca.

Maneras de cambiar de hipoteca variable a hipoteca fija

Concretamente hay varias formas o caminos para cambiar la hipoteca variable por hipoteca fija y te los vamos a explicar a continuación:

Podemos cambiar de hipoteca variable a fija por el procedimiento de novación o de subrogación.

La novación consiste en el cambio de condiciones de la hipoteca con la misma entidad con la que ya la tenemos.

La subrogación implica que la hipoteca pasa a otra entidad financiera.

La novación es menos costosa que la subrogación, y además de cambiar las condiciones, como el cambio de tipo variable a fijo, o reducir el diferencial del tipo variable, también permite hacer una ampliación de capital y añadir deudores.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por novación

Los gastos de la novación son:

- la comisión por la novación: entre el 0% y el 1% del capital pendiente

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): este impuesto solo se paga si la novación implica una ampliación de capital, es decir, que el banco te preste más dinero y generalmente es un 0,5% del nuevo capital concedido.

El inconveniente de la novación es que el banco puede no aceptar y entonces el cliente tiene que olvidarse de la novación e ir a por la subrogación, es decir, cambiar las condiciones de la hipoteca al pasarla a otra entidad.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por subrogación

La subrogación para cambiar de tipo variable a fijo lleva mayores gastos:

- la tasación, que suelen estar entre 250 y 350 euros.

- la comisión de subrogación, es decir, la comisión que obtendrá el banco al dejar de tener nuestra hipoteca, que suele ser entre el 0% y el 2% de la deuda hipotecaria. Por ley, se señala que, si la subrogación se produce en los primeros 5 años, esta comisión suba hasta el 0,50% del capital adeudado. Si la subrogación es posterior a estos 5 años, esta comisión ascenderá al 0,25% del capital pendiente.

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

En la subrogación no se paga el IAJD.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija contratando una nueva hipoteca

Existe otra posibilidad, que no es ni la novación, ni el traspaso de la hipoteca a otro banco, es decir la subrogación, que sería la de contratar una hipoteca nueva con otra entidad financiera y con ese dinero pagar la hipoteca anterior.

Esta opción es la que más gastos acarrea, pero puede ser interesante si mejoramos lo suficiente el tipo de interés de la nueva hipoteca frente a la antigua, para que compense.

También tenemos que tener presente que el cambio de hipoteca fija a variable va a suponer además de algunos gastos, como hemos visto, también un riesgo, es decir, puede que nos salga bien el cambio, si el Euribor sube lo suficiente en el futuro como para haber ganado con respecto a la hipoteca variable anterior, pero nadie puede asegurarnos de antemano, si el Euribor subirá tanto, como para que compense finalmente el cambio, ya sea mediante novación, subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Otra opción interesante si disponemos de ahorros

Como hemos visto, cambiar de hipoteca variable a fija, implica unos gastos, no muy grandes, pero gastos al fin y al cabo y tampoco sabemos con total seguridad si resultará beneficioso el cambio.

También puede darse el caso de que nuestros intentos por cambiar de hipoteca variable a fija< sean infructuosos, porque nuestro banco no quiera, y porque tampoco consigamos opciones mediante la subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Ante estas situaciones, existe la posibilidad de que con el dinero que nos íbamos a gastar con los gastos del cambio de la hipoteca, y si puede ser, añadiendo un poco más de dinero si tenemos ahorros que sepamos que no vamos a necesitar, realicemos una amortización parcial anticipada de la hipoteca.<

Podemos optar por reducir cuota<, así podremos después afrontar mejor una posible subida de la cuota por el ascenso del Euríbor, o reducir plazo. Con la reducción de plazo siempre ahorramos más, aunque si reducimos cuota, también podremos ahorrar más cada mes, para poder hacer más pronto otra amortización parcial de la hipoteca.

Disponemos de esta calculadora para hacer simulaciones de amortizaciones parciales de la hipoteca y así comprobar cuanto nos ahorraremos de cuota o de plazo, con una aportación extraordinaria de dinero al banco, que se restará a nuestra deuda hipotecaria.

Comentarios

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David · Guadalajara · Jueves, 20 Abril 2017 | 11:11:00 AM · nº 3774
    Por favor, en que lugar de la escritura puedo encontrar si tengo IRPH o Euribor.

Solo he encontrado una línea que dice que si desaparece el anterior índice se me aplicaría Euribor. Pero antes de esto, no encuentro nada que indique que tengo IRPH.
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Alberto Rey · Carlet - Valencia · Jueves, 20 Abril 2017 | 02:24:42 PM · resp. nº 111
Tiene que buscar en la cláusula que haga alusión al tipo de referencia la siguiente expresión: “ Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las Cajas de Ahorro/Bancos/entidades de crédito en España ”
En ningún sitio aparece IRPH, esa es sólo la abreviatura por la que se le conoce.
Un saludo.
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Alberto Rey · Carlet-Valencia · Jueves, 20 Abril 2017 | 09:14:13 AM · nº 3773
Buenos días,
De nuevo me pongo en contacto con vosotros para comunicaros que recientemente he ganado sentencia con costas a UCI consiguiendo la nulidad de la cláusula IRPH y en su lugar la aplicación desde el inicio del índice EURIBOR. Si tenéis dudas os puedo mandar por email la sentencia borrando únicamente los datos personales de los clientes.
Me preguntasteis en el mensaje que puse ayer si han recurrido, ya os digo que la sentencia no es firme, que seguramente la recurran pero que sigo la doctrina de la Sentencia de la AP de Álava de 10 de marzo de 2016, que confirmó la sentencia de primera instancia por enfocar la acción únicamente por falta de transparencia, no por manipulación del índice.
Ojo no siempre se va a ganar, el abogado que os diga que está ganado está faltando la verdad, hay que estudiar el caso concreto y ver si se han incumplido los requisitos de transparencia, al igual que sucede con la cláusula suelo, la cual no es nula per sé, sino que debe de pasar el filtro de incorporación y el control de transparencia.
Soy experto en derecho bancario, acumulo muchos procedimientos detrás y no cobro nada por estudiar su caso y ver si es viable.
Mi correo electrónico es info@rpbabogados.com y el teléfono del despacho es 963215055, nos encontramos en Carlet (Valencia) pero llevo asuntos de toda España sin problema alguno.
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ana · madrid · Jueves, 20 Abril 2017 | 12:49:19 PM · resp. nº 109
Hola Alberto, soy compañera tuya y, me alegra la estimación de la demanda. Sin embargo, el criterio de la AP de Valencia no es favorable a declarar la nulidad tampoco en base al criterio de transparencia que comentas y que se alega en casi todas por no decir todas las demandas. La AP Valencia no sigue el criterio de la AP de Álava ni de Vizcaya.

Un saludo,
Alberto Rey · Carlet-Valencia · Jueves, 20 Abril 2017 | 02:43:34 PM · resp. nº 112
Querida compañera,
Comentarte que las principales resoluciones que tengo de la AP Valencia, efectivamente estiman los recursos de apelación del banco y desestiman los de los consumidores, pero todas ellas coinciden en que el actor o bien no habló de la transparencia en la demanda, sólo de la manipulación del índice, o bien sí lo hizo pero efectivamente la cláusula superaba el control de transparencia.
Es muy importante antes de tirar adelante el procedimiento evaluar si efectivamente supera o no el control de transparencia, ya que si lo supera lo mejor es quedarse quietos a la espera de un pronunciamiento del Supremo, pero si se sabe atacar la falta de transparencia, no sólo por la omisión de oferta vinculante o la falta del plazo de 3 días, sino porque no se le ofertaron otros préstamos distintos referenciados al Euribor o no se le facilitó un cuadro de amortización donde se viera reflejado el impacto de la aplicación del IRPH, en detrimento del euribor, se puede conseguir fácilmente una estimación de la demanda tanto en primera como en segunda instancia.
Las sentencias de la AP Valencia que he revisado para comentar esto contigo son:
- Sentencia nº 618/2016 de AP Valencia, Sección 9ª, 4 de Mayo de 2016 (en ésta el letrado no habló de la transparencia sino de la manipulación en primera instancia)
- SENTENCIA Nº 744/2016 DE AP VALENCIA, SECCIÓN 9ª, 17 DE JUNIO DE 2016 (al igual que la anterior)
- SENTENCIA Nº 990/2016 DE AP VALENCIA, SECCIÓN 9ª, 22 DE DICIEMBRE DE 2016 (ésta sobretodo sí supera el control de transparencia y por eso desestiman demanda).
Creo que lo he dejado bastante claro.
Un saludo.
Ana · Madrid · Jueves, 20 Abril 2017 | 04:03:52 PM · resp. nº 113
Estimado Compañero,

Efectivamente,lo has dejado muy claro, Las SENTENCIAS que me indicas lo dicen todo, NI UNA DE ELLAS ESTIMA LA NULIDAD DEL IRPH.

Ver las 5 respuestas →

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Alberto Rey · Carlet-Valencia · Miércoles, 19 Abril 2017 | 09:21:52 PM · nº 3771
Soy abogado, recientemente he ganado sentencia con condena en costas a UCI en asunto IRPH, por falta de transparencia en contratación bancaria. Me comprometo a estudiar su caso sin compromiso alguno y estudiar si hay viabilidad para reclamar. No voy por manipulación del índice sino por falta de transparencia. Despacho: RPB Abogados 963215055 info@rpbabogados.com
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sonia · Santander · Jueves, 20 Abril 2017 | 05:35:22 AM · resp. nº 108
UCI A RECURRIDO LA SENTENCIA?
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Susana · Galdakao_Bizkaia · Miércoles, 19 Abril 2017 | 08:06:08 PM · nº 3770
Hola a todxs!

Acabo de descubrir este foro y veo que no he sido la única incauta a la que se la han metido doblada.
Tengo IRPH entidades (antes cajas) con UCI. He tratado de buscar ayuda a través de la PAH de Gipuzkoa pero me han dicho que con UCI está complicado. El tema es que mi piso está en Palma de Mallorca donde vivía y trabajaba. Me quede en paro y tuve que alquilarlo y volví a Bilbao a casa de mis padres.
Resumiendo: desde 2006 hasta ahora apenas he amortizado nada. De 144.000€ que pedí debo 139.000€ en 11 años no he amortizado ni 6.000€. Me hicieron además 2 préstamos uno personal y otro hipotecario (porque con este último no me llegaba). Quisiera saber si alguien se plantea, dado que todos aquí somos afectados por uno u otro motivo, hacer demanda conjunta de modo que nos salga más barato o a través de alguna asociación de consumidores...
No sé si alguien podría orientarme y de paso ver si entre todos en vez de ir por libre, juntos podremos visibilizar y concienciar sobre esta estafa.
Quedó pendiente y estaré al tanto de vuestras respuestas en el foro,

Un saludo,

Susana
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Ana · Madrid · Jueves, 20 Abril 2017 | 12:54:13 PM · resp. nº 110
Hola Susana,

Llámame y te informo 659 47 39 02 ya que la información facilitada no es correcta.

Un saludo,
Juan Diego · Viladecans-Barcelona · Viernes, 21 Abril 2017 | 08:15:48 AM · resp. nº 120
Hola Susana! Por lo visto sí somos muchos en situaciones parecidas. Yo también tengo hipioteca con UCI referenciada al IRPH del conjunto de entidades con un diferencial del 2.1 %. He leído en tu comentario que desde la PAH te dijeron que con UCI lo tenías complicado, ¿podrías explicar el motivo que re dieron? Hace poco más de un mes solicité por escrito la devolución de los gatos de hipoteca que en mi caso ascienden a algo más de 6.000 €. Tienen dos meses para responder, así que aún están dentro del plazo, pero si no lo hacen o no me devuelven la cantidad me plantearía demandar. Hay cantidad de profesionales que lo hacen a cambio de un porcentaje de lo que se consiga en la demanda. Yo creo que vale la pena. Pero me ha llamado la atención lo que has dicho acerca de que "con UCI está complicado".
Muchas gracias y suerte con todo, seguro que entre todos al final conseguiremos algo...
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sonia · cantabria · Miércoles, 19 Abril 2017 | 01:45:25 PM · nº 3769
Histórico: Anula el IRPH de una hipoteca con UCI, filial del Santander

Histórico: Anula el IRPH de una hipoteca con UCI, filial del Santander
UCI ES UNA FILIAL DEL BANCO SANTANDER · ARCHIVO
YOUNES NACHETT

El Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Chiclana ha dictado una sentencia, “pionera e histórica”, el pasado 30 de marzo del presente año, por la que se declara nula el índice de referencia de los Préstamos Hipotecarios Entidades (IRPH Entidades) por infracción de norma legal imperativa y carácter abusivo a una vecina de la localidad que suscribió con Unión de Créditos Inmobiliarios S.A. (UCI), la entidad de créditos hipotecarios filial del Banco Santander, con fines ajenos a una actividad empresarial, tal y como informa el Bufete Ortiz Abogados.
En este sentido, el contrato fue suscrito en marzo de 2007 con UCI y establecía un IRPH Cajas y como sustitutivo el IRPH Entidades. Dicha comercialización fue realizada por el empleado de la entidad, quien no explicó mediante ejemplos y simulaciones comparativas con otros índices como el Mibor, Libor, Euribor, etc., al cliente lo que estaba firmando, según quedó probado.
Establecido esto, así como la comparativa de la evolución que ha supuesto este índice en los últimos años comparándolo con el Euribor, por ejemplo, en julio del 2011 se encontraba en un 2,183 por ciento y el IRPH Entidades en un 3,540 por ciento y en cambio en octubre de 2012 cuando el Euribor se encontraba en un 0,650 por ciento el IRPH Entidades se situaba en un 3,078 por ciento, “lo que demuestra por su evolución que había sido manipulado por los Bancos al no declarar al Banco de España el interés promediado neto sino el T.A.E., que conlleva una comisión oculta”, indica el Bufete Ortiz Abogados.
Establecido esto, la cláusula IRPH Entidades no supera el segundo control de transparencia, lo que conlleva su nulidad. Así en virtud de jurisprudencia comunitaria no puede haber integración del contrato, esto es, que la cláusula abusiva debe quedar expulsada del mismo. La nulidad del tipo de referencia conlleva que la entidad financiera UCI debe restituir a la prestataria la totalidad de los intereses remuneratorios cobrados, a partir de la fecha que se comenzó a cobrar el tipo de interés variable.
En consecuencia, la juez estima íntegramente la demanda interpuesta por la afectada. Por ello, UCI deberá mantener el contrato con el resto de cláusulas, absteniéndose de aplicar el IRPH Entidades en el futuro. Además, deberá reintegrar a la afectada los importes cobrados en aplicación de dicha cláusula y abonar los intereses legales. Se impone a la demandada UCI las costas causadas en este procedimiento.
“La sentencia es pionera e histórica en la provincia de Cádiz y supone un hito para futuros casos, ya que se estima en más de 200.000 los afectados por la cláusula IRPH en sus hipotecas, que no solo las impone UCI sino otras entidades como BANCO POPULAR y BBVA”, indica para concluir el Bufete Ortiz.UN POQUITO DE ESPERANZA NOS DA ESTA NOTICIA A LOS AFECTADOS POR IRPH Y UCI.
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estafada · pozuelo-madrid · Lunes, 17 Abril 2017 | 09:54:54 PM · nº 3768
yo tengo irph más un diferencial de 2,75, tuve que subrogar la hipoteca ,;a través de una empresa intermediaria ,,lo hice con cui,,que solo me ofreció el irph.La empresa intermediaria me cobró 4000 euros.Todo un abuso por mi situación
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Alberto Rey · Carlet - Valencia · Viernes, 21 Abril 2017 | 08:29:28 AM · resp. nº 121
Buenos días, si quiere puedo revisar su caso y estudiar si hay falta de transparencia y viabilidad para reclamar. Acabo de ganar sentencia pionera en Carlet con costas a IRPH, podría enviarle la sentencia para su revisión. Un saludo.
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Javier · Alcarràs · Jueves, 13 Abril 2017 | 12:06:39 PM · nº 3767
Hola a todos.
Mi caso es el siguiente. En el 2005 firme en su día con Caixa Penedés, tenía IRPH cajas + 0,0% y como sustitutivo el CECA, hasta el 2014 . A partir del 2014 fue cuando solicité una ampliación de capital y no me digas como pero Banco Sabadell aprovechó para quitarse el muerto del IRPH de encima y dejarme una coletilla de diferencial del 3,5% que antes no tenía, o sea un suelo encubierto.
¿Puedo reclamar solo por el tiempo que estuve referencia-do con IRPH cajas (2005 hasta 2014) aunque ya no exista la entidad con la que suscribí la hipoteca?
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Alberto Rey · Carlet-Valencia · Viernes, 21 Abril 2017 | 10:53:09 AM · resp. nº 124
Buenos días,
Claro que puede reclamar, aún está a tiempo. El plazo de prescripción para la acción de anulabilidad del IRPH es de 4 años desde que terminó de pagar la última cuota del préstamo de Caixa Penedés.
Puede reclamar además del IRPH los gastos de hipoteca (plazo prescripción art. 1964 CC), yo aprovecharía en la misma reclamación y posterior demanda.
Si está interesado en que lo estudie por favor contacte conmigo en el correo electrónico:
info@rpbabogados.com
Un saludo.
pedro · Madrid · Viernes, 21 Abril 2017 | 02:14:15 PM · resp. nº 125
Buenas Tardes,

La acción a ejercitar es de NULIDAD DE PLENO DERECCHO y en principio NO PRESCRIBE.

No hay que confundir NULIDAD con ANULABILIDAD. Un lapsus supongo
Erika · Barcelona · Lunes, 19 Junio 2017 | 07:11:50 PM · resp. nº 162
Hola tengo un caso parecido as averiguado algo
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Eva · Novelda-Alicante · Miércoles, 12 Abril 2017 | 06:17:32 PM · nº 3766
    Por favor, soy de Alicante, no estoy segura pero creo que tengo IRPH y también cláusula suelo o por lo menos alguna de las 2. Me gustaría saber como va el tema en los tribunales de Alicante. Si vale la pena reclamar o no.  

    También querría saber si por vivir en Alicante me tengo que fijar en como va el tema del IRPH en Alicante o en Valencia, porque Alicante pertenece a Valencia o a la Comunidad Valenciana. Voy bastente perdida. Necesito ayuda, por favor.
Responder
Angel Serrano Cecilia · Elche-Alicante · Sábado, 15 Abril 2017 | 05:38:31 PM · resp. nº 106
Buenas tardes, primero: IRPH en la C. Valenciana está empezando ahora a "moverse", me consta que hay bastantes demandas presentadas (aparte de las mías), sin que exista un criterio único, a falta de que la Audiencia Provincial establezca ese criterio unificado; segundo: suelo, pues los bancos no están por la labor de devolverlo sin pelear. Todo dependerá del importe que tengan que devolverle y de la documentación que Ud. posea, porque, además, son dos cosas distintas lo que puede reclamar. Saludos.
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CARLES SERRANO · MONTBRIO DEL CAMP - TARRAGONA · Miércoles, 12 Abril 2017 | 08:32:32 AM · nº 3765
buenos días, yo estoy a la espera de que se pronuncie la Audiencia de Tarragona sobre mi caso del irph contra banco popular.
gane la clausula suelo pero el fallo respecto al irph no fue bien.
ya os ire contando
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Juan Luis · valladolid · Lunes, 10 Abril 2017 | 07:42:53 PM · nº 3764
buenas tardes!!!!
Yo soy otro afectado por el irph y encima por UCI estoy asociado a facua ya que demomento no me puedo permitir un abogado particular y ellos me van a llevar el caso. yo firme una hipoteca en 2008 de 194000 euros y los 5 primeros años eran de carencia la verdad que en ese momento como queria la casa no mire mucho y a los bancos que iba me pedian aveles y yo no tenia.
de repente un dia me llamo una señora que le habia dado mi telefono uno de los bancos al que fui , pero no me dijo el nombre del banco y la unica condicion que ponia era que si me conseguia la hipoeca a ella le tenia que dar 1500 euros. y asi fue ella me consigui una hipoteca con UCI y la verdad que me lo pinto todo muy bien ( no me hacia falta aval, firmaba con este tipo de interes que era mucho mejor que el euribor por que era muy estable......etc.....) y ahora por lo que veo no es todo como me lo pintaban, he pagado barbaridades de mensualidades y todavia debo 181000. en 9 años solo me he quitado 13000 euros.
me gustaria saber si alguien ha conseguido algo favolable con esta asociacion y como va las sentencias por valladolid.
un saludo y gracias
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