IRPH

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Hay un momento concreto, no abstracto, en el que la cuota deja de caber. No es “el IRPH en general”: es el recibo de este mes, el saldo de la cuenta y el día en que el banco va a pasar el cargo. Si tu préstamo va referenciado al IRPH, esa cifra cambia cada revisión y el susto no siempre coincide con el titular de la prensa.

El índice se publica hacia el día 20. Tu banco lo aplica en la fecha de revisión que pone la escritura, no al día siguiente del BOE. Por eso una familia puede estar al día en marzo y ahogada en julio sin haber “dejado de pagar” a propósito. Lo primero es separar tres palabras que el comercial mezcla: carencia, aplazamiento e impago.

Clave: no firmes un “acuerdo de facilidades” el mismo día que te lo leen por teléfono. Pide el texto, calcula la cuota nueva con el simulador de revisión y mira qué derechos cedes.

Pareja revisando la escritura y la cuota de una hipoteca IRPH en la cocina

Tres palabras que no son lo mismo

Carencia suele significar que durante un plazo pagas solo intereses, o incluso no pagas cuota, y el capital se queda quieto o crece. La letra pequeña decide si esos meses se añaden al final o se comprimen después. Una carencia “que alivia” puede alargar años el préstamo.

Aplazamiento o fraccionamiento es mover recibos concretos: este mes no se carga, se reparte en los siguientes. No perdona deuda. Solo la empuja. Si el IRPH sigue alto, empujas una bola más cara.

Impago es no atender el recibo sin un pacto escrito. Ahí entran intereses de demora, comisión por reclamación y, si se acumulan cuotas, el riesgo de vencimiento anticipado. No es un “descanso informal”. Es un incumplimiento.

SituaciónQué ocurre con el capitalQué pedir por escrito
Carencia de capitalNo baja (o sube si capitalizan intereses)Plazo, tipo aplicable, si hay capitalización
Aplazamiento de 1–3 recibosSigue igual; se desplazan vencimientosCalendario nuevo y coste total
Impago sin pactoSigue igual + mora + comisionesNo hay pacto: hay reclamación

Antes de llamar: tres números de tu escritura

El índice: IRPH Entidades u otro. No mezcles con Euríbor. El valor vigente está en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

El diferencial y la fecha de revisión. Sin eso no sabes si el recibo de este mes ya lleva el IRPH nuevo o todavía el anterior.

El capital pendiente y los años que quedan. Con eso el simulador de hipoteca te dice qué cuota saldría si el índice baja, si amortizas o si alargas plazo.

Si no tienes esos tres datos, la conversación con el banco es teatro: ellos hablan de “ayudarte” y tú no puedes contrastar la cifra.

Qué pedir en la primera llamada (y qué no aceptar ahí)

Pide, por escrito o por la app del banco, una propuesta con: nueva cuota, duración, TAE resultante, comisiones y si el acuerdo incluye una renuncia a reclamar el IRPH u otras cláusulas. Esa última frase es el núcleo de muchos “alivios”.

Un recorte de 40 euros al mes a cambio de cerrar para siempre una reclamación por falta de transparencia puede ser un mal negocio. Calcula primero cuánto pagas de más con la calculadora IRPH vs Euríbor y luego mira la oferta.

No firmes en la oficina “para salir del paso”. Pide 48 horas. Lee en casa. Si el texto habla de novación, transacción o finiquito, no es un aplazamiento: es un contrato nuevo.

Carencia útil y carencia trampa

Una carencia corta (tres o seis meses) para cubrir un paro, una baja o una obra inesperada puede ser herramienta. Tiene sentido si hay fecha de reingreso de ingresos y si los intereses de esos meses no se capitalizan de forma opaca.

Una carencia larga que añade años, sube el diferencial o te ata a un seguro nuevo suele ser un crédito disfrazado de favor. Pregunta en voz alta: “¿cuánto habré pagado de más al final del préstamo?”. Si no saben contestarte, no es un favor: es un producto.

Compara la carencia con una amortización parcial pequeña. A veces conviene vender un coche o recortar un gasto y meter 2.000 euros a capital, no alargar el IRPH dos años más.

Impago: el reloj no es el de las redes

Un recibo devuelto no es un desahucio. Pero el segundo y el tercero activan protocolos internos. El banco puede ofrecer refinanciación, incluirte en ficheros si se cumplen los requisitos legales, o iniciar reclamación. El Código de Buenas Prácticas existe para determinados perfiles de vulnerabilidad; no es automático ni para todas las hipotecas.

Si crees que encajas en un código de protección, pregunta por el nombre exacto de la norma y los documentos (IRPF, certificado de empadronamiento, escritura). No aceptes un “ya te lo gestionamos” sin registro de entrada.

Paralelamente, el IRPH de tu contrato puede ser revisable en transparencia. Eso no paraliza solo el recibo de este mes, pero sí cambia la estrategia: no regales esa vía en un finiquito para ahorrarte dos cuotas.

Papeles que sí y firmas que no

  • Recibos de los últimos 12 meses y carta de la última revisión.
  • Escritura completa, no solo la primera hoja.
  • Simulación propia con el IRPH actual de IRPH.es.
  • Renuncia genérica a “acciones presentes y futuras” sobre el índice.
  • Seguro o tarjeta “porque si no no hay carencia”.
  • Cambio de titular o avalista nuevo sin asesoramiento.

Un orden que se puede ejecutar esta semana

Día 1: baja el PDF del último IRPH en IRPH BOE y anota el valor de tu mes de revisión. Día 2: mete capital, plazo y diferencial en el simulador. Día 3: escribe al banco pidiendo propuesta por escrito, sin firmar nada en ventanilla.

Si quieres contrastar cómo lo han hecho otros, el foro IRPH sirve para trámites y bancos, no como sentencia. Si el caso mezcla revolving, cláusula de vehículo o una escritura opaca, la caja de AMILCA ABOGADOS en la portada es un canal de consulta, no un atajo mágico.

Cierre útil: la cuota que no llega se atiende con números y con un papel que puedas releer. El IRPH se actualiza cada mes; tu firma, si cedes derechos, no se actualiza: se queda.

Comentarios

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Antonio · Barcelona ripollet · Martes, 21 Octubre 2025 | 07:17:22 PM · nº 7371
Pues yo tanpoco veo nada sobre e irph en ese enlace
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Cara · Cara · Miércoles, 22 Octubre 2025 | 10:07:56 AM · resp. nº 3278
es un enlace falso, te lleva a una web donde te pide datos personales y te roban el dinero de tu cuenta bancaria
DMM · Barcelona · Miércoles, 22 Octubre 2025 | 01:56:41 PM · resp. nº 3279
El enlace lleva a esta página, y aquí se puede leer Agenda de señalamientos en el TS en la semana del 20 al 24 de octubre de 2025

https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Actividad-del-TS/Agenda-de-senalamientos/Agenda-de-senalamientos-en-el-TS-en-la-semana-del-20-al-24-de-octubre-de-2025?utm_source=chatgpt.com

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Andres · TINCER · Martes, 21 Octubre 2025 | 03:21:10 PM · nº 7370
Hola Ángel , puedes decirme de que manera se a movido el TS sobre irph, es que no lo veo, gracias.
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Angel · Tarragona · Martes, 21 Octubre 2025 | 04:27:49 PM · resp. nº 3276
Buenas.
El enlace te lleva a la agenda del día, si te descargas el pdf ves sobre que se a sentenciado ,,,ejemplo para nosotros a las 10:00 se a tomado la decisión sobre clausulas abusivas y después si sigues leyendo leyendo otras sobre contratos hipotecarios, en el foro de irph de facebook salen las fotos.Ya no estan pensando han tomado la decisión y esperemos una nota de prensa o la sentencia que eso lo desconozco.
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Angel · Tarragona · Martes, 21 Octubre 2025 | 12:33:46 PM · nº 7369
Parece que hoy si se a movido el Supremo sobre el irph https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Actividad-del-TS/Agenda-de-senalamientos/Agenda-de-senalamientos-en-el-TS-en-la-semana-del-20-al-24-de-octubre-de-2025?utm_source=chatgpt.com
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Vaana · Ripoll · Martes, 21 Octubre 2025 | 04:49:41 PM · resp. nº 3277
No puedo abrir enlace,que dice el tribunal Supremo?
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Eduardo · Manzanares el Real · Domingo, 19 Octubre 2025 | 07:05:55 PM · nº 7368

Muchos juzgados ya aplican el criterio del TJUE con el IRPH
El retraso del Tribunal Supremo no solo causa perjuicios económicos, sino también emocionales: hogares que no llegan a fin de mes, personas que han perdido su vivienda y otras que ya no pueden recurrir sus sentencias firmes. Todo por la inacción de un tribunal que debería garantizar justicia, no impunidad.

https://www.aquimicasa.net/blog/vivienda/compraventa-de-viviendas/muchos-juzgados-ya-aplican-el-criterio-del-tjue-con-el-irph/
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Luis · Madrid · Lunes, 20 Octubre 2025 | 12:49:29 PM · resp. nº 3275
Durante más de una década, el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) ha sido el epicentro de una de las mayores injusticias financieras sufridas por los consumidores españoles. Más de un millón de familias firmaron hipotecas vinculadas a este índice, confiando en sus bancos y sin saber que estaban aceptando unas condiciones que les harían pagar miles de euros más que quienes tenían préstamos referenciados al euríbor. Hoy, por fin, muchos juzgados comienzan a aplicar el criterio europeo, pero el daño ya está hecho. ?

A pesar de la escandalosa tardanza del Supremo para dar su brazo a torcer, las sentencias favorables se extienden
Los jueces españoles han comenzado a aplicar la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el pasado 12 de diciembre de 2024 determinó que las hipotecas referenciadas al IRPH deben someterse a un control de transparencia. Desde entonces, diferentes juzgados y audiencias provinciales —como la de Soria, San Sebastián o Murcia— han anulado el IRPH al considerar que las entidades no ofrecieron a los consumidores información suficiente sobre su funcionamiento. Estas resoluciones suponen una victoria moral para los afectados, aunque llega demasiado tarde para muchos que han perdido su vivienda o han sido arrastrados a la ruina por cuotas hipotecarias desorbitadas.

Distintas sentencias y criterios
Las decisiones judiciales han sido variadas, reflejando el caos y la inseguridad jurídica que ha imperado durante años. Mientras algunos jueces sustituyen el IRPH por el euríbor y obligan a la banca a devolver las cantidades cobradas de más, otros han llegado a anular por completo el contrato hipotecario, dejando al consumidor libre de intereses y al banco obligado a devolver las cuotas abonadas. Sin embargo, todavía existen juzgados que mantienen el criterio del Tribunal Supremo español, que hasta ahora ha protegido descaradamente a las entidades financieras. Esta disparidad demuestra que el Supremo ha actuado con una tardanza injustificable</, generando confusión y desigualdad entre los afectados.

La falta de transparencia es manifiesta
El TJUE dejó claro que el hecho de que el IRPH sea un índice oficial no exime a los bancos de su deber de transparencia. Las entidades debían haber explicado a los clientes que el IRPH se calcula en función de la TAE media, que incluye no solo intereses, sino también comisiones y gastos. Además, debían informar de que el Banco de España recomendó en 1994 aplicar un diferencial negativo para compensar el encarecimiento del índice. Nada de eso se comunicó. Los contratos se firmaron sin información comprensible ni accesible, con una opacidad que vulnera el principio básico de protección al consumidor. Las sentencias más recientes, como las de Soria y San Sebastián, subrayan que ningún cliente podía entender las consecuencias de vincular su hipoteca al IRPH con la información que se le proporcionaba.

También hay juzgados que siguen el criterio del Supremo y fallan contra los afectados
No obstante, todavía hay tribunales que siguen el camino marcado por el Supremo español, alegando que el IRPH es un índice oficial publicado en el BOE y, por tanto, no puede considerarse abusivo. Esta postura ignora el mandato europeo y perpetúa el sufrimiento de miles de familias que continúan pagando cuotas muy superiores a las del mercado. La contradicción entre tribunales erosiona la confianza en la Justicia española y evidencia que el Supremo, lejos de velar por los derechos de los ciudadanos, ha actuado como escudo de la banca, anteponiendo sus intereses a los de los consumidores.

La tardanza del Tribunal Supremo es escandalosa y causa situaciones de injusticia
El Supremo deliberó el pasado 1 de octubre sobre la última sentencia del TJUE, pero aún no ha hecho pública su postura. Cada día que pasa sin pronunciarse condena a miles de familias a seguir pagando intereses abusivos. El retraso no solo causa perjuicios económicos, sino también emocionales: hogares que no llegan a fin de mes, personas que han perdido su vivienda y otras que ya no pueden recurrir sus sentencias firmes. Todo por la inacción de un tribunal que debería garantizar justicia, no impunidad.

El caso IRPH pasará a la historia como un ejemplo de cómo el sistema judicial puede fallar a los ciudadanos cuando más lo necesitan. Mientras el Supremo sigue mirando hacia otro lado, los juzgados de base están haciendo justicia, aplicando el criterio europeo y reconociendo lo que desde hace años era evidente: el IRPH es un índice opaco, abusivo y diseñado para beneficiar a la banca en detrimento del consumidor.
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Neus · Barcelona · Domingo, 19 Octubre 2025 | 03:31:08 PM · nº 7367
https://diariosabemos.com/analisis/irph-supremo-pone-en-riesgo-espana_512366_102.html
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Viernes, 17 Octubre 2025 | 05:50:57 PM · nº 7366
Nuevo video de Erauskin https://youtu.be/5lzPh_FWnfc?si=jn2OeVuBrjkPLuKA
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Ronaldo · Cristiano · Lunes, 20 Octubre 2025 | 10:52:20 AM · resp. nº 3274
Es el cantante de Azuquita hablando
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MARIA GARC · ALMERIA · Viernes, 17 Octubre 2025 | 11:27:55 AM · nº 7365
He perdido el juicio de mi reclamación de IRPH, alguien sabe si puedo volver a reclamar?
Y me podéis recomendar algún abogado?
Mi caso me lo llevo Arriaga Asociados
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Jose A · Mollet del Vallès-Barcelona · Viernes, 17 Octubre 2025 | 12:08:46 PM · resp. nº 3272
Cuando dices que has perdido el juicio, a qué te refieres?
Hay sentencia firme, es en primera instancia, provincial o Supremo. ??
Andres · GRANADA, LA · Viernes, 17 Octubre 2025 | 08:44:45 PM · resp. nº 3273
Todo depende de si la sentencia es recurrible o no. Supongo que en Arriaga te lo podrán aclarar. Es lo primero que tienes que hacer, preguntarles. Si no te lo aclaran mándame una copia de la sentencia tachando todos los datos personales y te daré mi opinión, pero no como abogado profesional, sino como simple licenciado en derecho desde 1985 que nunca ha ejercido como abogado. No cobro, ni puedo cobrar por una cuestión de incompatibilidad.
Saludos
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Darío · Reus Tarragona · Viernes, 17 Octubre 2025 | 09:57:59 AM · nº 7364
Esto dura más que un parto
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Ricardo · Logroño · Jueves, 16 Octubre 2025 | 08:16:54 AM · nº 7363
El Supremo debate una sentencia historica bajo sospechas de prevaricación
Os dejo el enlace que es de la plataforma de afectados de IRPH de Guipuzcoa.

Donostia, 15 de octubre de 2025.

Fuentes cercanas al Tribunal Supremo español señalan que el pasado 1 de octubre dicho tribunal deliberó sobre la postura a adoptar en relación a las hipotecas ligadas al índice IRPH, y que desde entonces siguen trabajando en la redacción de una sentencia histórica que marcará su postura al respecto.

Tras la última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 12 de diciembre de 2024, varios jueces españoles han entendido que la sentencia europea les obliga a declarar abusiva la cláusula que vincula la hipoteca a este índice. Sin embargo, el Supremo no ha reaccionado a este último señalamiento del TJUE, que llegó precedido de cuatro anteriores, todos ellos favorables a los consumidores. En las cuatro ocasiones anteriores el Tribunal Supremo español reinterpretó de manera imaginativa la jurisprudencia europea para dar la razón a la banca, provocando acusaciones de prevaricación por parte de algunos juristas. Su última postura al respecto es que ninguna cláusula IRPH es abusiva, y que ni siquiera hace falta analizar su redacción ni evaluar la información proporcionada al consumidor.

Ahora las familias afectadas, la banca, los despachos de abogados y los medios especializados en la materia debaten si el Supremo seguirá o no el camino marcado por Europa. IRPH Stop Gipuzkoa entiende que no hay debate: las resoluciones del TJUE son de obligado cumplimiento y “no seguir su camino” o “mantener su postura” significarían prevaricar. No deberíamos normalizar eso como una opción válida ni posible.

En efecto, el Supremo debe acatar la orden de analizar una por una las cláusulas IRPH, y evaluarlas con los criterios establecidos por Europa. IRPH Stop Gipuzkoa entiende que dichos criterios harán que la inmensa mayoría de las cláusulas deban considerarse nulas por abusivas.

Las familias afectadas y la banca se juegan decenas de miles de millones de euros, y la sentencia puede llegar a coincidir con el duodécimo aniversario de la interposición de la primera demanda de nulidad de la cláusula IRPH, que se dio el 21 de octubre de 2013 en Donostia. La demanda fue interpuesta por una familia de IRPH Stop Gipuzkoa con el apoyo legal de Maite Ortiz y Jose Mari Erauskin, abogados pioneros en la batalla judicial contra esta cláusula.

PLATAFORMA DE AFECTADOS POR EL IRPH DE GIPUZKOA.


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Andres · GRANADA, LA · Jueves, 16 Octubre 2025 | 07:10:13 PM · resp. nº 3269
Bueno, yo creo que la clave no es si el TS tarda más o menos en resolver los casos. Lo realmente importante es la seguridad juridica. A nadie le importa esperar si sabe seguro que va a ganar, incluso mejor: más intereses. Y si sabes seguro que vas a perder pues lo dejas correr.
El problema es que estos del TS literalmente no saben qué hacer. Por un lado el cuerpo les pide apoyar a los bancos, por los canapés del Bernabeu, las invitaciones a monterías y los cursillos y conferencias millonarias en paraisos idilicos, familia incluida, que patrocina la banda, perdon banca. Pero claro, resulta que están ante un asunto del que están pendientes millones de personas, que ya disponen de mucha información (yo confieso que aunque licenciado en derecho que nunca ha ejercido me considero hay día un auténtico experto en esta materia solo a través de consultas por google) y de mucha jurisprudencia europea que, todo sea dicho, no ha sido lo suficientemente contundente, supongo que pensando que, juridicamente, ya era suficiente, sin imaginarse lo cavernicolas de estomagos agradecidos que lo tenian que aplicar.
Por eso digo que el tiempo en que se tarde es relatico. Si hay seguridad, es decir si el banco sabe con seguridad que en el TS tiene el caso perdido llegara a acuerdos para retirara demandas. Mucha gente preferira cobrar 25.000 euros en lugar de 30.000 incluso 35.000 y cerrar el asunto en una semana en lugar de esperar 10 anios (maldito teclado). Yo por ejemplo ni he presentado demanda todavia, Los bancos hacen numeros y los intereses legales de 35000 euros durante 10 anios mas los que han transcurrido desde que se firmo la hipoteca es mucha mucha pasta. Asi que lo importante es que la sentencia proporcione seguridad, tanto si es favorable como si es desfavorable. Y lo que estan tardando es tan sencillo como todo esto. No hay ningun genio estudiando el tema. Hay 3 o 4 tios en algun reservado con nuestros banqueros y entre centollo y centollo estan decidiendo la cuestion. Perdonar los acentos pero en un momento dado me han dejado de funcionar y luego empezo a fallar la enie....sorry.
anonimo · anonimo · Viernes, 17 Octubre 2025 | 05:37:58 AM · resp. nº 3271
Completamente de acuerdo contigo, Andrés.
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Ricardo · Logroño · Jueves, 16 Octubre 2025 | 08:04:32 AM · nº 7362
Lo que puse no es un enlace de bragas usadas ni ningún tipo de guarradas, asi que Tony Espina de Cartagena antes de decir nada mejor te informas y luego pones lo que es verdad. Bueno no voy a entrar mas en tonterias, asi que publico lo que venia en en enlace:
abamos de conocer que el Tribunal Supremo se ha vuelto a pronunciar sobre la prescripción de las reclamaciones de gastos de formalización de las hipotecas. Y el Alto Tribunal español se reafirma en su posición, conocida en 2024, si bien seguimos a la espera de conocer la sentencia sobre hipotecas IRPH, que marcará el futuro de miles de hipotecados en España.
El Tribunal Supremo se reafirma y señala que el plazo de prescripción de las reclamaciones de gastos hipotecarios no comienza el día que se pagan esos conceptos, sino que el plazo de prescripción comienza cuando existe una sentencia firme. Esto, en la práctica, supone que el consumidor pueda iniciar en cualquier momento su reclamación de gastos de formalización de un préstamo hipotecario. Una victoria para el consumidor.

Actualmente, explica Leticia Grande, abogada de reclamador.es, “la cantidad media que estamos consiguiendo en reclamador.es para estas reclamaciones supera los 1.200 € por consumidor, si bien el gran problema es el colapso de los juzgados especializados, que hace que, en Juzgados como el de Madrid, el 101Bis, se estén admitiendo a trámite ahora las demandas presentadas a finales de diciembre del año 2020”.

Seguimos esperando la sentencia sobre IRPH
Y ahora queda saber qué pasa con las hipotecas IRPH. En palabras de la abogada de reclamador.es “realmente, lo que estábamos esperando era conocer el contenido de la sentencia del Tribunal Supremo en relación a la nulidad de las hipotecas IRPH, pues han pasado 15 días desde que, en principio, se reunió y no se han publicado ni unas conclusiones ni la propia sentencia, por lo que miles de afectados en España por este índice siguen esperando saber qué pasará”.

Un saludo a todos, solo queria informar de lo que hay y se cuece en el puñetero IRPH que nos está amargando la vida.
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