IRPH

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Hay un momento concreto, no abstracto, en el que la cuota deja de caber. No es “el IRPH en general”: es el recibo de este mes, el saldo de la cuenta y el día en que el banco va a pasar el cargo. Si tu préstamo va referenciado al IRPH, esa cifra cambia cada revisión y el susto no siempre coincide con el titular de la prensa.

El índice se publica hacia el día 20. Tu banco lo aplica en la fecha de revisión que pone la escritura, no al día siguiente del BOE. Por eso una familia puede estar al día en marzo y ahogada en julio sin haber “dejado de pagar” a propósito. Lo primero es separar tres palabras que el comercial mezcla: carencia, aplazamiento e impago.

Clave: no firmes un “acuerdo de facilidades” el mismo día que te lo leen por teléfono. Pide el texto, calcula la cuota nueva con el simulador de revisión y mira qué derechos cedes.

Pareja revisando la escritura y la cuota de una hipoteca IRPH en la cocina

Tres palabras que no son lo mismo

Carencia suele significar que durante un plazo pagas solo intereses, o incluso no pagas cuota, y el capital se queda quieto o crece. La letra pequeña decide si esos meses se añaden al final o se comprimen después. Una carencia “que alivia” puede alargar años el préstamo.

Aplazamiento o fraccionamiento es mover recibos concretos: este mes no se carga, se reparte en los siguientes. No perdona deuda. Solo la empuja. Si el IRPH sigue alto, empujas una bola más cara.

Impago es no atender el recibo sin un pacto escrito. Ahí entran intereses de demora, comisión por reclamación y, si se acumulan cuotas, el riesgo de vencimiento anticipado. No es un “descanso informal”. Es un incumplimiento.

SituaciónQué ocurre con el capitalQué pedir por escrito
Carencia de capitalNo baja (o sube si capitalizan intereses)Plazo, tipo aplicable, si hay capitalización
Aplazamiento de 1–3 recibosSigue igual; se desplazan vencimientosCalendario nuevo y coste total
Impago sin pactoSigue igual + mora + comisionesNo hay pacto: hay reclamación

Antes de llamar: tres números de tu escritura

El índice: IRPH Entidades u otro. No mezcles con Euríbor. El valor vigente está en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

El diferencial y la fecha de revisión. Sin eso no sabes si el recibo de este mes ya lleva el IRPH nuevo o todavía el anterior.

El capital pendiente y los años que quedan. Con eso el simulador de hipoteca te dice qué cuota saldría si el índice baja, si amortizas o si alargas plazo.

Si no tienes esos tres datos, la conversación con el banco es teatro: ellos hablan de “ayudarte” y tú no puedes contrastar la cifra.

Qué pedir en la primera llamada (y qué no aceptar ahí)

Pide, por escrito o por la app del banco, una propuesta con: nueva cuota, duración, TAE resultante, comisiones y si el acuerdo incluye una renuncia a reclamar el IRPH u otras cláusulas. Esa última frase es el núcleo de muchos “alivios”.

Un recorte de 40 euros al mes a cambio de cerrar para siempre una reclamación por falta de transparencia puede ser un mal negocio. Calcula primero cuánto pagas de más con la calculadora IRPH vs Euríbor y luego mira la oferta.

No firmes en la oficina “para salir del paso”. Pide 48 horas. Lee en casa. Si el texto habla de novación, transacción o finiquito, no es un aplazamiento: es un contrato nuevo.

Carencia útil y carencia trampa

Una carencia corta (tres o seis meses) para cubrir un paro, una baja o una obra inesperada puede ser herramienta. Tiene sentido si hay fecha de reingreso de ingresos y si los intereses de esos meses no se capitalizan de forma opaca.

Una carencia larga que añade años, sube el diferencial o te ata a un seguro nuevo suele ser un crédito disfrazado de favor. Pregunta en voz alta: “¿cuánto habré pagado de más al final del préstamo?”. Si no saben contestarte, no es un favor: es un producto.

Compara la carencia con una amortización parcial pequeña. A veces conviene vender un coche o recortar un gasto y meter 2.000 euros a capital, no alargar el IRPH dos años más.

Impago: el reloj no es el de las redes

Un recibo devuelto no es un desahucio. Pero el segundo y el tercero activan protocolos internos. El banco puede ofrecer refinanciación, incluirte en ficheros si se cumplen los requisitos legales, o iniciar reclamación. El Código de Buenas Prácticas existe para determinados perfiles de vulnerabilidad; no es automático ni para todas las hipotecas.

Si crees que encajas en un código de protección, pregunta por el nombre exacto de la norma y los documentos (IRPF, certificado de empadronamiento, escritura). No aceptes un “ya te lo gestionamos” sin registro de entrada.

Paralelamente, el IRPH de tu contrato puede ser revisable en transparencia. Eso no paraliza solo el recibo de este mes, pero sí cambia la estrategia: no regales esa vía en un finiquito para ahorrarte dos cuotas.

Papeles que sí y firmas que no

  • Recibos de los últimos 12 meses y carta de la última revisión.
  • Escritura completa, no solo la primera hoja.
  • Simulación propia con el IRPH actual de IRPH.es.
  • Renuncia genérica a “acciones presentes y futuras” sobre el índice.
  • Seguro o tarjeta “porque si no no hay carencia”.
  • Cambio de titular o avalista nuevo sin asesoramiento.

Un orden que se puede ejecutar esta semana

Día 1: baja el PDF del último IRPH en IRPH BOE y anota el valor de tu mes de revisión. Día 2: mete capital, plazo y diferencial en el simulador. Día 3: escribe al banco pidiendo propuesta por escrito, sin firmar nada en ventanilla.

Si quieres contrastar cómo lo han hecho otros, el foro IRPH sirve para trámites y bancos, no como sentencia. Si el caso mezcla revolving, cláusula de vehículo o una escritura opaca, la caja de AMILCA ABOGADOS en la portada es un canal de consulta, no un atajo mágico.

Cierre útil: la cuota que no llega se atiende con números y con un papel que puedas releer. El IRPH se actualiza cada mes; tu firma, si cedes derechos, no se actualiza: se queda.

Comentarios

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Marcos ML · Barcelona · Lunes, 11 Marzo 2019 | 09:50:05 PM · nº 4899
Buenas noches de nuevo... yo tengo ni hipoteca con la Caixa.Pues yo éste mes ya he tenido que dejar de pagar porque me es imposible seguir así. Tengo un préstamo hipotecario el cuál mis padres están de avaladores y sí que voy a pagar pero en el qué recaee sobre mi piso no lo puedo pagar. Éste viernes tengo reunión con la directora y la asesora financiera para ver que me quieren contar de nuevo. Lo que está claro es que no sé qué llegará antes, si su demanda por dejar de pagar o mi denuncia por el Irph. Ya os contaré...
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Alejandro · Las palmas de gran Canaria · Martes, 12 Marzo 2019 | 08:24:27 PM · resp. nº 1009
Marcos, busca si la vivienda la titulizaron en su día, y si es así, no tienen legitimidad para reclamar nada, ya que la deuda la vendieron y no les pertenece.
Si te llevan a juicio, tu abogado que alegue falta de legitimidad.
Sería un juicio muy largo y encima sería un vacío legal sin derecho a reclamación por la entidad
Un saludo
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Alberto · ibiza · Lunes, 11 Marzo 2019 | 04:45:13 PM · nº 4898
Buenas tardes, hoy el juez se nego a aplazar la audiencia previa que teniamos alegando que eso del TJUE se podia alargar varios años..... mi abogada le indico lo contrario que seria para este año pero el "juececillo" se nego y ordeno que se procediera.
Esta claro en las condiciones actuales cual sera el resultado y al igual que haran los bancos en un futuro pues me tocara recurrir y alargar hasta que europa dicte sentencia.

Lo que mas me ha molestado, aparte de la prepotencia con la que el juez ha tratado a mi abogada que hasta los otros abogados han puesto cara de que pasaba, es que preguntando porque se habia negado a aplazar la audiencia a sabiendas de lo que ocurre en europa, nos han informado que era su ultimo dia en este juzgado y le trasladaban de provincia... que simpatico como se muda tiene prisas por cerrar asuntos y que le jodan al afectado... con jueces asi par que queremos delincuentes.
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Pedro · Barcelona · Martes, 12 Marzo 2019 | 08:44:01 AM · resp. nº 1005
Vaya tela.... y estos tíos deben mirar por qué se cumpla la ley, aunque no me sorprende nada....

Ánimo compañero que en unos meses, Europa pondrá las cosas en su sitio
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Delfin · Madrid · Lunes, 11 Marzo 2019 | 01:43:32 PM · nº 4897
LOS BANCOS ESPAÑOLES SE ENFRETAN A NUEVAS RECLAMACIONES MULTIMILLONARIAS.
https://elpais.com/economia/2019/03/09/actualidad/1552160697_630569.html
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Dabitxu · BARCELONA · Domingo, 10 Marzo 2019 | 10:59:43 AM · nº 4896
Hola. Por favor, hay algún abogado en el foro que me pueda traducir (hacer un resumen que pueda entender alguien sin estudios como yo) las cinco intervenciones del link? Muchas gracias. Saludos https://irphhipotecas.wordpress.com/
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eric · Barcelona · Sábado, 09 Marzo 2019 | 09:05:13 AM · nº 4895
Bueno 3 meses pasan volando , el 24 junio sabremos la fecha de la sentencia del tjue . Todos apuntan a final de año , así que paciencia y seguir remando unos meses que esto se acaba .Nos vemos en san juan . ÁNIMO A TODOS .
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francisco serrano · cartagena · Sábado, 09 Marzo 2019 | 01:03:34 AM · nº 4894
Buenas noches a todos.
Mi 1ª Expresión es "MADRE MIA COMO HA CAMBIADO ESTE FORO".
He estado unos días sin entra y esta noche cuando he leído los comentarios me he quedado "to loco".
Que si partidos políticos, que si votar en blanco, que si uno lo hace mejor otro peor.
A mi entender lo que debemos hacer aquí es mantener la unión de todos y hacernos fuertes.
Tenemos que echarle un par y aguantar a que dicte jurisprudencia el TJUE y que tengamos claro que la les vamos a dar "por donde amargan los pepinos" a la banca.
Echadle un vistazo a este enlace https://www.elabogadoencasa.com/comision-europea-acuerdos-nulos-clausula-suelo/ parece ser que el TJUE esta declarando nulos los acuerdos que los clientes de los bancos firmaron denegando la posibilidad de reclamaciones.
Esta noticia habla de la "clausulas suelo" pero a mi al menos me da impresión que el TJUE esta por los ciudadanos.
Ánimos, eso es lo que tenemos que darnos entre nosotros.
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Zahori · Sabadell-Barcelona · Viernes, 08 Marzo 2019 | 09:39:48 PM · nº 4893
Buenas a tod@s. Una duda que me surge. En un vídeo donde sale Erauskin, dice que en el supuesto que el TJUE dé la razón a los clientes, pueden pasar de 7/8 años hasta que podamos cobrar lo que hemos pagado de más durante estos años porque recurrirán y recurrirán. Una de las preguntas que debe resolver el TJUE es: “¿Debe el juzgador analizar si la cláusula IRPH es transparente y comprensible para el consumidor?” , y aquí es donde me entra la duda. Supongo que en el tribunal de primera instancia, la banca deberá demostrar que realmente nos explicó y entendimos el funcionamiento y desarrollo del IRPH, y que firmamos un documento que así lo acredite. Y como eso es imposible ahí debería de quedar “sentenciado” sin opción de recurso por parte de la banca, no ?
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Oscar · Irún - Guipúzcoa · Lunes, 11 Marzo 2019 | 12:27:26 PM · resp. nº 1004
Lamentablemente es así. Aunque la sentencia te diese la razón, la ley permite recurrirla. Y los bancos lo saben. Yo intentaría aguantar y que tarde lo que tenga que tardar. Pero en muchos casos no será así y habrá que optar por llegar a un acuerdo y pactar. Que no tiene que porque ser un mal acuerdo, el abogado que tengas te dirá los pros y los contras y en vista de eso podrás tomar la decisión que mejor te convenga.
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secun · granada · Viernes, 08 Marzo 2019 | 07:32:36 PM · nº 4892
Que la abogada del estado ha mentido ante el TJUE, es muy fácil de probar, ya que el propio estado ha estado poniendo como obligatorio el IRPH a la vivienda PROTEGIDA por rentas limitadas, conocida como VPO, y eso sólo tiene sentido tomando el IRPH tal y como lo indica el Banco de España en la normativa correspondiente, que los bancos no han cumplido y que esta señora ha afirmado ante el TJUE que eso era para cálculos internos. Siendo sólo así, con el uso indicado en la normativa, como el IRPH actúa de límite, y asegura el precio medio para las rentas bajas protegidas. Lo contrario sería imponer a las rentas bajas protegidas un sobreprecio por encima de la media, lo que es un total sinsentido. El uso contrario a la normativa por los bancos del IRPH, dio lugar a una espectacular subida ilegal de este índice, cuando la mayor cuota de vivienda vendida era VPO, que como afirmó el abogado del banco, llevó a que un 30% de las hipotecas estuviese referenciado a este índice. Este uso ilegal del IRPH por los bancos, es distinto y añadido al sobreprecio derivado de la fórmula de este índice, y representa directamente en el contrato un diferencial añadido de 0,7 que se vió ampliamente multiplicado al ser reportado masivamente para la confección del índice, cuando se daba en la mayoría de vivienda vendida, como en los años en que la misma se trató de VPO con IRPH. La estafa de este uso ilegal del índice oficial por los bancos es mucho mayor que la del índice oficial en sí. Si bien la primera recae exclusivamente en los bancos y es de carácter incluso penal, y la segunda, que es la única que se está llevando a los juzgados, como actualmente al TJUE, se excusa en el concepto oficial del índice, es decir, en el Banco de España. Así que, bueno, no es que no sea de interés y utilidad esta vía, pero está enmascarando una estafa distinta mucho mayor. y lo que no se puede de ninguna manera es sostener BUENA FE por los bancos al acogerse a la oficialidad del índice para no explicarlo, puesto que lo mismo les permitía a la vez llevar a cabo la segunda y mucho mayor estafa.
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Juan · Las PanasG C · Jueves, 07 Marzo 2019 | 08:10:41 AM · nº 4891
A Rosa de Jarama.!!valla mitin...este foro es solo para afectados.y queremos ablar de nuestro gran problema.El maldito IRPH!!
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Rosa · Jarama · Jueves, 07 Marzo 2019 | 02:16:08 PM · resp. nº 1000
Querido Juan mojo picon tu problema no es el IRPH, son las faltas de ortografia
rosa · jarama · Jueves, 07 Marzo 2019 | 04:34:02 PM · resp. nº 1001
Juan, lo siento por el mitín, pero lo primero es ponerse cada uno en su lugar correcto, eso de estar todo el día rogando a los politicos que te defiendan, es decir que defiendan la ley, que tienen incluso que jurar en su caso, para acceder al cargo público, es porque no se les aplica el código penal por no hacerlo. y eso nos obliga a rogar. es incorrecto. pero están tratando además de que sea correcto, cómo, con el famoso FEDERALISMO. una vez te claven eso, ya no tienes nada que hacer, ni aquí ni en Europa. eso hay que tenerlo claro. el mensaje anterior de las faltas no es mío. no sé quien lo ha publicado. un saludo compañero.
Juan · Las PanasG C · Jueves, 07 Marzo 2019 | 05:46:36 PM · resp. nº 1002
Aá!!disculpa Ana.no se porque la en el cabezal leí tu nombre.tambien disculpa por las faltas de ortografía.no todos tenemos lla suerte de tener buen aprendizaje.solo te aseguro que mi primer problema y el de mucho otros que estamos en este foro es el maldito IRPH.
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Ana · Tarragona · Miércoles, 06 Marzo 2019 | 06:05:30 PM · nº 4890
Hola...de nuevo no lo sé, mi caso es,lo llevo un abogado particular..que lleva munchos casos..llevo dos año y medio con el es uno de los abogado mas bueno que hay en reus..polomenos para mi.
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