IRPH

Divorcio e hipoteca IRPH: qué pasa con la cuota, la vivienda y la reclamación

Divorcio e hipoteca IRPH: qué pasa con la cuota, la vivienda y la reclamación

Cuando una pareja se separa y queda una hipoteca referenciada al IRPH, no solo se discute la vivienda: también la cuota, los avales, quién figura en el préstamo y qué ocurre con una posible reclamación. Esta guía ordena las piezas con calma y con números.

Clave: el divorcio reparte el uso de la casa; el banco mira el contrato del préstamo. Son dos mundos que hay que alinear por escrito.

El IRPH no “desaparece” porque haya un convenio. Sigue aplicando el índice del contrato, el diferencial y las reglas de revisión que figuren en la escritura. Por eso conviene mirar juntos el convenio, la nota simple y el último recibo.

En la práctica aparecen tres situaciones frecuentes: uno se queda en la casa y asume la cuota; se vende y se cancela el préstamo; o ambos siguen pagando a medias mientras se decide. Cada camino tiene costes distintos.

Pareja revisando documentos de hipoteca IRPH tras un divorcio

Convenio frente a contrato bancario

El convenio o la sentencia pueden decir quién usa la vivienda y quién aporta dinero. El banco, en cambio, sigue reclamando a quienes figuran como titulares (y avalistas) mientras no haya novación, subrogación o cancelación.

Clave: un acuerdo entre cónyuges no libera automáticamente frente al banco. Hace falta un cambio contractual o la cancelación del préstamo.

Quién paga la cuota con IRPH

Si el índice sube en la revisión, la cuota puede crecer para quien se haya comprometido a pagarla. Conviene simular el impacto antes de firmar el convenio. Usa el simulador de revisión y la calculadora de impacto de la revisión.

Compara también el sobrecoste histórico del IRPH frente al Euríbor con la herramienta ¿pagas de más con IRPH? y el artículo cuánto pagas de más.

Escenarios habituales

EscenarioQué suele ocurrirQué mirar
Uno se queda en casaAsume cuota y gastos; el otro puede pedir compensaciónNovación / salida del préstamo
Venta de la viviendaCon el precio se cancela el préstamoComisión de cancelación y plusvalía
Pago compartido temporalAmbos aportan hasta vender o subrogarCalendario y prueba de pagos
Subrogación a otro bancoNuevo prestamista asume el préstamoCostes y tipo ofertado

¿Y la reclamación del IRPH?

Si hay una reclamación en curso o se plantea iniciar una, hay que aclarar quién la impulsa, cómo se reparte un eventual resultado y qué documentos guarda cada parte. Revisa si se puede reclamar el IRPH en 2026 y reclamar IRPH.

Guarda los PDF del BOE de las revisiones relevantes desde IRPH en el BOE y el valor actual en IRPH hoy.

Clave: la reclamación no sustituye un acuerdo claro sobre la cuota del día a día. Ordena ambos frentes por separado.

Novación, subrogación o venta

La novación cambia condiciones con el mismo banco (plazo, titulares, tipo). La subrogación cambia de entidad. La venta suele cerrar el préstamo. Amplía en hipoteca IRPH y cambio de banco y en la calculadora de subrogación.

Si el banco exige requisitos de solvencia para dejar a un solo titular, prepárate con nóminas, vida laboral y un cálculo realista de la nueva cuota con el simulador de hipoteca.

Checklist práctico

  • Nota simple y escritura: titulares, avalistas, índice y diferencial.
  • Últimos recibos y notificaciones de revisión.
  • Capital pendiente y comisión de cancelación orientativa.
  • Borrador de convenio con reparto de cuota y plazos.
  • Si hay reclamación IRPH: papeles y posición de cada parte.

Pasos recomendados esta semana

  1. 1
    Reúne escritura, nota simple y tres recibos recientes.
  2. 2
    Simula la cuota actual y una revisión al alza.
  3. 3
    Decide si el escenario es quedarse, vender o compartir temporalmente.
  4. 4
    Habla con el banco solo con números claros y por escrito.
  5. 5
    Si hay duda jurídica, consulta con un profesional antes de firmar.

Un divorcio ya carga suficiente tensión emocional. Separar “quién vive en la casa” de “quién debe al banco” y de “qué se hace con el IRPH” evita sorpresas meses después.

Clave final: pon por escrito cuota, titulares y reclamación. El IRPH seguirá moviendo la letra; el convenio debe estar preparado para eso.

Comentarios

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sufrido · abrera barna · Viernes, 21 Sept. 2018 | 08:56:24 AM · nº 4408
¿ no lo se si al final se hace justicia si podríamos
alegrar después de muchos meses sufriendo para
llegar fin de mes ?
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sufrido · abrera barna · Viernes, 21 Sept. 2018 | 08:34:21 AM · nº 4407
¿ no lo se si al final se hace justícia
si podrim os alegrar despues de sufrir
muchos meses para llegar fin de mes ?
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Agonei · Fuerteventura · Jueves, 20 Sept. 2018 | 09:42:56 AM · nº 4405
Mira que noticia mutiatio!!

https://www.eldiario.es/canariasahora/especial/abusos_bancarios/Comision_Europea-afectados-IRPH-abusos_bancarios-Euribor-devolucion-intereses_0_816118959.html

Ahora hay más esperanza!!! si se puede si se puede!
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RC · Badajoz · Jueves, 20 Sept. 2018 | 07:21:50 AM · nº 4404
BUENAS NOTICIAS
http://www.elmundo.es/economia/2018/09/20/5ba29857e2704e95ab8b45cf.html
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Belen · Cadiz · Miércoles, 19 Sept. 2018 | 06:26:10 PM · nº 4403
Buenas noticias!! Yo estoy pendiente de vender vivienda,si la vendo puedo reclamar el irph desde el 2000 que lo tengo? Gracias
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Miércoles, 19 Sept. 2018 | 03:11:36 PM · nº 4402
Hola a todos los afectados,



Hemos ampliado la información sobre IRPH de nuestra web donde además de poder informaros sobre todo lo referente al índice, hemos incluido un apartado sobre el informe basándonos en su lectura y en otras informaciones recibidas.


Lo podéis ver aquí: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/154-que-es-y-como-reclamar-irph.html#informe





A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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JoseG · Gijon-Asturias · Lunes, 17 Sept. 2018 | 06:35:56 PM · nº 4400
Y de paso os dejo una muy buena noticia, para alegrar el dia,
https://irphhipotecas.wordpress.com/2018/09/17/importante-avance-en-la-cuestion-europea-respecto-al-indice-irph-la-comision-europea-se-posiciona-a-favor-del-consumidor/
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Miguel Company Lozano · ELCHE · Martes, 18 Sept. 2018 | 08:00:58 AM · resp. nº 584
Enserio ese es el informe de la Comisión?Si eso es cierto no es que sea buena noticia,es un milagro que ha venido a vernos...Ojalá de verdad sea asi..Ojalá.Me has animado el dia
Martin · Santa Coloma · Miércoles, 19 Sept. 2018 | 06:19:47 AM · resp. nº 585
Gracias gracias, mil gracias por el enlace y por las pequeñas esperanzas que esta noticia alberga para todos los afectados por este índice maldito. Un fuerte abrazo JoseG
Esperanza · Malaga · Miércoles, 19 Sept. 2018 | 10:05:36 AM · resp. nº 586
Os dejo otro enlace de la noticia.
http://www.finanzas.com/noticias/economia/20180919/propone-tjue-inste-supremo-3911423_age.html

Ver las 4 respuestas →

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JoseG · Gijon-Asturias · Lunes, 17 Sept. 2018 | 06:33:24 PM · nº 4399
Juan de Tudela,perdon por el retraso.Solo te puedo decir que no cobran porcentajes sobre lo recuperado.Todo lo recuperado es para el cliente,ellos cobrab de las costas al banco.Si te puede servir de algo yo ya he puesto en sus manos la reclamacion sobre gastos hiporecarios,notaria,registro,tasacion,ect.He estado con la abogada y me ha quedado muy claro que a mi no me cobran.Solo cobran de las costas del banco.Mas claro aun.Tengo que abonarles sobre 300 euros por todo el proceso.Dinero que me devuelven cuando ganemos el juicio.Y tengo la posibilidad de pagar todo ahora o bien puedo pagar a plazos o bien puedo pagar al final del proceso que es la opcion que yo he elegido.No caigais en las garras de aprovechados que hay por ahi.Hay abogados con etica todavia y ganan igual cuando cobran las costas del juicio al banco.Los demas solo quieren aprovecharse cobrando porcentajes sobre lo recuperado,JETAS LOS LLAMO YO
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Juan · Tudela · Viernes, 21 Sept. 2018 | 03:09:55 AM · resp. nº 588
Gracias JoseG, lei en el enlace que pudiste colgar la informacion que daban sobre el asunto y condiciones en las que se podia presentar el caso con su ayuda y me ha parecido interesante ampliar info con tu criterio , ahora mas que ademas le das solidez con tu propia experiencia, te animo a seguir hasta el final y espero poder acompañarte en esta aventura incomoda que nos ha tocado sufrir, gracias a tu testimonio creo que acabare solicitando sus servicios , con la esperanza de que todo acabe bien y podamos recuperar esa parte que a todas nos vendria muy bien no haber invertido innecesariamente. De nuevo gracias por la informacion aportada. Seguiremos esperando con impaciencia y esperanza que todo acabe bien.Saludos.
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Manuel Barrios Pascual · Mostoles Madrid · Sábado, 15 Sept. 2018 | 11:22:44 AM · nº 4398
Hola a todos:
Sigo observando que cada día que pasa, los afectados por el IRPH seguimos solamente contando
los días para ver cuando se pronuncia el TJUE.

y por supuesto seguimos estando desesperados, pero
sin manifestarnos de forma masiva ante las cortes
como han hecho otros colectivos.

Como sabéis la unión hace la fuerza y como está el
panorama es más importante para nuestros políticos es más importante los Másteres de unos y otros, y por supuesto ellos protegiendo a la banca porque en su momento suelen ser los que compran deuda del Estado ya que no la quiere nadie y así ellos salen adelante.

No me refiero al gobierno actual ( que no se quien manda en nuestro denostado País sino a todos en general.
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Rodri · Valencia · Viernes, 14 Sept. 2018 | 05:56:41 PM · nº 4397
Hola a todos, llevo mucho tiempo visitando esta página y me gustaría saber cuanto tiempo más tenemos que esperar para que Europa finalmente se decida. Dependemos muchas familias de esta importante decisión del IRPH y no entiendo como un tema como este puede tardar tanto tiempo. Ya ha pasado casi dos años desde el duro golpe del Tribunal Supremo si no recuerdo mal. ¿No había que esperar dos años más? ¿Cuanto tiempo entonces falta por esperar la nueva sentencia? Gracias de antemano.
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Ivan Molero · Corralejo · Sábado, 15 Sept. 2018 | 03:45:38 PM · resp. nº 583
Buenas tardes. Los aproximadamente 2 años que puede tardar el TJUE A
en resolver se cuentan desde el 2 de febrero,creo recordar, de ESTE año 2018. Un saludo

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