IRPH

El IRPH sube en abril de 2022 hasta el 1,540%

El IRPH sube en abril de 2022 hasta el 1,540%

El IRPH sube en abril hasta el 1,540% y lo hace por segundo mes consecutivo

El BCE va a subir los tipos de interés y las hipotecas se van a encarecer

Las subidas de tipos de interés van a encarecer las hipotecas tanto las vinculadas al Euribor como al IRPH, ya que el valor del IRPH incluye al Euribor en su fórmula de cálculo.

El IRPH sube en abril de 2022 hasta el 1,540%

El IRPH sube en abril por segundo mes consecutivo

El IRPH sube en abril de 2022 hasta el 1,540% y lo hace por segunda vez consecutiva, ya que en el mes de marzo también mostró un alza al situarse en el 1,513%. De este modo, nos encontramos con una subida intermensual de 27 milésimas.

El IRPH muestra una tendencia alcista y es lógico que lo haga puesto que la altísima inflación existente actualmente en la Eurozona, como consecuencia de la pandemia del Covid-19 y la guerra en Ucrania, ha llevado a anunciar por parte del BCE a que se van a subir los tipos de interés.

Cuando se suben los tipos de interés, el Euribor también lo hace, y dado que el Euribor forma parte importante del cálculo del valor del IRPH, el IRPH también lo hace. Y todo tiene la apariencia de que va a seguir subiendo en los próximos meses, ya que en junio el Euribor a 12 meses, que es a partir del cual se elabora el Euribor hipotecario, esta señalando valores día a día mayores. El 10 de junio el Euribor diario a 12 meses señaló el valor de +0,680%.

Para los ciudadanos con hipoteca IRPH no es nada bueno que el Euribor suba, ya que esta subida se va a trasladar fácilmente al valor del IRPH.

A nivel judicial, conocemos la noticia de que "no es mala fe y se adapta a la metodología usual para resolver un recurso de casación" según la Fiscalía del Tribunal Supremo al elaborar un informe sobre la querella presentada por Arriaga Asociados contra 4 magistrados del alto tribunal.

De momento, entre el IRPH de abril de 2022, que como hemos dicho es del 1,540%, y el IRPH de abril de 2021, que fue del 1,480%, hay una diferencia interanual de 0,060 puntos y eso significa, al ser más alto el IRPH que el de hace un año, que las hipotecas con revisión anual se van a encarecer. También se encarecerán las hipotecas IRPH que tengan revisión trimestral o semestral.

Una hipoteca vinculada al IRPH, con un diferencial sobre el mismo del 0%. con un capital pendiente de 100.000 euros y un plazo restante de 20 años, y que se revise anualmente con el nuevo valor del IRPH de abril de 2022, pasará de una cuota mensual de 482 euros a otra de 485 euros. Esto supone un encarecimiento mensual de 3 euros o de 36 euros anuales.

Comentarios

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David · Guadalajara · Jueves, 20 Abril 2017 | 11:11:00 AM · nº 3774
    Por favor, en que lugar de la escritura puedo encontrar si tengo IRPH o Euribor.

Solo he encontrado una línea que dice que si desaparece el anterior índice se me aplicaría Euribor. Pero antes de esto, no encuentro nada que indique que tengo IRPH.
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Alberto Rey · Carlet - Valencia · Jueves, 20 Abril 2017 | 02:24:42 PM · resp. nº 111
Tiene que buscar en la cláusula que haga alusión al tipo de referencia la siguiente expresión: “ Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las Cajas de Ahorro/Bancos/entidades de crédito en España ”
En ningún sitio aparece IRPH, esa es sólo la abreviatura por la que se le conoce.
Un saludo.
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Alberto Rey · Carlet-Valencia · Jueves, 20 Abril 2017 | 09:14:13 AM · nº 3773
Buenos días,
De nuevo me pongo en contacto con vosotros para comunicaros que recientemente he ganado sentencia con costas a UCI consiguiendo la nulidad de la cláusula IRPH y en su lugar la aplicación desde el inicio del índice EURIBOR. Si tenéis dudas os puedo mandar por email la sentencia borrando únicamente los datos personales de los clientes.
Me preguntasteis en el mensaje que puse ayer si han recurrido, ya os digo que la sentencia no es firme, que seguramente la recurran pero que sigo la doctrina de la Sentencia de la AP de Álava de 10 de marzo de 2016, que confirmó la sentencia de primera instancia por enfocar la acción únicamente por falta de transparencia, no por manipulación del índice.
Ojo no siempre se va a ganar, el abogado que os diga que está ganado está faltando la verdad, hay que estudiar el caso concreto y ver si se han incumplido los requisitos de transparencia, al igual que sucede con la cláusula suelo, la cual no es nula per sé, sino que debe de pasar el filtro de incorporación y el control de transparencia.
Soy experto en derecho bancario, acumulo muchos procedimientos detrás y no cobro nada por estudiar su caso y ver si es viable.
Mi correo electrónico es info@rpbabogados.com y el teléfono del despacho es 963215055, nos encontramos en Carlet (Valencia) pero llevo asuntos de toda España sin problema alguno.
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ana · madrid · Jueves, 20 Abril 2017 | 12:49:19 PM · resp. nº 109
Hola Alberto, soy compañera tuya y, me alegra la estimación de la demanda. Sin embargo, el criterio de la AP de Valencia no es favorable a declarar la nulidad tampoco en base al criterio de transparencia que comentas y que se alega en casi todas por no decir todas las demandas. La AP Valencia no sigue el criterio de la AP de Álava ni de Vizcaya.

Un saludo,
Alberto Rey · Carlet-Valencia · Jueves, 20 Abril 2017 | 02:43:34 PM · resp. nº 112
Querida compañera,
Comentarte que las principales resoluciones que tengo de la AP Valencia, efectivamente estiman los recursos de apelación del banco y desestiman los de los consumidores, pero todas ellas coinciden en que el actor o bien no habló de la transparencia en la demanda, sólo de la manipulación del índice, o bien sí lo hizo pero efectivamente la cláusula superaba el control de transparencia.
Es muy importante antes de tirar adelante el procedimiento evaluar si efectivamente supera o no el control de transparencia, ya que si lo supera lo mejor es quedarse quietos a la espera de un pronunciamiento del Supremo, pero si se sabe atacar la falta de transparencia, no sólo por la omisión de oferta vinculante o la falta del plazo de 3 días, sino porque no se le ofertaron otros préstamos distintos referenciados al Euribor o no se le facilitó un cuadro de amortización donde se viera reflejado el impacto de la aplicación del IRPH, en detrimento del euribor, se puede conseguir fácilmente una estimación de la demanda tanto en primera como en segunda instancia.
Las sentencias de la AP Valencia que he revisado para comentar esto contigo son:
- Sentencia nº 618/2016 de AP Valencia, Sección 9ª, 4 de Mayo de 2016 (en ésta el letrado no habló de la transparencia sino de la manipulación en primera instancia)
- SENTENCIA Nº 744/2016 DE AP VALENCIA, SECCIÓN 9ª, 17 DE JUNIO DE 2016 (al igual que la anterior)
- SENTENCIA Nº 990/2016 DE AP VALENCIA, SECCIÓN 9ª, 22 DE DICIEMBRE DE 2016 (ésta sobretodo sí supera el control de transparencia y por eso desestiman demanda).
Creo que lo he dejado bastante claro.
Un saludo.
Ana · Madrid · Jueves, 20 Abril 2017 | 04:03:52 PM · resp. nº 113
Estimado Compañero,

Efectivamente,lo has dejado muy claro, Las SENTENCIAS que me indicas lo dicen todo, NI UNA DE ELLAS ESTIMA LA NULIDAD DEL IRPH.

Ver las 5 respuestas →

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Alberto Rey · Carlet-Valencia · Miércoles, 19 Abril 2017 | 09:21:52 PM · nº 3771
Soy abogado, recientemente he ganado sentencia con condena en costas a UCI en asunto IRPH, por falta de transparencia en contratación bancaria. Me comprometo a estudiar su caso sin compromiso alguno y estudiar si hay viabilidad para reclamar. No voy por manipulación del índice sino por falta de transparencia. Despacho: RPB Abogados 963215055 info@rpbabogados.com
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sonia · Santander · Jueves, 20 Abril 2017 | 05:35:22 AM · resp. nº 108
UCI A RECURRIDO LA SENTENCIA?
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Susana · Galdakao_Bizkaia · Miércoles, 19 Abril 2017 | 08:06:08 PM · nº 3770
Hola a todxs!

Acabo de descubrir este foro y veo que no he sido la única incauta a la que se la han metido doblada.
Tengo IRPH entidades (antes cajas) con UCI. He tratado de buscar ayuda a través de la PAH de Gipuzkoa pero me han dicho que con UCI está complicado. El tema es que mi piso está en Palma de Mallorca donde vivía y trabajaba. Me quede en paro y tuve que alquilarlo y volví a Bilbao a casa de mis padres.
Resumiendo: desde 2006 hasta ahora apenas he amortizado nada. De 144.000€ que pedí debo 139.000€ en 11 años no he amortizado ni 6.000€. Me hicieron además 2 préstamos uno personal y otro hipotecario (porque con este último no me llegaba). Quisiera saber si alguien se plantea, dado que todos aquí somos afectados por uno u otro motivo, hacer demanda conjunta de modo que nos salga más barato o a través de alguna asociación de consumidores...
No sé si alguien podría orientarme y de paso ver si entre todos en vez de ir por libre, juntos podremos visibilizar y concienciar sobre esta estafa.
Quedó pendiente y estaré al tanto de vuestras respuestas en el foro,

Un saludo,

Susana
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Ana · Madrid · Jueves, 20 Abril 2017 | 12:54:13 PM · resp. nº 110
Hola Susana,

Llámame y te informo 659 47 39 02 ya que la información facilitada no es correcta.

Un saludo,
Juan Diego · Viladecans-Barcelona · Viernes, 21 Abril 2017 | 08:15:48 AM · resp. nº 120
Hola Susana! Por lo visto sí somos muchos en situaciones parecidas. Yo también tengo hipioteca con UCI referenciada al IRPH del conjunto de entidades con un diferencial del 2.1 %. He leído en tu comentario que desde la PAH te dijeron que con UCI lo tenías complicado, ¿podrías explicar el motivo que re dieron? Hace poco más de un mes solicité por escrito la devolución de los gatos de hipoteca que en mi caso ascienden a algo más de 6.000 €. Tienen dos meses para responder, así que aún están dentro del plazo, pero si no lo hacen o no me devuelven la cantidad me plantearía demandar. Hay cantidad de profesionales que lo hacen a cambio de un porcentaje de lo que se consiga en la demanda. Yo creo que vale la pena. Pero me ha llamado la atención lo que has dicho acerca de que "con UCI está complicado".
Muchas gracias y suerte con todo, seguro que entre todos al final conseguiremos algo...
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sonia · cantabria · Miércoles, 19 Abril 2017 | 01:45:25 PM · nº 3769
Histórico: Anula el IRPH de una hipoteca con UCI, filial del Santander

Histórico: Anula el IRPH de una hipoteca con UCI, filial del Santander
UCI ES UNA FILIAL DEL BANCO SANTANDER · ARCHIVO
YOUNES NACHETT

El Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Chiclana ha dictado una sentencia, “pionera e histórica”, el pasado 30 de marzo del presente año, por la que se declara nula el índice de referencia de los Préstamos Hipotecarios Entidades (IRPH Entidades) por infracción de norma legal imperativa y carácter abusivo a una vecina de la localidad que suscribió con Unión de Créditos Inmobiliarios S.A. (UCI), la entidad de créditos hipotecarios filial del Banco Santander, con fines ajenos a una actividad empresarial, tal y como informa el Bufete Ortiz Abogados.
En este sentido, el contrato fue suscrito en marzo de 2007 con UCI y establecía un IRPH Cajas y como sustitutivo el IRPH Entidades. Dicha comercialización fue realizada por el empleado de la entidad, quien no explicó mediante ejemplos y simulaciones comparativas con otros índices como el Mibor, Libor, Euribor, etc., al cliente lo que estaba firmando, según quedó probado.
Establecido esto, así como la comparativa de la evolución que ha supuesto este índice en los últimos años comparándolo con el Euribor, por ejemplo, en julio del 2011 se encontraba en un 2,183 por ciento y el IRPH Entidades en un 3,540 por ciento y en cambio en octubre de 2012 cuando el Euribor se encontraba en un 0,650 por ciento el IRPH Entidades se situaba en un 3,078 por ciento, “lo que demuestra por su evolución que había sido manipulado por los Bancos al no declarar al Banco de España el interés promediado neto sino el T.A.E., que conlleva una comisión oculta”, indica el Bufete Ortiz Abogados.
Establecido esto, la cláusula IRPH Entidades no supera el segundo control de transparencia, lo que conlleva su nulidad. Así en virtud de jurisprudencia comunitaria no puede haber integración del contrato, esto es, que la cláusula abusiva debe quedar expulsada del mismo. La nulidad del tipo de referencia conlleva que la entidad financiera UCI debe restituir a la prestataria la totalidad de los intereses remuneratorios cobrados, a partir de la fecha que se comenzó a cobrar el tipo de interés variable.
En consecuencia, la juez estima íntegramente la demanda interpuesta por la afectada. Por ello, UCI deberá mantener el contrato con el resto de cláusulas, absteniéndose de aplicar el IRPH Entidades en el futuro. Además, deberá reintegrar a la afectada los importes cobrados en aplicación de dicha cláusula y abonar los intereses legales. Se impone a la demandada UCI las costas causadas en este procedimiento.
“La sentencia es pionera e histórica en la provincia de Cádiz y supone un hito para futuros casos, ya que se estima en más de 200.000 los afectados por la cláusula IRPH en sus hipotecas, que no solo las impone UCI sino otras entidades como BANCO POPULAR y BBVA”, indica para concluir el Bufete Ortiz.UN POQUITO DE ESPERANZA NOS DA ESTA NOTICIA A LOS AFECTADOS POR IRPH Y UCI.
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estafada · pozuelo-madrid · Lunes, 17 Abril 2017 | 09:54:54 PM · nº 3768
yo tengo irph más un diferencial de 2,75, tuve que subrogar la hipoteca ,;a través de una empresa intermediaria ,,lo hice con cui,,que solo me ofreció el irph.La empresa intermediaria me cobró 4000 euros.Todo un abuso por mi situación
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Alberto Rey · Carlet - Valencia · Viernes, 21 Abril 2017 | 08:29:28 AM · resp. nº 121
Buenos días, si quiere puedo revisar su caso y estudiar si hay falta de transparencia y viabilidad para reclamar. Acabo de ganar sentencia pionera en Carlet con costas a IRPH, podría enviarle la sentencia para su revisión. Un saludo.
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Javier · Alcarràs · Jueves, 13 Abril 2017 | 12:06:39 PM · nº 3767
Hola a todos.
Mi caso es el siguiente. En el 2005 firme en su día con Caixa Penedés, tenía IRPH cajas + 0,0% y como sustitutivo el CECA, hasta el 2014 . A partir del 2014 fue cuando solicité una ampliación de capital y no me digas como pero Banco Sabadell aprovechó para quitarse el muerto del IRPH de encima y dejarme una coletilla de diferencial del 3,5% que antes no tenía, o sea un suelo encubierto.
¿Puedo reclamar solo por el tiempo que estuve referencia-do con IRPH cajas (2005 hasta 2014) aunque ya no exista la entidad con la que suscribí la hipoteca?
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Alberto Rey · Carlet-Valencia · Viernes, 21 Abril 2017 | 10:53:09 AM · resp. nº 124
Buenos días,
Claro que puede reclamar, aún está a tiempo. El plazo de prescripción para la acción de anulabilidad del IRPH es de 4 años desde que terminó de pagar la última cuota del préstamo de Caixa Penedés.
Puede reclamar además del IRPH los gastos de hipoteca (plazo prescripción art. 1964 CC), yo aprovecharía en la misma reclamación y posterior demanda.
Si está interesado en que lo estudie por favor contacte conmigo en el correo electrónico:
info@rpbabogados.com
Un saludo.
pedro · Madrid · Viernes, 21 Abril 2017 | 02:14:15 PM · resp. nº 125
Buenas Tardes,

La acción a ejercitar es de NULIDAD DE PLENO DERECCHO y en principio NO PRESCRIBE.

No hay que confundir NULIDAD con ANULABILIDAD. Un lapsus supongo
Erika · Barcelona · Lunes, 19 Junio 2017 | 07:11:50 PM · resp. nº 162
Hola tengo un caso parecido as averiguado algo
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Eva · Novelda-Alicante · Miércoles, 12 Abril 2017 | 06:17:32 PM · nº 3766
    Por favor, soy de Alicante, no estoy segura pero creo que tengo IRPH y también cláusula suelo o por lo menos alguna de las 2. Me gustaría saber como va el tema en los tribunales de Alicante. Si vale la pena reclamar o no.  

    También querría saber si por vivir en Alicante me tengo que fijar en como va el tema del IRPH en Alicante o en Valencia, porque Alicante pertenece a Valencia o a la Comunidad Valenciana. Voy bastente perdida. Necesito ayuda, por favor.
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Angel Serrano Cecilia · Elche-Alicante · Sábado, 15 Abril 2017 | 05:38:31 PM · resp. nº 106
Buenas tardes, primero: IRPH en la C. Valenciana está empezando ahora a "moverse", me consta que hay bastantes demandas presentadas (aparte de las mías), sin que exista un criterio único, a falta de que la Audiencia Provincial establezca ese criterio unificado; segundo: suelo, pues los bancos no están por la labor de devolverlo sin pelear. Todo dependerá del importe que tengan que devolverle y de la documentación que Ud. posea, porque, además, son dos cosas distintas lo que puede reclamar. Saludos.
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CARLES SERRANO · MONTBRIO DEL CAMP - TARRAGONA · Miércoles, 12 Abril 2017 | 08:32:32 AM · nº 3765
buenos días, yo estoy a la espera de que se pronuncie la Audiencia de Tarragona sobre mi caso del irph contra banco popular.
gane la clausula suelo pero el fallo respecto al irph no fue bien.
ya os ire contando
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Juan Luis · valladolid · Lunes, 10 Abril 2017 | 07:42:53 PM · nº 3764
buenas tardes!!!!
Yo soy otro afectado por el irph y encima por UCI estoy asociado a facua ya que demomento no me puedo permitir un abogado particular y ellos me van a llevar el caso. yo firme una hipoteca en 2008 de 194000 euros y los 5 primeros años eran de carencia la verdad que en ese momento como queria la casa no mire mucho y a los bancos que iba me pedian aveles y yo no tenia.
de repente un dia me llamo una señora que le habia dado mi telefono uno de los bancos al que fui , pero no me dijo el nombre del banco y la unica condicion que ponia era que si me conseguia la hipoeca a ella le tenia que dar 1500 euros. y asi fue ella me consigui una hipoteca con UCI y la verdad que me lo pinto todo muy bien ( no me hacia falta aval, firmaba con este tipo de interes que era mucho mejor que el euribor por que era muy estable......etc.....) y ahora por lo que veo no es todo como me lo pintaban, he pagado barbaridades de mensualidades y todavia debo 181000. en 9 años solo me he quitado 13000 euros.
me gustaria saber si alguien ha conseguido algo favolable con esta asociacion y como va las sentencias por valladolid.
un saludo y gracias
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