IRPH

IRPH actual: último valor, evolución y contexto 2026 | IRPH.es

IRPH actual: valor, evolución y lo que debes mirar

El IRPH actual importa por dos motivos a la vez: porque fija (junto con tu diferencial) la cuota de las hipotecas variables referenciadas a este índice, y porque el debate jurídico sobre la transparencia de la cláusula sigue vivo. Esta página resume el último valor disponible, su evolución reciente y el contexto útil para quien tiene —o estudia— una hipoteca IRPH.

IRPH Entidades · último dato en serie

3,189 %

Mes: 2026-09 · Variación vs mes anterior: +0,055 pts · Euríbor mismo mes: 3,247 % · Diferencia: -0,058 pts

El Banco de España publica el índice oficial; esta web elabora series orientativas para gráficos y seguimiento. Para operaciones formales, confirma siempre el valor oficial.

Seguimiento del IRPH actual y evolución de tipos

Qué significa el IRPH actual para tu cuota

En una hipoteca variable, el tipo aplicado en cada periodo de revisión es, de forma simplificada:

IRPH del mes de referencia de tu escritura + diferencial pactado

No se usa el valor del día en que llega la carta del banco, sino el mes (o regla) que indique el contrato. Por eso conviene:

  1. Localizar en la escritura la fecha de revisión y el mes de referencia del índice.
  2. Anotar el capital pendiente y el plazo restante.
  3. Simular la nueva cuota antes de que llegue la notificación.

Puedes hacerlo con el simulador de revisión de hipoteca y el impacto de la revisión del tipo.

Evolución reciente del IRPH (últimos 18 meses)

El gráfico muestra la trayectoria reciente del IRPH Entidades. Sirve para situar el último dato: no es lo mismo un índice que sube con fuerza que uno que se mueve en décimas.

Pasa el cursor o toca un punto para ver el valor exacto del mes.

IRPH actual frente al Euríbor

Comparar ambos índices ayuda a entender el diferencial de mercado. El Euríbor es el tipo interbancario de referencia más usado en hipotecas variables nuevas; el IRPH refleja una media de tipos de préstamos hipotecarios ya formalizados. Históricamente, el IRPH ha tendido a situarse por encima durante largos tramos, aunque la distancia no es constante.

Rojo: IRPH · Naranja: Euríbor. Series alineadas mes a mes cuando hay dato de ambos.

Más detalle en IRPH vs Euríbor, diferencia IRPH–Euríbor e histórico desde 2000.

Dos planos del “IRPH actual”: el número y el derecho

Conviene separar dos planos que a menudo se mezclan en las conversaciones:

1. El valor del índice

Es el dato que usa el banco en la revisión. Subidas o bajadas modestas se traducen en cambios de cuota más o menos suaves; movimientos grandes, en saltos más visibles. El IRPH suele ser menos volátil que el Euríbor, pero eso no implica que sea más barato.

2. El marco jurídico

Desde hace años, el IRPH ha recorrido juzgados, audiencias, Tribunal Supremo y el TJUE. El eje del debate no es tanto “si el índice puede existir” (es oficial), sino si la cláusula que lo incorporó se explicó con la transparencia que exige el Derecho de consumo.

En la práctica reciente, la línea dominante es el análisis caso a caso: no hay una nulidad automática de todas las hipotecas IRPH, ni un cierre total a reclamar. Importan la información precontractual, el contenido de la escritura y el contexto de la contratación. Amplía en reclamar IRPH, IRPH y TJUE e documentos útiles en 2026.

¿Qué puedes hacer si tu hipoteca es IRPH?

  • Seguir el índice y anticipar la revisión con números (no solo con titulares).
  • Amortizar si tienes ahorro y te interesa bajar cuota o plazo: calculadora de amortización parcial.
  • Estimar un sobrecoste orientativo frente a un escenario Euríbor: ¿pagas de más con IRPH?
  • Valorar novación o subrogación si el mercado ofrece mejores condiciones y te compensa el cambio.
  • Reunir documentación si estudias una reclamación: escritura, oferta/FEIN, recibos, comunicaciones.

Preguntas frecuentes sobre el IRPH actual

¿Cada cuánto se publica el IRPH?
Mensualmente. El Banco de España difunde el valor del mes de referencia; suele conocerse en torno a la segunda mitad del mes siguiente.

¿El valor de esta página es el oficial del banco?
Es una serie orientativa de IRPH.es elaborada a partir de datos oficiales y series históricas. Para la revisión de tu hipoteca, el banco aplica la regla de tu escritura y el valor oficial correspondiente.

¿Si el IRPH baja, mi cuota baja siempre?
Solo si el mes de referencia de tu revisión refleja esa bajada respecto al índice de la revisión anterior. Compara siempre “índice anterior vs índice nuevo”, no el titular del día.

¿Dónde veo el histórico completo?
En IRPH histórico (desde 2000) y en qué es el IRPH para la explicación de fondo.

Conclusión

El IRPH actual es, a la vez, un número para tu próxima revisión y un recordatorio de un índice con mucha historia económica y judicial. Míralo con datos, sitúalo frente al Euríbor y decide con calma si te conviene amortizar, negociar o simplemente vigilar la siguiente revisión. En IRPH.es tienes gráficos, tablas y calculadoras para no decidir a ciegas.

Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero.

Comentarios

avatar
Emilio B · Madrid · Lunes, 30 Marzo 2020 | 04:47:08 PM · nº 5936
Cuidado, el tal Marco Antonio es Luis de Madrid, sigue siendo el mismo lumbreras y personaje toxico, aquí se viene a ayudar y si sabes tanto que haces aquí, deberías estar muy ocupado, no te queremos aquí, fuera.
Los bancos e inditex entre otros han realizado donaciones de millones de euros, pero Pedro sánchez en su mensaje dijo que protegerían a las empresas que cotizan en bolsa tras su caída y eso sería aportando miles de millones, millones nuestros que nunca veremos volver, negocio redondo, donar unos milloncitos en mascarillas para luego recibir miles de millones y con los bancos también se van forrar con esta crisis.
Responder
Dabitxu · BARCELONA · Martes, 31 Marzo 2020 | 10:13:17 AM · resp. nº 2088
Ya me extrañaba a mí este Marco Antonio, no puede existir un sitio que se llame Villaviciosa de Odón.
Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Martes, 31 Marzo 2020 | 11:11:42 AM · resp. nº 2090
Buenos días D. Emilio B.

No hace falta que nadie tenga "cuidado" conmigo, soy quien digo ser y no quien quiere que sea, aunque me da igual, en el fondo uno siente lástima por querer ayudar abriendo los ojos de los afectados ante las informaciones incorrectas, sin rigor y que pueden dar lugar a error o falsa sensación de "esto está ganado". Realmente el error fue mío en creer que en este foro mi opinión crítica iba a ser comprendida cundo lo único que se quiere leer es el eco de sus propias convicciones, por falta de base en Derecho que tengan. Lo que sé justamente quería compartirlo, pero veo que no vale la pena, aquí no se busca información.

A los que de buena fe hayan litigado ya, espero que el tiempo les de la razón y corrijan mi criterio, en cuanto a Vd. y el palmero Sr. Dabitxu (mire al menos en google y verá que bonito y real es mi pueblo, hay que ser cateto...) me cuesta desearles suerte, aunque con esa actitud, aunque la tuvieran en este caso, más contratiempos surgirán a los que culpar a terceros.
Miguel Angel · Murcia · Martes, 31 Marzo 2020 | 03:47:22 PM · resp. nº 2091
Marco Antonio yo creo que no debes enfadarte y no debes hacer caso a los que tratan de ofender. Te llevo leyendo desde hace días y tu comportamiento siempre ha sido muy correcto y honesto. Soy afectado por el IRPH, y creo que todos los que estamos aquí necesitamos a personas como tu, que por tu profesión de abogado sois expertos en el tema. Yo aprecio mucho tus comentarios y me gusta leerlos, y creo que debe haber muchos por aquí que también aunque no digan nada. Por favor, sigue haciéndolos. Tu no has dicho nunca que no podamos ganar en un juicio, simplemente que hay que esperar a los acontecimientos, y que hay posibilidades de ganar, pero que hay que tener los pies en el suelo... Conocimientos de expertos necesitamos, así que por favor, sigue ofreciéndonos explicaciones y olvidate de los que solo quieren oir sus deseos y se dedican a despreciar y a insultar si no leen todo lo que quieren. De estos siempre hay en todos los foros. Sigue por favor. Un abrazo

Ver las 10 respuestas →

avatar
Ana · Tarragona · Viernes, 27 Marzo 2020 | 12:17:46 PM · nº 5935
Pues si..la persona que estan pagando irph...haora le vendría bien...pagar.menos porque hay muncha gente que esta en la puta calle...
Responder
avatar
Vgg · Salamanca · Viernes, 27 Marzo 2020 | 09:45:35 AM · nº 5934
Buenos días. Os dejo el enlace de una noticia de IRPH de las VPO.
https://diario16.com/irph-calvino-puede-colocar-al-gobierno-en-una-situacion-muy-dificil-en-plena-crisis-del-coronavirus/
Responder
Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Viernes, 27 Marzo 2020 | 04:06:58 PM · resp. nº 2078
La noticia es un despropósito de inicio a fin. Una lástima el disfavor que el mal periodismo hace a la población en la que inoculan poco a poco una idea equivocada que solo hace aún mayor la decepción posterior y la dificultad de aceptar las decisiones judiciales.
Isabel · Valencia · Viernes, 27 Marzo 2020 | 05:48:42 PM · resp. nº 2079
Hola Marco Antonio:

Entonces, tu que crees sinceramente. ¿Qué el Tribunal Supremo volverá a dar la razón a la banca con el IRPH a pesar de que ahora cuenta con la información nueva del TJUE, que en 2017 no tenía?

¿O con la nueva sentencia es más probable que de la razón a los clientes con IRPH?

Porque yo, también confio en la Justicia... pero no me dirás que lo que pasó con el AJD, el impuesto de actos juridicos documentados, diciendo que debía de haberse pagado por las entidades y que unas horas después cambiara el criterio 180º, no me digas que no dejo que pensar....

Por favor, dime lo que piensas a mis preguntas y a esta última reflexión, porque para mi tus mensajes en el foro me resultan muy interesantes.
Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Viernes, 27 Marzo 2020 | 07:15:48 PM · resp. nº 2080
Buenas tardes Isabel. Gracias por el comentario.

El caso de la Sala del Contencioso Administrativo del TS en el examen de los gastos fue una vergüenza y, desde luego, no contribuye a dar la imagen de imparcialidad que se les exige, pero aún creo que fue la excepción a la regla.

Como es lógico, no puedo saber que decidirá la Sala de lo Civil del TS, máxime cuando hay mucha discusión en la doctrina al respecto y habrá cada vez más en la jurisprudencia a raíz de las venideras sentencias de las APs.

Mi opinión, en este momento, es que los criterios facilitados por la STJUE servirán para replantear en cada caso particular si se supera o no el doble control de transparencia. Algo que considero que no se superará en la inmensa mayoría de los casos al no poder probar el banco haber facilitado al cliente la información de la evolución del índice IRPH los dos años anteriores.

Ahora bien, el hecho de que no supere el control de transparencia no supone per se que la cláusula sea abusiva. La afirmación recurrente "nulidad de la clausula abusiva por falta de transparencia" es falaz. El control de abusividad es autónomo y posterior al de transparencia, y pese a que éste incida sustancialmente en aquél no lo vincula de forma directa. Así afirman muchos autores con los que comparto. Considero que la clausula que aplica un índice oficial como el IRPH podrá no ser transparente pero no necesariamente abusivo, creo no lo es y, por tanto, tampoco nulo. De la misma forma que, si finalmente lo consideran abusivo, no entiendo que quepa reintegrar la clausula sustituyendo el índice IRPH por cualquier otro que no esté previsto como sustitutivo ya en la escritura, sino que debe regir como interés únicamente el diferencial establecido en cada contrato.

Es solo mi opinión. Ojalá me equivoque. Saludos.

Ver las 5 respuestas →

avatar
Ana · Tarragona · Jueves, 26 Marzo 2020 | 09:59:33 AM · nº 5932
Hola..que quieres decir? Que las cosas mal hechas!! Hay que perdonar..esto es la justicia de españa como la de la sanidad y educacion..y los abusos bancario?hay que perdonar esto se llama ...injusticias..todavia estamos pagando estos abusos de mierda estipulado por unos Gobierno que siempre hace las cosas mal...cuando pase todo esto hay que salir ala calle..a luchar por nuestros derecho...yo solo se una cosa que cuando pase todo esto..nada sera higual!!!
Responder
avatar
Pedro · Bizkaia · Jueves, 26 Marzo 2020 | 08:38:45 AM · nº 5931
Buenos días,
una pregunta para la gente más experta del foro.
¿Creéis que con las ayudas que va a tener que dar el BCE por la crisis del coronavirus a los bancos, y viendo que estos van a tener que suspender dividendos este año, y que incluso la dirección de algunos de ellos se han bajado el sueldo a la mitad para poder afrontar la crisis, creéis que los jueces van a ser objetivos con las sentencias sobre IRPH a sabiendas que unas sentencias negativas podrían hundir aun más sus cuentas? Vaya por delante decir que yo tengo mi hipoteca referenciada a IRPH, pero lo pregunto porque no tendría sentido que después de todo el tiempo que hemos estado esperando la sentencia del Tribunal Europeo, y lo que nos va a tocar esperar por el TS, luego vayamos a juicio y encima salga en contra nuestra por otro factor que no es el meramente hipotecario, como es el coronavirus, y porque los jueces tengan miedo de con esas sentencias desfavorables para la banca, que estén contribuyendo a hundir más los bancos, y creo que todos ya sabemos las presiones que tendrán que soportar esos jueces. Bueno espero vuestras respuestas
Responder
Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Jueves, 26 Marzo 2020 | 07:02:29 PM · resp. nº 2076
Buenos días Pedro. No soy un experto pero le doy mi opinión. A lo mejor soy un iluso, sin duda muchos pensarán que sí, pero estimo que no cabe una presunción de parcialidad sobre los miembros del TS, así que el criterio que se adopte respecto al IRPH será, sin duda, objetivo, fundado en el más estricto rigor técnico como corresponde, y no trufado por factores exógenos como el que comenta. Ahora bien, eso no quiere decir que la decisión no sea discutida ni discutible cualquiera que sea, ya que, en estos momentos, existen sólidos argumentos estrictamente jurídicos para ambas posturas. En cualquier caso, me temo que el comprensible sesgo cognitivo del público en general, y de un afectado en particular, haga más sangrante e inaceptable una decisión contraria a sus intereses, que en la de la posición contraria.
Pedro · Bizkaia · Viernes, 27 Marzo 2020 | 08:04:11 AM · resp. nº 2077
Buenos días Marco Antonio, y gracias por tu respuesta. Yo también espero y deseo que el TS actúe de la manera que tú mencionas. De todos modos creo que en breve saldremos de dudas. Un saludo
Dabitxu · BARCELONA · Sábado, 28 Marzo 2020 | 11:10:06 AM · resp. nº 2083
Hola Sr. Marco Antonio. Pregúntele a cualquier abogado en Catalunya si le parece parcial o imparcial el TS.
"presunción de parcialidad sobre los miembros del TS"."Existen sólidos argumentos estrictamente jurídicos para ambas posturas" Claro, pero lo veo como un partido Barça vs Real Madrid, el árbitro siempre se puede equivocar, pero que casualidad, siempre se equivoca a favor del Real Madrid.

Ver las 4 respuestas →

avatar
ANTONIO · alicante · Miércoles, 25 Marzo 2020 | 05:38:30 PM · nº 5930

buenas tardes,

queria consultarles que hace un año firme un acuerdo con el Sabadell por el que me comprometia a no ejercer acciones legales a cambio de quitarme el Irph y aplicarme un tipo de interes fijo.

¿Ese acuerdo es legal o es nulo?

gracias.
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 26 Marzo 2020 | 09:15:11 AM · resp. nº 2075
Buenos días Antonio,



De momento es legal y en principio no se podría reclamar. No obstante, esperamos que en un futuro podamos reclamar esos acuerdos para que se declaren nulos. Su situación y la de muchos de este foro, es muy similar al caso de las cláusulas suelo. Muchos también firmaron acuerdos transaccionales en los que renunciaban a reclamar las cantidades si les eliminaban la cláusula suelo. Y ahora están pendientes de la resolución por parte del Tribunal de Justicia de la UE sobre este tema. La sentencia aportará luz sobre su caso y podría clarificar cómo proceder en los acuerdos del IRPH y utilizarlo de manera análoga y reclamar si hubiera jurisprudencia a favor.



Para más información puede consultar nuestra página web: https://www.reclamapormi.com/

avatar
ANTONIO · alicante · Miércoles, 25 Marzo 2020 | 05:13:18 PM · nº 5929

buenas tardes,

queria consultarles que hace un año firme un acuerdo con el Sabadell por el que me comprometia a no ejercer acciones legales a cambio de quitarme el Irph y aplicarme un tipo de interes fijo.

¿Ese acuerdo es legal o es nulo?

gracias.
Responder
Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Miércoles, 25 Marzo 2020 | 05:40:53 PM · resp. nº 2073
Buenas tardes.
Para ese mismo supuesto, en el caso de las cláusulas suelo, el TS dictaminó que se trataba de una transacción válida, es decir, un acuerdo exigible que impedía reclamar por aquello que expresamente se había renunciado. Ahora bien, esa cuestión está pendiente de resolver por el TJUE. Lo más prudente, esperar esa resolución. De todas formas, si decide demandar habría que atacar igualmente ese acuerdo instando su nulidad por falta de transparencia o erro por vicio en el consentimiento.
avatar
ANTONIO · alicante · Miércoles, 25 Marzo 2020 | 05:11:31 PM · nº 5928
buenas tardes,

quería hacer una consulta.

firme un acuerdo con el Sabadell en el que renunciaba a ejercer acciones legales y me quitaban el irph pasando a uno fijo.

¿ese acuerdo es nulo o es legal?

muchas gracias.-
Responder
avatar
Jose · Canarias · Miércoles, 25 Marzo 2020 | 02:51:01 PM · nº 5927
Sabe alguien cuando se pronunciará el TS con el IRPH ,porque ya se están pasando con tanta tardanza,yo se que nos encontramos ahora en un Situación difícil,pero eso no quita que siguen trabajando.
Responder
Dabitxu · BARCELONA · Miércoles, 25 Marzo 2020 | 06:28:59 PM · resp. nº 2074
Hola José. He oído que puede ser en junio-julio pero yo apuesto que será entre noviembre-diciembre, pero no tengo ni idea, sólo comento en plan "porra".
avatar
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 24 Marzo 2020 | 02:32:02 PM · nº 5925
Hola a todos



Es posible que muchos de vosotros ya sabréis cuanto podéis reclamar a la entidad. Pero para los que no, si crees que has pagado de más pero no sabes cuánto, utiliza nuestra calculadora: https://www.reclamapormi.com/calculadora-simulador-gastos-hipoteca-irph-clausula-suelo-multidivisa.html. Rellena el formulario y al momento recibirás el resultado. Mediante la calculadora, podrás hacer un cálculo muy aproximado de lo que puedes reclamar por tu hipoteca referenciada al IRPH.



Al rellenar los datos, un abogado se pondrá en contacto contigo sin ningún compromiso para asesor gratuitamente.
Responder

Mostrando 1531–1540 de 5754 comentarios · Página 154 de 576

Dejar comentario

Visitas: 4.378