IRPH

IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

El valor del IRPH no es un número que “sale de internet”: es un tipo oficial que el Banco de España publica y que el BOE recoge en un PDF. Saber usar ese documento marca la diferencia entre discutir opiniones y aportar una prueba pública.

Clave: el IRPH habitual en hipotecas es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España. Ese es el texto que debes localizar en el BOE.

IRPH en el BOE PDF oficial

Cuando llega una revisión de cuota, el banco comunica un nuevo tipo. Esa comunicación puede ser correcta… o no. El PDF del BOE no sustituye a un abogado ni a un informe pericial completo, pero cumple tres funciones muy concretas: fija el dato oficial del mes de referencia, permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España, y se puede adjuntar a una reclamación como fuente pública.

Por qué el PDF del BOE importa tanto

  • Fija el dato oficial del mes de referencia del índice.
  • Permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España.
  • Se puede adjuntar a una reclamación o a un escrito al servicio de atención al cliente.

Muchas personas guardan capturas de webs o de hojas de cálculo. Orientan, pero el BOE es el soporte que las instituciones reconocen como publicación oficial. En la página IRPH en el BOE tienes enlaces directos a PDFs de 2025 y 2026.

Qué buscar exactamente en el documento

Las resoluciones del Banco de España en el BOE suelen ocupar una sola página. Aparecen varios tipos oficiales. El que interesa para el IRPH de entidades es el del tipo medio a más de tres años con la redacción completa citada arriba.

No lo confundas con el Euríbor a distintos plazos, el IRS a cinco años, el tipo medio de la zona euro u otros índices de compensación por cancelación anticipada.

Clave: si el PDF habla de Euríbor o de IRS y no incluye el párrafo del “tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España”, no es el documento para contrastar el IRPH de tu escritura.

Cómo usarlo en una revisión de cuota

  1. 1
    Localiza en tu escritura qué mes del índice se aplica y con qué periodicidad se revisa.
  2. 2
    Descarga el PDF del BOE de ese mes desde IRPH en el BOE.
  3. 3
    Anota el valor del tipo medio y compáralo con la notificación del banco.
  4. 4
    Revisa diferencial y redondeo: tipo final = índice ± diferencial ± posibles redondeos.
  5. 5
    Guarda PDF + notificación juntos, con fecha.

Clave: un desfase de un mes en el índice puede mover la cuota más de lo que parece. El PDF fija el número; la escritura fija qué mes se usa.

Cómo usarlo en una reclamación

Si reclamas por IRPH o pides que te expliquen el cálculo, el PDF refuerza el relato de hechos: indica el mes de referencia, cita el valor del BOE y la referencia BOE-A-…, adjunta el PDF completo y, si procede, señala la diferencia respecto a otro índice con fuentes oficiales.

Esto no garantiza el resultado de una reclamación, pero evita que la conversación se quede en “yo he visto otro número en una web”.

Tabla de trabajo para contrastar

Qué mirasDóndePara qué
Mes del índiceEscrituraSaber qué BOE descargar
Valor del tipo medioPDF del BOEContrastar con la notificación
DiferencialEscrituraCalcular el tipo final
RedondeoEscrituraVer si hay ajuste al alza
Nueva cuotaSimulador / bancoTraducir el tipo a euros

Ejemplo orientativo de impacto en cuota

Supón un capital pendiente de 100.000 €, 20 años restantes y diferencial 0 %. Una subida del índice de 0,20 puntos no parece dramática en el papel, pero se nota en la letra mensual. Usa siempre tus cifras reales en el simulador.

Los 484 € y 496 € son un caso tipo didáctico; no son tu cuota. Calcula la tuya con el simulador de revisión.

Errores frecuentes

  • Usar el PDF del mes de publicación como si fuera el mes del índice.
  • Confundir índices dentro del mismo BOE.
  • Olvidar el diferencial y pensar que “el IRPH del BOE es mi tipo”.
  • Adjuntar solo una captura sin identificador BOE-A-…
  • No guardar la notificación del banco junto al PDF.

Dónde encontrar los PDFs

  • IRPH en el BOE en este sitio.
  • Buscador del BOE con la frase del tipo medio a más de tres años.
  • Tabla de tipos del Banco de España (Cliente Bancario).

Para el valor reciente: IRPH hoy. Para comparar: Euríbor hoy e IRPH vs Euríbor.

Resumen

Clave final: el PDF del BOE no gana un juicio por sí solo, pero ancla el dato. Sin él discutes recuerdos; con él discutes cifras publicadas.

También: redondeo y diferencial · subrogación con IRPH · reclamar IRPH.

Comentarios

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Pedro Cervantes Barcelona · Lunes, 11 Abril 2016 | 06:10:59 PM · nº 3358
El pasado 7 de abril, la Audiencia Provincial de Barcelona deliberó sobre la abusividad del IRPH ¿alguien sabe cuales fueron las conclusiones?
Responder
Darío · Reus · Jueves, 23 Abril 2026 | 08:31:43 PM · resp. nº 3358
Hola Eduardo...
Me podrías decir que abogado te lleva la demanda...
Soy de Reus y mi abogado me dice que hay que esperar en demandar...
Quisiera cambiar de abogado

Te lo agradecería mucho

Gracias
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Ernesto · Viernes, 08 Abril 2016 | 01:04:01 PM · nº 3357
Mi caso es el mismo de Carlos Caiza sabadell, UNIMM y ahora BBVA con prestamo fijado por ellos en 3.96 una estafa respecto ala euribor, alguno sabe con que abogados hay mas opciones y si merece la pena
Responder
nifu · nifa · Martes, 21 Abril 2026 | 08:10:22 PM · resp. nº 3357
ANIMO!!!!!!!!!!
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Ana · Viernes, 08 Abril 2016 | 07:10:13 AM · nº 3356
Hola,yo alucino siempre se habla del euribor en los medios de comunicación, pero del irph parece tabú....y nos están estafando igual!
Responder
anonimo · anonimo · Martes, 21 Abril 2026 | 08:05:45 PM · resp. nº 3356
Gracias Ron.
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Carlos · Martes, 05 Abril 2016 | 05:00:10 AM · nº 3355
Hola a todos. Yo contraté mi hipoteca en la Caixa de Sabadell, con el IRPH cajas. Esta caja desapareció absorbida por el grupo UNNIM que a su vez fue absorbida por BBVA. Cuando desapareció éste índice, el Banco me lo congeló y desde entonces siempre pago la misma cuota. El interés que me ha quedado es el 3\'76%. Hay alguien que le haya pasado lo mismo?
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Ying · Yang · Miércoles, 15 Abril 2026 | 07:51:07 AM · resp. nº 3355
que pesado! que estamos todos igual, amigo Feliciano! no hace falta que publiques tantas veces el mismo discursito
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Luis · Lunes, 04 Abril 2016 | 06:36:10 PM · nº 3354
Hola Juan (1948) ¿tu no crees que si el Santander te ofrece la novación es porque ellos tienen más que ganar que tú?. ¿Y si en 5 años el euribor se pone otra vez al 4 o al 5%? Si salen adelante los juicios contra el IRPH pagas 0 intereses. Yo voy a esperar un poco.
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nifu · nifa · Martes, 14 Abril 2026 | 12:05:54 PM · resp. nº 3354
Aqui todo va de dos en dos años cada vez que se lanza una pregunta a TJUE. Mas paciencia, señores.
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Carlos · Lunes, 04 Abril 2016 | 04:23:29 PM · nº 3353
Hola a todos. Yo contraté mi hipoteca en la Caixa de Sabadell, con el IRPH cajas. Esta caja desapareció absorbida por el grupo UNNIM que a su vez fue absorbida por BBVA. Cuando desapareció éste índice, el Banco me lo congeló y desde entonces siempre pago la misma cuota. El interés que me ha quedado es el 3\'76%. Hay alguien que le haya pasado lo mismo?
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ni fu ni fa · villanueva de la fortuna · Martes, 14 Abril 2026 | 09:20:39 AM · resp. nº 3353
Te explico: dos o tres añitos más, uno vez Europa dicte sentencia, el Supremo Español no lo pondrá en marcha. Otros siete o ocho meses más hasta que otro abogado eleve la cuestión a Europa. Europa dicte sentencia, el Supremo Español no lo pondrá en marcha. Otros siete o ocho meses más hasta que otro abogado eleve la cuestión a Europa. Europa dicte sentencia, el Supremo Español no lo pondrá en marcha. Otros siete o ocho meses más hasta que otro abogado eleve la cuestión a Europa.
Y así hasta agotar mentalmente a los afectados por IRPH. Unos podrán pagar sus hipotecas, otros se quedaran por el camino, otros pasaran a herencia a sus hijos porque habran muerto

FIN
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Luis, de Málaga · Lunes, 04 Abril 2016 | 02:49:29 PM · nº 3352
Hola a todos. Soy uno de tantos que tiene hipoteca con UCI aplicándome el IRPH. Estuve hablando con un abogado de la OCU y me dijo que tal y como estaban las cosas no era el momento para meterme en juicio, que los abogados podían ofrecerme el oro y el moro pero que solo te dicen los pocos casos ganados, en cambio no te dicen los muchos casos perdidos y que por ahora es mejor esperar. Creo que fue sincero........así que a esperar toca.
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Nati · Teruel · Viernes, 10 Abril 2026 | 08:00:43 PM · resp. nº 3352
Pero crees que el problema del sobrecoste de tu contrato es porque te aplican el irph? No, el sobrecoste viene dado mayormente porque no te lo estan aplicando. Un ejemplo, si digo que la velocidad es igual al espacio+8, estoy referenciando la velocidad al espacio? No. El hecho de que ahi aparezca el espacio como variable no significa que este referenciando a esa variable. Para que se estuviera referenciado al espacio tendria que tener velocidad igual a espacio/8,(donde el tiempo es 8), pero si no sabes fisica ni que velocidad es igual a espacio partido por tiempo, pues te parecera validamente referenciado al espacio. Este es el problema de tu contrato. Te crees que porque interes es igual a irph+0'25, esta referenciado al irph, pero no es asi. Si sabes matematicas financieras para referenciar al irph calculas el diferencial negativo, como hacen los economistas del BdE en el anexo VIII de la circular. Si no tienes la menor idea ni obligacion de tenerla, como tu abogado, el juez o tu como consumidor, pues estas ahi buscando otras causas de tu sobrecoste,dando por hecho que te estan referenciando al irph, y echandole la culpa al indice. La pregunta es, si la clausula de interes referenciado al irph es una clausula financiera, y como es asi, lo que digas tu, tu abogado, el supremo o el tjue, dado que ninguna cualificacion al respecto se les requiere, sera cuestion de lo que prefieran, y al final de su jerarquia.Lo suyo es que alguien autorizado en marematicas financieras verifique si esa clausula financiera esta realmente referenciando el interes al irph o no, de acuerdo a las leyes o formulas financieras. Y todos los que se quejan de sobrecoste es en el 99% que no. Eso ya es inamovible para el abogado y para el juez, que no tienen ni tienen que tener esa cualificacion. Por lo que este trasiego del supremo al tjue y viceversa es totalmente innecesario como inefectivo. Con buena intencion, como con mala, se esta llevando al terreno de la opinion y de la jerarquia, algo que pertenece meramente a las formulas matematicas, es decir, totalmente objetivo e igual para todos. Ni el consumidor, ni el abogado, ni el juez lo tienen que entender ni dejarbde entender. El tecnico cualificado en matematicas financieras es el que lo entiende, lo comprueba y te dice el resultado. Y con eso vas al abogado y al juez y listo. Exactamente igual que si el coche no es lo eco que esperabas, el mecanico o el ingeniero te lo comprueba, y con eso vas al abogado y al juzgado. El problema aqui es que pensamos que si un abogado es experto bancario sabe matematicas financieras, o que una clausula de un contrato es cosa de abogados, pero en este caso no es asi. Los productos financieros aunque se expresen en contratos y clausulas contractuales se basan en cuanto a las clausulas financieras en matematicas financieras, como todo el sistema financiero y sus respectivos mercados Si a pesar de estar obligado como entidad financiera regulada a tener cualificados en esas matematicas, lo de as en manos de los no cualificados, como los tecnicos juridicos, pues por el mismo sueldo robaran contentamente a manos llenas para ti, y no se daran ni cuenta. Esto esta pasando en los bancos, y luego tristemente se repite fuera de ellos en los juzgados.
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JUAN · Viernes, 01 Abril 2016 | 05:54:09 PM · nº 3350
Tengo IRPHE+1,25=3,37 con UCI. Pedí subrogación en Santander, y como son del mismo grupo, UCI me ofrece novación con Euribor+1,75=1,74. Haré la novación y me olvidaré del IRPHE.
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anonimo · anonimo · Jueves, 09 Abril 2026 | 07:30:27 AM · resp. nº 3350
Gracias Pacoli, a ver si "los del tribunal" lo entienden con ese ejemplo.
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enrique · Miércoles, 23 Marzo 2016 | 06:28:42 PM · nº 3349
Hola Dúnia: revisamostuhipoteca.com. Te pone la demanda en Tenerife y cobra en función del resultado.Saludos,Enrique.
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anonimo · anonimo · Lunes, 06 Abril 2026 | 01:16:27 PM · resp. nº 3349
Lo mismo digo, gracias.
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Dunia, Tenerife · Martes, 22 Marzo 2016 | 01:14:31 PM · nº 3348
Los jueces en Tenerife dicen que no han recibido ninguna denuncia de IRPH, por lo que de momento, no se han manifestado al respecto. Y claro, el primero que denuncie, si pierde, paga la primera ronda. Mi abogado no presenta la demanda porque tampoco tengo dinero para pagarle ni a él, ni si pierdo el juicio. Justicia universal y gratuita dicen.
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David · Barcelona · Jueves, 02 Abril 2026 | 02:05:41 PM · resp. nº 3348
Son muy buenas noticias, pero volvemos a lo mismo, un grandisimo y gigante problema de corrupción generalizada, instaurada en gobiernos e instituciones, es verdad que gracias a JM y demás personas se ha avanzado muchisimo, cayo la primera falacia del supremo, que era que no había nada que hacer porque el IRPH es un índice oficial, ahora se exige que este la circular 5/1994 en los contratos, pero el supremo siempre se saca algo de la chistera, no importa que no tenga base solida ni argumental, no importa si es obsoleto, contradictorio o sentencias basadas en falacias, al final no son edificios, puentes o estadios los que se van a caer al cabo de días, son sentencias que van a tumbar día a día la salud y economía de las personas, es lo que tienen los togados, lo pueden hacer bien, mal, muy mal o pesimamente mal como en caso del IRPH.
En otras profesiones no se da el mas minimo resquicio al error.

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