IRPH

IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

El valor del IRPH no es un número que “sale de internet”: es un tipo oficial que el Banco de España publica y que el BOE recoge en un PDF. Saber usar ese documento marca la diferencia entre discutir opiniones y aportar una prueba pública.

Clave: el IRPH habitual en hipotecas es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España. Ese es el texto que debes localizar en el BOE.

IRPH en el BOE PDF oficial

Cuando llega una revisión de cuota, el banco comunica un nuevo tipo. Esa comunicación puede ser correcta… o no. El PDF del BOE no sustituye a un abogado ni a un informe pericial completo, pero cumple tres funciones muy concretas: fija el dato oficial del mes de referencia, permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España, y se puede adjuntar a una reclamación como fuente pública.

Por qué el PDF del BOE importa tanto

  • Fija el dato oficial del mes de referencia del índice.
  • Permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España.
  • Se puede adjuntar a una reclamación o a un escrito al servicio de atención al cliente.

Muchas personas guardan capturas de webs o de hojas de cálculo. Orientan, pero el BOE es el soporte que las instituciones reconocen como publicación oficial. En la página IRPH en el BOE tienes enlaces directos a PDFs de 2025 y 2026.

Qué buscar exactamente en el documento

Las resoluciones del Banco de España en el BOE suelen ocupar una sola página. Aparecen varios tipos oficiales. El que interesa para el IRPH de entidades es el del tipo medio a más de tres años con la redacción completa citada arriba.

No lo confundas con el Euríbor a distintos plazos, el IRS a cinco años, el tipo medio de la zona euro u otros índices de compensación por cancelación anticipada.

Clave: si el PDF habla de Euríbor o de IRS y no incluye el párrafo del “tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España”, no es el documento para contrastar el IRPH de tu escritura.

Cómo usarlo en una revisión de cuota

  1. 1
    Localiza en tu escritura qué mes del índice se aplica y con qué periodicidad se revisa.
  2. 2
    Descarga el PDF del BOE de ese mes desde IRPH en el BOE.
  3. 3
    Anota el valor del tipo medio y compáralo con la notificación del banco.
  4. 4
    Revisa diferencial y redondeo: tipo final = índice ± diferencial ± posibles redondeos.
  5. 5
    Guarda PDF + notificación juntos, con fecha.

Clave: un desfase de un mes en el índice puede mover la cuota más de lo que parece. El PDF fija el número; la escritura fija qué mes se usa.

Cómo usarlo en una reclamación

Si reclamas por IRPH o pides que te expliquen el cálculo, el PDF refuerza el relato de hechos: indica el mes de referencia, cita el valor del BOE y la referencia BOE-A-…, adjunta el PDF completo y, si procede, señala la diferencia respecto a otro índice con fuentes oficiales.

Esto no garantiza el resultado de una reclamación, pero evita que la conversación se quede en “yo he visto otro número en una web”.

Tabla de trabajo para contrastar

Qué mirasDóndePara qué
Mes del índiceEscrituraSaber qué BOE descargar
Valor del tipo medioPDF del BOEContrastar con la notificación
DiferencialEscrituraCalcular el tipo final
RedondeoEscrituraVer si hay ajuste al alza
Nueva cuotaSimulador / bancoTraducir el tipo a euros

Ejemplo orientativo de impacto en cuota

Supón un capital pendiente de 100.000 €, 20 años restantes y diferencial 0 %. Una subida del índice de 0,20 puntos no parece dramática en el papel, pero se nota en la letra mensual. Usa siempre tus cifras reales en el simulador.

Los 484 € y 496 € son un caso tipo didáctico; no son tu cuota. Calcula la tuya con el simulador de revisión.

Errores frecuentes

  • Usar el PDF del mes de publicación como si fuera el mes del índice.
  • Confundir índices dentro del mismo BOE.
  • Olvidar el diferencial y pensar que “el IRPH del BOE es mi tipo”.
  • Adjuntar solo una captura sin identificador BOE-A-…
  • No guardar la notificación del banco junto al PDF.

Dónde encontrar los PDFs

  • IRPH en el BOE en este sitio.
  • Buscador del BOE con la frase del tipo medio a más de tres años.
  • Tabla de tipos del Banco de España (Cliente Bancario).

Para el valor reciente: IRPH hoy. Para comparar: Euríbor hoy e IRPH vs Euríbor.

Resumen

Clave final: el PDF del BOE no gana un juicio por sí solo, pero ancla el dato. Sin él discutes recuerdos; con él discutes cifras publicadas.

También: redondeo y diferencial · subrogación con IRPH · reclamar IRPH.

Comentarios

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tony · Lunes, 23 Marzo 2015 | 07:05:22 PM · nº 3146
Ha subido el IRPH, nos van a llevar a la ruina. HdP y el euribor bajando. No entiendo.
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Ivan · Las palmas · Martes, 04 Febrero 2025 | 07:04:36 AM · resp. nº 3146
Buenos días , el TS se va a pronunciar en Febrero sobre el irph, esperemos que no la líe. Un saludo
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carmen · Sábado, 21 Marzo 2015 | 05:47:17 PM · nº 3145
Porque se sigue consintiendo semejante estafa no se que piensa el banco de espsña para permitirlo que os aproveche el dinero que con el iph nos estais estafando ojala lo disfruteis en farmacia
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anonimo · anonimo · Lunes, 03 Febrero 2025 | 01:10:25 PM · resp. nº 3145
Gracias Victoria! (Nunca mejor dicho )
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jose manuel puerto real ( cadiz) · Jueves, 19 Marzo 2015 | 05:37:17 PM · nº 3140
es posible hablar con tu banco, que en mi caso es UCI, y proponerles que me cambien el tipo de interes, que el mio es irph, o que me cambien el diferencial. En fin algo que me avarate la hipoteca. GRACIAS
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María · Torrevieja · Lunes, 27 Enero 2025 | 11:12:59 AM · resp. nº 3140
muchas gracias pedro ,una noticia buena que nos da mas esperanza
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Estafado · Jueves, 19 Marzo 2015 | 07:24:36 AM · nº 3135
IRPH FEBRERO 2,457
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Neus · Barcelona · Miércoles, 15 Enero 2025 | 04:31:34 PM · resp. nº 3135
Totalmente de acuerdo Anónimo. De hecho ya estoy buscando otro abogado. Otra opinión. No me lo creí. Yo no pienso tirar la toalla
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Marcos Tena · Martes, 17 Marzo 2015 | 10:58:00 AM · nº 3127
Hola familia en mi banco y por internet no me pone nada que me valla a bajar ya la hipoteca como dicen sigo pagando lo mismo hasta que me hagan la revisión, por favor si me pudieran informar de todo, gracias a todos...
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Oscar · Irun - Gipuzkoa · Lunes, 23 Dic. 2024 | 12:47:09 PM · resp. nº 3127
Yo tenía un irph + 1% y negocié con el banco. Me quitaron el 1%. Y me quedé con el irph.... Mal, pero es lo que hay....
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Marcos Tena · Martes, 17 Marzo 2015 | 10:39:21 AM · nº 3126
No entiendo lo del consejo de ministro lo que han aprobado alquien me lo podria explicar? yo compre el piso en septiembre del 2005 , me subira o me bajara me hacen la revisión siempre con el tipo de interes del mes de julio, tengo IRPH+0 , gracias!!!
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María · Torrevieja · Sábado, 21 Dic. 2024 | 06:07:57 AM · resp. nº 3126
yo tengo irph + 1.5
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FRANCISCO · Martes, 17 Marzo 2015 | 08:09:39 AM · nº 3125

el consejo de ministros ha aprobado la actualización para este año de los tipos de interés convenidos de las viviendas vpo pertenecientes a los planes estatales de vivienda 1996-1999, 2002-2005 y 2005-2008. en el plan más antiguo el interés sube pero en los dos últimos bajan, con lo que los propietarios pagarán menos por su hipoteca


con respecto a la anterior actualización, cuyo acuerdo se aprobó en consejo de ministros del 11 de abril, 2014, bajan los tipos de interés de los planes de vivienda 2002-2005 y 2005-2008, que se situaban respectivamente en el 2,97% y el 2,98%. ahora el plan 2002-2005 está en el 2,37% y el plan 2005-2008, en el 2,44%
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Alvaro · Laredo-Cantabria · Jueves, 19 Dic. 2024 | 10:21:53 AM · resp. nº 3125
Hola, por lo que he leído, si la sentencia tiene menos de 5 años puedes hacer algo. Infórmate. Saludos
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FRANCISCO · Martes, 17 Marzo 2015 | 08:05:54 AM · nº 3124
El viernes el consejo de ministros ya aprobó la revisión del interés de las VPO para este año 2.015.
El dato de febrero que saldrá el 20 de marzo ya no lo cogen para este años.
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Alvaro · Laredo-Cantabria · Jueves, 19 Dic. 2024 | 10:02:38 AM · resp. nº 3124
Os voy a decir como lo veo yo, un afectado más, la sentencia del tjue está muy clara y nos van a dar la razón, el problema va a venir con las consecuencias, ma explico, no entiendo a estos abogados del ICAB, ya he leído más noticias de que quieren que gobierno legisle y nos cambien por ley a euribor más uno, dicen que para que no se llenen los juzgados. Os recuerdo que si el contrato no puede subsistir sin la cláusula irph porque es nula hay dos opciones. La primera es resolver el contrato, cada uno devuelve lo prestado y en paz, el banco lo tendría que pagar con intereses, los afectados no, en mi caso, 160000 euros a 40 años, llevo 20, entre intereses y capital casi dejo la hipoteca pagada. Así que me interesaría y mucho. Solo en el caso en que está opción no venga bien al consumidor y en caso excepcional, el juez podría sustituir el irph por otro índice.
Me huele a que el gobierno, y el supremo van a legislar pasandonos a todos a irph +1, así el banco no pierde tanto, y los consumidores contentos que pillan algo de pasta.
Como va a ver gente como en mi caso que no estaremos de acuerdo en que me metan otro índice por ley, ya vereis como hay que volver a europa.

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FRANCISCO · Martes, 17 Marzo 2015 | 08:03:48 AM · nº 3123
El viernes el consejo de ministros ya aprobó la revisión del interés de las VPO para este año 2.015.
El dato de febrero que saldrá el 20 de marzo ya no lo cogen para este años.
Responder
David · Barcelona · Martes, 17 Dic. 2024 | 11:16:48 PM · resp. nº 3123
"Jesús Sánchez y Francisco Javier Orduña plantean desde el ICAB/CICAC la supresión del IRPH y su sustitución por otro"....., QUE SIGAN PLANTEANDO TODO LOS QUE SE LES OCURRA, pero a nosotros, los afectados, que se nos aplique la jurisprudencia del TJUE, si nos ponemos así, porque no planteamos dejar de pagar las hipotecas y sustituir los pagos por rezos y oraciones.
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carmen · Lunes, 16 Marzo 2015 | 10:31:32 PM · nº 3122
Ojala y tengan compasion de nosotros
Responder
Raúl · Madrid · Sábado, 14 Dic. 2024 | 02:10:36 PM · resp. nº 3122
Disculpa Ana, no te acabo de entender, entonces, según tu razonamiento, ¿el hecho de que te pusieran un diferencia negativo "pequeño" es lo que indica la falta de transparencia?. ¿Y que significa cuando lo que te puso el banco es iprh + diferencia positivo? ¿entonces sí sería transparente?.
Sobre la sentencia en sí, aunque no son malas noticias, sinceramente esperaba que esta vez e TJUE fuese menos ambiguo y más contundente para no dar opción a supremo a prevaricar como nos tienen acostumbrados.

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