IRPH

IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

El valor del IRPH no es un número que “sale de internet”: es un tipo oficial que el Banco de España publica y que el BOE recoge en un PDF. Saber usar ese documento marca la diferencia entre discutir opiniones y aportar una prueba pública.

Clave: el IRPH habitual en hipotecas es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España. Ese es el texto que debes localizar en el BOE.

IRPH en el BOE PDF oficial

Cuando llega una revisión de cuota, el banco comunica un nuevo tipo. Esa comunicación puede ser correcta… o no. El PDF del BOE no sustituye a un abogado ni a un informe pericial completo, pero cumple tres funciones muy concretas: fija el dato oficial del mes de referencia, permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España, y se puede adjuntar a una reclamación como fuente pública.

Por qué el PDF del BOE importa tanto

  • Fija el dato oficial del mes de referencia del índice.
  • Permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España.
  • Se puede adjuntar a una reclamación o a un escrito al servicio de atención al cliente.

Muchas personas guardan capturas de webs o de hojas de cálculo. Orientan, pero el BOE es el soporte que las instituciones reconocen como publicación oficial. En la página IRPH en el BOE tienes enlaces directos a PDFs de 2025 y 2026.

Qué buscar exactamente en el documento

Las resoluciones del Banco de España en el BOE suelen ocupar una sola página. Aparecen varios tipos oficiales. El que interesa para el IRPH de entidades es el del tipo medio a más de tres años con la redacción completa citada arriba.

No lo confundas con el Euríbor a distintos plazos, el IRS a cinco años, el tipo medio de la zona euro u otros índices de compensación por cancelación anticipada.

Clave: si el PDF habla de Euríbor o de IRS y no incluye el párrafo del “tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España”, no es el documento para contrastar el IRPH de tu escritura.

Cómo usarlo en una revisión de cuota

  1. 1
    Localiza en tu escritura qué mes del índice se aplica y con qué periodicidad se revisa.
  2. 2
    Descarga el PDF del BOE de ese mes desde IRPH en el BOE.
  3. 3
    Anota el valor del tipo medio y compáralo con la notificación del banco.
  4. 4
    Revisa diferencial y redondeo: tipo final = índice ± diferencial ± posibles redondeos.
  5. 5
    Guarda PDF + notificación juntos, con fecha.

Clave: un desfase de un mes en el índice puede mover la cuota más de lo que parece. El PDF fija el número; la escritura fija qué mes se usa.

Cómo usarlo en una reclamación

Si reclamas por IRPH o pides que te expliquen el cálculo, el PDF refuerza el relato de hechos: indica el mes de referencia, cita el valor del BOE y la referencia BOE-A-…, adjunta el PDF completo y, si procede, señala la diferencia respecto a otro índice con fuentes oficiales.

Esto no garantiza el resultado de una reclamación, pero evita que la conversación se quede en “yo he visto otro número en una web”.

Tabla de trabajo para contrastar

Qué mirasDóndePara qué
Mes del índiceEscrituraSaber qué BOE descargar
Valor del tipo medioPDF del BOEContrastar con la notificación
DiferencialEscrituraCalcular el tipo final
RedondeoEscrituraVer si hay ajuste al alza
Nueva cuotaSimulador / bancoTraducir el tipo a euros

Ejemplo orientativo de impacto en cuota

Supón un capital pendiente de 100.000 €, 20 años restantes y diferencial 0 %. Una subida del índice de 0,20 puntos no parece dramática en el papel, pero se nota en la letra mensual. Usa siempre tus cifras reales en el simulador.

Los 484 € y 496 € son un caso tipo didáctico; no son tu cuota. Calcula la tuya con el simulador de revisión.

Errores frecuentes

  • Usar el PDF del mes de publicación como si fuera el mes del índice.
  • Confundir índices dentro del mismo BOE.
  • Olvidar el diferencial y pensar que “el IRPH del BOE es mi tipo”.
  • Adjuntar solo una captura sin identificador BOE-A-…
  • No guardar la notificación del banco junto al PDF.

Dónde encontrar los PDFs

  • IRPH en el BOE en este sitio.
  • Buscador del BOE con la frase del tipo medio a más de tres años.
  • Tabla de tipos del Banco de España (Cliente Bancario).

Para el valor reciente: IRPH hoy. Para comparar: Euríbor hoy e IRPH vs Euríbor.

Resumen

Clave final: el PDF del BOE no gana un juicio por sí solo, pero ancla el dato. Sin él discutes recuerdos; con él discutes cifras publicadas.

También: redondeo y diferencial · subrogación con IRPH · reclamar IRPH.

Comentarios

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Pedro · Jueves, 13 Dic. 2012 | 03:20:26 PM · nº 1460
es verdad que desaparece tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de de tres años ,concedidos por el Conjunto de Entidades. muchas gracias por alguna respuesta .
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Roberto · Madrid · Viernes, 13 Sept. 2019 | 05:02:28 AM · resp. nº 1460
David, david... Que desconfiado eres. Si hubieses sido igual de desconfiado al firmar la hipoteca.......
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Chema · Jueves, 13 Dic. 2012 | 12:23:15 PM · nº 1459
El IRPH Caja no te lo pueden aplicar, pueden aplicarte el IRPH entidades, pero no es bueno, mejor Euribor+1 o +1,5
Responder
DAVID · BARCELONA · Jueves, 12 Sept. 2019 | 09:23:46 PM · resp. nº 1459
Roberto Robertito.... jajaja
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MANU · Jueves, 13 Dic. 2012 | 12:04:50 PM · nº 1458
PARA EL QUE PUSO ESTO Buenas tardes, Estoy a punto de firmar una hipoteca de un piso de vpo, me parece que es un engaño esto del irph que es el tipo que me aplicarian, de 4%, estoy leyendo que lo quieren suprimir este tipo , me podrian proporcinar mas datos al respecto antes de firmar las escrituras, muchas gracias
TEN CUIDADO CON LO QUE FIRMAS EL VALOR IRPH NO TE LO PUEDEN PONER YA QUE ESTA EN PROCESO DE EXTINCION Y EL GOVIERNO LES HA DADO UNA FECHA LIMITE DESDE FEBRERO DE 2012 HASTA 28 DE FEBRERO DE 2013 PARA HACER LOS TRAMITES OPORTUNOS Y E IR CAMBIANDO LAS NUEVAS ESCRITURAS A OTROS TIPOS DE INTERES COMO POR EJEMPLO AL NUEVO VALOR QUE SE HA PUBLICADO QUE ES EL IRS ..
DE TODAS FORMAS MIRA BIEN EL SUSTITUTIVO QUE TE PONDRAN EN LAS ESCRITURAS Y SUS DIFERENCIALES EN CASO DE NO PUBLICARSE EL IRPH .
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DAVID · BARCELONA · Jueves, 12 Sept. 2019 | 06:49:54 PM · resp. nº 1458
Hola José. Yo no me fio, nadie hace nada gratis. También he visto comentarios muy malos de estos gabinetes de abogados que no cobran nada. Dicen que sólo cobran las costas en el caso que ganen, pero y si pierden? y si no hay condena con costas?. Me parece todo muy raro y ahora habrán abogados que se querrán aprovechar de nuestra situación, mucho cuidado.
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beatriz · Miércoles, 12 Dic. 2012 | 03:22:23 PM · nº 1457
Buenas tardes,
Estoy a punto de firmar una hipoteca de un piso de vpo, me parece que es un engaño esto del irph que es el tipo que me aplicarian, de 4%,
estoy leyendo que lo quieren suprimir este tipo , me podrian proporcinar mas datos al respecto antes de firmar las escrituras, muchas gracias
Responder
JoseG · Gijon-Asturias · Jueves, 12 Sept. 2019 | 06:43:35 PM · resp. nº 1457
Eusebio dile a tu hijo que visite esta pagina web y se informe.Os van a ayudar mucho.
Facebook stop clausula suelo
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SOL · Miércoles, 12 Dic. 2012 | 09:20:09 AM · nº 1456
Cuando van a dejar de aplicar las cajas el IRPH?
Si ha desaparecido, porque lo siguen aplicando?
Hay alguna forma de presionar?
Si alguien lo sabe, por favor que me lo cuente.....
Responder
JoseG · Gijon-Asturias · Jueves, 12 Sept. 2019 | 06:36:05 PM · resp. nº 1456
Facebook stop clausula suelo.Busca por internet
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luis · Lunes, 10 Dic. 2012 | 02:15:58 PM · nº 1455
Hola Carlos aunque ibercaja a pasado a ser un banco se te aplica el indice que tengas firmado y que pondra en las escrituras que supongo sera irph cajas.
Responder
juana · Arco · Jueves, 12 Sept. 2019 | 01:21:05 PM · resp. nº 1455
Si el Banco Europeo no hubiera rebajado de urgencia el Euribor 3 puntos en un año, te digo yo donde estaría todo el otro 90% que tiene Euribor, y sus preciosas casas y familias. Hay un tanto por ciento que no se ha podido beneficiar directamente de eso, llámese suelo, llámese irph, y es lo que se está tratando de corregir, porque en Europa no se deja tirado a NADIE, todos somos igual de importantes, eso de las clases, los pringados, los listos y los tontos, es la ley del mundo subdesarrollado, donde nuestros bancos tienen su mayor negocio, y por eso se confunden, creen que con que tire la mayor parte y su corrupto sistema ya está, pues se equivocan, esto no es el mundo subdesarrollado, todos tienen la misma protección y el mismo derecho y se hará jsuticia de una forma o de otra. SOMOS EUROPA
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dvd · Sábado, 08 Dic. 2012 | 08:15:20 AM · nº 1454
hola gente el otro dia me llamaron de la u.c.i para informarme de que el irph no iva a desaparecer de momento ya que ellos estan esperando que el banco de españa les diga algo, pero si que me dijo que a partir de junio no se han echo mas hipotecas con irph y las que se han echo son con euribor +3 y me aconsejo que esperara hasta el año que viene que seguro que me dirian algo .
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JAIME · BARCELONA · Jueves, 12 Sept. 2019 | 10:54:58 AM · resp. nº 1454
El tema es que no es que sean unos golfos, que evidentemente lo son. El tema es que están contaminando la red con unos cuantos profesores de banca haciendo comentarios que son indignos de un profesional. Hacen comentarios de lo que les interesa y en cambio no dicen nada de cuando desapareció el IRPH cajas en 2013 porque sustituyeron los prestamos por el último IRPH y los dejaron al 4% sin pedir opinión a los clientes. Fue en ese momento cuando demostraron su posición abusiva ya que es cuando tuvieron la opción de cambiar a Euribor pero prefirieron seguir robando ya que nunca esperaban lo que esta pasando con el IRPH. Ahora lloran por las esquinas y se agarran al abogado del estado para que justifique lo injustificable. No os preocupéis que los 15 jueces de TJUE os van a machacar con su sentencia.
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carlos · Miércoles, 05 Dic. 2012 | 11:10:22 AM · nº 1453
estoy con ibercaja,y tengo irph,ahora es ibercajabanco,me tendrian que estar cobrando irph bancos y no de cajas????
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Begoña · Martes, 04 Dic. 2012 | 11:56:50 PM · nº 1452
Me han revisado la hipoteca en octubre y sólo me ha bajado en 1`50 euros menos al mes, me aplicaban el indice IRPH TOTAL ENTIDADES y al recibir la comunicación de varición del tipo de interés me ponen como tipo de interés de referencia TRH TOTAL ENTIDADES. Mi pregunta es ¿estamos hablando del mismo tipo de interés ó por el contrario es un tipo diferente? En caso de desaparecer el tipo IRPH Entidades tienen obligación de ponerme Euribor+1%, según las escrituras. Necesito saber si está bien hecho y si tengo alguna forma de cambiar el tipo con el banco Santader. Gracias
Responder
Javiko · Marte · Jueves, 12 Sept. 2019 | 10:45:34 AM · resp. nº 1452
Tu sabias que te iban a robar y aun asin aceptastes el irph ,
de lo listo que eres te pasas de tonto ,
dejar de molestar a los afectados
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Ignacio · Martes, 04 Dic. 2012 | 12:27:19 PM · nº 1451
Entiendo que la ley del 28 de Octubre del 2011 está ya en vigor por haber pasado los 6 meses de su publicación y el
irph bancos, irph cajas, ceca, ya no son tipos de interés oficiales a pesar de que todavía se sigan publicando,
Artículo 27. Tipos de interés oficiales.
1. A efectos de su aplicación por las entidades de crédito, en los términos previstos
En esta orden ministerial, se publicarán mensualmente los siguientes tipos de interés
oficiales :
a) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición
de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España.

b) Tipo medio de los préstamos hipotecarios entre uno y cinco años, para adquisición
de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en la zona euro.
c) Tipo de rendimiento interno en el mercado secundario de la deuda pública de
plazo entre dos y seis años.
d) Referencia interbancaria a un año (Euribor).
e) Permuta de intereses/Interest Rate Swap (IRS) al plazo de cinco años.
f) El Mibor, exclusivamente para los préstamos hipotecarios formalizados con
anterioridad al 1 de enero de 2000 conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley 46/1998,
de 17 de diciembre, sobre introducción del euro.
2. Los tipos se publicarán mensualmente en el «Boletín Oficial del Estado» y estarán
también disponibles en la página electrónica del Banco de España.
3. La forma de cálculo de los tipos anteriores se determinará mediante circular del
Banco de España.

Disposición final quinta. Entrada en vigor.
1. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado siguiente, la presente orden entrará en
vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Responder
Isabel · Cadiz · Jueves, 12 Sept. 2019 | 10:21:13 AM · resp. nº 1451
José, no te das cuenta que es el mismo

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