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IRPH, Euríbor o fijo: cómo elegir según tu hipoteca

IRPH, Euríbor o fijo: cómo elegir según tu hipoteca

IRPH, Euríbor y tipo fijo no son “buenos” o “malos” en abstracto: se comportan distinto cuando suben los tipos, cuando bajan y cuando te quedan diez años o veinticinco. Esta guía te ayuda a encajar el índice (o el fijo) con tu caso real.

Clave: elige con tres números delante: cuota actual, cuota si el índice sube un punto, y coste de cambiar de condiciones.

El IRPH Entidades suele situarse por encima del Euríbor a 12 meses en gran parte de la serie histórica. El Euríbor es más volátil día a día, pero tu cuota variable solo cambia en la revisión. El fijo elimina esa incertidumbre a cambio de un precio que el banco fija hoy. Compara series en IRPH vs Euríbor y en gráficos con datos.

Tres caminos para la hipoteca: IRPH, Euríbor o fijo

Diferencias que importan de verdad

AspectoIRPHEuríborFijo
PublicaciónMensual (BdE)Diario + media mensualNo hay índice
CuotaVariable en revisiónVariable en revisiónEstable (salvo novación)
Nivel típico vs EuríborHabitualmente más altoReferencia de mercadoDepende de la oferta
Riesgo principalRevisiones al alza + diferencialRevisiones al alzaQuedarte caro si los tipos caen
TranquilidadBajaMediaAlta

Perfil A: te quedan pocos años

Con cinco años o menos, los gastos de novación o subrogación pesan más. Si la cuota IRPH te cabe y el esfuerzo es bajo (mide el esfuerzo), a menudo conviene no tocar el contrato salvo error de revisión o una oferta fija claramente más barata.

Perfil B: te quedan muchos años y la cuota ya aprieta

Aquí el IRPH alto se come margen durante mucho tiempo. Compara el “extra” frente a Euríbor con pagas de más y valora pasar a Euríbor o a fijo. La herramienta IRPH → fijo te dice en cuántos meses recuperas los gastos si la cuota fija es menor.

Clave: si una subida de un punto del índice te deja sin colchón, el fijo deja de ser un capricho y pasa a ser seguro de cuota.

Perfil C: ingresos variables o autonomos

La combinación de facturación irregular + revisión al alza es peligrosa. Prioriza estabilidad (fijo o diferencial muy bajo) y un fondo de reserva antes de amortizar agresivo.

Cómo simular la decisión en una tarde

  1. 1
    Anota capital, plazo, diferencial e índice actual.
  2. 2
    Calcula cuota IRPH actual y cuota con IRPH +1 punto (impacto de revisión).
  3. 3
    Calcula la misma operación con Euríbor actual + tu diferencial objetivo.
  4. 4
    Pide una oferta fija por escrito y compárala con IRPH a fijo.
  5. 5
    Suma gastos de cambio y descarta cualquier opción que no recupere el coste en un plazo que te resulte aceptable.

El diferencial importa tanto como el índice

Un Euríbor bajo con diferencial alto puede superar a un IRPH con diferencial muy reducido. Por eso la comparación siempre es índice + diferencial, no el titular del índice solo. Revisa en la escritura si el diferencial estaba bonificado por seguros o domiciliación y qué ocurre si cancelas esos productos.

Algunas escrituras antiguas incluyen redondeos al alza por octavos o décimas. Ese detalle, pequeño en apariencia, se acumula durante años. Localízalo antes de aceptar cualquier “mejora” que no elimine el redondeo.

Si prevés vender la vivienda en menos de tres años, los costes de cambio de hipoteca pueden no compensar. En ese horizonte corta, estabilizar la cuota solo tiene sentido si la revisión actual te desborda el presupuesto mes a mes.

Las ofertas fijas cambian con el mercado. Pide siempre la vigencia de la oferta y la TAE con los productos vinculados marcados como opcionales u obligatorios. Una TAE sin seguros y otra con seguros no se pueden comparar de oído.

Errores al elegir índice

  • Mirar solo el titular del periódico (“el Euríbor baja”) sin mirar tu fecha de revisión.
  • Pasarte a fijo sin sumar comisiones ni productos vinculados.
  • Quedarte en IRPH por inercia cuando el diferencial ya no se puede negociar y el plazo es largo.

Después de decidir

Cualquier cambio debe quedar en escritura o contrato de novación. Guarda la oferta, la FEIN si aplica y el nuevo cuadro. Si además estudias la vía de reclamación por transparencia, ordena papeles con la guía reclamar IRPH 2026.

Clave final: IRPH, Euríbor o fijo se eligen con cuota estresada, años restantes y coste de salida. El resto es conversación de café.

Comentarios

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Juan · Castellón · Viernes, 06 Marzo 2020 | 03:04:55 AM · nº 5866
Buenas. He estado poniéndome al día en el foro pero hay una cosa en relación a los efectos de la sentencia que no me queda muy clara. Para los que, como es mi caso, tienen una vivienda VPO del plan 2005-2008, en la que el Consejo de ministros realiza las variaciones sobre el tipo de interes, nos afecta la sentencia también no? Porque he leído por ahí que nos quedamos fuera. Es así? Agradecería que alguno de los profesionales o expertos en el asunto me arrojarais algo de luz sobre el asunto. Gracias de antemano y saludos a todos
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Javi · Oviedo-Asturias · Viernes, 06 Marzo 2020 | 09:15:47 AM · resp. nº 2012
Yoestoy exactamente igual,una VPO de 2008 y no se si la sentencia nos ayuda o no nos sirve de nada. Solo faltaría eso que una VPO tenga los mayores intereses que ninguna y encima no hubieramos tenido la opción de escoger el tipo de interés.que hacer ? reclamar contra un real decreto? el juez dará la razón al gobierno. Que alguien nos oriente
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Juan · Castellón · Viernes, 06 Marzo 2020 | 03:03:16 AM · nº 5864
Buenas. He estado poniéndome al día en el foro pero hay una cosa en relación a los efectos de la sentencia que no me queda muy clara. Para los que, como es mi caso, tienen una vivienda VPO del plan 2005-2008, en la que el Consejo de ministros realiza las variaciones sobre el tipo de interes, nos afecta la sentencia también no? Porque he leído por ahí que nos quedamos fuera. Es así? Agradecería que alguno de los profesionales o expertos en el asunto me arrojarais algo de luz sobre el asunto. Gracias de antemano y saludos a todos
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Dabitxu · BARCELONA · Jueves, 05 Marzo 2020 | 11:03:34 PM · nº 5863
Ahora voy a Caixabank a pedir un crédito personal para poder pagar al abogado para demandar al banco. Puedo añadir los costes del crédito a la demanda de IRPH?
Es broma.
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Isabel · Cadiz · Viernes, 06 Marzo 2020 | 07:27:06 AM · resp. nº 2010
Buenos días, no es broma, es realidad, después de ponernos en la ruina, a ver cómo se paga a los abogados, un saludo y suerte
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Ana · Tarragona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 05:52:35 PM · nº 5862
Pues si laia..estoy contigo..yo llevo 14 año pagando y he pagado 200.000
El piso me costo 187.000..vamos que 14 año ya he pagado el piso jajajaja y me queda 16 años mas cuánto me sale el puto piso 400.000
H.i..de.p..ta.a porello.
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JoseG · Gijon-Asturias · Jueves, 05 Marzo 2020 | 05:26:26 PM · nº 5861
Ana de Madrid a ver si me puedes aclarar una cosa. Yo en mi escritura tenía los 3 primeros años tipo fijo Lugo ya me quedo el Irph cajas como sustitutivo me quedo el Irph entidades. He leído por Internet que al pasar al Irph entidades no merece la pena reclamar porque la diferencia con el anterior Irph no se iba a notar. Es esto cierto?. Gracias
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Ana · Madrid · Jueves, 05 Marzo 2020 | 10:35:43 PM · resp. nº 2008
Hola JOSÉ, NO NO ES CIERTO. Habrá que esperar a ver como aplica el TS la Sentencia del TJUE y, qué efectos determina tras la nulidad. Y en cualquier caso, nos deberían dar la opción de resolver el contrato u optar por la sustitución de otro índice -posiblemente el EURIBOR- porque en el caso de darnos sólo la opción del índice IRH ENTIDADES - nadie en su sano juicio optaría de nuevo por otra modalidad de IRPH y optaría por la resolución del contrato. Por otra pate, imponernos, directamente el IRPH modalidad ENTIDADES,sería, además de ABSURDO una ABERRACIÓN, ya que si se declara la nulidad del IRPH, inicial, esto es, el de CAJAS, por falta de transparencia, la imposición del IRPH ENTIDADES - tras la nulidad del IRPH CAJAS- sería menos transparante si cabe aún. Es decir, nos aplicarían otra vez el IRPH modalidad ENTIDADES pero por imposición - lo cual sería una aberración jurídica- Yo tb tenía IRPH CAJAS y en 2013 me pasaron a IRPH entidades, como a todo el mundo que tenía IRPH CAJAS, IRPH CECA o IRPH BANCOS. Si tenéis cualquier duda, no os angustiéis y llamadme 659 47 39 02
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Iván · Barcelona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 05:19:48 PM · nº 5860
Hola Ana de Madrid, abogada experta (es lo que pone en el membrete):
1. No es mi intención que NADIE absolutamente NADIE me de la gracias por nada, lo he hecho por propio interés.
2. Me parece muy feo que especules con lo que ha hecho mi abogada o dejado de hacer sin saber , y más siendo colegas de profesión.
3. Pase lo que pase en mi caso los volvería a contratar. Tengo puesto el recurso de casación. Contraté urbe abogados, si sabes tanto de IRPH sabrás qué caso han llevado.
4. Precisamente el caso del TJUE es de barcelona.
5. Solo digo, Que si nadie hubiese demandado no se hubiera llegado hasta el TJUE, y por más que te duela es así.
6. Es muy eficiente presentar demanda cuando ya hay jurisprudencia.

Un saludo
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Juan · La Coruña · Jueves, 05 Marzo 2020 | 06:00:13 PM · resp. nº 2005
No pide las gracias, dice que lo hace por su propio interés, pero sin embargo me echa en cara que por gente como yo estaríamos en la situación del año 99. Yo entro en el foro, como afectado del IRPH que soy, desde hace tiempo y, ahora, he dado mi opinión. Y lo único que he dicho es que no nos dejemos llevar por los cantos de sirena de muchos abogados, que al final quien paga si no sale bien son ustedes. A mi ya me engañaron una vez por fiarme del director de mi antigua entidad y no estoy dispuesto a que lo hagan otra vez. Yo llevaré a mi entidad ante el juez cuando crea yo que es el momento, no cuando me lo diga ningún abogado. Con esto doy por concluida mi participación en este foro, les seguiré leyendo. Que Dios reparta suerte. Un saludo a todos.
Iván · Barcelona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 06:14:11 PM · resp. nº 2006
Hola Juan disculpe si le he ofendido en ese aspecto tiene razón, pero no todos los abogados piensan igual
Ana · Madrid · Jueves, 05 Marzo 2020 | 10:06:06 PM · resp. nº 2007
IVÁN, no se ofenda , simplemente le he respondido con claridad a su DESACERTADO COMENTARIO SOBRE LOS AFECTADOS QUE NO HAN INICIADO LA VÍA JUDICIAL y, a las especulaciones sobre lo que hecho o he dejado de hacer yo, en particular . Como verá tengo el defecto de ser muy pero que muy clara. Que NO SE PUEDE PREJUZGAR, como hace Ud y, luego hacerse “el ofendidito”. Cada cual es libre de hacer lo que quiere y, si una gran parte de los afectados NO ha demandado -a fecha de hoy- sus razones tendrá y, Ud no es quien para juzgarles. Decisión de no demandar , por cierto, muy acertada que, esto no es como quien va a la peluquería…etc. Y aquí, nadie tiene que darle la gracias por haber demandado, no vaya de "hermanita de la caridad" que, si ud demandó lo hizo en propio interés Y EN EL DE NADIE MÁS. Finalmente, no tergiverse mi comentario, que yo no he nombrado a ningún despacho o abogado.

Ver las 6 respuestas →

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Ana · Tarragona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 01:48:29 PM · nº 5859
Hola....que tal gente de irph!! Yo por mi parte estoy contenta..solo hace falta sentencia 8 marzo lo de ts...nadie tendria que pagar mas el irph...mientra los demas tiene eurivo y bajo..Asido esto un desastres para los afectado...animo y para adelante...yo de una forma o otra mando a tomar porculo el IRPH....bravo por el tj...hay una puerta abierta gracias a los abogado eurosqui..lo vamos a conseguir y si no ala calle....an rrobado que pagen....
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Laia · Malgrat de Mar · Jueves, 05 Marzo 2020 | 03:20:27 PM · resp. nº 2002
Hola Ana, por supuesto que hay que seguir adelante, yo no me pienso rendir, hemos llegado muy lejos,son muchos años de sufrimiento, y ahora se nos ha abierto una ventana para poder empezar a ver la luz. Yo seguiré hasta el final, y se que voy a ganar, después de 18 años pagando hipoteca, no voy a tirar la toalla para recuperar lo mío, mis derechos, mi dinero y mi futuro. Así que para adelante !!!! Y ni caso a los comentarios negativos, hay mucho currante de banca por aquí con ganas de meter cizaña! Ánimos que saldremos de ésta y recuperaremos lo nuestro

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Miguel · Barcelona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 12:34:40 PM · nº 5858
Buenas, en primer lugar los bancos hoy pierden un 4% aprox sinceramente, dp de leer muchos comentarios, enlaces... creo q nuestras posibilidades han aumentado de manera evidente , yo estoy en casación TS , esperando mi última posibilidad , y a pesar q los bancos están muy “ satisfechos” creo q vamos a ganar , ya q no conozco a nadie con comparativas de irph con Euribor en escrituras para empezar , a partir de aquí, son los bancos quienes deben de demostrar ( prueba de carga ) q hicieron las cosas con arreglo de ley ( muy discutible ) empieza una nueva y larga etapa q esperemos q vaya muy bien a todos los perjudicados en esta ESTAFA , mucha suerte a todos y paciencia
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javiko · barcelona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 12:26:16 PM · nº 5857
prevaricación del supremo
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javiko · barcelona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 12:20:56 PM · nº 5856
Jose maría erauskin corrígeme si me equivoco
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