IRPH

IRPH, Euríbor o fijo: cómo elegir según tu hipoteca

IRPH, Euríbor o fijo: cómo elegir según tu hipoteca

IRPH, Euríbor y tipo fijo no son “buenos” o “malos” en abstracto: se comportan distinto cuando suben los tipos, cuando bajan y cuando te quedan diez años o veinticinco. Esta guía te ayuda a encajar el índice (o el fijo) con tu caso real.

Clave: elige con tres números delante: cuota actual, cuota si el índice sube un punto, y coste de cambiar de condiciones.

El IRPH Entidades suele situarse por encima del Euríbor a 12 meses en gran parte de la serie histórica. El Euríbor es más volátil día a día, pero tu cuota variable solo cambia en la revisión. El fijo elimina esa incertidumbre a cambio de un precio que el banco fija hoy. Compara series en IRPH vs Euríbor y en gráficos con datos.

Tres caminos para la hipoteca: IRPH, Euríbor o fijo

Diferencias que importan de verdad

AspectoIRPHEuríborFijo
PublicaciónMensual (BdE)Diario + media mensualNo hay índice
CuotaVariable en revisiónVariable en revisiónEstable (salvo novación)
Nivel típico vs EuríborHabitualmente más altoReferencia de mercadoDepende de la oferta
Riesgo principalRevisiones al alza + diferencialRevisiones al alzaQuedarte caro si los tipos caen
TranquilidadBajaMediaAlta

Perfil A: te quedan pocos años

Con cinco años o menos, los gastos de novación o subrogación pesan más. Si la cuota IRPH te cabe y el esfuerzo es bajo (mide el esfuerzo), a menudo conviene no tocar el contrato salvo error de revisión o una oferta fija claramente más barata.

Perfil B: te quedan muchos años y la cuota ya aprieta

Aquí el IRPH alto se come margen durante mucho tiempo. Compara el “extra” frente a Euríbor con pagas de más y valora pasar a Euríbor o a fijo. La herramienta IRPH → fijo te dice en cuántos meses recuperas los gastos si la cuota fija es menor.

Clave: si una subida de un punto del índice te deja sin colchón, el fijo deja de ser un capricho y pasa a ser seguro de cuota.

Perfil C: ingresos variables o autonomos

La combinación de facturación irregular + revisión al alza es peligrosa. Prioriza estabilidad (fijo o diferencial muy bajo) y un fondo de reserva antes de amortizar agresivo.

Cómo simular la decisión en una tarde

  1. 1
    Anota capital, plazo, diferencial e índice actual.
  2. 2
    Calcula cuota IRPH actual y cuota con IRPH +1 punto (impacto de revisión).
  3. 3
    Calcula la misma operación con Euríbor actual + tu diferencial objetivo.
  4. 4
    Pide una oferta fija por escrito y compárala con IRPH a fijo.
  5. 5
    Suma gastos de cambio y descarta cualquier opción que no recupere el coste en un plazo que te resulte aceptable.

El diferencial importa tanto como el índice

Un Euríbor bajo con diferencial alto puede superar a un IRPH con diferencial muy reducido. Por eso la comparación siempre es índice + diferencial, no el titular del índice solo. Revisa en la escritura si el diferencial estaba bonificado por seguros o domiciliación y qué ocurre si cancelas esos productos.

Algunas escrituras antiguas incluyen redondeos al alza por octavos o décimas. Ese detalle, pequeño en apariencia, se acumula durante años. Localízalo antes de aceptar cualquier “mejora” que no elimine el redondeo.

Si prevés vender la vivienda en menos de tres años, los costes de cambio de hipoteca pueden no compensar. En ese horizonte corta, estabilizar la cuota solo tiene sentido si la revisión actual te desborda el presupuesto mes a mes.

Las ofertas fijas cambian con el mercado. Pide siempre la vigencia de la oferta y la TAE con los productos vinculados marcados como opcionales u obligatorios. Una TAE sin seguros y otra con seguros no se pueden comparar de oído.

Errores al elegir índice

  • Mirar solo el titular del periódico (“el Euríbor baja”) sin mirar tu fecha de revisión.
  • Pasarte a fijo sin sumar comisiones ni productos vinculados.
  • Quedarte en IRPH por inercia cuando el diferencial ya no se puede negociar y el plazo es largo.

Después de decidir

Cualquier cambio debe quedar en escritura o contrato de novación. Guarda la oferta, la FEIN si aplica y el nuevo cuadro. Si además estudias la vía de reclamación por transparencia, ordena papeles con la guía reclamar IRPH 2026.

Clave final: IRPH, Euríbor o fijo se eligen con cuota estresada, años restantes y coste de salida. El resto es conversación de café.

Comentarios

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JoseG · Gijon-Asturias · Lunes, 17 Sept. 2018 | 06:35:56 PM · nº 4400
Y de paso os dejo una muy buena noticia, para alegrar el dia,
https://irphhipotecas.wordpress.com/2018/09/17/importante-avance-en-la-cuestion-europea-respecto-al-indice-irph-la-comision-europea-se-posiciona-a-favor-del-consumidor/
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Miguel Company Lozano · ELCHE · Martes, 18 Sept. 2018 | 08:00:58 AM · resp. nº 584
Enserio ese es el informe de la Comisión?Si eso es cierto no es que sea buena noticia,es un milagro que ha venido a vernos...Ojalá de verdad sea asi..Ojalá.Me has animado el dia
Martin · Santa Coloma · Miércoles, 19 Sept. 2018 | 06:19:47 AM · resp. nº 585
Gracias gracias, mil gracias por el enlace y por las pequeñas esperanzas que esta noticia alberga para todos los afectados por este índice maldito. Un fuerte abrazo JoseG
Esperanza · Malaga · Miércoles, 19 Sept. 2018 | 10:05:36 AM · resp. nº 586
Os dejo otro enlace de la noticia.
http://www.finanzas.com/noticias/economia/20180919/propone-tjue-inste-supremo-3911423_age.html

Ver las 4 respuestas →

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JoseG · Gijon-Asturias · Lunes, 17 Sept. 2018 | 06:33:24 PM · nº 4399
Juan de Tudela,perdon por el retraso.Solo te puedo decir que no cobran porcentajes sobre lo recuperado.Todo lo recuperado es para el cliente,ellos cobrab de las costas al banco.Si te puede servir de algo yo ya he puesto en sus manos la reclamacion sobre gastos hiporecarios,notaria,registro,tasacion,ect.He estado con la abogada y me ha quedado muy claro que a mi no me cobran.Solo cobran de las costas del banco.Mas claro aun.Tengo que abonarles sobre 300 euros por todo el proceso.Dinero que me devuelven cuando ganemos el juicio.Y tengo la posibilidad de pagar todo ahora o bien puedo pagar a plazos o bien puedo pagar al final del proceso que es la opcion que yo he elegido.No caigais en las garras de aprovechados que hay por ahi.Hay abogados con etica todavia y ganan igual cuando cobran las costas del juicio al banco.Los demas solo quieren aprovecharse cobrando porcentajes sobre lo recuperado,JETAS LOS LLAMO YO
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Juan · Tudela · Viernes, 21 Sept. 2018 | 03:09:55 AM · resp. nº 588
Gracias JoseG, lei en el enlace que pudiste colgar la informacion que daban sobre el asunto y condiciones en las que se podia presentar el caso con su ayuda y me ha parecido interesante ampliar info con tu criterio , ahora mas que ademas le das solidez con tu propia experiencia, te animo a seguir hasta el final y espero poder acompañarte en esta aventura incomoda que nos ha tocado sufrir, gracias a tu testimonio creo que acabare solicitando sus servicios , con la esperanza de que todo acabe bien y podamos recuperar esa parte que a todas nos vendria muy bien no haber invertido innecesariamente. De nuevo gracias por la informacion aportada. Seguiremos esperando con impaciencia y esperanza que todo acabe bien.Saludos.
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Manuel Barrios Pascual · Mostoles Madrid · Sábado, 15 Sept. 2018 | 11:22:44 AM · nº 4398
Hola a todos:
Sigo observando que cada día que pasa, los afectados por el IRPH seguimos solamente contando
los días para ver cuando se pronuncia el TJUE.

y por supuesto seguimos estando desesperados, pero
sin manifestarnos de forma masiva ante las cortes
como han hecho otros colectivos.

Como sabéis la unión hace la fuerza y como está el
panorama es más importante para nuestros políticos es más importante los Másteres de unos y otros, y por supuesto ellos protegiendo a la banca porque en su momento suelen ser los que compran deuda del Estado ya que no la quiere nadie y así ellos salen adelante.

No me refiero al gobierno actual ( que no se quien manda en nuestro denostado País sino a todos en general.
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Rodri · Valencia · Viernes, 14 Sept. 2018 | 05:56:41 PM · nº 4397
Hola a todos, llevo mucho tiempo visitando esta página y me gustaría saber cuanto tiempo más tenemos que esperar para que Europa finalmente se decida. Dependemos muchas familias de esta importante decisión del IRPH y no entiendo como un tema como este puede tardar tanto tiempo. Ya ha pasado casi dos años desde el duro golpe del Tribunal Supremo si no recuerdo mal. ¿No había que esperar dos años más? ¿Cuanto tiempo entonces falta por esperar la nueva sentencia? Gracias de antemano.
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Ivan Molero · Corralejo · Sábado, 15 Sept. 2018 | 03:45:38 PM · resp. nº 583
Buenas tardes. Los aproximadamente 2 años que puede tardar el TJUE A
en resolver se cuentan desde el 2 de febrero,creo recordar, de ESTE año 2018. Un saludo
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Jose Antonio · Terrassa Barcelona · Miércoles, 05 Sept. 2018 | 05:38:32 PM · nº 4396
Os paso el enlace de lo que me parece una muy buena reflexión sobre los problemas con las clausulas abusivas y posibles soluciones por parte de nuestros gobernantes.http://www.diariodelaltoaragon.es/NoticiasDetalle.aspx?Id=1135817
Animos a tod@s y a seguir luchando, llegara el dia en el que se haga justicia !!
Responder
Laia · Cerdanyola del Vallés · Jueves, 06 Sept. 2018 | 06:59:15 AM · resp. nº 578
Gracias amigo. Un abrazo
sergio · laredo santander · Jueves, 13 Sept. 2018 | 09:27:05 AM · resp. nº 581
cuidado con este enlace, el art 14 de la constitucion no se aplica a autonomos y empresas que son actividades economómicas, sólo a ciudadanos,que son los soberanos titulares de los derechos de la constitución. equiparar ciudadanos a actividades económicas es un paso muy grave, que abandera un conocido partido político de color naranja.
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Jose Antonio · Terrassa Barcelona · Miércoles, 05 Sept. 2018 | 05:36:39 PM · nº 4395
Os paso el enlace de lo que me parece una muy buena reflexión sobre los problemas con las clausulas abusivas y posibles soluciones por parte de nuestros gobernantes.http://www.diariodelaltoaragon.es/NoticiasDetalle.aspx?Id=1135817
Animos a tod@s y a seguir luchando, llegara el dia en el que se haga justicia !!
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Marta · Girona · Martes, 04 Sept. 2018 | 11:17:17 AM · nº 4394
Hola a todos.
Tengo 2 hipotecas referenciadas IRPH desde el 2006.
Presentamos demanda hace 2 años ya que, desde el 2016 nos congelaron el tipo de interés sin previo aviso. La sentencia fue a favor de la entidad bancaria y la apelación también ya que alegaron que el TS daba transparencia a este tipo de interés.
Mi pregunta es la siguiente, si ya ha habido sentencia firme y el Tribunal Europeo da la razón al consumidor confirmando que el IRPH es abusivo, ¿se puede volver a demandar a la entidad bancaria?
Además la entidad bancaria, en sus alegaciones, siempre decía que nos estaban aplicando IRPH ENTIDADES cosa que no es verdad, ya que, así fuera, pagaríamos un tipo de interés inferior al que estamos pagando ya que congelaron el que había en el 2012 siendo éste muy elevado.
Gracias.
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Jose Antonio · Terrassa, Barcelona · Martes, 04 Sept. 2018 | 06:41:26 PM · resp. nº 577
Buenas tardes Marta. Creo que un caso ya juzgado no se puede volver a juzgar. No soy experto pero por desgracia pienso que es así. Lo de la congelación del tipo de interés me suena raro, como una cláusula suelo, cosa que es claramente abusivo y demandable. No se como lo expresa tu escritura en concreto, pero si es claudula suelo, no entiendo como no te han dado la razón los tribunales en ese punto. Te aconsejo revisar bien tu escritura con algun esxperto y ver que se puede hacer al respecto. Mucha suerte y un saludo
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rocio · cabanillas · Miércoles, 29 Agosto 2018 | 05:46:54 PM · nº 4393
Tengo una duda, a los que tienen vivienda protegida cuyas hipotecas están referenciadas al IRPH por ley, a parte del IRPH revisado por el gobierno, en la hipoteca se le suma algún diferencial?
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Oscar · Irun-Guipzucoa · Domingo, 02 Sept. 2018 | 03:34:56 PM · resp. nº 575
No siempre, pero suele ser habitual.
Revisa las condiciones de tu hipoteca, en el apartado del interés aplicable debería ponerlo bastante claro.
Se te pueden dar diversas condiciones, irph solo, irph + diferencial, e incluso lo más habitual suele ser el irph + diferencial variable sujeto a condiciones, como seguro de la casa, nóminas, tarjetas, etc etc.
Además de lo anterior puede tener cláusula suelo y no bajar de una cantidad, pero todo ha de estar reflejado en las condiciones que firmaste
Un saludo
IRPH · MADRID · Miércoles, 12 Sept. 2018 | 02:52:40 PM · resp. nº 579
Hola Rocio, tiene un indice corrector del 0.9175. Cogen la media de los 3 últimos irph antes de la reunión de ministros y si la un 2€ por ejemplo, se multiplica por 0.9175 y se obtiene lo que aplican durante ese año. Resumiendo que va a ser un poco mas bajo.
Saludos,
IRPH · MADRID · Miércoles, 12 Sept. 2018 | 02:54:07 PM · resp. nº 580
Perdon, queria decir si da un 2% de media aplican el indice corrector.
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 27 Agosto 2018 | 08:04:45 AM · nº 4392
Hola a todos los afectados,



Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.



Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde http://www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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Julian · Valencia · Viernes, 24 Agosto 2018 | 06:16:46 PM · nº 4391
En el 2007 pase mi hipoteca por subrogación del Banco Valencia a Kutxabank y cometí el error de mi vida, pues pase de Euribor + 1% a IRPH + 0,25%. ¿Por qué? Para obtener algo más de dinero y terminar de pagar el coche. Mi pregunta es, si anulan el IRPH en Europa, ¿también me lo anularán a mi aunque haya yo cambiado de hipoteca voluntariamente? ¿Qué opinais? Gracias de antemano.
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Oscar · Irun-Guipuzcoa · Domingo, 02 Sept. 2018 | 03:39:07 PM · resp. nº 576
Hola. No creo que eso importe a la hora de reclamar. El criterio de Europa debiera de ser "si es o no es un interés legal". De serlo, no tendríamos nada que rascar. Pero si declaran el irph ilegal, por cualquier motivo, simplemente con reclamarlo debieran darnos lo cobrado de más. Pero han de declararlo ilegal.

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