IRPH

IRPH, Euríbor o fijo: cómo elegir según tu hipoteca

IRPH, Euríbor o fijo: cómo elegir según tu hipoteca

IRPH, Euríbor y tipo fijo no son “buenos” o “malos” en abstracto: se comportan distinto cuando suben los tipos, cuando bajan y cuando te quedan diez años o veinticinco. Esta guía te ayuda a encajar el índice (o el fijo) con tu caso real.

Clave: elige con tres números delante: cuota actual, cuota si el índice sube un punto, y coste de cambiar de condiciones.

El IRPH Entidades suele situarse por encima del Euríbor a 12 meses en gran parte de la serie histórica. El Euríbor es más volátil día a día, pero tu cuota variable solo cambia en la revisión. El fijo elimina esa incertidumbre a cambio de un precio que el banco fija hoy. Compara series en IRPH vs Euríbor y en gráficos con datos.

Tres caminos para la hipoteca: IRPH, Euríbor o fijo

Diferencias que importan de verdad

AspectoIRPHEuríborFijo
PublicaciónMensual (BdE)Diario + media mensualNo hay índice
CuotaVariable en revisiónVariable en revisiónEstable (salvo novación)
Nivel típico vs EuríborHabitualmente más altoReferencia de mercadoDepende de la oferta
Riesgo principalRevisiones al alza + diferencialRevisiones al alzaQuedarte caro si los tipos caen
TranquilidadBajaMediaAlta

Perfil A: te quedan pocos años

Con cinco años o menos, los gastos de novación o subrogación pesan más. Si la cuota IRPH te cabe y el esfuerzo es bajo (mide el esfuerzo), a menudo conviene no tocar el contrato salvo error de revisión o una oferta fija claramente más barata.

Perfil B: te quedan muchos años y la cuota ya aprieta

Aquí el IRPH alto se come margen durante mucho tiempo. Compara el “extra” frente a Euríbor con pagas de más y valora pasar a Euríbor o a fijo. La herramienta IRPH → fijo te dice en cuántos meses recuperas los gastos si la cuota fija es menor.

Clave: si una subida de un punto del índice te deja sin colchón, el fijo deja de ser un capricho y pasa a ser seguro de cuota.

Perfil C: ingresos variables o autonomos

La combinación de facturación irregular + revisión al alza es peligrosa. Prioriza estabilidad (fijo o diferencial muy bajo) y un fondo de reserva antes de amortizar agresivo.

Cómo simular la decisión en una tarde

  1. 1
    Anota capital, plazo, diferencial e índice actual.
  2. 2
    Calcula cuota IRPH actual y cuota con IRPH +1 punto (impacto de revisión).
  3. 3
    Calcula la misma operación con Euríbor actual + tu diferencial objetivo.
  4. 4
    Pide una oferta fija por escrito y compárala con IRPH a fijo.
  5. 5
    Suma gastos de cambio y descarta cualquier opción que no recupere el coste en un plazo que te resulte aceptable.

El diferencial importa tanto como el índice

Un Euríbor bajo con diferencial alto puede superar a un IRPH con diferencial muy reducido. Por eso la comparación siempre es índice + diferencial, no el titular del índice solo. Revisa en la escritura si el diferencial estaba bonificado por seguros o domiciliación y qué ocurre si cancelas esos productos.

Algunas escrituras antiguas incluyen redondeos al alza por octavos o décimas. Ese detalle, pequeño en apariencia, se acumula durante años. Localízalo antes de aceptar cualquier “mejora” que no elimine el redondeo.

Si prevés vender la vivienda en menos de tres años, los costes de cambio de hipoteca pueden no compensar. En ese horizonte corta, estabilizar la cuota solo tiene sentido si la revisión actual te desborda el presupuesto mes a mes.

Las ofertas fijas cambian con el mercado. Pide siempre la vigencia de la oferta y la TAE con los productos vinculados marcados como opcionales u obligatorios. Una TAE sin seguros y otra con seguros no se pueden comparar de oído.

Errores al elegir índice

  • Mirar solo el titular del periódico (“el Euríbor baja”) sin mirar tu fecha de revisión.
  • Pasarte a fijo sin sumar comisiones ni productos vinculados.
  • Quedarte en IRPH por inercia cuando el diferencial ya no se puede negociar y el plazo es largo.

Después de decidir

Cualquier cambio debe quedar en escritura o contrato de novación. Guarda la oferta, la FEIN si aplica y el nuevo cuadro. Si además estudias la vía de reclamación por transparencia, ordena papeles con la guía reclamar IRPH 2026.

Clave final: IRPH, Euríbor o fijo se eligen con cuota estresada, años restantes y coste de salida. El resto es conversación de café.

Comentarios

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Carlos · Martes, 26 Febrero 2013 | 12:38:35 PM · nº 1562
Mira del boe, del dia 21
boe.es/boe/dias/2013/02/21/pdfs/BOE-A-2013-1950.pdf
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Elisabet · Barcelona · Sábado, 21 Sept. 2019 | 07:18:41 AM · resp. nº 1562
Jose Antonio de Mollet, pues creo que estoy teniendo mala suerte , mi abogado comento mi caso con sus mismos compañeros porque esta siendo todo muy rápido, y a nosotros nos interesa que se atrase hasta la sentencia europea! Bueno ahora el supremo me comenta que tenga mi sentencia antes que la europea ...espero que sea así. Mi abogado esta en Barcelona en las Rammblas y el tuyo?
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INDIGNADO · Martes, 26 Febrero 2013 | 10:56:43 AM · nº 1561
no desparecera irphcajas por que no existe
solo existe irph uci y banco santander bbv
por eso no baja ni desparece mientre
ellos lo pasan bien los de mas sufre
estos la realidad por eso cuando dice la verdad
te borra tu e-mail
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Alfonso · Madrid · Sábado, 21 Sept. 2019 | 06:52:33 AM · resp. nº 1561
Pues menudo mazazo para los que tenemos IRPH a traves de las VPO ... que es mi caso.

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Dudas y más dudas · Lunes, 25 Febrero 2013 | 04:55:59 PM · nº 1560
Leyendo y buscando solo tengo más dudas. Yo tengo el irph cajas, me actualizan la hipoteca este mes, pero no encuentro por ningún sitio ( ni en la web del banco de españa) el irph de enero. Si no está publicado cual me van a aplicar? el de diciembre que era 3,3 o pueden dejar el de enero del año pasado? (en cuyo caso salgo perdiendo, claro es el 3,79)

Que alguien me oriente por favor!!! Muchas gracias y ánimo a todos, que lo vamos a necesitar para que no nos engañen más!
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Isabel · Cadiz · Viernes, 20 Sept. 2019 | 09:08:18 PM · resp. nº 1560
Si es asin María, por que tengo en la hipoteca que pone lo de los tres años referenciada a cajas, cómo a Isabel, y también desde hace trece años, solo he amortizado 29000€, y los primeros años solo eran intereses, no amortizaba, y también aparte del irph, me dijeron que también tenía suelo, no sé, gracias María y suerte a todos
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Félix · Lunes, 25 Febrero 2013 | 02:46:48 PM · nº 1557
FIRMA LA PETICIÓN PARA QUE NOS QUITEN EL IRPH (falta la triple w)


change.org/es/peticiones/directores-del-bbva-santander-la-caixa-quiten-los-irph-y-sustituyanlos-por-euribor-0-75-o-menos
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Ana · Madrid · Viernes, 20 Sept. 2019 | 04:16:16 PM · resp. nº 1557
Hola ISABEL DE MADRID, puedes esta MUY TRANQUILA pq NO TIENES LA DEFINICIÓN COMPLETA, si te fijas TE FALTA EL ÚLTIMO PÁRRAFO que es el IMPORTANTE. O sea, OMITEN el PÁRRAFO IMPORTANTE, lo cual es más grave aún que, si no te hubieran puesto nada.
En cualquier caso, TRANQUILIDAD A TODOS pq hasta que no se`pronuncie el Tribunal en SENTENCIA no sabremos cuál o cuales serán los requisitos. Pero, si sigue las RECOMENDACIONES del ABOGADO GENERAL - DEFINICIÓN COMPLETA y CUADRO DE EVOLUCIÓN DEL IRPH – NO LAS CUMPLÍS NINGUNO sin necesidad de entrar en el debate sobre las expliciones pertinentes para comprender el cálculo, tema en el que tb entra el ABOGADO GENARAL pero no lo concreta y lo deja en manos de nuestro Tribunal supremo. Si quieres , llámame sin problema 659 47 39 02
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Cris · Lunes, 25 Febrero 2013 | 12:18:33 PM · nº 1556
Ojo que La Caixa no se entera o sí...
La Caixa dice que ante la desaparición del IRPH Cajas y CECA, la hipoteca pasaría directamente al IRPH Entidades. Es decir, da por hecho que el IRPH Entidades sustituye a los dos anteriores. Si no, hay que pagar novación para pasar a Euribor con un diferencial a partir del 2%.
¿Es lícito que te cobren para cambiar a Euribor cuando es por fuerza mayor (desparicion de índices oficiales)??
¿Firmariais un Euribor +2%? Y si en 5 años el euribor está al 2%?

Gracias
Cris
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Juanjo · Lunes, 25 Febrero 2013 | 11:16:38 AM · nº 1555
Respecto a la desaparición del índice que usted cita, debe conocer que de conformidad con lo establecido en la Orden EHA/ 2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios,a la entrada en vigor de la misma, dejarán de ser índices de referencia oficiales para los nuevos préstamos que se contraten a partir de su entrada en vigor tan solo los tres índices siguientes:

“Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por los bancos.
Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de ahorros
Tipo activo de referencia de las cajas de ahorros”


No obstante, tal y como señala la disposición transitoria única de la citada Orden, “los índices o tipos de referencia que se publicaran con carácter oficial y estuvieran siendo empleados en préstamos a interés variable a la entrada en vigor de esta orden, continuarán siendo considerados aptos a todos los efectos. La desaparición completa de los citados índices o tipos, con todos sus efectos, se producirá transcurrido un año de la entrada en vigor de la presente orden y su normativa de desarrollo, siempre que en ese plazo se hubiese establecido el correspondiente régimen de transición para los préstamos afectados. Hasta el momento indicado en el último inciso del apartado anterior, el Banco de España se encargará de publicar mensualmente en su sede electrónica”

Mientras tanto, se seguirán publicando los tipos antes apuntados que continúan siendo un índice oficial para los préstamos que a la entrada en vigor de la Orden lo tuvieran como índice de referencia. Nada podemos opinar que suponga una interpretación del texto escriturado, al ser ello labor –en caso de discrepar- de los tribunales de justicia.

El año desde la entrada en vigor de la Orden, como bien apunta, se cumplirá el 29 de abril de 2013 (en su disposición final 5ª- puede leer que su entrada en vigor se produce a los 6 meses de su publicación, salvo la parte que entra a los nueve meses y el 1 de enero de 2014). La publicación –en plazo aún- de lo previsto en la transitoria primera depende del legislador, no del Banco de España que no tiene competencias para atender ese punto ni redactar lo solicitado en dicho mandato.

Nota: toda información que proporciona el Banco de España a través de las respuestas a consultas recibidas de los usuarios de la página Web, está destinada exclusivamente a orientar a los clientes de las entidades supervisadas, y a intentar ayudarles a resolver sus dudas en los temas sobre los que se informa. Esto es, dicha información tiene la finalidad meramente informativa u orientadora y, por tanto, no es vinculante para la resolución de procedimientos administrativos ni contiene sugerencia, invitación o recomendación alguna para realizar inversiones, depósitos o contratar servicio bancario alguno.
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kikolg · Toledo · Viernes, 20 Sept. 2019 | 10:33:36 AM · resp. nº 1555
Gracias Javier por tu información.
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roberto · Lunes, 25 Febrero 2013 | 10:57:55 AM · nº 1554
Hola,soy otro sufridor de la estafa del IRPH,actualmente lo tengo con un diferencial 0 y he oído que desaparece y tengo dudas,en mi contrato vinculante con el banco,me indica que el índice sustitutivo es el MIBOR + 0,he estado indagando y este ultimo es como si fuese el euribor,alguien me podría aclarar esto,y cuando desaparece el maldito IRPH¿
Gracias de antemano.......
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Ana · Madrid · Jueves, 19 Sept. 2019 | 10:41:04 PM · resp. nº 1554
SÍ, claro, MOURAD. 659 47 39 02 .

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bacu · Domingo, 24 Febrero 2013 | 08:56:31 AM · nº 1553
Buenos días sufridores del IRPH, yo soy uno mas, me gustaría informar por si alguien lo desconoce, que los que tengan firmado un mínimo en su hipoteca pueden negociarlo con su banco. Yo tenía en 2009 un mínimo de 3.5 y diferencial (0) hablé con ellos, lo solicitaron a la central, y me lo concedieron, eso si, pagando 300 eurillos.
No me quitaron todo, pero lo dejaron el mínimo al 1.5 con diferencial (o). No es que haya ganado mucho pero durante 3 años he pagado por debajo de ese 3.5 y me ha compensado económicamente.
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Jose Antonio · Mollet del Valles-Barcelona · Jueves, 19 Sept. 2019 | 09:23:07 PM · resp. nº 1553
Elisabet lo siento mucho, lo que pasas en Catalunya no tiene nombre, en la mayoría de provincias lo tienen todo parado a espera de lo que suceda en Europa.
Pues nosotros presentamos la apelación a la Audiencia provincial de Barcelona en Octubre del 2018 y todavía no tenemos fecha de juicio.
Que abogado te están llevando el caso???
Mucho ánimo y a luchar hasta el final.
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pedro · Sábado, 23 Febrero 2013 | 07:02:14 PM · nº 1552
tengo tipo sustitutivo el tipo medio préstamos ipotecarios adquisición de viviendas libre a más de 3 años que os parece?gracias
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Elisabet · Barcelona · Jueves, 19 Sept. 2019 | 07:58:53 PM · resp. nº 1552
Hola, nosotros hicimos recurso de apelacion en febrero y después de 9 meses hemos tenido juicio el 12 de septiembre hemos tenido juicio en audiencia Provincial de Barcelona, una semana después, sentencia a favor del Banco, no me lo puedo creer, nos condenan a costas 3500€. Pues nada ahora recurso casacion al tribunal Supremo , o perdemos mucho o ganamos mucho pero a luchar hasta el final!!
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fernando · Sábado, 23 Febrero 2013 | 11:56:10 AM · nº 1551
Respuesta a 1094
Eso depende de tu contrato de hipoteca, en la clausula dnd pone el indice qye ae usara para tu cuota, te pone despues cual es el sustituto en caso de desaparicion. En el mio es euribor+1 pero como tengo anual y me hicieron ayer la revision pues a joderse otro año mas al 3,57 mientras le baja al resto del planeta
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MOURAD · CADIZ · Jueves, 19 Sept. 2019 | 06:54:01 PM · resp. nº 1551
hola ana.

me podieras pasar su Nº DE TFNO ,queria hacerle una consulta.

gracias de antemano.

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