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IRPH

IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Sábado, 22 de Agosto de 2026
IRPH ACTUAL (Junio 2026)
3,049% ↑
+0,063 pts vs mayo · +0,247 interanual
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IRPH 2026: IRPH junio 2025: 2,802%   SUBE: +0,247   IRPH junio 2026: 3,049%

IRPH hoy: valor actual, cómo se publica y diferencias con el Euríbor | IRPH.es

IRPH hoy: el valor que importa en tu hipoteca

IRPH Entidades · junio de 2026 3,049% +0,063 pts vs mes anterior
Euríbor 12 m (mismo mes) 2,798%
Diferencia IRPH − Euríbor +0,251 pts
Publicación ~ día 20 de cada mes (BdE)

Clave: el IRPH no tiene un valor “de hoy” cada mañana como el Euríbor. Es un índice mensual: el Banco de España publica un solo número por mes, normalmente alrededor del día 20. Ese número es el que, más tu diferencial, alimenta muchas revisiones de hipoteca.

Si has llegado aquí buscando el IRPH hoy, estás en el sitio adecuado: en IRPH.es centralizamos el dato, su evolución y —sobre todo— la explicación clara de cómo funciona de verdad. Porque confundir el ritmo del IRPH con el del Euríbor es uno de los malentendidos más frecuentes entre quien tiene (o revisa) una hipoteca variable.

IRPH y Euríbor no “respiran” igual

El Euríbor a 12 meses se publica cada día hábil. Hay un valor diario. Al final del mes, muchas entidades y herramientas calculan una media mensual de esos días (o usan el valor de un día concreto según la escritura). Esa media —o ese día de referencia— es lo que suele aplicarse a las hipotecas ligadas al Euríbor, junto con el diferencial.

El IRPH Entidades es otra historia. No es la media de cotizaciones diarias de un mercado interbancario. Es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para vivienda libre concedidos por el conjunto de entidades de crédito en España. Lo elabora y publica el Banco de España. Resultado práctico:

  • Un valor al mes, no uno cada día.
  • Sale en el entorno del día 20 (a veces un poco antes o después).
  • Refleja lo que las entidades han cobrado de media en nuevas operaciones hipotecarias de ese mes de referencia.
  • En la hipoteca se combina con el diferencial que firmaste.

Clave: cuando alguien pregunta “¿cuánto está el IRPH hoy?”, la respuesta honesta es: el último valor mensual publicado. No hay cotización intradía del IRPH como la del Euríbor.

Cómo se publica el IRPH (y por qué “alrededor del 20”)

El calendario importa. Las entidades remiten información; el Banco de España consolida y publica el índice. Por eso no tiene sentido mirar el IRPH “a primera hora del lunes” esperando un tick nuevo: el ritmo es mensual.

En la práctica, quien tiene revisión de hipoteca IRPH debe mirar:

  1. Qué mes de referencia indica la escritura (no siempre es “el mes en curso” de forma intuitiva).
  2. Cuál es el último IRPH publicado que corresponde a esa regla.
  3. Qué diferencial se suma (por ejemplo IRPH + 0,25; IRPH + 1, etc.).

El tipo nominal orientativo de un periodo de revisión es, simplificando:

Tipo ≈ IRPH del mes de referencia + diferencial pactado

Con ese tipo se recalcula la cuota según el sistema de amortización de tu préstamo (casi siempre el francés). Unas décimas de más o de menos, mantenidas años, se notan en el bolsillo.

Evolución reciente del IRPH

Gráfico de los últimos 24 meses de la serie que usamos en IRPH.es (valores mensuales):

IRPH frente a Euríbor (misma ventana)

Comparar ambos índices en el mismo periodo ayuda a ver la diferencia (IRPH − Euríbor). No implica que “uno sea ilegal”: implica que el método de cálculo y el mercado de referencia son distintos, y el resultado para la cuota también.

Qué es exactamente el IRPH Entidades

El nombre largo oficial apunta a su definición: tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre concedidos por el conjunto de entidades. En la vida cotidiana lo llamamos IRPH o IRPH Entidades.

Antes existían variantes (IRPH Bancos, IRPH Cajas). Tras los cambios normativos de 2013, el que permanece en el debate y en muchas escrituras vivas es el de entidades. Si tu hipoteca es antigua, conviene leer la cláusula con calma: a veces el contrato menciona un IRPH concreto y una regla de sustitución si ese índice deja de publicarse.

Clave: el IRPH no es “el Euríbor de España”. Es otra referencia, construida con otra lógica. Compararlos es útil; tratarlos como si fueran el mismo producto, no.

Cómo afecta a tu cuota

En una hipoteca variable, el banco no inventa el tipo cada mes a capricho: aplica el índice de la escritura más el diferencial. Si el índice sube, la cuota tiende a subir en la siguiente revisión; si baja, puede bajar (salvo suelos u otras cláusulas que ya no son lo habitual, pero conviene verificar).

Ejemplo orientativo (no es una simulación personalizada):

  • Capital pendiente alto + plazo largo → cada décima del índice se nota más en euros al mes.
  • Capital bajo o plazo corto → el impacto mensual es menor, aunque el tipo siga siendo el mismo.

Para hacer números con tus datos, en IRPH.es tienes el simulador de hipoteca, la calculadora de cuánto pagas de más y la de cambio IRPH → Euríbor.

Transparencia, TJUE y reclamar

El IRPH ha protagonizado un largo recorrido judicial en España y en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La línea general no es “el índice es ilegal por existir”, sino valorar si en la comercialización hubo transparencia suficiente para que el consumidor medio entendiera el coste y el método.

Si te planteas reclamar, lo sensato es:

  1. Reunir escritura, cuadro de amortización y comunicaciones del banco.
  2. Leer el estado actual de la doctrina (Supremo, TJUE) con fuentes fiables.
  3. Consultar con un profesional que conozca IRPH de verdad, no solo titulares.

En la web puedes ampliar en reclamar IRPH, IRPH y el TJUE y qué es el IRPH.

Checklist rápido si tu hipoteca es IRPH

  • Localiza en la escritura la palabra IRPH y el diferencial.
  • Anota mes de revisión y mes de referencia del índice.
  • Consulta el último IRPH publicado (el de esta página).
  • Compara con el Euríbor del mismo periodo en Euríbor hoy.
  • Simula amortizar o cambiar de estrategia con las calculadoras.

Clave: el “IRPH hoy” es el último valor mensual oficial disponible. Úsalo con la regla de tu escritura, no con la intuición del día de la semana.

Un poco de historia útil (sin aburrir)

El IRPH no nació ayer. Durante años convivieron variantes ligadas a bancos, a cajas y al conjunto de entidades. La crisis financiera y los cambios de mapa bancario español empujaron a simplificar el panorama: lo que la mayoría de afectados sigue mirando hoy es el IRPH Entidades.

En paralelo, el Euríbor se consolidó como la referencia dominante en nuevas hipotecas variables. Eso no borró de un plumazo los préstamos ya firmados con IRPH: siguen vivos, se revisan y generan cuotas mes a mes. Por eso una página de “IRPH hoy” sigue teniendo sentido en 2026: no es nostalgia, es herramienta de bolsillo.

Quien firmó hace quince años no tenía un móvil con comparadores en la mesilla. La información precontractual, las simulaciones y la claridad del índice se juzgan con la mirada de entonces y con la doctrina de ahora. Por eso en IRPH.es mezclamos dato actual y contexto jurídico, sin convertir cada párrafo en un buffer de bufete.

Cómo leer el número grande sin engañarte

El porcentaje del hero de esta página es el último valor mensual de la serie. No es:

  • tu tipo final (falta el diferencial);
  • tu cuota en euros (faltan capital, plazo y sistema de amortización);
  • una promesa de lo que cobrará el banco el mes que viene si tu escritura apunta a otro mes de referencia.

Sí es la base oficial con la que muchas revisiones se construyen. Si el IRPH sube tres décimas y tu diferencial es fijo, el tipo sube tres décimas. La cuota no sube “tres décimas de cuota”, sino lo que diga la fórmula francesa con tu capital pendiente.

Clave: guarda en favoritos esta página y la de Euríbor hoy. En la semana de tu revisión, mira ambos, abre el simulador y decide con números propios.

Preguntas que escuchamos una y otra vez

¿El IRPH se actualiza los fines de semana? No. No hay publicación diaria.

¿Puedo anticipar el IRPH del mes que viene? Puedes intuir tendencias mirando el mercado y el Euríbor, pero el dato oficial llega cuando el Banco de España lo publica. No inventes un “IRPH intradía”.

¿Si el Euríbor baja, el IRPH baja igual? No necesariamente al mismo ritmo ni en la misma magnitud. Por eso el gráfico dual de esta página es más útil que una frase suelta en redes.

¿Me conviene pasar a Euríbor? Depende de capital pendiente, años que quedan, diferencial ofrecido, comisiones de novación o subrogación y tu tolerancia a la volatilidad. Usa la calculadora IRPH→Euríbor y, si la cifra es gorda, habla con alguien que no cobre solo por asustar.

¿El IRPH “malo” es siempre reclamable? No hay un interruptor universal. Hay escritura, hay prueba de información, hay plazos y hay criterios judiciales. El dato de hoy no sustituye el análisis del caso.

De la cifra a la acción (orden recomendado)

  1. Anota el IRPH de esta página y la fecha del mes al que corresponde.
  2. Abre la escritura: diferencial, mes de referencia, tipo de revisión.
  3. Mira el Euríbor del mismo mes en euribor-hoy.php.
  4. Simula cuota actual y escenarios de amortización.
  5. Si hay margen de ahorro o de reclamación, documenta y consulta.

Este orden evita el error clásico: obsesionarse con un titular (“el IRPH se dispara”) sin mirar si ese valor es el que realmente entra en tu próxima letra.

Por qué lo explicamos con calma

Porque una hipoteca es una relación larga. Entender el índice no te convierte en analista del Banco de España; te convierte en alguien que no firma a ciegas la próxima decisión (amortizar, novar, reclamar o esperar). En IRPH.es queremos que el IRPH hoy sea legible en el móvil, con el número grande, la diferencia con el Euríbor y los enlaces a las calculadoras sin hacerte recorrer media web a oscuras.

Si algo de esta página no cuadra con tu recibo, casi siempre la respuesta está en la escritura (mes de referencia distinto, diferencial distinto, redondeos o productos vinculados). El índice es común; el contrato es tuyo.

Más herramientas en IRPH.es

En resumen: el IRPH hoy no se mira como una cotización de mercado al minuto. Se mira como el dato mensual que el Banco de España publica cerca del día 20, y que —junto a tu diferencial y tu escritura— define la cuota en cada revisión. Entender esa diferencia con el Euríbor evita confusiones y ayuda a decidir con números, no solo con titulares.

Comentarios

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Ron · El Vendrell- Tarragona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 05:42:40 PM · nº 5742
Hay periódicos que dan por ganadores a la banca y otros que dan por ganadores a los consumidores, todo se verá el día 3. Yo me quedo con lo que dice Erausquin el abogado,que dice que probablemente den la razón a los consumidores. Suerte a todos.
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Álvaro Rodrigo · Sevilla · Domingo, 01 Marzo 2020 | 04:20:40 PM · nº 5741
Hola...irph con caja Granada desde 2006, ni idea de lo que era el irph, nadie ni notario explico nada..menos el banco o caja ..empecé a enterarme de lo que era al ver que el euribor caía y caía ..y nuestro maldito irph nada, por lo que empecé a buscar y darme cuenta del gran robo que nos estaban haciendo, y lo injusto que es,

Mucho ánimo para todos y suerte con esa sentencia, crucemos los dedos
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Luis · madrid · Domingo, 01 Marzo 2020 | 05:11:31 PM · resp. nº 1915
Lo que ya comentamos en su dia... No sera que el No teneiss Ni idea de que va la Sentencia sois vosotros dos... entre muchos de por aqui
La sentencia díra si el IRPH puede ser objeto de control de transparencía. En caso positivo, una vez admitido el control de transparencia, el Abogado General establece que el juez, en cada caso concreto, deberá valorar si la cláusula es abusiva o no en función de la información que las entidades bancarias hayan proporcionado al consumidor en el momento de firmar la hipoteca, de modo que el consumidor haya podido tomar una decisión prudente y con pleno conocimiento de causa respecto al método de cálculo del tipo de interés aplicable, siendo consciente de las consecuencias económicas, por lo que es preciso no sólo especificar la definición completa del índice de referencia, sino también las disposiciones de la normativa nacional pertinentes que determinen el índice. Por último, se deberá pronunciar sobre la tercera cuestión, las consecuencias de la declaración de nulidad. En su voto particular a la STS de 14 de noviembre de 2017 los magistrados discrepantes se decantaron por la sustitución del IRPH por el Euribor, que parece lo más razonable, pues económicamente no se comprendería un préstamo sin interés o quizás sí. No Cabe la posibilidad de declarar nulo el contrato de hipoteca entero El 99,9% existe una clausula que establece que en caso de desaparición de la referencia pactada y/o sustitutivos, se fija el último tipo nominal cobrado, en principio este es el tipo fijo que te aplicará el banco. Seguramente todos pasen a un "Tipo Fijo Pactado" caso por caso, medio punto por debajo de lo actual para satisfacer posibles demandas futuras que también estará incluido el no demandan.
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Luis · Madrid · Domingo, 01 Marzo 2020 | 09:41:52 AM · nº 5740
Aquí esta explicado a la Perfección todo lo que he defendido estos meses y que la sentencia teniendo un Abanico muy Amplio de posibilidades, de nuevo todo recaerá en España y en Supremo. -------------https://www.expansion.com/empresas/banca/2020/02/29/5e5905da468aebb15c8b4607.html
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eric · Barcelona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 02:16:46 PM · resp. nº 1908
AQUÍ DECIDE EL TJUE Y LOS JUZGADOS ESPAÑOLES TENDRÁN QUE SEGUIR SU CRITERIO. NO EL DEL TRIBUNAL SUPREMO QUE YA CONOCEMOS NI EL QUE TE PAREZCA A TI O A MÍ MEJOR.Lo estás vendiendo como si decidiera el supremo por que le devuelven la pelota tal cual . SÓLO IMPORTA LO QUE DIGA EL TJUE .O HAS ESCUCHADO UNA SENTENCIA QUE DIGA : QUE DECIDA OTRO .CON LAS CLÁUSULAS SUELO PASO LO MISMO EL SUPREMO DIJO UNA COSA Y DECIDIÓ EL TJUE LO CONTRARIO , A FAVOR DE LOS CONSUMIDORES.
eric · Barcelona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 02:27:49 PM · resp. nº 1909
Por que no buscas un foro de banqueros , amigos de la banca y resto de especuladores . Allí seguro que encuentras a más gente alineada en tus opiniones .Todas ellas claro está contrarias a los afectados por el IRPH . Entiendo que hay gente que cree que la sentencia será favorable , gente que piense que no , pero la gente como tú que afirma una y otravez ,que aquí decide el tribunal supremo y el resto de juzgados siguen su criterio es mentira . 9 AUDIENCIAS PROVINCIALES DAN LA RAZON AL CONSUMIDOR Y NI EN EL SUPREMO HAY UNANIMIDAD .Sólo tienes que esperar un par de dias así que no es necesario que seas tan cenizo .
Luis · Madrid · Domingo, 01 Marzo 2020 | 04:13:39 PM · resp. nº 1910
Eric de Barcelona....Llegas a ser cansino... de tu propia ignorancia. Cuando se dice que la sentencia ira en linea con lo que ya comento el Abogado del TJUE significa que dictaminó que el IRPH no es abusivo en sí mismo. Estimaba que las reclamaciones deben ser dilucidadas por los tribunales españoles analizando cada caso concreto y decidiendo sobre cada uno de ellos y no de manera general.. Para tu información que un caso se gane en la audiciencia provincial existe apelación hasta llegar al Supremo y el Supremo es el que tiene la ultima palabra dirá que no es Abusiva. Deja de Vende---humo pedazo ignorante que te lo esta diciendo el EXPANSION.COM. Resulta que todos nos equivocamos menos tu Criterio de Mierda que ya cansas... 9.AUDIENCIAS PROVINCIALES DAN LA RAZON AL CONSUMIDOR en este caso los Bancos apelaran hasta llegar al Supremo. Esto no te lo explica un Abogado por que si no no COBRAN. El Expansion te esta diciendo cual es entre todas las posibilidades la que mas se acerca a la realidad y casualmente es la misma que yo he opinado... Te joda o no.... Que a ti te den un duro significa que al resto se lo quitaran.

Ver las 7 respuestas →

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Ana · Tarragona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 08:57:46 AM · nº 5739
Buenos días...ánimo a todo!!Que injusticia hemos tenido que aguantar..por parte de los banco y lo que no son banco...brindó que cambié las cosa porque vamos de el peor a el peor...munchas a suerte a todos y gracias por compartir!! Esperemos que acabe ya estos desastres humano...por el bien de todo.
Verdaderamente noan liquidado mentalmente o sikikamente...Porque ya no se en que creer de esta mafia corrupta despiadada y sufrida..Que van cogida de la mano...aquien nosotro llamamos estado!!Dime con quien anda y yo te diré quien eres?estos fenómenos Aquien llamamos estado...suerte a todo.
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Juan Guerrero · Elche-Alicante · Sábado, 29 Febrero 2020 | 09:50:10 PM · nº 5738
Yo la verdad es que estoy algo negativo. Como Europa no deje las cosas claras, tendremos que ir al juzgado a reclamar, teniendo los bancos - yo estoy en el Santander, pero mi hipoteca viene del Banesto - capacidad de llegar al Supremo, y ya sabemos que piensa el Supremo.
Sólo nos queda esperar a ver si llega el fin de esta injusticia.

Un saludo a todos.
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sergio48 · madrid · Sábado, 29 Febrero 2020 | 04:30:11 PM · nº 5737
Hola a todos me hipoteque hace tres años tengo alguna opción de reclamar algo? gracias.

https://mejoresprestamospersonales.es/
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Raúl · Sabadell · Sábado, 29 Febrero 2020 | 12:32:34 PM · nº 5736
El último fin de semana antes de la setencia IRPH del TJUE. ¡¡¡A cruzar los dedos!!!
Responder
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jose antonio · HOSPITALET LLOBREGAT (L') · Viernes, 28 Febrero 2020 | 06:52:32 PM · nº 5735
pues si es un sablazo, porque encima ese dinero también ahi que declararlo a hacienda,
otro sablazo mas,
no si al final aqui los que van a ganar van a ser los abogados,
Responder
Manuel Jesús · San Agustín del Guadalix-Madrid · Viernes, 28 Febrero 2020 | 08:00:25 PM · resp. nº 1905
A Hacienda se declara los rendimientos del trabajo. Las cantidades que ganes el el juicio no hay que declararlas
Frasquito Roc · Elda-Alicante · Sábado, 29 Febrero 2020 | 12:41:23 AM · resp. nº 1906
Los 4 últimos años se tienen que declarar, el resto prescribe.
Miguel Ángel · Badalona-Barcelona · Sábado, 29 Febrero 2020 | 09:39:40 PM · resp. nº 1907
En realidad lo que reclamaría Hacienda sería lo desgravado de más los últimos 4 años, pues lo anterior ya ha prescrito.
Eso sí pagaran dinero, porque si se usara ese dinero en la amortización de capital pendiente no tendrían nada que reclamar.
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manuel · barcelona · Viernes, 28 Febrero 2020 | 05:54:30 PM · nº 5734
muy buenas me estan llamando de reclama por mi te cobran el 15% + iva pero lo que no entiendo es si condenan al banco a pagar costas se lo quedan tambien alegando por buen trabajo y si pierdo y me condenan acostas lo pago yo lo del buen trabajo digo yo que por eso cobran el onorario porque tienen que cobrar las costas
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eric · Barcelona · Viernes, 28 Febrero 2020 | 06:32:13 PM · resp. nº 1903
Si te recuperan 25.000 EUROS Y te cobran 15% + iva = 4537.5 ( si no me equivoco ) La condena en costas al banco no se cuanto es , pero si en total se llevan unos 6000 euros y tu recuperas 20000 . La verdad que si es un sablazo .
eric · Barcelona · Viernes, 28 Febrero 2020 | 06:51:30 PM · resp. nº 1904
He leído que la condena en costas puede ascender a 3000 euros dependiendo del territorio .La verdad que estaría bien que alguien que supiera del tema pusiera UNA SIMULACIÓN DEL COSTE DE UNA DEMANDA POR IRPH , DESGLOSADA Y CON EJEMPLOS ETC...
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jose antonio · HOSPITALET LLOBREGAT (L') · Viernes, 28 Febrero 2020 | 11:10:49 AM · nº 5733
hola, alguien podria poner con que abogados esta y lo que se llevan, y si tienen buen trato de momento,
es que estoy echo un lio con que abogado coger para no esquivicarme,
gracias
Responder
Cris · Tarragona · Viernes, 28 Febrero 2020 | 02:40:31 PM · resp. nº 1902
Hola! desde 2016 (después de informarnos muuuucho)decidimos no unirnos a ninguna demanda colectiva y lo tenemos en manos del despacho: Solà Galvé Advocats (Barcelona), estamos contentos: muy profesionales, atención individualizada, nos han explicado cada paso...en otras palabras: con la seguridad y tranquilidad que estamos en buenas manos. Ahora solo nos cabe esperar la tan deseada Sentencia y que el Juzgado especializado en asuntos bancarios nos cite.

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