IRPH

IRPH qué es: definición, cálculo y por qué importa en tu hipoteca | IRPH.es

IRPH qué es: la guía clara del índice de tu hipoteca

Si has llegado hasta aquí buscando IRPH qué es, la respuesta corta es esta: el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es un índice oficial que publica el Banco de España y que se ha usado para calcular el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable en España. La respuesta larga —y la útil— es entender cómo se construye, en qué se diferencia del Euríbor y por qué ha generado tantas reclamaciones.

Documentación hipotecaria e índice IRPH

Hipoteca fija y hipoteca variable: dónde entra el IRPH

Hay dos grandes familias de hipotecas:

  • Hipoteca a interés fijo: la cuota no depende de un índice. Salvo amortizaciones anticipadas o cambios de contrato, pagas lo mismo mes a mes.
  • Hipoteca a interés variable: la cuota se revisa periódicamente según un índice de referencia más un diferencial pactado con el banco.

En las variables, el índice más conocido es el Euríbor. El otro gran protagonista histórico ha sido el IRPH. Si tu escritura habla de “tipo medio de los préstamos hipotecarios…”, “IRPH Entidades”, “IRPH Cajas” o “IRPH Bancos”, tu préstamo está ligado a este índice.

Antes de firmar cualquier hipoteca conviene comparar ofertas actuales. En IRPH.es tienes calculadoras de hipoteca y, si ya tienes préstamo, herramientas de revisión y amortización parcial.

IRPH qué es, en una frase útil

El IRPH es el tipo que el banco usa (junto con tu diferencial) para fijar el interés de tu hipoteca variable entre una revisión y la siguiente. Si el IRPH sube en el mes de referencia de tu contrato, tu cuota tiende a subir; si baja, tiende a bajar. El periodo de revisión suele ser anual, aunque hay escrituras semestrales o trimestrales: lo decide tu escritura.

Nombre oficial del IRPH

El nombre largo y oficial del índice vigente es, en esencia:

Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España.

En el lenguaje cotidiano se resume como IRPH Entidades o simplemente IRPH. Lo publica el Banco de España (y se refleja en el BOE), normalmente en torno al día 20 de cada mes, con el valor correspondiente al mes anterior.

Último valor disponible en esta web: 2026-09: 3,189 % (serie orientativa elaborada a partir de datos oficiales y series históricas). Consulta siempre la publicación oficial del Banco de España para operaciones jurídicas o bancarias.

Cómo se calcula (idea clara)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican información de tipos de préstamos hipotecarios a más de tres años para vivienda libre.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. Ese resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas al IRPH.

Una de las críticas históricas de muchos afectados es que, al construirse a partir de tipos de operaciones reales (con la lógica de la TAE en el diseño del índice), el IRPH ya incorpora márgenes y costes del sistema, de modo que al sumarle después el diferencial y las condiciones propias del contrato el resultado suele situarse por encima del Euríbor durante largos periodos. El Euríbor, en cambio, refleja el precio del dinero entre bancos en el mercado interbancario, no la media de lo que ya cobran las entidades a sus clientes hipotecarios.

Esa diferencia de construcción es el núcleo del debate económico del IRPH; el debate jurídico se centra sobre todo en la transparencia de la cláusula al contratar.

Gráfico del IRPH (últimos 24 meses)

Serie mensual orientativa. Fuente de elaboración: datos IRPH.es a partir de series oficiales.

IRPH Cajas, IRPH Bancos e IRPH Entidades

Antes de 2013 coexistían varias variantes:

  • IRPH Cajas — media basada en cajas de ahorros.
  • IRPH Bancos — media basada en bancos.
  • IRPH Entidades — media del conjunto de entidades.

Con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, desaparecieron el IRPH Cajas y el IRPH Bancos. Quedó vigente el IRPH Entidades, que es el que hoy se publica y el que más aparece en el debate actual. Muchas escrituras antiguas referenciadas a Cajas o Bancos pasaron a usar el índice sustitutivo previsto en el contrato o el marco legal posterior.

IRPH frente al Euríbor: la diferencia que se nota en la cuota

Durante años, el IRPH se ha movido de forma más estable que el Euríbor, pero habitualmente más alto. Cuando el Euríbor cayó con fuerza tras la crisis, muchas hipotecas Euríbor abararon de forma visible; las referenciadas al IRPH bajaron más despacio y en menor medida. Esa brecha es lo que miles de familias cuantifican al preguntarse cuánto han pagado de más.

En el gráfico siguiente puedes ver, mes a mes, el IRPH, el Euríbor y la diferencia entre ambos (cuando hay dato de los dos índices):

Rojo: IRPH · Naranja: Euríbor · Rosa: diferencia (IRPH − Euríbor). Tooltips al tocar o pasar el cursor.

Para series largas y tablas: IRPH histórico, Euríbor, IRPH vs Euríbor y diferencia IRPH–Euríbor.

¿Por qué hay tantas demandas por IRPH?

No porque el índice “no exista” o no sea oficial. El conflicto nace de dos ideas que se repiten en el relato de los afectados y en buena parte de la jurisprudencia de consumo:

  1. Efecto económico: muchas hipotecas IRPH han resultado más caras que hipotecas equivalentes referenciadas al Euríbor.
  2. Transparencia: si el banco no explicó de forma comprensible cómo funcionaba el índice, su evolución histórica y las consecuencias económicas de elegirlo frente a otras opciones, la cláusula puede someterse al control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

El recorrido judicial ha pasado por juzgados de primera instancia, audiencias provinciales, Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La doctrina ha ido precisándose: no hay una anulación automática de todas las cláusulas IRPH; se analiza el caso concreto (información precontractual, escritura, contexto). Puedes ampliar en reclamar IRPH, IRPH y TJUE e documentos para reclamar en 2026.

¿Se siguen firmando hipotecas con IRPH?

En la práctica actual, casi no se comercializan hipotecas nuevas referenciadas al IRPH. El mercado se ha concentrado en Euríbor, tipos fijos y mixtos. El IRPH sigue siendo relevante sobre todo para quienes ya tienen el préstamo en vigor y para el seguimiento de revisiones y posibles reclamaciones.

Qué puedes hacer desde IRPH.es

Preguntas frecuentes sobre qué es el IRPH

¿El IRPH es ilegal?
El índice es oficial. Lo que se discute en los tribunales es, sobre todo, si la cláusula que lo incorporó a tu contrato superó el control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

¿Cómo sé si mi hipoteca es IRPH?
Revisa la escritura (cláusula de interés variable) o un recibo detallado. Busca “IRPH”, “tipo medio de los préstamos hipotecarios” o referencias a entidades, cajas o bancos.

¿El IRPH siempre es más caro que el Euríbor?
Históricamente ha tendido a situarse por encima durante largos periodos, pero la diferencia no es fija ni idéntica en todos los meses. Por eso conviene mirar series y no un solo dato aislado.

¿Puedo cambiar el IRPH por Euríbor?
A veces mediante novación con tu banco, subrogación a otra entidad o, si hay base jurídica, por vía de reclamación. Cada camino tiene requisitos y costes distintos.

Conclusión

IRPH qué es, en la práctica: el índice oficial con el que se revisa el tipo de muchas hipotecas variables españolas; un índice más estable que el Euríbor en apariencia, pero con un historial de cuotas habitualmente más altas; y el centro de un debate jurídico centrado en la información que recibió (o no) el consumidor al firmar. Entenderlo es el primer paso para decidir si te conviene amortizar, negociar, reclamar o simplemente seguir la evolución del índice con datos claros.

Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero. Contrasta siempre con tu escritura, con el Banco de España y, si procede, con un profesional colegiado.

Comentarios

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David · Sabadell,Barcelona · Domingo, 03 Mayo 2020 | 08:16:36 AM · nº 5979
Hola buenos días a todos,lo que no entiendo es que dicen que el banco no va con mala fé,y que el irph es oficial dado que esta regulado por el banco de España y a eso se acoje el juez, vale de acuerdo.Entonces porque si el Banco de españa dice (en la circular del Banco de España 5/1994 del 22 de julio, se indicaba que para evitar que los consumidores tuvieran que pagar mucho más por un préstamo hipotecario IRPH, se debía aplicar un diferencial negativo con el fin de evitar el pago doble de comisiones y gastos. Aplicar un diferencial negativo es necesario para evitar el efecto inflacionista de las comisiones y gastos en las hipotecas IRPH. hay que ponerle un diferencial negativo para que no sea un indice abusivo)no lo hizo ,y el juez que juzga esto no lo ve,con eso ya va con mala fé y esta dicho por el banco de españa el juez de Barcelona eso no lo ve.SE LO HA OLVIDADO ,Porque tanta historia de tribunales y de esperas para que salga un juez y de su opinión personal,que ha dicho el tribunal europeo,pues rigete por esas directrices.Esto ya se pasa de madre hay un código y unas directrices pues cíñete ha ella.Estoy bastante harto de este país de estos políticos y de estos tribunales (TS)ESTO ES PEPE GOTERA Y OTI...CHAPUZASS A DOMICILO
GRACIAS AL JUEZ QUE HA LIADO ESTO.
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Jose · Barcelona · Domingo, 03 Mayo 2020 | 10:05:47 AM · resp. nº 2142
A este paso el IRPH tiene la misma pinta de acabar como el "impuesto de las hipotecas" donde el Supremo rectifico beneficiando a la banca. Lo mejor es esperar antes de emprender acciones legales a la decisión de nuevo del Supremo, cuidado con los Abogados que están diciendo que esto está ganado o existe Jurisprudencia cuando falta que se pronuncie el Supremo en todos los caso que salen después de la decisión del TJUE.
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Paul · Barcelona · Sábado, 02 Mayo 2020 | 05:15:53 PM · nº 5978
Cánovas Escudero Abogados ha publicado un artículo respecto al tema en el cual concluyen:

ERROR DE INTERPRETACIÓN
Aquí quiero añadir como comentario que la sentencia del TJUE no exige analizar escenarios futuros ni tener una bola de cristal, sino los presentes y los pasados y compararlos con otros.

Sentado lo precedentemente expuesto, es más que obvio el gravísimo error interpretativo en que incurre la sentencia de la Sección 15 de Barcelona, que, de ser seguida por todos los Juzgados de la Provincia de Barcelona, que aúnan a un gran número de afectados por el IRPH, implicará que el derecho a reclamar por este concepto y a ser reembolsado dependerá de la provincia en que radique el domicilio de cada afectado, lo cual no podemos admitir, bajo concepto alguno, por ser contrario al derecho de igualdad y al de tutela judicial efectiva consagrados en nuestra Constitución.

podeís leer el artículo completo en https://canovasescuderoabogados.com/nuestra-companera-celia-canovas-analiza-en-confilegal-la-reciente-sentencia-de-la-seccion-15-de-la-audiencia-provincial-de-barcelona-sobre-el-irph/
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Jose · Barcelona · Domingo, 03 Mayo 2020 | 04:42:02 AM · resp. nº 2141
Se les acaba el Pelotazo a esto "humildes letrados" como ella misma se describe. "Estos humildes letrados" que siguen alimentando la esperanza bajo nuestra ignorancia en derecho para seguir manteniendo en pie el negocio. Esta sentencia es otro Golpe Bajo y lo rematara el Supremo que seguirá manteniendo su criterio a favor de la banca.
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Jose · Barcelona · Sábado, 02 Mayo 2020 | 04:48:44 PM · nº 5977
No que es Peor, el fallo de la una audiencia provincial o las palabras desoladoras del Abogado David Viladecans. “esta sentencia deja claro que esta va a ser una cuestión muy controvertida en la que los pleitos en los que se pretende la nulidad del IRPH mayoritariamente se fallan en contra del consumidor, lo que comporta un riesgo de derrota elevado”.
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ana · TARRAGONA · Sábado, 02 Mayo 2020 | 03:37:16 PM · nº 5976
Hay una sentencia ganada por el banco!!! Y haora que hacemos..llevamos 4 año de espera...menuda mafia hay en españa Poreso la Unión Europea no quiere darle ni un duro A España...Dice que se lo gastaría en chulos y en pita...
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Jose · Barcelona · Sábado, 02 Mayo 2020 | 04:45:11 PM · resp. nº 2140
David Viladecans, director de asesoría jurídica de Tecnotramit, asegura que “esta sentencia deja claro que esta va a ser una cuestión muy controvertida en la que los pleitos en los que se pretende la nulidad del IRPH mayoritariamente se fallan en contra del consumidor, lo que comporta un riesgo de derrota elevado”. “Lo relevante es que entiende que, aplicando los mismos criterios del TJUE, la doctrina del Supremo sigue siendo válida porque la cláusula IRPH es suficientemente comprensible para un consumidor medio y, aunque no lo fuera, no podría considerarse abusiva, pues no hay desequilibrio entre las partes ni mala fe del banco”, explica Ignacio Benejam, socio de DWF-RCD.
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Shafik · Onda · Sábado, 02 Mayo 2020 | 01:19:44 AM · nº 5975
Hola a todos tengo una duda sobre mi hipoteca UCI he firmado la hipoteca recien llegado a España y me pusieron todo lo que les dio la gana . Primero el precio de la hipoteca,un diferencial 0.79 más 0.10 si no pago atra vez de cuenta Santander , al final son 0.89 de diferencial . Hay tantas cláusulas abusivas que el banco que he ido a subrogar la hipoteca dijo esto es una salvajada no te puedo ayudar. Otra duda alguien sabe la circular 8/1990 . BOE claramente dice que IRPH con un diferencial negativo.
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Carmen · Orihuela · Viernes, 01 Mayo 2020 | 02:42:34 PM · nº 5974
Buenas ,tengo irph desde 2006 com diferencual 0.en estos momentos mi interes esta en 1,8.
Me interesa reclamar?gracias
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eric · Barcelona · Viernes, 01 Mayo 2020 | 01:12:26 PM · nº 5973
A ver si algún abogado de los que suelen hacer comentarios en este foro puede aclararnos la sentencia de la audiencia provincial de Barcelona. No entiendo que otras audiencias provinciales anulen el IRPH Y aquí parece que es poco menos que imposible . Una " justicia diferente" en la que el criterio es opuesto a la sentencia del TJUE es lo que tenemos en Barcelona ? No parece un caso aislado sino un criterio completamente diferente.
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Zahori · Sabadell-Barcelona · Viernes, 01 Mayo 2020 | 01:32:35 PM · resp. nº 2138
Esto es, cuanto menos, prevaricación, en mi humilde e ignorante opinión.
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Viernes, 01 Mayo 2020 | 09:23:38 AM · nº 5972
Si lo que quieren decir los de la audiencia provincial de Barcelona, que podíamos haber consultado el boe por Internet, yo le diría que en el 2004 que yo me compre el piso no tenía línea adsl ni fibra ni siquiera un ordenador para mirarlo, estamos en el 2020 y tampoco tengo ordenador ni fibra para mirarlo, ya que con mi hipoteca de irph no tengo dinero para hacerlo. Ahora puedo hacer algo con mi smartphone, pero les recuerdo que el primer smartphone fue de apple en el 2007 y el 2008 salió el smartphone de Android, yo firmé en 2004, no pude consultar el boe ese,antes de comprar el piso.
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Viernes, 01 Mayo 2020 | 09:05:00 AM · nº 5971
Hola, la audiencia provincial de Barcelona, se pasa por el forro la sentencia del TJUE, sigue con lo que decía el supremo. Cómo le de por preguntar al tjue los de primera instancia otra vez, tardaremos otros dos añitos para que contesten, ya no saben cómo alargar más lo del irph. https://www.google.com/amp/s/confilegal.com/20200501-la-ap-de-barcelona-dicta-una-sentencia-sobre-el-irph-a-contracorriente-del-tjue/amp/s cuidaros.
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cvndani · España · Jueves, 30 Abril 2020 | 06:37:51 PM · nº 5970
Hola a todos, una pregunta, la carta dirigida a atención al cliente del banco se puede tramitar por e-mail?
Gracias
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Dabitxu · BARCELONA · Viernes, 01 Mayo 2020 | 08:50:24 AM · resp. nº 2136
Hola cvndani, Yo he enviado una reclamación extrajudicial a través del muro de Caixabankdidos y me han contestado. No he tenido que ir a la oficina a verles la jeta (además la tengo lejos de casa y con lo del confinamiento ayuda) y tampoco me he gastado un duro en ningún burofax, aunque ya me lo tendré que gastar en abogados, por desgracia. Saludos y Suerte

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