IRPH

IRPH qué es: definición, cálculo y por qué importa en tu hipoteca | IRPH.es

IRPH qué es: la guía clara del índice de tu hipoteca

Si has llegado hasta aquí buscando IRPH qué es, la respuesta corta es esta: el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es un índice oficial que publica el Banco de España y que se ha usado para calcular el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable en España. La respuesta larga —y la útil— es entender cómo se construye, en qué se diferencia del Euríbor y por qué ha generado tantas reclamaciones.

Documentación hipotecaria e índice IRPH

Hipoteca fija y hipoteca variable: dónde entra el IRPH

Hay dos grandes familias de hipotecas:

  • Hipoteca a interés fijo: la cuota no depende de un índice. Salvo amortizaciones anticipadas o cambios de contrato, pagas lo mismo mes a mes.
  • Hipoteca a interés variable: la cuota se revisa periódicamente según un índice de referencia más un diferencial pactado con el banco.

En las variables, el índice más conocido es el Euríbor. El otro gran protagonista histórico ha sido el IRPH. Si tu escritura habla de “tipo medio de los préstamos hipotecarios…”, “IRPH Entidades”, “IRPH Cajas” o “IRPH Bancos”, tu préstamo está ligado a este índice.

Antes de firmar cualquier hipoteca conviene comparar ofertas actuales. En IRPH.es tienes calculadoras de hipoteca y, si ya tienes préstamo, herramientas de revisión y amortización parcial.

IRPH qué es, en una frase útil

El IRPH es el tipo que el banco usa (junto con tu diferencial) para fijar el interés de tu hipoteca variable entre una revisión y la siguiente. Si el IRPH sube en el mes de referencia de tu contrato, tu cuota tiende a subir; si baja, tiende a bajar. El periodo de revisión suele ser anual, aunque hay escrituras semestrales o trimestrales: lo decide tu escritura.

Nombre oficial del IRPH

El nombre largo y oficial del índice vigente es, en esencia:

Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España.

En el lenguaje cotidiano se resume como IRPH Entidades o simplemente IRPH. Lo publica el Banco de España (y se refleja en el BOE), normalmente en torno al día 20 de cada mes, con el valor correspondiente al mes anterior.

Último valor disponible en esta web: 2026-09: 3,189 % (serie orientativa elaborada a partir de datos oficiales y series históricas). Consulta siempre la publicación oficial del Banco de España para operaciones jurídicas o bancarias.

Cómo se calcula (idea clara)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican información de tipos de préstamos hipotecarios a más de tres años para vivienda libre.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. Ese resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas al IRPH.

Una de las críticas históricas de muchos afectados es que, al construirse a partir de tipos de operaciones reales (con la lógica de la TAE en el diseño del índice), el IRPH ya incorpora márgenes y costes del sistema, de modo que al sumarle después el diferencial y las condiciones propias del contrato el resultado suele situarse por encima del Euríbor durante largos periodos. El Euríbor, en cambio, refleja el precio del dinero entre bancos en el mercado interbancario, no la media de lo que ya cobran las entidades a sus clientes hipotecarios.

Esa diferencia de construcción es el núcleo del debate económico del IRPH; el debate jurídico se centra sobre todo en la transparencia de la cláusula al contratar.

Gráfico del IRPH (últimos 24 meses)

Serie mensual orientativa. Fuente de elaboración: datos IRPH.es a partir de series oficiales.

IRPH Cajas, IRPH Bancos e IRPH Entidades

Antes de 2013 coexistían varias variantes:

  • IRPH Cajas — media basada en cajas de ahorros.
  • IRPH Bancos — media basada en bancos.
  • IRPH Entidades — media del conjunto de entidades.

Con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, desaparecieron el IRPH Cajas y el IRPH Bancos. Quedó vigente el IRPH Entidades, que es el que hoy se publica y el que más aparece en el debate actual. Muchas escrituras antiguas referenciadas a Cajas o Bancos pasaron a usar el índice sustitutivo previsto en el contrato o el marco legal posterior.

IRPH frente al Euríbor: la diferencia que se nota en la cuota

Durante años, el IRPH se ha movido de forma más estable que el Euríbor, pero habitualmente más alto. Cuando el Euríbor cayó con fuerza tras la crisis, muchas hipotecas Euríbor abararon de forma visible; las referenciadas al IRPH bajaron más despacio y en menor medida. Esa brecha es lo que miles de familias cuantifican al preguntarse cuánto han pagado de más.

En el gráfico siguiente puedes ver, mes a mes, el IRPH, el Euríbor y la diferencia entre ambos (cuando hay dato de los dos índices):

Rojo: IRPH · Naranja: Euríbor · Rosa: diferencia (IRPH − Euríbor). Tooltips al tocar o pasar el cursor.

Para series largas y tablas: IRPH histórico, Euríbor, IRPH vs Euríbor y diferencia IRPH–Euríbor.

¿Por qué hay tantas demandas por IRPH?

No porque el índice “no exista” o no sea oficial. El conflicto nace de dos ideas que se repiten en el relato de los afectados y en buena parte de la jurisprudencia de consumo:

  1. Efecto económico: muchas hipotecas IRPH han resultado más caras que hipotecas equivalentes referenciadas al Euríbor.
  2. Transparencia: si el banco no explicó de forma comprensible cómo funcionaba el índice, su evolución histórica y las consecuencias económicas de elegirlo frente a otras opciones, la cláusula puede someterse al control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

El recorrido judicial ha pasado por juzgados de primera instancia, audiencias provinciales, Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La doctrina ha ido precisándose: no hay una anulación automática de todas las cláusulas IRPH; se analiza el caso concreto (información precontractual, escritura, contexto). Puedes ampliar en reclamar IRPH, IRPH y TJUE e documentos para reclamar en 2026.

¿Se siguen firmando hipotecas con IRPH?

En la práctica actual, casi no se comercializan hipotecas nuevas referenciadas al IRPH. El mercado se ha concentrado en Euríbor, tipos fijos y mixtos. El IRPH sigue siendo relevante sobre todo para quienes ya tienen el préstamo en vigor y para el seguimiento de revisiones y posibles reclamaciones.

Qué puedes hacer desde IRPH.es

Preguntas frecuentes sobre qué es el IRPH

¿El IRPH es ilegal?
El índice es oficial. Lo que se discute en los tribunales es, sobre todo, si la cláusula que lo incorporó a tu contrato superó el control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

¿Cómo sé si mi hipoteca es IRPH?
Revisa la escritura (cláusula de interés variable) o un recibo detallado. Busca “IRPH”, “tipo medio de los préstamos hipotecarios” o referencias a entidades, cajas o bancos.

¿El IRPH siempre es más caro que el Euríbor?
Históricamente ha tendido a situarse por encima durante largos periodos, pero la diferencia no es fija ni idéntica en todos los meses. Por eso conviene mirar series y no un solo dato aislado.

¿Puedo cambiar el IRPH por Euríbor?
A veces mediante novación con tu banco, subrogación a otra entidad o, si hay base jurídica, por vía de reclamación. Cada camino tiene requisitos y costes distintos.

Conclusión

IRPH qué es, en la práctica: el índice oficial con el que se revisa el tipo de muchas hipotecas variables españolas; un índice más estable que el Euríbor en apariencia, pero con un historial de cuotas habitualmente más altas; y el centro de un debate jurídico centrado en la información que recibió (o no) el consumidor al firmar. Entenderlo es el primer paso para decidir si te conviene amortizar, negociar, reclamar o simplemente seguir la evolución del índice con datos claros.

Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero. Contrasta siempre con tu escritura, con el Banco de España y, si procede, con un profesional colegiado.

Comentarios

avatar
Alfonso · Madrid · Viernes, 03 Agosto 2018 | 04:15:24 AM · nº 4380
Euribor Junio: 1,862 bajando con cuentagotas ... pero para alguno sera un pequeño alivio.





A ver si Europa se pronuncia y nos da la razon YA.
Responder
avatar
David · Alcalá de guadaira · Jueves, 02 Agosto 2018 | 10:49:41 PM · nº 4379
Mi duda es la siguiente que opciónes tenemos los que estamos ya juzgados pues somo los que hemos construido este camino y parece que vamos a hacer los más perjudicados, se me podría aclarar? Gracias y ánimos a todos estamos en la recta final
Responder
Oscar · Irun (Gipuzkoa) · Sábado, 04 Agosto 2018 | 01:36:20 PM · resp. nº 567
Hola, no quiero ser el malo de la película. Pero ten por seguro que aunque intentes denunciar de nuevo, el banco alegará que cosa juzgada no puede volver a ser juzgada.
Espero que de alguna manera lo que decida el TJUE te pueda servir por lo menos para no seguir pagando de mas. Un saludo
maria · asturias · Miércoles, 08 Agosto 2018 | 02:11:16 PM · resp. nº 568
Para saber si tu contrato incumple las normas técnicas puedes enviar una copia a normastecnicas@economistas.org es gratuito. Las normas técnicas son formulas matemáticas estandarizadas que establecen correspondencias entre distintas clausulas o especificaciones de los contratos. Se trata de un motivo distinto por el que tu contrato puede ser nulo.
Ana · Madrid · Viernes, 21 Sept. 2018 | 10:30:39 PM · resp. nº 589
Hola, los que habéis iniciado la vía judicial TENÉIS QUE SEGUIR ya que, en el supuesto de que el TJUE falle a nuestro favor -NO PODRÉIS VOLVER A RECLAMAR-
avatar
Ron · El Vendrell- Tarragona · Lunes, 30 Julio 2018 | 09:00:17 AM · nº 4378
Hola,a mí un abogado llamado Arriaga el que dice "hagamos las cosas fáciles"no me informó que se quedarían con todos los intereses que saque si ganamos el juicio del irph más el 15% de lo que gane. Os suena,estamos en esto porque el banco no nos informó bien de lo que firmábamos y los abogados parece que hacen lo mismo. Alguien sabe como podría anular lo que firmé sin que me cueste un euro?
Responder
Miguel · ELCHE · Lunes, 30 Julio 2018 | 11:40:17 AM · resp. nº 565
Yo creo que lo has entendido mal,si se quedan todos los intereses y el 15% para que estarías reclamando?Mi abogado se quedaría las costas si las ganó,y sino las ganó se queda un 10% de lo que me perteneciera,devolviendome el dinero del procurador tb.Informate bien pq si es como lo dices es más que un atraco
Isa · Madrid · Martes, 31 Julio 2018 | 02:19:28 PM · resp. nº 566
puedes anular el contrato en el registro mercantil
avatar
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 30 Julio 2018 | 07:40:55 AM · nº 4376
Hola a todos los afectados,



Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.



Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde http://www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
Responder
avatar
Mendoza · Barcelona · Sábado, 28 Julio 2018 | 10:58:56 AM · nº 4375
Hola de nuevo,

yo voy a ir a segunda instancia y estoy pagando facturas de abogado (de más de 4000€) y de procurador pagas una cantidad pequeña primero y luego te vienen facturas de casi 1000 euros.
De esta cuestión, mi abogada no me comentó nunca (facturas elevadas del procurador). Y si he de llegar a Casación, me voy a arruinar!
Si no hay dinero, esperar a que se pronuncie El TJUE, sin duda.
Responder
avatar
Isa · Madrid · Viernes, 27 Julio 2018 | 11:07:18 AM · nº 4374
Hola Juan muchas gracias, ya se que no has sido tu, y mi pregunta rara para la persona que se esconde, tú me lo has aclarado muy bien Gracias y a seguir luchando para que este indice ruin que es el irph desaparezca
Responder
avatar
Isa · Madrid · Viernes, 27 Julio 2018 | 06:23:09 AM · nº 4373
Veo que este foro deja mucho que desear y no es fiable, al no publicar todo el comentario que se escribe, veo también de parte de quien estais
Responder
Juan · Alicante · Viernes, 27 Julio 2018 | 09:47:10 AM · resp. nº 561
Tu tampoco eres de fiar Isa de Madrid con tus preguntas raras. Dejas mucho que desear
Juan · Alicante · Viernes, 27 Julio 2018 | 10:38:18 AM · resp. nº 562
Hola. Yo soy el que ha contado el caso del Santander, pero no soy el que te ha contestado de forma grosera a las 09:47, o se llama también Juan y es de Alicante (casualmente como yo), o es un troll cobarde que se esconde en otra identidad para sentirse alguien, ya que posiblemente en su día a día sea un fracasado. Un saludo.
Mendoza · Barcelona · Sábado, 28 Julio 2018 | 10:38:12 AM · resp. nº 563
Hola, tienes toda la razón. a mí me han borrado mensajes en los que he comentado cuestiones importantes.
Son abogados y ellos también nos estafan!!!

Ver las 4 respuestas →

avatar
Isa · Madrid · Jueves, 26 Julio 2018 | 07:37:54 AM · nº 4372
Yo tengo el irph con el Santander, banco que se niega a negociar ¿sabe alguien que significa que te cobren cada seis meses 23 euros por liquidación de contrato.? Porque ellos la explicación que dan es que es así, gracias por si me lo podeis aclarar
Responder
Manolo · Barcelona · Viernes, 27 Julio 2018 | 06:25:42 AM · resp. nº 559
Hola Isa

Puede ser que sea la comisión de mantenimiento que ellos llaman liquidación de contrato, unos 4 euros al mes que te deben cobrar semestralmente.
Yo también estoy con Santander y es el banco más nefasto que existe en España, y el más ladrón.
Ánimos

Juan · Alicante · Viernes, 27 Julio 2018 | 07:57:02 AM · resp. nº 560
Hola Isa. Como te han dicho anteriormente, puede que sea comisión de mantenimiento. A este respecto, voy a explicar mi caso, por si ayuda a alguien.

Tengo hipoteca con IRPH desde el año 2004 con Banesto (Santander hoy). Me iban pasando gastos de mantenimiento cada trimestre, y yo los iba pagando. Hasta que la Sra. Botín saca la cuenta 123 y me dice la entidad que si no ingreso nómina, saco tarjetas, etc.., mis gastos de comisión de mantenimiento pasará a ser de 96€/año.

Yo trabajo, tengo mi contrato, todo legal pero me pagan en mano cada semana, no tengo ingreso bancario por concepto de nómina (suele ser al revés, cada mes ingreso yo el dinero que me pagan). Como mi entidad no entra en razones, quieren que me comprometa aún más con la entidad (tenía hipoteca, dos seguros, todos mis recibos domiciliados, cuatro duro ahorrados que me gestionaban ellos), decido que lo único que me tienen que gestionar ellos es la hipoteca, que no tengo por qué tener todo en el Santander.

Me informo, en mi escritura no pone que tenga que tener recibos domiciliados con ellos, ni seguros ni nada, sólo una cuenta bancaria para que se cobren la hipoteca. Dicho y hecho, saco todo del Santander, dejando sólo la hipoteca, avisando de que esa cuenta la tengo únicamente para el cobro de la hipoteca, y que por ese concepto no es posible cobrarme ninguna comisión de mantenimiento (previa consulta por mi parte al Banco de España).

A día de hoy, sólo tengo mi cuenta en el Santander únicamente para el pago de la hipoteca (por la que no me cobran nada), y mi cuenta principal en Openbank (no me cobran nada, a pesar de ser del Santander), y los seguros en una entidad aseguradora.

Quisieron abusar y han salido perdiendo. Y esperando estoy a que Europa nos dé la razón con el IRPH (cosa que estoy seguro que hará).

Un saludo.
avatar
Patri · Valencia · Martes, 24 Julio 2018 | 08:21:03 PM · nº 4371
Soy asidua a esta página y hasta ahora no he dejado ningún mensaje, me limito a leer, y eso creo que es lo que hacemos la mayoría. Pero hoy quiero dejar un mensaje porque me siento especialmente esperanzada en que Europa nos va a dar la razón. He sufrido mucho por la hipoteca IRPH, y muchas veces he estado a punto de tirar la toalla dándole las llaves al banco, pero he resistido y se que vamos a tener nuestra gran recompensa. Se que Europa nos va a dar la razón, porque hemos vivido inmersos durante años en una gran injusticia y la justicia en Europa no se mueve por los parametros de la nuestra. Se que vamos a recuperar el dinero que nos pertenece. Un fuerte abrazo a todos y a seguir resistiendo. Ya falta menos!!!
Responder
avatar
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 23 Julio 2018 | 07:30:27 AM · nº 4370
Hola a todos los afectados,



Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.



Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde http://www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
Responder

Mostrando 2931–2940 de 5754 comentarios · Página 294 de 576

Dejar comentario

Visitas: 6.285