IRPH

IRPH qué es: definición, cálculo y por qué importa en tu hipoteca | IRPH.es

IRPH qué es: la guía clara del índice de tu hipoteca

Si has llegado hasta aquí buscando IRPH qué es, la respuesta corta es esta: el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es un índice oficial que publica el Banco de España y que se ha usado para calcular el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable en España. La respuesta larga —y la útil— es entender cómo se construye, en qué se diferencia del Euríbor y por qué ha generado tantas reclamaciones.

Documentación hipotecaria e índice IRPH

Hipoteca fija y hipoteca variable: dónde entra el IRPH

Hay dos grandes familias de hipotecas:

  • Hipoteca a interés fijo: la cuota no depende de un índice. Salvo amortizaciones anticipadas o cambios de contrato, pagas lo mismo mes a mes.
  • Hipoteca a interés variable: la cuota se revisa periódicamente según un índice de referencia más un diferencial pactado con el banco.

En las variables, el índice más conocido es el Euríbor. El otro gran protagonista histórico ha sido el IRPH. Si tu escritura habla de “tipo medio de los préstamos hipotecarios…”, “IRPH Entidades”, “IRPH Cajas” o “IRPH Bancos”, tu préstamo está ligado a este índice.

Antes de firmar cualquier hipoteca conviene comparar ofertas actuales. En IRPH.es tienes calculadoras de hipoteca y, si ya tienes préstamo, herramientas de revisión y amortización parcial.

IRPH qué es, en una frase útil

El IRPH es el tipo que el banco usa (junto con tu diferencial) para fijar el interés de tu hipoteca variable entre una revisión y la siguiente. Si el IRPH sube en el mes de referencia de tu contrato, tu cuota tiende a subir; si baja, tiende a bajar. El periodo de revisión suele ser anual, aunque hay escrituras semestrales o trimestrales: lo decide tu escritura.

Nombre oficial del IRPH

El nombre largo y oficial del índice vigente es, en esencia:

Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España.

En el lenguaje cotidiano se resume como IRPH Entidades o simplemente IRPH. Lo publica el Banco de España (y se refleja en el BOE), normalmente en torno al día 20 de cada mes, con el valor correspondiente al mes anterior.

Último valor disponible en esta web: 2026-09: 3,189 % (serie orientativa elaborada a partir de datos oficiales y series históricas). Consulta siempre la publicación oficial del Banco de España para operaciones jurídicas o bancarias.

Cómo se calcula (idea clara)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican información de tipos de préstamos hipotecarios a más de tres años para vivienda libre.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. Ese resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas al IRPH.

Una de las críticas históricas de muchos afectados es que, al construirse a partir de tipos de operaciones reales (con la lógica de la TAE en el diseño del índice), el IRPH ya incorpora márgenes y costes del sistema, de modo que al sumarle después el diferencial y las condiciones propias del contrato el resultado suele situarse por encima del Euríbor durante largos periodos. El Euríbor, en cambio, refleja el precio del dinero entre bancos en el mercado interbancario, no la media de lo que ya cobran las entidades a sus clientes hipotecarios.

Esa diferencia de construcción es el núcleo del debate económico del IRPH; el debate jurídico se centra sobre todo en la transparencia de la cláusula al contratar.

Gráfico del IRPH (últimos 24 meses)

Serie mensual orientativa. Fuente de elaboración: datos IRPH.es a partir de series oficiales.

IRPH Cajas, IRPH Bancos e IRPH Entidades

Antes de 2013 coexistían varias variantes:

  • IRPH Cajas — media basada en cajas de ahorros.
  • IRPH Bancos — media basada en bancos.
  • IRPH Entidades — media del conjunto de entidades.

Con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, desaparecieron el IRPH Cajas y el IRPH Bancos. Quedó vigente el IRPH Entidades, que es el que hoy se publica y el que más aparece en el debate actual. Muchas escrituras antiguas referenciadas a Cajas o Bancos pasaron a usar el índice sustitutivo previsto en el contrato o el marco legal posterior.

IRPH frente al Euríbor: la diferencia que se nota en la cuota

Durante años, el IRPH se ha movido de forma más estable que el Euríbor, pero habitualmente más alto. Cuando el Euríbor cayó con fuerza tras la crisis, muchas hipotecas Euríbor abararon de forma visible; las referenciadas al IRPH bajaron más despacio y en menor medida. Esa brecha es lo que miles de familias cuantifican al preguntarse cuánto han pagado de más.

En el gráfico siguiente puedes ver, mes a mes, el IRPH, el Euríbor y la diferencia entre ambos (cuando hay dato de los dos índices):

Rojo: IRPH · Naranja: Euríbor · Rosa: diferencia (IRPH − Euríbor). Tooltips al tocar o pasar el cursor.

Para series largas y tablas: IRPH histórico, Euríbor, IRPH vs Euríbor y diferencia IRPH–Euríbor.

¿Por qué hay tantas demandas por IRPH?

No porque el índice “no exista” o no sea oficial. El conflicto nace de dos ideas que se repiten en el relato de los afectados y en buena parte de la jurisprudencia de consumo:

  1. Efecto económico: muchas hipotecas IRPH han resultado más caras que hipotecas equivalentes referenciadas al Euríbor.
  2. Transparencia: si el banco no explicó de forma comprensible cómo funcionaba el índice, su evolución histórica y las consecuencias económicas de elegirlo frente a otras opciones, la cláusula puede someterse al control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

El recorrido judicial ha pasado por juzgados de primera instancia, audiencias provinciales, Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La doctrina ha ido precisándose: no hay una anulación automática de todas las cláusulas IRPH; se analiza el caso concreto (información precontractual, escritura, contexto). Puedes ampliar en reclamar IRPH, IRPH y TJUE e documentos para reclamar en 2026.

¿Se siguen firmando hipotecas con IRPH?

En la práctica actual, casi no se comercializan hipotecas nuevas referenciadas al IRPH. El mercado se ha concentrado en Euríbor, tipos fijos y mixtos. El IRPH sigue siendo relevante sobre todo para quienes ya tienen el préstamo en vigor y para el seguimiento de revisiones y posibles reclamaciones.

Qué puedes hacer desde IRPH.es

Preguntas frecuentes sobre qué es el IRPH

¿El IRPH es ilegal?
El índice es oficial. Lo que se discute en los tribunales es, sobre todo, si la cláusula que lo incorporó a tu contrato superó el control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

¿Cómo sé si mi hipoteca es IRPH?
Revisa la escritura (cláusula de interés variable) o un recibo detallado. Busca “IRPH”, “tipo medio de los préstamos hipotecarios” o referencias a entidades, cajas o bancos.

¿El IRPH siempre es más caro que el Euríbor?
Históricamente ha tendido a situarse por encima durante largos periodos, pero la diferencia no es fija ni idéntica en todos los meses. Por eso conviene mirar series y no un solo dato aislado.

¿Puedo cambiar el IRPH por Euríbor?
A veces mediante novación con tu banco, subrogación a otra entidad o, si hay base jurídica, por vía de reclamación. Cada camino tiene requisitos y costes distintos.

Conclusión

IRPH qué es, en la práctica: el índice oficial con el que se revisa el tipo de muchas hipotecas variables españolas; un índice más estable que el Euríbor en apariencia, pero con un historial de cuotas habitualmente más altas; y el centro de un debate jurídico centrado en la información que recibió (o no) el consumidor al firmar. Entenderlo es el primer paso para decidir si te conviene amortizar, negociar, reclamar o simplemente seguir la evolución del índice con datos claros.

Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero. Contrasta siempre con tu escritura, con el Banco de España y, si procede, con un profesional colegiado.

Comentarios

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Joan · Barcelona · Miércoles, 11 Octubre 2017 | 12:29:38 PM · nº 3913
Buenas

Tengo hipoteca referenciada al IRPH con el BBVA (por absoción de UNNIM). En Julio el BBVA me propuso 3 opciones: cambiar la hipoteca a tipo fijo (3,29%), pasar a ICE (+0%), o pasar a EURIBOR (2,312%).

De no indicar nada en contra, el BBVA pasará mi actual hipoteca a tipo fijo al 3,29%, a partir de la próxima revisión en Enero de 2018.

En el caso que el Supremo no se pronuncie antes de esa fecha ¿podré acogerme a la reclamación por el IRPH tras haber cambiado el tipo variable a fijo?

Estoy considerando subrogar la hipoteca a otra entidad. En el caso de hacerlo, ¿podría reclamar al BBVA una vez cancelada con ellos la hipoteca?

Gracias

Joan
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Viernes, 13 Octubre 2017 | 11:41:40 AM · resp. nº 239
Hola Joan, te explico qué opciones tienes. Si firmas algo con el BBVA en primer lugar habrá un consentimiento expreso de que quieres decantarte por una de las opciones. En este caso, en el contrato casi seguro aparecerá una cláusula en la que rechazas realizar una reclamación posterior en alguna de sus cláusulas probablemente escondida en el contrato. Esto es una práctica habitual de los bancos para protegerse muy poco transparente. Si esto es así, perderías el derecho a presentar una reclamación en el futuro. Piensa que te deben todo lo pagado de más + intereses. Si no firmas nada, no hay consentimiento expreso vinculante, simplemente empezarán a aplicarte el nuevo contrato a tipo fijo. Si cancelas la hipoteca, no hay compromiso y puedes cambiar de entidad si lo deseas, en este caso sí que podrías reclamar lo anteriormente expuesto. Hay que tener mucho cuidado con lo que uno firma necesitas asesorarte bien. Puedes rellenar aquí tu consulta y una abogado estudiaría tu caso sin compromiso: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/

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RAUL · JAEN · Martes, 10 Octubre 2017 | 04:26:28 PM · nº 3912
Desde diciembre de 2004 con hipoteca de Banesto (ahora Santander). Nos informaron de que teníamos IRPH de entidades + 0.35 de diferencial justo en la notaría antes de firmar las escrituras.

Espero que el Supremo reconozca el abuso...
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Francisco Javier · Ubeda · Martes, 17 Octubre 2017 | 10:58:32 PM · resp. nº 241
Igual que tú desde diciembre de 2006 , yo ya lo puse en manos de abogados ...

A parte de esto pedir disculpas por mi primer mensaje en el foro lo escribí todo alterado por el tema, pido a las personas q me contestaron es su día mayor comprensión y respeto
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Raúl · El palmar-Murcia · Sábado, 07 Octubre 2017 | 10:20:40 PM · nº 3911
Hola a tod@s, al fin encuentro una CALCULADORA IRPH y que funciona, os paso el enlace

<font size="-10">https://finect.com/apps/irph-euribor-que-hubiera-pasado-con-tu-hipoteca-expansion/pill/step/initialMortgageAmount</font>

Y digo yo, lo de carácter prefente era una broma o qué? Muchos millones en juego, tengamos esperanza, ya queda poco seguro. Suerte!
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Monica · Banyeres del penedes-Tarragona · Jueves, 05 Octubre 2017 | 04:37:42 PM · nº 3910
Hola, nosotros estamos con uci desde 2006 con irph desde 2013 pasaron a entidades segun escrituras. A coste efectivo remanente 2'688 + 0'750 margen. Referencia 1'906. Queria saber si ya se sabe algo sobre la sentencia del Tribunal Supremo sobre los afectados de todos los irph. Y qué pasos tendriamos que dar con el banco.Mil gracias
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Javier · Bizkaia · Lunes, 09 Octubre 2017 | 03:27:38 PM · resp. nº 238
Hola Mónica, si he entendido bien tiene usted hipoteca desde 2006 con Uci y en 2013 le indicaron que le cambiaron a IRPH entidades. Esto probablemente sea debido a que usted tenía ya IRPH DESDE EL PRINCIPIO DEL CONTRATO y por ley, en noviembre 2013 se obligó a los bancos a sustituir IRPH cajas e IRPH bancos a IRPH ENTIDADES. Hecho que debería haber sido notificado. Se explica muy bien aquí: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado.html Es decir, muy probablemente usted tiene que reclamar el IRPH desde el 2006 (fecha de firma del contrato) y no solo desde el 2013. En cuanto a aquellos que preguntan sobre la sentencia del Tribunal Supremo, por desgracia aún no se sabe nada, aunque se rumoreó hace unas semanas que sería muy pronto. No me corresponde a mi hablar por el Tribunal Supremo, pero siguiendo la tendencia que ha seguido en referencia a cláusulas abusivas, debería hacerlo a favor. Puede consultar aquí a un abogado sin compromiso y responderá a cualquier duda en 24 horas. https://www.reclamapormi.com/reclamacion/ .Espero que la información le sea útil.
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Salva · Cerdanyola del valles. Barcelona · Jueves, 05 Octubre 2017 | 04:05:24 PM · nº 3909
buenas tardes hay algun indicio que sea favorable para los afectados por el IRPH
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manuela · la zubia-granada · Jueves, 05 Octubre 2017 | 11:17:12 AM · nº 3908
Sabe alguien si ha salido ya la sentencia sobre el irph???
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Ángel Sánchez · Valladolid-Valladolid · Jueves, 05 Octubre 2017 | 11:46:41 AM · resp. nº 236
Buenos días Manuela, está en el Tribunal Supremo, con carácter preferente de resolución desde el 28 de junio de este año.
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Nico · Son servera- isla baleares · Viernes, 29 Sept. 2017 | 12:01:10 PM · nº 3906
Hola buenos días quería saber como está el tema de irph "uci" Y si ya habido sentencia.del tribuna supremo un saludo a todos
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Javier · Bizkaia · Miércoles, 04 Octubre 2017 | 08:16:06 AM · resp. nº 235
Hola Nico, el Tribunal Supremo no se ha pronunciado sobre el IRPH. Pero si quieres que te asesoren bien puedes acudir a www.reclamapormi.com donde un abogado estudia tu caso y te indica cómo proceder. Hay que asesorarse bien, ya que hay muchas implicaciones legales en la firma de acuerdos con el banco, se pueden reclamar además otras cláusulas abusivas conjuntamente...

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Alba · tenerife · Jueves, 28 Sept. 2017 | 09:40:42 AM · nº 3905
Mi caso es complejo,
- me he subrogado en las condiciones del préstamo hipotecario que había suscrito la promotora de la obra .
- además de cláusula suelo, que la hay: un 3,95% y techo un 15%.
- aplican el irph + diferencial 0,50, y al desaparecer el IRPH aplican el TAR, y al desaparecer según la EP me aplican el interés legal del dinero + diferencial + 1,50% según escritura Aunq hoy me cobran 2.52% .... vamos q no entiendo nada

En definitiva que me dirigí a la entidad en principio preocupada por la cláusula suelo, y termino sabiendo del IRPH... pero al haberme subrogado en las condiciones del promotor no sé si puedo reclamar por IRPH realmente tampoco me dicen en La Oficina del banco si tengo un contrato con ellos sobre mi préstamo en particular .
Es una locura
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Fco. Javier · UBEDA-JAEN · Miércoles, 27 Sept. 2017 | 10:58:58 PM · nº 3904
Les cuento un poco la historia...

Compramos nuestro piso en diciembre de 2006, la única opción de hipoteca que teníamos es la que tenemos actualmente, IRPH + 0,35 nunca estuvimos conforme con este tipo de interes, pués sabíamos que era bastante alto, en varias ocasiones que por unos motivos u otros nos llevaban a ir al banco, comentabamos con el director que queriamos cambiar esto, siempre nos decia lo mismo, esto cuesta dinero, esto no os compensa, etc, etc, etc, no obstante siempre hemos ido pagando nuestras cuotas religiosamente...

En el año 2016, 10 años después de estar pagando IRPH, decidimos dar un paso más y nos atrevemos a solicitar una subrogación con INGDIRECT, todo parecía ir viento en popa hasta el punto que llegamos a la tasación de nuestro piso, la sorpresa y no se porque hasta llegar a este punto no nos la esperabamos... por muy evidente que iba a ser, el valor de tasación no era suficiento como para subrogar el capital pendiente algo más de 100.000 €

Nuestra sorpresa llego el 1 de febrero de 2016, justo cuando toda la aventura del cambio a INGDIRECT terminó, un día entro en mi banca electronica y cual es mi sorpresa... nos han cambiado a EURIBOR + 1,25 sin negociar, sin decir nada, sin firmar nada, ni una llamada, nada... pensamos en un prinpio que podría tratarse de un error, tamibén que podría deberse a nuestra solicitud de subrogación... pero como no tenemos ningun comunicado de nadie no lo sabemos a ciencia cierta, lo que les pudo llevar a hacer ese cambio, lo que si tenemos claro es que eso no se cambia solo.

En enero de 2017 casi un año después nos surge comprar un apartamento en la playa, nuestra sorpresa, después de intentar todo con INGDIRECT y de nuevo fracasar el intento, acudimos al Santander quien nos concede una segunda hipoteca, esta vez bien negociada y en buenas condiciones, las palabras textuales del directo cuando acudimos a ellos fue, esta vez no os escapabais, en una semana se formalizó esta segunda hipoteca y todo sobre la marcha, en este momento fue cuando decidimos comentar al director de nuestra sucursal en Úbeda, lo que había pasado con la hipoteca del piso de Úbeda... sus cara fue de asombro, nos dijo que si nadie nos había llamado o que si habíamos firmado algo..., conclusión que nos dijo este señor, "si os beneficia callaros", estas fueron sus palabras, por entonces había un boom en la tele sobre el tema del IRPH, decidimos que porque no reclamar, ya que tantas noticias sobre este tema, parecía que podríamos conseguí algo, entonces fue cuando decidimos realizar una reclamación al banco, reclamamos los posibles costes de haber estado pagando una hipoteca con un indice abusivo como el IRPH, así como los tan oídos gastos de formalización de las hipotecas que al parecer no debían de habernos cobrado... además reclamaba el echo de que nos habían cambiado el tipo de interés sin comunicarnos nada, y sin negociar, aplicándonos por que si un EURIBOR + 1,25, a pesar de que nos estaba beneficiando yo reclamaba que según las escrituras de mi préstamo hipotecario, en el caso de producirse un cambio de tipo de interés, el diferencial a aplicar debería de ser 0 y no ese 1,25 que ellos ponían por que si.

La respuesta la recibimos el 11 de Septiembre de 2017, fecha de la carta, todo es negativo a nuestro favor, ni nos van a devolver nada, ni parece que llevemos razón en nada, y lo más grave y lo que en un principio nos lleva a recurrir a un abogado, es el hecho de que respecto al cambio de tipo de interés nos dicen que se trata de un "ERROR" del banco¡¡ pero como puede ser esto posible? un error que no averiguan hasta que nosotros no reclamamos?? un error... que según el director del banco hizo el banco para beneficiarnos y que según él había detectado en otras hipotecas de otros clientes?

Después de leer la carta, directamente entro en mi banca electronica, mi sorpresa es que volvemos a tener IRPH + 0,35 y además nos reclaban el dinero que hemos dejado de pagar en ese año y pico, por tener EURIBOR + 1,25, exactamente la cantidad de: 1127,85 € cantidad que aún de momento no nos han dicho como la tenemos que pagar, ni nos la han reclamado de ningúna otra manera que en esta carta.

cuando acudimos a nuestra oficina con esta carta, lo único que recibimos por parte del director son insultos, "gilipollas ahora os jodéis" así mismo como te lo digo, y nos dice que nos aviso de que nos callásemos... nos insta a realizar otro nueva reclamación al banco solicitando una negociación en el tipo de interés de la hipoteca, cosa que aún no hemos hecho hasta hablar contigo, lo que si hemos hecho es mandar una reclamación al banco de España como en la respuesta del Santander nos indican.

Necesito saber vuestras opiniones al respecto, muchas gracias.
Responder
Lorena · BARCELONA-BARCELONA · Jueves, 28 Sept. 2017 | 09:16:58 AM · resp. nº 231
Menudo tostón, esto no hay quien se lo lea.
Espera a que el Tribunal Supremo dicte sentencia sobre IRPH y luego expones tu problema
Juan · Tudela - Navarra · Jueves, 28 Sept. 2017 | 04:13:23 PM · resp. nº 233
Fco. Javier, buen tocho para explicar que la entidad te cobra IRPH y que de forma unilateral ha cambiado las condiciones de tu prestamo hipotecario, espera a sentencia de TS para reclamar via judicial , no habra otra forma, tengo hipoteca con Santander ( por Banesto )con IRPH y las pocas formalidades que he tenido que tramitar han sido un suplicio, lo mejor via judicial, si sale ok la sentencia del TS les lloveran demandas a todos los bancos en general, no queda otra, somos sobre 1.300.000 como tú segun datos de asociaciones contra IRPH.Suerte!!.
Jose Francisco · madrid-madrid · Viernes, 06 Octubre 2017 | 02:35:05 PM · resp. nº 237
Que mal redactado y cuantos errores de gramática, así como faltas de ortografía. Te habría venido bien resumir para entender algo. No se que contestarte francamente.... Por otra parte, el Supremo está a punto de decir algo, ya llevamos 3 meses de espera . Gracias
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jordi · castelldefels barcelona · Sábado, 23 Sept. 2017 | 07:40:00 PM · nº 3903
sin noticias del supremo . si declaran nulo el irph , que indice tendré ? con que diferencial? y cuanto me costará demandar al banco para que me devuelvan lo pagado de más (desde el 2001 con irph)
Responder
Javier · bizkaia · Miércoles, 04 Octubre 2017 | 08:12:14 AM · resp. nº 234
Hola, tu respuesta depende de varias situaciones que se puedan dar. Aquí se explica bien en el apartado de "IRPH CAJAS, BANCOS Y ENTIDADES - CÓMO AFECTA A TU HIPOTECA":
https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado.html

No obstante, se puede llegar a acuerdos, necesitas que te asesore un abogado bien para conocer tu situación. En esa misma página web puedes preguntar a un abogado y en menos de 24 te responderán.

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