IRPH

IRPH qué es: definición, cálculo y por qué importa en tu hipoteca | IRPH.es

IRPH qué es: la guía clara del índice de tu hipoteca

Si has llegado hasta aquí buscando IRPH qué es, la respuesta corta es esta: el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es un índice oficial que publica el Banco de España y que se ha usado para calcular el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable en España. La respuesta larga —y la útil— es entender cómo se construye, en qué se diferencia del Euríbor y por qué ha generado tantas reclamaciones.

Documentación hipotecaria e índice IRPH

Hipoteca fija y hipoteca variable: dónde entra el IRPH

Hay dos grandes familias de hipotecas:

  • Hipoteca a interés fijo: la cuota no depende de un índice. Salvo amortizaciones anticipadas o cambios de contrato, pagas lo mismo mes a mes.
  • Hipoteca a interés variable: la cuota se revisa periódicamente según un índice de referencia más un diferencial pactado con el banco.

En las variables, el índice más conocido es el Euríbor. El otro gran protagonista histórico ha sido el IRPH. Si tu escritura habla de “tipo medio de los préstamos hipotecarios…”, “IRPH Entidades”, “IRPH Cajas” o “IRPH Bancos”, tu préstamo está ligado a este índice.

Antes de firmar cualquier hipoteca conviene comparar ofertas actuales. En IRPH.es tienes calculadoras de hipoteca y, si ya tienes préstamo, herramientas de revisión y amortización parcial.

IRPH qué es, en una frase útil

El IRPH es el tipo que el banco usa (junto con tu diferencial) para fijar el interés de tu hipoteca variable entre una revisión y la siguiente. Si el IRPH sube en el mes de referencia de tu contrato, tu cuota tiende a subir; si baja, tiende a bajar. El periodo de revisión suele ser anual, aunque hay escrituras semestrales o trimestrales: lo decide tu escritura.

Nombre oficial del IRPH

El nombre largo y oficial del índice vigente es, en esencia:

Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España.

En el lenguaje cotidiano se resume como IRPH Entidades o simplemente IRPH. Lo publica el Banco de España (y se refleja en el BOE), normalmente en torno al día 20 de cada mes, con el valor correspondiente al mes anterior.

Último valor disponible en esta web: 2026-09: 3,189 % (serie orientativa elaborada a partir de datos oficiales y series históricas). Consulta siempre la publicación oficial del Banco de España para operaciones jurídicas o bancarias.

Cómo se calcula (idea clara)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican información de tipos de préstamos hipotecarios a más de tres años para vivienda libre.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. Ese resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas al IRPH.

Una de las críticas históricas de muchos afectados es que, al construirse a partir de tipos de operaciones reales (con la lógica de la TAE en el diseño del índice), el IRPH ya incorpora márgenes y costes del sistema, de modo que al sumarle después el diferencial y las condiciones propias del contrato el resultado suele situarse por encima del Euríbor durante largos periodos. El Euríbor, en cambio, refleja el precio del dinero entre bancos en el mercado interbancario, no la media de lo que ya cobran las entidades a sus clientes hipotecarios.

Esa diferencia de construcción es el núcleo del debate económico del IRPH; el debate jurídico se centra sobre todo en la transparencia de la cláusula al contratar.

Gráfico del IRPH (últimos 24 meses)

Serie mensual orientativa. Fuente de elaboración: datos IRPH.es a partir de series oficiales.

IRPH Cajas, IRPH Bancos e IRPH Entidades

Antes de 2013 coexistían varias variantes:

  • IRPH Cajas — media basada en cajas de ahorros.
  • IRPH Bancos — media basada en bancos.
  • IRPH Entidades — media del conjunto de entidades.

Con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, desaparecieron el IRPH Cajas y el IRPH Bancos. Quedó vigente el IRPH Entidades, que es el que hoy se publica y el que más aparece en el debate actual. Muchas escrituras antiguas referenciadas a Cajas o Bancos pasaron a usar el índice sustitutivo previsto en el contrato o el marco legal posterior.

IRPH frente al Euríbor: la diferencia que se nota en la cuota

Durante años, el IRPH se ha movido de forma más estable que el Euríbor, pero habitualmente más alto. Cuando el Euríbor cayó con fuerza tras la crisis, muchas hipotecas Euríbor abararon de forma visible; las referenciadas al IRPH bajaron más despacio y en menor medida. Esa brecha es lo que miles de familias cuantifican al preguntarse cuánto han pagado de más.

En el gráfico siguiente puedes ver, mes a mes, el IRPH, el Euríbor y la diferencia entre ambos (cuando hay dato de los dos índices):

Rojo: IRPH · Naranja: Euríbor · Rosa: diferencia (IRPH − Euríbor). Tooltips al tocar o pasar el cursor.

Para series largas y tablas: IRPH histórico, Euríbor, IRPH vs Euríbor y diferencia IRPH–Euríbor.

¿Por qué hay tantas demandas por IRPH?

No porque el índice “no exista” o no sea oficial. El conflicto nace de dos ideas que se repiten en el relato de los afectados y en buena parte de la jurisprudencia de consumo:

  1. Efecto económico: muchas hipotecas IRPH han resultado más caras que hipotecas equivalentes referenciadas al Euríbor.
  2. Transparencia: si el banco no explicó de forma comprensible cómo funcionaba el índice, su evolución histórica y las consecuencias económicas de elegirlo frente a otras opciones, la cláusula puede someterse al control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

El recorrido judicial ha pasado por juzgados de primera instancia, audiencias provinciales, Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La doctrina ha ido precisándose: no hay una anulación automática de todas las cláusulas IRPH; se analiza el caso concreto (información precontractual, escritura, contexto). Puedes ampliar en reclamar IRPH, IRPH y TJUE e documentos para reclamar en 2026.

¿Se siguen firmando hipotecas con IRPH?

En la práctica actual, casi no se comercializan hipotecas nuevas referenciadas al IRPH. El mercado se ha concentrado en Euríbor, tipos fijos y mixtos. El IRPH sigue siendo relevante sobre todo para quienes ya tienen el préstamo en vigor y para el seguimiento de revisiones y posibles reclamaciones.

Qué puedes hacer desde IRPH.es

Preguntas frecuentes sobre qué es el IRPH

¿El IRPH es ilegal?
El índice es oficial. Lo que se discute en los tribunales es, sobre todo, si la cláusula que lo incorporó a tu contrato superó el control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

¿Cómo sé si mi hipoteca es IRPH?
Revisa la escritura (cláusula de interés variable) o un recibo detallado. Busca “IRPH”, “tipo medio de los préstamos hipotecarios” o referencias a entidades, cajas o bancos.

¿El IRPH siempre es más caro que el Euríbor?
Históricamente ha tendido a situarse por encima durante largos periodos, pero la diferencia no es fija ni idéntica en todos los meses. Por eso conviene mirar series y no un solo dato aislado.

¿Puedo cambiar el IRPH por Euríbor?
A veces mediante novación con tu banco, subrogación a otra entidad o, si hay base jurídica, por vía de reclamación. Cada camino tiene requisitos y costes distintos.

Conclusión

IRPH qué es, en la práctica: el índice oficial con el que se revisa el tipo de muchas hipotecas variables españolas; un índice más estable que el Euríbor en apariencia, pero con un historial de cuotas habitualmente más altas; y el centro de un debate jurídico centrado en la información que recibió (o no) el consumidor al firmar. Entenderlo es el primer paso para decidir si te conviene amortizar, negociar, reclamar o simplemente seguir la evolución del índice con datos claros.

Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero. Contrasta siempre con tu escritura, con el Banco de España y, si procede, con un profesional colegiado.

Comentarios

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victor maquirriain · Martes, 31 Enero 2017 | 09:03:55 PM · nº 3642
Empecemos por lo primero ,el IRPH se ha dejado de calcular por el banco de españa y se tiene que aplicar el indice sustitutivo.Os dejo un copia pega donde lo pone
"Es importante que conozca que:

Con efectos desde el 1 de noviembre de 2013 el Banco de España dejó de publicar los siguientes índices oficiales aplicables a los préstamos o créditos hipotecarios de conformidad con la legislación vigente:
a) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por los bancos. IRPH Bancos
b) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de ahorros. IRPH Cajas
c) Tipo activo de referencia de las cajas de ahorros. CECA.


Las referencias a los tipos previstos en el apartado anterior serán sustituidas, con efectos desde la siguiente revisión de los tipos aplicables, por el tipo o índice de referencia sustitutivo previsto en el contrato.

En el caso de que no exista un tipo sustitutivo en el contrato, o en caso de que este fuera alguno de los índices o tipos que desaparecen, la sustitución se realizará por el tipo de interés oficial denominado «tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España», aplicándole un diferencial equivalente a la media aritmética de las diferencias entre el tipo que desaparece y el citado anteriormente, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en la que efectivamente se produce la sustitución del tipo.

Tanto el cliente bancario como la entidad carecerán de acción para reclamar la modificación, alteración unilateral o extinción del préstamo o crédito como contrapartida de la aplicación de lo dispuesto en esta Disposición:

Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores desaparición de índices o tipos de interés de referencia.

y un enlace.
.bde.es/ clientebanca /es/ areas/ Tipos_de_Interes / Tipos_de_interes / Oficiales_para_p/ Tipos_referencia/


QUE NO NOS ENGAÑEN MAS!!!
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Francisco Javier Almería · Martes, 31 Enero 2017 | 11:54:12 AM · nº 3641
Al comentario 2214:
Hola, no soy un experto en finanzas, pero después de muchos años siguiendo el tema del IRPH, creo que me ha quedado claro como se calcula, y en principio, a menos que algún experto nos diga lo contrario, lo de las clausulas suelo a nosotros no nos ha afectado (a no ser que tuvieses clausula suelo además de IRPH), porque el IRPH se calcula en base a las hipotécas que se firman en un determinado mes, no con lo que ya están cobrando por otras. Se supone que aunque una hipoteca tenga clausula suelo, en el momento de la firma no estará en vigor. Lo que si nos afecta es el hecho de que bancos que firman muchas hipotecas (tipo BBVA, Santander, etc) lo hagan a Euribor + 1,5 (por ejemplo) y otros bancos con mucho menor volumen lo hagan a Euribor + 2,5 (por ejemplo también), ya que a la hora de calcular el IRPH, se hace una media de todos los bancos (no te todas las hipotecas). Es decir, pondera igual el banco que firma 3 hipotecas a euribor + 2.5 que el banco que firma 30000 hipotecas a euribor + 1.5, con lo cual el IRPH sería la media de euribor +1.5 + Euribor + 2.5 resultando Euribor + 2 (a pesar de solo haber 3 hipotecas firmadas a euribor + 2,5). Un saludo
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JOSE CERCOS, BARCELONA · Martes, 31 Enero 2017 | 11:12:08 AM · nº 3640
SI LAS CLUASULAS SUELO HAN AFECTADO A LO QUE SE PAGA POR LA HIPOTECA, ESTO QUIERE DECIR QUE CUANDO SE HA CALCULADO EL IRPH EN FUNCION DE LO QUE LOS BANCO HAN COBRADO POR LAS HIPOTECAS.??
SI ES ASI, El IRPH SE HA CALCULADO MAL Y POR TANTO DEBE DEVOLVERSE A LOS HIPOITECADO CON TIPO IRPH LO COBRADO EN EXCESO.??
AGRADECERIA UNA RESPUESTA POR PARTE DEL ALGUIEN CON CONOCIMIENTOS SOBRE EL ASUNTO.

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Tony. Baleres · Lunes, 30 Enero 2017 | 09:13:20 PM · nº 3639
A los abogados que pululan por aquí y que dicen que han interpuesto muchas demandas ES UNA MENTIRA SOLO HUELEN EL DINERO, no os dejéis robar. En este link os dejo las sentencias favorables de la nulidad del irph, son verídicas y podéis consultarlas. También os aconsejo ADICAE, FACUA Y OCU si quereis recurrir a tribunales, os saldrá mucho mas barato y si, tienen la misma carrera de Derecho. Yo estoy asociado a una de ellas con una cuota baja que pagas, les he llevado la hipoteca (fotocopia) y la están estudiando, extrajudicialmente irán contra y mediaran ante la entidad bancaria pero colectivamente quiere decir que si tienen 100 socios con cláusulas abusivas de un mismo banco presentaran esos 100 casos en ese banco concreto; ya sabéis la unión hace la fuerza. Os aconsejo que os deis una vuelta por estas organizaciones de consumidores, leer, que os expliquen, tienen oficinas, y si hay que ir a juicio se va; te sobra el dinero vete directamente a un abogado, el juicio va a tardar lo mismo que si fueses con alguna organización de este tipo, no por se mas guap@ vas a ser el primer@ pero seguro que se queda con mas dinero que estas organizaciones que defienden a los consumidores; yo antes no había visto tanta movilización de abogados hasta después de la respuesta del TSUE, por algo será, ni siquiera para decirte que los gastos hipotecarios no solo los pagas tú. Concretando que cada uno haga lo que considere oportuno, nos han engañado y bien, que no sean dos veces. Salud
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pilar de estepona · Domingo, 29 Enero 2017 | 03:55:20 PM · nº 3636
Hola,yo firme una hipoteca con irph,consulte con un abogado y no me da esperanzas para reclamar, alguien me puede informar sobre que pautas seguir en este caso.
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Camarada IVÁN Barcelona · Sábado, 28 Enero 2017 | 01:00:15 PM · nº 3635
Hola, no queremos que este foro se convierta en un medio de publicidad gratuita para prestamistas usureros, así que porfavor resepeten este foro solo para comentarios sobre el IRPH.
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SONIA LLEIDA · Viernes, 27 Enero 2017 | 09:42:26 PM · nº 3633
Comentario 2199
Hola Fátima,
En principio parece que tu índice de referencia es el Euribor y en el caso que esté no exista te aplicarían IRPH, pero como si existe pues sería Euribor....
Estas pagando un interes muy elevado?? Tendrias que mirar que no te apliquen cláusula suelo.
En las escrituras del préstamo hipotecario deberías ver que índice de referencia se utiliza para calcular el interés del préstamo y si te aplican un diferencial ( por ejemplo Euribor +1) para saber si el interés que estás pagando es el correcto o no y compararlo con el que pagas ( puede que veas el que estás pagando en el recibo del banco o simplemente preguntando lo al banco).
En la escritura del préstamo también habria que ver si hay cláusula suelo, mira si te pone algún apartado donde te diga que como mínimo deberás pagar un interes mínimo, por ejemplo un 4%..
En tal caso lo mejor seria buscar una persona que te pudiera asesorar.
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SONIA LLEIDA · Viernes, 27 Enero 2017 | 09:17:26 PM · nº 3632
Buenas Leonardo, comentario 2202.
En principio el banco te tendría que haber informado que a partir de noviembre de 2013 salió una disposición donde si querías te podías pasar a IRPH entidades. Si no lo han echo en principio podrías reclamar el cambio y pedir que te devuelvan el dinero pagado de más des de noviembre 2013. Tendrías que tener en cuenta que el interés ya no sería fijo sino variable y que sí hiciste declaración de la renta desgravando el préstamo hipotecario deberias hacer una declaración complementaria.
Tendrías que valorar.
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LEONARDO FARIAS mallorca · Miércoles, 25 Enero 2017 | 09:04:26 PM · nº 3630
hola , podrian decirme que debo hacer porque en la caixa me dicen que tengo el interes fijo porque el irph y el ceca se quitaron pero en algunas paginas veo aun que hablan del valor del irph muchas gracias
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pedro dario castellar del val · Miércoles, 25 Enero 2017 | 06:36:06 PM · nº 3629
busco abogado/a hipotecario para hipoteca con irph congelado a3,78,+ clasula suelo+gasto hipotecario .llamar urgente al 937473720
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