IRPH

IRPH qué es: definición, cálculo y por qué importa en tu hipoteca | IRPH.es

IRPH qué es: la guía clara del índice de tu hipoteca

Si has llegado hasta aquí buscando IRPH qué es, la respuesta corta es esta: el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es un índice oficial que publica el Banco de España y que se ha usado para calcular el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable en España. La respuesta larga —y la útil— es entender cómo se construye, en qué se diferencia del Euríbor y por qué ha generado tantas reclamaciones.

Documentación hipotecaria e índice IRPH

Hipoteca fija y hipoteca variable: dónde entra el IRPH

Hay dos grandes familias de hipotecas:

  • Hipoteca a interés fijo: la cuota no depende de un índice. Salvo amortizaciones anticipadas o cambios de contrato, pagas lo mismo mes a mes.
  • Hipoteca a interés variable: la cuota se revisa periódicamente según un índice de referencia más un diferencial pactado con el banco.

En las variables, el índice más conocido es el Euríbor. El otro gran protagonista histórico ha sido el IRPH. Si tu escritura habla de “tipo medio de los préstamos hipotecarios…”, “IRPH Entidades”, “IRPH Cajas” o “IRPH Bancos”, tu préstamo está ligado a este índice.

Antes de firmar cualquier hipoteca conviene comparar ofertas actuales. En IRPH.es tienes calculadoras de hipoteca y, si ya tienes préstamo, herramientas de revisión y amortización parcial.

IRPH qué es, en una frase útil

El IRPH es el tipo que el banco usa (junto con tu diferencial) para fijar el interés de tu hipoteca variable entre una revisión y la siguiente. Si el IRPH sube en el mes de referencia de tu contrato, tu cuota tiende a subir; si baja, tiende a bajar. El periodo de revisión suele ser anual, aunque hay escrituras semestrales o trimestrales: lo decide tu escritura.

Nombre oficial del IRPH

El nombre largo y oficial del índice vigente es, en esencia:

Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España.

En el lenguaje cotidiano se resume como IRPH Entidades o simplemente IRPH. Lo publica el Banco de España (y se refleja en el BOE), normalmente en torno al día 20 de cada mes, con el valor correspondiente al mes anterior.

Último valor disponible en esta web: 2026-09: 3,189 % (serie orientativa elaborada a partir de datos oficiales y series históricas). Consulta siempre la publicación oficial del Banco de España para operaciones jurídicas o bancarias.

Cómo se calcula (idea clara)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican información de tipos de préstamos hipotecarios a más de tres años para vivienda libre.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. Ese resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas al IRPH.

Una de las críticas históricas de muchos afectados es que, al construirse a partir de tipos de operaciones reales (con la lógica de la TAE en el diseño del índice), el IRPH ya incorpora márgenes y costes del sistema, de modo que al sumarle después el diferencial y las condiciones propias del contrato el resultado suele situarse por encima del Euríbor durante largos periodos. El Euríbor, en cambio, refleja el precio del dinero entre bancos en el mercado interbancario, no la media de lo que ya cobran las entidades a sus clientes hipotecarios.

Esa diferencia de construcción es el núcleo del debate económico del IRPH; el debate jurídico se centra sobre todo en la transparencia de la cláusula al contratar.

Gráfico del IRPH (últimos 24 meses)

Serie mensual orientativa. Fuente de elaboración: datos IRPH.es a partir de series oficiales.

IRPH Cajas, IRPH Bancos e IRPH Entidades

Antes de 2013 coexistían varias variantes:

  • IRPH Cajas — media basada en cajas de ahorros.
  • IRPH Bancos — media basada en bancos.
  • IRPH Entidades — media del conjunto de entidades.

Con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, desaparecieron el IRPH Cajas y el IRPH Bancos. Quedó vigente el IRPH Entidades, que es el que hoy se publica y el que más aparece en el debate actual. Muchas escrituras antiguas referenciadas a Cajas o Bancos pasaron a usar el índice sustitutivo previsto en el contrato o el marco legal posterior.

IRPH frente al Euríbor: la diferencia que se nota en la cuota

Durante años, el IRPH se ha movido de forma más estable que el Euríbor, pero habitualmente más alto. Cuando el Euríbor cayó con fuerza tras la crisis, muchas hipotecas Euríbor abararon de forma visible; las referenciadas al IRPH bajaron más despacio y en menor medida. Esa brecha es lo que miles de familias cuantifican al preguntarse cuánto han pagado de más.

En el gráfico siguiente puedes ver, mes a mes, el IRPH, el Euríbor y la diferencia entre ambos (cuando hay dato de los dos índices):

Rojo: IRPH · Naranja: Euríbor · Rosa: diferencia (IRPH − Euríbor). Tooltips al tocar o pasar el cursor.

Para series largas y tablas: IRPH histórico, Euríbor, IRPH vs Euríbor y diferencia IRPH–Euríbor.

¿Por qué hay tantas demandas por IRPH?

No porque el índice “no exista” o no sea oficial. El conflicto nace de dos ideas que se repiten en el relato de los afectados y en buena parte de la jurisprudencia de consumo:

  1. Efecto económico: muchas hipotecas IRPH han resultado más caras que hipotecas equivalentes referenciadas al Euríbor.
  2. Transparencia: si el banco no explicó de forma comprensible cómo funcionaba el índice, su evolución histórica y las consecuencias económicas de elegirlo frente a otras opciones, la cláusula puede someterse al control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

El recorrido judicial ha pasado por juzgados de primera instancia, audiencias provinciales, Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La doctrina ha ido precisándose: no hay una anulación automática de todas las cláusulas IRPH; se analiza el caso concreto (información precontractual, escritura, contexto). Puedes ampliar en reclamar IRPH, IRPH y TJUE e documentos para reclamar en 2026.

¿Se siguen firmando hipotecas con IRPH?

En la práctica actual, casi no se comercializan hipotecas nuevas referenciadas al IRPH. El mercado se ha concentrado en Euríbor, tipos fijos y mixtos. El IRPH sigue siendo relevante sobre todo para quienes ya tienen el préstamo en vigor y para el seguimiento de revisiones y posibles reclamaciones.

Qué puedes hacer desde IRPH.es

Preguntas frecuentes sobre qué es el IRPH

¿El IRPH es ilegal?
El índice es oficial. Lo que se discute en los tribunales es, sobre todo, si la cláusula que lo incorporó a tu contrato superó el control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

¿Cómo sé si mi hipoteca es IRPH?
Revisa la escritura (cláusula de interés variable) o un recibo detallado. Busca “IRPH”, “tipo medio de los préstamos hipotecarios” o referencias a entidades, cajas o bancos.

¿El IRPH siempre es más caro que el Euríbor?
Históricamente ha tendido a situarse por encima durante largos periodos, pero la diferencia no es fija ni idéntica en todos los meses. Por eso conviene mirar series y no un solo dato aislado.

¿Puedo cambiar el IRPH por Euríbor?
A veces mediante novación con tu banco, subrogación a otra entidad o, si hay base jurídica, por vía de reclamación. Cada camino tiene requisitos y costes distintos.

Conclusión

IRPH qué es, en la práctica: el índice oficial con el que se revisa el tipo de muchas hipotecas variables españolas; un índice más estable que el Euríbor en apariencia, pero con un historial de cuotas habitualmente más altas; y el centro de un debate jurídico centrado en la información que recibió (o no) el consumidor al firmar. Entenderlo es el primer paso para decidir si te conviene amortizar, negociar, reclamar o simplemente seguir la evolución del índice con datos claros.

Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero. Contrasta siempre con tu escritura, con el Banco de España y, si procede, con un profesional colegiado.

Comentarios

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Rafa murcia · Martes, 18 Agosto 2015 | 12:03:58 PM · nº 3244
Hola alguien sabe el índice de agosto ?
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anonimo · anonimo · Lunes, 06 Octubre 2025 | 11:31:05 AM · resp. nº 3244
Sinceramente Eva, veo muy tanto por ciento a su favor.


Busca mas alternativas, es mucho dinero el que te juegas, compara y sobre todo que te den todo bien claro por escrito.

No te voy a recomendar ninguno en especial, eso tienes que decidirlo tú. Yo empezaria por ojear el foro y ver los abogados, asociaciones, etc. de las que se ha hablado y ponte en contacto con todos ellos.

Compara y decide por ti misma. Teniendo en cuenta que lo para unos ha ido perfecto para otros ha salido rana. Lo único que te puedo aconsejar es que esperes a que salga la sentencia en firme y pasen unos días, porque habrá mucho revuelo y muchos buitres acechándote.

Animo.
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manuela sevilla · Domingo, 16 Agosto 2015 | 02:00:01 PM · nº 3243
No entiendo cómo somos tantos estafados en este país y q no podamos hacer nada, que el gobierno ignore este problema de tantos!!!
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EVA · CAMBRILS-TARRAGONA · Lunes, 06 Octubre 2025 | 11:24:40 AM · resp. nº 3243
Hola Dario, es PLATAFORMA IRPH, en mi mensaje lo pongo y al lado ves que pone enlace? Clica ahí e iras a su web. Te dan la info por whatsap...pero el contrato no se yo...me lo tengo que mirar bien...para poder hablar con el abogado primero te hacen firmar contrato que se puede anular en 15 dias si no lo quieres...pero no se...El nombre de tu abogada cual es por mirar yo tambien? Luego estoy esperando me respondan de EL DEFENSOR DE TU VIVIENDA ...a ver...
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estafada · Domingo, 09 Agosto 2015 | 06:11:26 PM · nº 3242
justicia para los referenciados a irph que devuelvan los anusivos intereses con caracter retroactivo
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Darío · Reus Tarragona · Lunes, 06 Octubre 2025 | 10:28:59 AM · resp. nº 3242
Hola Eva...
Soy de Reus yo he hablado con una abogada,está esperando sentencia y en cuanto salga me dijo que hablamos...
Pero en un principio me dijo que solo cobraría un porcentaje si ganaba ...
Cual son las plataformas en Reus ?? Me interesaría una segunda opinión..
Gracias
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Angels de Terrassa · Lunes, 03 Agosto 2015 | 02:18:21 PM · nº 3239
Tengo hipoteca con indice de referencia IRPH revisable en el mes de Julio. Desconozco porque el BBVA toma como referencia el mes de Abril, la escritura dice que se toma referencia 2 meses antes, deberia ser Mayo, ya lo comente el pasado ano y el BBVA sigue erre que erre. He visto que el indice Abril es 2,151 y hoy me han confirmado que me aplicaran el 2,228, que no corresponde a Mayo ni Abril. esto es legal?
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Alejandro · Malaga · Sábado, 04 Octubre 2025 | 03:13:19 PM · resp. nº 3239
Perdona que te diga compañero pero te entiendo yo estoy esperando me paguen la cláusula suelo los gastos de constitución de hipoteca y el irph desde 2003 se que se hace largo y se pasa mal pero el respeto nunca hay que perderlo y te entiendo perfectamente lo que deberían hacer es que cuando te toque tu caso una vez resuelto a tu favor si te han cobrado de más mediante engaños se llama estafa y condenarlos como a los estafadores que son pero ya te digo que eso no va a pasar.
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estafada · Lunes, 03 Agosto 2015 | 09:51:49 AM · nº 3238
la gran estafa del irph que no le importa a la justicia
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mong · estepona · Viernes, 03 Octubre 2025 | 10:54:07 AM · resp. nº 3238
pero a ver, imbécil, llevo más de 15 años tragando IRPH, para que vengas tu a darme lecciones de lo que puedo decir o no puedo decir. Estoy hasta los huevos de este interés, y no puedo sacar mi rabia de otra manera que insultar a esta pandilla de vagos y de paso a ti, capullo
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Elisabeth de Gerona · Miércoles, 29 Julio 2015 | 10:51:27 AM · nº 3237
Creo que el IRPH esta tocando ya suelo. Son dos puntos por encima del euribor y así se quedará. Así que como mal menor que NO SUBA EL EURIBOR!!!!
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mig · sevilla · Viernes, 03 Octubre 2025 | 10:14:53 AM · resp. nº 3237
todos estamos muy cabreados .pero cuando entramos aqui buscando informacion y vemos comentarios como los tuyos recurriendo al insulto como un perro rabioso pues que quieres que te diga se te quitan las ganas de mirar el foro... Insultar es la consecuencia de la incapacidad de la persona para mantener un autocontrol suficiente como para poder expresar lo que siente..hay que estar mas templado amigo
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manuela · Sábado, 18 Julio 2015 | 04:02:15 PM · nº 3231
Va y sube en ves de bajar
Cuando van a cambiar el irph por eurivo
Que estamos que no podemos mas
Los pobre mas pobres los banco mas ricos
Eurivo ya
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Ivan · Corralejo · Lunes, 29 Sept. 2025 | 11:50:24 AM · resp. nº 3231
Buenos días, deliberar no es publicar. El TS delibera el día 1 de octubre pero la sentencia puede tardar una semana en ser publicada, aunque ojalá no sea así y se publique rápidamente. Un saludo
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jjm · Sábado, 18 Julio 2015 | 08:11:21 AM · nº 3230
irph 2,161
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anonimo · anonimo · Jueves, 25 Sept. 2025 | 07:05:47 PM · resp. nº 3230
Gracias Ron.
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manoli · Viernes, 17 Julio 2015 | 01:51:33 PM · nº 3229
Aaa vale mucha gracias alfonso
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anonimo · anonimo · Jueves, 25 Sept. 2025 | 09:41:17 AM · resp. nº 3229
Gracias!!!
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alfonso · Viernes, 17 Julio 2015 | 11:41:26 AM · nº 3228
manoli, el irph de junio se publica a mediados de julio ... y asi sucesivamente

que yo sepa aun no ha salido el dato del irph de junio
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lucaci · lugo · Martes, 23 Sept. 2025 | 02:14:25 PM · resp. nº 3228
Por la nulidad de hecho, asociada directamente a la de de derecho, declaracion de nulidad, no queda otra que eliminar los traficos habidos realmente, no los que hubiera habido, Por tanto no se da pie mas que a eliminar todo el interes recogido en la clausula nula independiente en este caso, irph mas diferencial. No se entiende por que en el mismo caso, de de ar el contrato sin precio con motivo de la nulidad del interes revolving, el contrato sobrevive tranquilamente, y ningun juez o banco lo ha puesto en duda, y aqui con el irph si. Pero en ese caso, como ha dicho el TJUE en la ultima sentencia no hay ninguninconveniente en aplicar el art. 1306.2CC que recoge el principio del derecho romano de que el culpable no tiene derecho a reclamar, estableciendo de antemano que en los casos de un profesional y un consu idor la abusividad se da solo en un sentido que no es compatible con la buena fe, y que el culpable es siempre el profesional.En este caso de establecer un precio abusivo y de que en consecuencia el contrato se quede sin precio. Y en la unica norma de derecho nacional que se recoge ese supuesto es el art 1306.2 CC, y el art 1303Cc que es solo en su defecto, no es aplicable, porque el banco sale beneficiado como ha preguntado el juez nacional y respondido el TJUE si obtuviera intereses incluso mayores que el precio del contrato anulado, pero tambien, aunque no preguntado en esta ocasion, pero ya respondido en otras, si el consumidor no puede hacer frente a las consecuencias de la nulidad, en este discutible supuesto de que el contrato no sobreviva, ya que la hipoteca ya se concede para que tu capacidad de ingresos y de ahorro respondan a devolver las cuotas, no el capital ni inicial, que ya te condicionon a no tener, puesto que a gastar directamente en la vivienda, ni ninguna parte del mismo, porque insisto, tu capacidad de ahorro esta normalmente agotada con el pago periodico de la deuda, maxime cuando en realidad resulto mucho mas caro de lo previsto yen muchos casos ya la propka cuota devino en superar dicha capacidad perdiendo incluso la vivienda. En suma, la disposicion de derecho nacional evistente a la fecha del contrato y que cumple con todos los objetivos de la directiva es el art1306.2 Cc por el que no se obliga al consumidor a devolver el capital pendiente que le quede,Asi que no tiene que solicitar cambiarlo por otro, lo cual se esta usando para modificar los contrato, y arreglarlos a posteriori sin ningun desincentivo para los bancos de llevar a cabo estafas masivas. De la misma manera que cuando devuelven lo cobrado d
DE MAS en las clausulas suelo, en lugar de lo cobrado efectiva ente por esa clausula que es todo el suelo. Porque lo que subyace es una supuesta buena fe de los bancos que les adjudica gratuitamente el estado, que no esta en las leyes ni española ni europea. Lo cierto es que estuvieron vendiendo sus licencias para colocar dinero que no reunia los requinitos burlando a las autoridades ancarias y su supervision y que utilizaron a abogados y no a economistas para ello, que no tienen capacidad de entender las ordenes ni las formulas del banco de españa, ni los mercados financieros, y que nunca lo pretendieron ni engañaron en ello cuando se les contrato, pero robaron para los bancos que decirieron meterse en esas actividades y los usaron en lugar de alos financieros cualificados que tenian obligacion de contratar y que si entienden esas ordenes del regulador y sus convecuencias matematicas.No hay ninguna buena fe, ni leg ni oficiosa de los bancos, que han robado a manos llenas despues de estas estafas, del estado, y ahora tambien lo siguen haciendo de los consumidores con este tipa de demandas, en primer lugar, ya que todos los abogados practicamente lo pxden en las demandas para asegurarse las costas, y sentencias en ultimo termino que son complices de esas peticiones, supuestamente del consumiror al que representa el abogado que ya condiciona la demanda a eso.

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