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IRPH en el BOE: cómo consultarlo y PDFs oficiales 2025-2026 | IRPH.es

IRPH en el BOE: cómo verlo y descargar el PDF oficial

Si tienes una hipoteca referenciada al IRPH (hoy, en la práctica, el IRPH Entidades), el valor oficial no “sale” solo en tu banco: se publica cada mes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Aquí te explicamos, sin jerga innecesaria, cómo encontrarlo, qué frase exacta buscar y dónde están los PDF de 2025 y 2026.

Clave: en el BOE el IRPH casi nunca se llama “IRPH”. Aparece como «Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España». Esa es la denominación oficial del índice que la gente conoce como IRPH Entidades.

Cómo localizar el IRPH en el BOE (paso a paso)

  1. 1
    Entra en la web del BOE
    Abre www.boe.es y usa el buscador (arriba) o la sección de búsqueda avanzada.
  2. 2
    Escribe el texto que sí aparece en el BOE
    Prueba con: Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años o con tipos de interés oficiales de referencia del mercado hipotecario y filtra por Banco de España.
  3. 3
    Elige la resolución del mes que te interesa
    Suele titularse «Resolución de … del Banco de España, por la que se publican determinados tipos de interés oficiales de referencia del mercado hipotecario». Dentro verás una tabla corta con uno o dos porcentajes.
  4. 4
    Descarga el PDF
    En la ficha del documento, pulsa el icono o enlace PDF. Ese archivo es la publicación oficial verificable (lleva el CVE del BOE).

Clave: el Banco de España suele difundir el dato unos días antes; el BOE lo hace oficial al publicarlo. Para tu revisión de hipoteca, lo que manda es la regla de tu escritura (media del mes, día concreto, etc.) más el valor oficial.

Tabla de PDFs del BOE (2025 y 2026)

Enlaces directos a resoluciones del Banco de España donde figura el tipo medio (IRPH Entidades). El valor indicado corresponde al mes de referencia del índice, no necesariamente al día de publicación.

Mes IRPH Valor Publicado en BOE Referencia PDF oficial
Abril 20262,882 %21/05/2026BOE-A-2026-10983 Ficha Descargar PDF
Marzo 20262,840 %18/04/2026BOE-A-2026-8586 Ficha Descargar PDF
Febrero 20262,819 %19/03/2026BOE-A-2026-6471 Ficha Descargar PDF
Enero 20262,762 %19/02/2026BOE-A-2026-3893 Ficha Descargar PDF
Diciembre 20252,788 %20/01/2026BOE-A-2026-1376 Ficha Descargar PDF
Noviembre 20252,807 %18/12/2025BOE-A-2025-26016 Ficha Descargar PDF
Octubre 20252,796 %20/11/2025BOE-A-2025-23530 Ficha Descargar PDF
Septiembre 20252,695 %18/10/2025BOE-A-2025-21016 Ficha Descargar PDF
Agosto 20252,791 %18/09/2025BOE-A-2025-18512 Ficha Descargar PDF
Julio 20252,748 %21/08/2025BOE-A-2025-17080 Ficha Descargar PDF
Junio 20252,802 %18/07/2025BOE-A-2025-14957 Ficha Descargar PDF
Mayo 20252,852 %19/06/2025BOE-A-2025-12520 Ficha Descargar PDF
Abril 20252,851 %21/05/2025BOE-A-2025-10087 Ficha Descargar PDF
Marzo 20252,923 %22/04/2025BOE-A-2025-8152 Ficha Descargar PDF
Febrero 20252,872 %20/03/2025BOE-A-2025-5607 Ficha Descargar PDF
Enero 20252,960 %20/02/2025BOE-A-2025-3413 Ficha Descargar PDF
Cada fila enlaza al PDF oficial del BOE donde el Banco de España publica el IRPH (tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, entidades de crédito en España). También puedes consultar la tabla oficial del Banco de España.

Atajo útil en el BOE

Si no recuerdas el número de resolución, busca en el BOE:

  • Texto: «Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años»
  • Departamento: Banco de España
  • Rango de fechas: el mes en que sueles ver el dato (a menudo entre el día 15 y el 25)

Enlace directo al buscador del BOE: https://www.boe.es/buscar/doc.php

Qué verás dentro del PDF

El PDF del BOE suele ser de una sola página. Dentro encontrarás:

  • El mes al que se refiere el índice (por ejemplo, «Marzo de 2026»).
  • La fila del tipo medio de préstamos a más de tres años… con el porcentaje.
  • A veces, un segundo tipo (zona euro) que no es el IRPH de tu hipoteca española habitual.
  • El CVE (código de verificación) para comprobar autenticidad en boe.es.

Clave: no confundas esta resolución con otras del Banco de España que publican Euríbor, IRS o €STR. El IRPH de las hipotecas “clásicas” es el tipo medio a más de tres años de las entidades de crédito en España.

Para qué te sirve en la práctica

Tener el PDF del BOE te permite:

  • Contrastar el valor que te aplica el banco en la revisión.
  • Conservar prueba oficial si reclamas o pides aclaraciones.
  • Comparar con el histórico de IRPH hoy y con el Euríbor.

Si quieres simular el efecto en tu cuota, usa el simulador de revisión o la calculadora de lo que pagas de más con IRPH.

Resumen en 30 segundos

Clave final: el IRPH oficial vive en el BOE bajo un nombre largo. Busca «tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España», descarga el PDF y guarda la referencia BOE-A-…. En esta página tienes ya varios de 2025 y 2026 listos para abrir.

Información orientativa. Los enlaces apuntan a documentos públicos del BOE; si un PDF no abre, usa la ficha HTML del mismo número de resolución o la tabla del Banco de España.

Comentarios

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Alfonso · Madrid · Viernes, 03 Agosto 2018 | 04:15:24 AM · nº 4380
Euribor Junio: 1,862 bajando con cuentagotas ... pero para alguno sera un pequeño alivio.





A ver si Europa se pronuncia y nos da la razon YA.
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David · Alcalá de guadaira · Jueves, 02 Agosto 2018 | 10:49:41 PM · nº 4379
Mi duda es la siguiente que opciónes tenemos los que estamos ya juzgados pues somo los que hemos construido este camino y parece que vamos a hacer los más perjudicados, se me podría aclarar? Gracias y ánimos a todos estamos en la recta final
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Oscar · Irun (Gipuzkoa) · Sábado, 04 Agosto 2018 | 01:36:20 PM · resp. nº 567
Hola, no quiero ser el malo de la película. Pero ten por seguro que aunque intentes denunciar de nuevo, el banco alegará que cosa juzgada no puede volver a ser juzgada.
Espero que de alguna manera lo que decida el TJUE te pueda servir por lo menos para no seguir pagando de mas. Un saludo
maria · asturias · Miércoles, 08 Agosto 2018 | 02:11:16 PM · resp. nº 568
Para saber si tu contrato incumple las normas técnicas puedes enviar una copia a normastecnicas@economistas.org es gratuito. Las normas técnicas son formulas matemáticas estandarizadas que establecen correspondencias entre distintas clausulas o especificaciones de los contratos. Se trata de un motivo distinto por el que tu contrato puede ser nulo.
Ana · Madrid · Viernes, 21 Sept. 2018 | 10:30:39 PM · resp. nº 589
Hola, los que habéis iniciado la vía judicial TENÉIS QUE SEGUIR ya que, en el supuesto de que el TJUE falle a nuestro favor -NO PODRÉIS VOLVER A RECLAMAR-
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Lunes, 30 Julio 2018 | 09:00:17 AM · nº 4378
Hola,a mí un abogado llamado Arriaga el que dice "hagamos las cosas fáciles"no me informó que se quedarían con todos los intereses que saque si ganamos el juicio del irph más el 15% de lo que gane. Os suena,estamos en esto porque el banco no nos informó bien de lo que firmábamos y los abogados parece que hacen lo mismo. Alguien sabe como podría anular lo que firmé sin que me cueste un euro?
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Miguel · ELCHE · Lunes, 30 Julio 2018 | 11:40:17 AM · resp. nº 565
Yo creo que lo has entendido mal,si se quedan todos los intereses y el 15% para que estarías reclamando?Mi abogado se quedaría las costas si las ganó,y sino las ganó se queda un 10% de lo que me perteneciera,devolviendome el dinero del procurador tb.Informate bien pq si es como lo dices es más que un atraco
Isa · Madrid · Martes, 31 Julio 2018 | 02:19:28 PM · resp. nº 566
puedes anular el contrato en el registro mercantil
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 30 Julio 2018 | 07:40:55 AM · nº 4376
Hola a todos los afectados,



Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.



Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde http://www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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Mendoza · Barcelona · Sábado, 28 Julio 2018 | 10:58:56 AM · nº 4375
Hola de nuevo,

yo voy a ir a segunda instancia y estoy pagando facturas de abogado (de más de 4000€) y de procurador pagas una cantidad pequeña primero y luego te vienen facturas de casi 1000 euros.
De esta cuestión, mi abogada no me comentó nunca (facturas elevadas del procurador). Y si he de llegar a Casación, me voy a arruinar!
Si no hay dinero, esperar a que se pronuncie El TJUE, sin duda.
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Isa · Madrid · Viernes, 27 Julio 2018 | 11:07:18 AM · nº 4374
Hola Juan muchas gracias, ya se que no has sido tu, y mi pregunta rara para la persona que se esconde, tú me lo has aclarado muy bien Gracias y a seguir luchando para que este indice ruin que es el irph desaparezca
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Isa · Madrid · Viernes, 27 Julio 2018 | 06:23:09 AM · nº 4373
Veo que este foro deja mucho que desear y no es fiable, al no publicar todo el comentario que se escribe, veo también de parte de quien estais
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Juan · Alicante · Viernes, 27 Julio 2018 | 09:47:10 AM · resp. nº 561
Tu tampoco eres de fiar Isa de Madrid con tus preguntas raras. Dejas mucho que desear
Juan · Alicante · Viernes, 27 Julio 2018 | 10:38:18 AM · resp. nº 562
Hola. Yo soy el que ha contado el caso del Santander, pero no soy el que te ha contestado de forma grosera a las 09:47, o se llama también Juan y es de Alicante (casualmente como yo), o es un troll cobarde que se esconde en otra identidad para sentirse alguien, ya que posiblemente en su día a día sea un fracasado. Un saludo.
Mendoza · Barcelona · Sábado, 28 Julio 2018 | 10:38:12 AM · resp. nº 563
Hola, tienes toda la razón. a mí me han borrado mensajes en los que he comentado cuestiones importantes.
Son abogados y ellos también nos estafan!!!

Ver las 4 respuestas →

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Isa · Madrid · Jueves, 26 Julio 2018 | 07:37:54 AM · nº 4372
Yo tengo el irph con el Santander, banco que se niega a negociar ¿sabe alguien que significa que te cobren cada seis meses 23 euros por liquidación de contrato.? Porque ellos la explicación que dan es que es así, gracias por si me lo podeis aclarar
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Manolo · Barcelona · Viernes, 27 Julio 2018 | 06:25:42 AM · resp. nº 559
Hola Isa

Puede ser que sea la comisión de mantenimiento que ellos llaman liquidación de contrato, unos 4 euros al mes que te deben cobrar semestralmente.
Yo también estoy con Santander y es el banco más nefasto que existe en España, y el más ladrón.
Ánimos

Juan · Alicante · Viernes, 27 Julio 2018 | 07:57:02 AM · resp. nº 560
Hola Isa. Como te han dicho anteriormente, puede que sea comisión de mantenimiento. A este respecto, voy a explicar mi caso, por si ayuda a alguien.

Tengo hipoteca con IRPH desde el año 2004 con Banesto (Santander hoy). Me iban pasando gastos de mantenimiento cada trimestre, y yo los iba pagando. Hasta que la Sra. Botín saca la cuenta 123 y me dice la entidad que si no ingreso nómina, saco tarjetas, etc.., mis gastos de comisión de mantenimiento pasará a ser de 96€/año.

Yo trabajo, tengo mi contrato, todo legal pero me pagan en mano cada semana, no tengo ingreso bancario por concepto de nómina (suele ser al revés, cada mes ingreso yo el dinero que me pagan). Como mi entidad no entra en razones, quieren que me comprometa aún más con la entidad (tenía hipoteca, dos seguros, todos mis recibos domiciliados, cuatro duro ahorrados que me gestionaban ellos), decido que lo único que me tienen que gestionar ellos es la hipoteca, que no tengo por qué tener todo en el Santander.

Me informo, en mi escritura no pone que tenga que tener recibos domiciliados con ellos, ni seguros ni nada, sólo una cuenta bancaria para que se cobren la hipoteca. Dicho y hecho, saco todo del Santander, dejando sólo la hipoteca, avisando de que esa cuenta la tengo únicamente para el cobro de la hipoteca, y que por ese concepto no es posible cobrarme ninguna comisión de mantenimiento (previa consulta por mi parte al Banco de España).

A día de hoy, sólo tengo mi cuenta en el Santander únicamente para el pago de la hipoteca (por la que no me cobran nada), y mi cuenta principal en Openbank (no me cobran nada, a pesar de ser del Santander), y los seguros en una entidad aseguradora.

Quisieron abusar y han salido perdiendo. Y esperando estoy a que Europa nos dé la razón con el IRPH (cosa que estoy seguro que hará).

Un saludo.
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Patri · Valencia · Martes, 24 Julio 2018 | 08:21:03 PM · nº 4371
Soy asidua a esta página y hasta ahora no he dejado ningún mensaje, me limito a leer, y eso creo que es lo que hacemos la mayoría. Pero hoy quiero dejar un mensaje porque me siento especialmente esperanzada en que Europa nos va a dar la razón. He sufrido mucho por la hipoteca IRPH, y muchas veces he estado a punto de tirar la toalla dándole las llaves al banco, pero he resistido y se que vamos a tener nuestra gran recompensa. Se que Europa nos va a dar la razón, porque hemos vivido inmersos durante años en una gran injusticia y la justicia en Europa no se mueve por los parametros de la nuestra. Se que vamos a recuperar el dinero que nos pertenece. Un fuerte abrazo a todos y a seguir resistiendo. Ya falta menos!!!
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 23 Julio 2018 | 07:30:27 AM · nº 4370
Hola a todos los afectados,



Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.



Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde http://www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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