IRPH

Revisión de hipoteca en septiembre 2026: Euríbor de agosto o IRPH de julio

Revisión de hipoteca en septiembre 2026: Euríbor de agosto o IRPH de julio

Septiembre es mes de cartas de revisión. El Euríbor de agosto ya cerró. El IRPH de agosto, todavía no.

Si tu hipoteca se revisa en septiembre, la entidad no usa “el valor de hoy”. Usa el mes que diga la escritura. En la práctica, para una revisión anual de septiembre, lo habitual es tomar el Euríbor a 12 meses de agosto o el IRPH del mes que el contrato fije (a menudo el anterior publicado). Mezclar los dos es el error que más cuota fantasma genera.

A 1 de septiembre de 2026 el Euríbor a 12 meses ya tiene media de agosto: 2,954 %. El IRPH publicado más reciente en IRPH.es es el de julio: 3,077 %. El de agosto saldrá en el entorno del día 20, cuando el Banco de España lo publique y el BOE recoja la resolución.

Revisión de hipoteca en septiembre 2026

Clave: la cuota nueva no depende del Euríbor del martes ni del titular del periódico. Depende del mes concreto que pone tu escritura y de si ese índice es Euríbor o IRPH.

Qué número entra si tu hipoteca es a Euríbor

La media mensual de agosto 2026 del Euríbor a 12 meses queda en 2,954 %. Julio quedó en 2,855 %. La diferencia intermensual es de +0,099 puntos. Quien revise con agosto frente a quien revisó con julio notará esa décima, más el diferencial de la escritura.

Lee la cláusula de revisión. Unas hipotecas dicen “Euríbor del mes anterior a la revisión”. Otras, “del último mes publicado”. No es lo mismo si la carta llega el día 3 o el día 28. Si duda, el cuadro de amortización y la carta anterior suelen aclarar qué mes usaron el año pasado.

Con el dato encima de la mesa, el siguiente paso no es firmar nada: es simular. En revisión de hipoteca metes capital pendiente, años que quedan, diferencial y el índice viejo frente al nuevo. El resultado es la letra, no un titular.

Qué número entra si tu hipoteca es IRPH

El IRPH no tiene valor diario. Se publica una vez al mes, hacia el día 20. Por eso, el 1 de septiembre aún no hay IRPH de agosto. Quien tenga revisión “con el último IRPH publicado” en los primeros días de septiembre estará mirando julio 2026 = 3,077 %, no agosto.

Julio frente a julio del año anterior es lo que mueve una revisión anual. No compares el IRPH de julio con el Euríbor de agosto y llames a eso “lo que me cobran de más” sin restar diferenciales. Para esa cuenta está cuánto pagas de más IRPH vs Euríbor y la serie de IRPH hoy.

El PDF del mes está en IRPH en el BOE. Si la carta del banco no coincide con la cifra oficial, el primer sitio donde contrastar es ese PDF, no el SMS.

ÍndiceÚltimo mes cerrado útil a 1-sep-2026ValorCuándo sale el siguiente
Euríbor 12 mesesAgosto 20262,954 %Media de septiembre: 1 de octubre
IRPH entidadesJulio 20263,077 %Agosto: ~20 de septiembre (BdE / BOE)

Los tres papeles que hay que tener juntos

Escritura (cláusula de índice, diferencial, redondeo y mes de revisión). Último recibo o cuadro. Carta de revisión. Sin esos tres, cualquier reclamación o queja al banco empieza coja.

En la carta busca: índice utilizado, mes de ese índice, diferencial, nuevo TIN y nueva cuota. Si el mes no es el de tu cláusula, pide por escrito que lo expliquen. No hace falta un tono de denuncia: basta la cita de la página de la escritura.

Si la letra no entra, el camino no es “dejar de pagar y ya”. Mira antes qué hacer si no llega la cuota. Carencia, aplazamiento o novación son cosas distintas y no se firman del mismo modo.

Clave: una revisión mal aplicada se discute con la escritura y el valor oficial del mes, no con la media de lo que “ha dicho el telediario”.

Simular antes de decidir si amortizas

Si tras la revisión te queda margen, amortizar no es automático. Hay que ver si reduce cuota o plazo y cuánto interés te evitas. Eso está en la calculadora de amortización parcial, no en una regla de tres de servilleta.

Si el banco te ofrece pasar a fijo “por la revisión”, compara el TIN fijo con el TIN variable nuevo más un escenario a 12 meses. La comparativa fijo vs variable sirve para no firmar un fijo alto solo porque la carta da miedo.

En el foro IRPH hay gente que ya ha recibido la carta de su entidad. No sustituye a un abogado, pero sí evita que creas que tu caso es el único del código postal.

Preguntas cortas de esta revisión

¿El Euríbor de hoy, 1 de septiembre, cambia mi cuota de septiembre? Casi nunca. El valor diario sirve para ver tendencia. La revisión anual usa la media del mes que marque el contrato.

¿Puedo exigir el IRPH de agosto el día 2 de septiembre? No: todavía no está publicado. Quien tenga revisión esos días trabajará, salvo cláusula rara, con julio.

¿La diferencia 3,077 − 2,954 es “lo que me roban”? No. Hay que restar diferenciales, comisiones y el mes exacto de cada índice. La resta cruda de portada no es un peritaje.

Comentarios

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JoseG · Gijon-Asturias · Lunes, 06 Nov. 2017 | 02:31:40 PM · nº 3935
¿Es cierto que si se declara nulo el IRPH de una hipoteca,se que da la misma sin interese?
Responder
Javier - Reclama Por Mí · BIZKAIA · Lunes, 06 Nov. 2017 | 03:58:21 PM · resp. nº 263
Hola Jose. Tu pregunta es más difícil de responder de lo que parece. A ver si podemos arrojar un poco de luz sobre esto que preguntas. Si quieres ampliar información acude a www.reclamapormi.com a ver todo sobre IRPH:

SI SE DECLARA NULO EL IRPH, ¿QUE ÍNDICE LOS SUSTITUYE?



Podemos encontrarnos en 3 situaciones diferentes si se declara nulo el IRPH firmado en la hipoteca:

1- Que NO haya un índice sustitutivo en el contrato hipotecario:

En ese caso, el préstamo queda sin un interés válido y se debería aplicar los Artículos 1.755 del Código Civil y 314 del Código de Comercio, que establecen que “No se deberán intereses sino cuando expresamente se hubieran pactado” y que “Los préstamos no devengarán interés si no se hubiere pactado por escrito”.





2- Que haya un índice sustitutivo:

Por ejemplo, si se prevé el Euribor, se debe dejar de aplicar el IRPH y se aplica el Euribor.





3- Que haya un índice sustitutivo, pero que también se haya declarado nulo:

Por ejemplo, si el índice nulo de la hipoteca que se quiere reclamar es el IRPH CAJAS pero el sustitutivo es el IRPH ENTIDADES y se declara nulo.

En este caso el consumidor, según lo estipulado en la ley solo tendría que devolver al banco el principal del préstamo sin intereses.

Sin embargo en diferentes casos el juez ha moderado esta sanción para el banco y ha aplicado, como índice sustitutivo, el euribor + 1%.
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magda · premia de mar-barcelona · Lunes, 06 Nov. 2017 | 09:55:55 AM · nº 3933
Buenos días hace unos años solicite un crédito abierto, que cancelo hipoteca que tenia pendiente y aumente su disposición con el IRPH.
Reclame al banco hace un año que este tipo de interés ya no estaba y me comentaron que en mi caso no se podía cambiar estoy pagando el 3,9% de interés, se puede reclamar creo que el crédito fue sobre el 2007.
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 06 Nov. 2017 | 03:11:48 PM · resp. nº 262


Hola Magda. Esto que te ha dicho el banco no es cierto. Puede reclamarlo. Es difícil saber exactamente qué cláusula tiene usted en su hipoteca con los datos que ha proporcionado. Si quiere que le asesore un abogado consulte con www.reclamapormi.com de forma gratuita. Son especialistas en esta materia con 100% de casos ganados en cláusula suelo y 98% en el resto. De hecho, si está pagando un 3,9% de interés teniendo en cuenta que en el 2007 el fijo era muy bajo, es muy posible que su hipoteca esté a tipo fijo ahora o bien que tenga cláusula suelo. Otra opción es que tenga IRPH y un fijo alto. Lo que está claro es que , está pagando mucho más de lo que debería. Con un 3,9% actual podría recuperar mucho dinero.
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Rafael · Córdoba-Córdoba · Sábado, 04 Nov. 2017 | 05:13:43 PM · nº 3932
Buenas,
Tengo juicio inminente por irph.
En caso de ser desfavorable para mí y el supremo dicte lo contrario que opciones tengo de ganar?
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 06 Nov. 2017 | 03:03:43 PM · resp. nº 261
Hola Rafael, si tu juicio es inminente es posible que tengas suerte porque en principio el día 22 de noviembre se pronuncia el Supremo. Si tu juicio es posterior, el juez de tu caso tendrá en cuenta la jurisprudencia del caso del Supremo. Si es antes y es desfavorable y luego el Supremo te da la razón, podrías recurrir y tendrías muchas garantías legales. Si quieres que te asesore un abogado experto en irph sin compromiso ponte en contacto con www.reclamapormi.com.
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Pedro · Madrid · Sábado, 04 Nov. 2017 | 11:27:20 AM · nº 3931
Una juez de Estepona anula el IRPH, la hipoteca se queda sin intereses. Ahorra 120.000€. La noticia sale en andaluciainformacion.es
Es de los abogados de revisamostuhipoteca.com les dejo el link

<font size="-3">http://revisamostuhipoteca.com/blog/2017/11/01/juez-de-estepona-anula-el-irph-y-deja-la-hipoteca-con-cero-intereses/</font>


Responder
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Vanesa · Benidorm · Viernes, 03 Nov. 2017 | 01:43:16 PM · nº 3930
Hola, tengo hipoteca desde 2001 con la caixa,referenciada en irph. Y como sustituto el ceca. Pues cuando desapareció esto nos dejaron la hipoteca a interés fijo último irph Publicado en el BOE.denunciamos en junio y todavía no hay respuesta. Cuanto tarda más o menos? Es cierto que el día 22 de noviembre se va a pronunciar el Tribunal Supremo?? Como afectaría una sentencia firme de este Tribunal a los afectados que ya hemos denunciado??? Gracias espero respuestas.
Responder
Juan · Valencia · Sábado, 04 Nov. 2017 | 10:57:16 AM · resp. nº 260
Ya hay sentencias sobre eso. Anulado. Te dejo link.
<font size="-3">http://revisamostuhipoteca.com/blog/2017/10/23/nulidad-del-ultimo-tipo-de-interes-que-fue-posible-calcular/</font>
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Sergio · La Línea, Cádiz · Viernes, 03 Nov. 2017 | 08:13:13 AM · nº 3929
Buenos días,yo firme una hipoteca en 2005 con Banesto (ahora Santander) de 159000€ A IRPH entidades+0.15, quisiera saber si me trae a cuenta reclamar o si los costes serían muy altos y las opciones de ganar son escasas gracias
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Javier - Reclama Por Mí · bizkaia · Viernes, 03 Nov. 2017 | 08:27:50 AM · resp. nº 258
Hola Sergio, le compensa reclamar. Podría recuperar según lo que me indica alrededor de 10.000€. En cuanto a los costes de los que usted habla, en www.reclamapormi.com se funciona a éxito. Si el cliente no cobra no hay honorarios y no hay que adelantar nada a la plataforma. En cuanto a las garantías legales para reclamar, depende de la comunidad de la que usted sea. En muchas ya está siendo favorable. En Cádiz, de donde es usted por lo que veo en su comentario, es algo más difícil reclamar, pero el 22 de noviembre el Supremo parece que se va a pronunciar al respecto del IRPH y sienta jurisprudencia. Si es favorable (que en principio, si sigue la línea de lo que viene diciendo sobre cláusulas abusivas se espera que sí), tendrá las mismas garantías que en en suelo. En reclama Por Mí en suelo hemos ganado el 100% de los casos. Así que si lo desea puede ponerse en contacto con la plataforma e ir iniciando los trámites ya que cuando salga la sentencia va a haber una avalancha enorme y al menos ya los habrá iniciado de manera extrajudicial sin asumir ningún riesgo. Espero que esto despeje sus dudas.
Iván tovarishch · Kiev-Barcelona · Viernes, 03 Nov. 2017 | 01:19:49 PM · resp. nº 259
Hola,perdona javier pero la audiencia provincial de Cádiz no acaba de declarar nulo el irph? Siendo de Cádiz lo tiene realmente bien no se porque dices que no...
Un saludo camaradas
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Monica · Barbera del Valles - Barcelona · Jueves, 02 Nov. 2017 | 07:15:40 PM · nº 3928
Hola,
No tengo claro si puedo reclamar. En 2003 firme hipoteca con Caída sabades ( ahora BBVA). Importe 180.000€ con IRPH sin diferencial, desde hace unos años BBVA me fijó el interés a un 3,796, les pregunté si eso era correcto y lógicamente me dijeron k si...¿puedo reclamar? No he firmado ningun documento. Gracias
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Javier - Reclama Por Mí · bizkaia · Viernes, 03 Nov. 2017 | 08:18:20 AM · resp. nº 257
Hola Mónica. Por supuesto que puede reclamar desde el año 2003 y tendrá un importe bastante alto a recuperar + intereses. Alrededor de 15.000€ + los intereses que dejará de pagar el en futuro. Contacte con www.reclamapormi.com y un abogado le asesorará sin compromiso.
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Alexis · sant joan despi - Barcelona · Jueves, 02 Nov. 2017 | 06:35:44 AM · nº 3927
Buenos días, estoy informándome sobre el tema del irph, ya el año pasado hable con un abogado, porque lo visitamos por la clausula suelo, pero yo no la tengo, pero me comento que empezaban a haber casos sobre hipotecas irph, la pregunta es, es buen momento ahora para reclamar ya?? porque me comentaban amigos que es mejor esperar un poco para ver si alguna denuncia llega al supremo y la dan favorable y asi poder reclamar con mas fuerza.
Gracias, un saludo!!!!
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 02 Nov. 2017 | 08:09:11 AM · resp. nº 256
Hola, si quieres reclamar puedes hacerlo ya. En muchas comunidades ya está siendo favorables. En otras no siempre es así en todos los casos y es mejor esperar a ver qué dice el Supremo. En principio se pronuncia el día 22 de noviembre según los rumores. No obstante, se pueden ir agilizando los trámites ya que va a haber una avalancha de demandas. En www.reclamapormi.com te puedes ir asesorando y preparando una reclamación extrajudicial para agilizar los trámites para cuando llegue la sentencia. Si nos fijamos en lo que ha dicho el Supremo sobre otras cláusulas abusivas debería ir en la misma línea y declararla nula.
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Angela · Asturias · Miércoles, 01 Nov. 2017 | 12:20:05 PM · nº 3926
Hola, buenas a todos. He contactado varias veces con mi entidad para que me cambiaran de IRPH a Euribor y me han dicho que lo único que pueden hacer en mi caso es pasarme la hipoteca de IRPH a interés fijo y tengo cita con ellos para el próximo jueves 9 de noviembre. No me han dicho ni a que interés ni nada. Entonces no se que hacer, si al ver con el cambio a interés fijo que pago menos cuota, realmente será muy tentador no dejar pasar la oportunidad. Por otra parte yo ya se que el Euribor ahora esta por los suelos, pero no siempre será así, creo que puede subir ya proximamente, entonces si yo tengo la hipoteca a interés fijo, no me afectaría. Pero no se bien que hacer, es un lío... me da miedo tomar una decisión y luego arrepentirme.
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 02 Nov. 2017 | 08:04:03 AM · resp. nº 255

Hola Ángela, yo te diría en primer lugar que te asesores bien con un abogado. Aquí puedes hacerlo: www.reclamapormi.com. Debes pensar que si el banco te ofrece eso, y en su día te incluyó el IRPH para que pagarás más de una manera abusiva, confiar en un trato justo es cuanto menos, cuestionable. Piensa que si te ofrecen eso... ¿no será que piensan que el euribor va a estar bajo durante muchos años? Por otro lado, lo normal, cuando se considera abusivo, es que te dejen el fijo que tenías más euribor a no ser que pidas otro trato. Por último, si pasas a fijo directamente, sin reclamar, aunque como dices, pudieran ofrecerte un buen trato después de todo, no recuperarías las cantidades pagadas de más con anterioridad y en el nuevo contrato que firmes, seguramente rechazas interponer una reclamación posterior. Sin duda, antes de dar un paso así asesórate.
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MARIA · LAS PALMAS · Lunes, 30 Octubre 2017 | 09:20:00 AM · nº 3925
Buenos días,

Y una vez que el tribunal supremo dicte sentencia sobre el IRPH, suponiendo que sea favorable a los afectados, cual sería el plazo a seguir?

Demanda colectiva? Individual?. Entiendo que lo primero sería ponerse en contacto con un abogado pero podrían decirme que lo habitual y entorno a cuanto es lo normal de los honorarios de un
buffet o despacho de abogados?. Un 10% de los ganado ? sus honorario mas gastos de procurador y perito económico?

Entiendo que si la sentencia es favorable habrán, todos quieramos ganar dinero, pero que viene siendo lo normal?

Gracias
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 30 Octubre 2017 | 04:57:49 PM · resp. nº 254
Hola María. Lo normal, en primer lugar, es presentar una demanda extrajudicial que la mayoría de los bancos rechazan prácticamente el 100% de las veces. De esta manera se consigue un objetivo doble: hacer un primer contacto con el banco buscando una vía amistosa que suele rechazarse, y en segundo lugar, tenemos una prueba ante una posible demanda de que hemos tratado de no llegar a una demanda y el banco (muy seguramente nos la ha rechazado e incluso nos ha hecho una oferta muy por debajo de lo que debería). Sin duda lo mejor es tramitar todo con un abogado ya que te asesora y tiene consecuencias legales todo lo que firmamos. Cuidado con este punto. Si firmamos algo, es posible que estemos firmando la renuncia a reclamar después y los importes a recuperar son altísimos. Además, no solo es importante lo reclamar lo cobrado de más, sino el nuevo tipo que nos van aplicar después, que puede hacer que paguemos mucho menos de lo que pagamos ahora. Por último, los honorarios varían entre despachos y dependiendo de el tipo de reclamación. En www.reclamapormi.com la consulta es gratuita y no hay honorarios si el cliente no cobra. Es un modelo a éxito con 100% de casos de éxito en suelo y 98% de casos de éxito en todo lo demás.

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