Se eleva una nueva cuestión prejudicial al TJUE por el IRPH
La banca se siente satisfecha con la situación judicial en la que se encuentran actualmente las hipotecas IRPH demandadas, sin embargo, los jueces no lo tienen tan claro y se ha elevado una nueva cuestión prejudicial al tribunal europeo.
Nueva cuestión prejudicial al TJUE por el IRPH
Aunque las entidades financieras expuestas a hipotecas IRPH< ya se encuentran muy tranquilas con respecto a la evolución judicial de las mismas, hay jueces que no lo tienen tan claro y consecuencia de ello es una nueva cuestión prejudicial que se eleva al TJUE por el caso del IRPH y esta ya es la tercera.
Se trata esta vez de un juez de Palma de Mallorca, según informa El Confidencial, enviando nada más y nada menos que 15 preguntas al tribunal europeo con sede en Luxemburgo.
El juez quiere que el tribunal europeo índice si al declarar una cláusula no transparente contradice artículos de las directivas europeas 93/13/CE y 2014/17/UE. También el juez indica que la cláusula IRPH ha causado un perjuicio económico acreditado al consumidor al suponer un coste notablemente superior en comparación al resto de índices disponibles en el momento de la suscripción de préstamos, cuando la cláusula impone un índice de referencia concreto, sin que el profesional hubiera informado mínimamente al consumidor que se introduciría ese concreto índice [...] privando al consumidor de la posibilidad de análisis".
Veremos que ocurre con la nueva cuestión prejudicial, y hay expertos que señalan que puede no ser la última porque hay procedimientos que también pueden finalizar elevando preguntas al TJUE.<
Veo que el ambiente está muy calentito a la espera del día 10 de septiembre.
Constituí mis hipotecas en el año 2004 con Caixabank. Firmé un crédito hipotecario y además un préstamo hipotecario, este último además con aval para una misma vivienda con indice de referencia i.r.p.h y no contentos con todo esto también me aplicaron la cláusula suelo del 3,50%. ¿Qué os parece, compañeros? Cuando el i.r.p.h de bancos y cajas dejó de publicarse en el año 2013 me aplicaron euribor con un diferencial del 1% en el crédito y un tipo fijo del 3,50% en el préstamo; esto fue en el año 2015.
Mi pregunta es la siguiente:Según sentencia del TJUE, ¿se podría reclamar lo pagado de más antes del año 2015 aunque hoy ya no tenga en mi hipoteca este índice?