IRPH

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Hay un momento concreto, no abstracto, en el que la cuota deja de caber. No es “el IRPH en general”: es el recibo de este mes, el saldo de la cuenta y el día en que el banco va a pasar el cargo. Si tu préstamo va referenciado al IRPH, esa cifra cambia cada revisión y el susto no siempre coincide con el titular de la prensa.

El índice se publica hacia el día 20. Tu banco lo aplica en la fecha de revisión que pone la escritura, no al día siguiente del BOE. Por eso una familia puede estar al día en marzo y ahogada en julio sin haber “dejado de pagar” a propósito. Lo primero es separar tres palabras que el comercial mezcla: carencia, aplazamiento e impago.

Clave: no firmes un “acuerdo de facilidades” el mismo día que te lo leen por teléfono. Pide el texto, calcula la cuota nueva con el simulador de revisión y mira qué derechos cedes.

Pareja revisando la escritura y la cuota de una hipoteca IRPH en la cocina

Tres palabras que no son lo mismo

Carencia suele significar que durante un plazo pagas solo intereses, o incluso no pagas cuota, y el capital se queda quieto o crece. La letra pequeña decide si esos meses se añaden al final o se comprimen después. Una carencia “que alivia” puede alargar años el préstamo.

Aplazamiento o fraccionamiento es mover recibos concretos: este mes no se carga, se reparte en los siguientes. No perdona deuda. Solo la empuja. Si el IRPH sigue alto, empujas una bola más cara.

Impago es no atender el recibo sin un pacto escrito. Ahí entran intereses de demora, comisión por reclamación y, si se acumulan cuotas, el riesgo de vencimiento anticipado. No es un “descanso informal”. Es un incumplimiento.

SituaciónQué ocurre con el capitalQué pedir por escrito
Carencia de capitalNo baja (o sube si capitalizan intereses)Plazo, tipo aplicable, si hay capitalización
Aplazamiento de 1–3 recibosSigue igual; se desplazan vencimientosCalendario nuevo y coste total
Impago sin pactoSigue igual + mora + comisionesNo hay pacto: hay reclamación

Antes de llamar: tres números de tu escritura

El índice: IRPH Entidades u otro. No mezcles con Euríbor. El valor vigente está en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

El diferencial y la fecha de revisión. Sin eso no sabes si el recibo de este mes ya lleva el IRPH nuevo o todavía el anterior.

El capital pendiente y los años que quedan. Con eso el simulador de hipoteca te dice qué cuota saldría si el índice baja, si amortizas o si alargas plazo.

Si no tienes esos tres datos, la conversación con el banco es teatro: ellos hablan de “ayudarte” y tú no puedes contrastar la cifra.

Qué pedir en la primera llamada (y qué no aceptar ahí)

Pide, por escrito o por la app del banco, una propuesta con: nueva cuota, duración, TAE resultante, comisiones y si el acuerdo incluye una renuncia a reclamar el IRPH u otras cláusulas. Esa última frase es el núcleo de muchos “alivios”.

Un recorte de 40 euros al mes a cambio de cerrar para siempre una reclamación por falta de transparencia puede ser un mal negocio. Calcula primero cuánto pagas de más con la calculadora IRPH vs Euríbor y luego mira la oferta.

No firmes en la oficina “para salir del paso”. Pide 48 horas. Lee en casa. Si el texto habla de novación, transacción o finiquito, no es un aplazamiento: es un contrato nuevo.

Carencia útil y carencia trampa

Una carencia corta (tres o seis meses) para cubrir un paro, una baja o una obra inesperada puede ser herramienta. Tiene sentido si hay fecha de reingreso de ingresos y si los intereses de esos meses no se capitalizan de forma opaca.

Una carencia larga que añade años, sube el diferencial o te ata a un seguro nuevo suele ser un crédito disfrazado de favor. Pregunta en voz alta: “¿cuánto habré pagado de más al final del préstamo?”. Si no saben contestarte, no es un favor: es un producto.

Compara la carencia con una amortización parcial pequeña. A veces conviene vender un coche o recortar un gasto y meter 2.000 euros a capital, no alargar el IRPH dos años más.

Impago: el reloj no es el de las redes

Un recibo devuelto no es un desahucio. Pero el segundo y el tercero activan protocolos internos. El banco puede ofrecer refinanciación, incluirte en ficheros si se cumplen los requisitos legales, o iniciar reclamación. El Código de Buenas Prácticas existe para determinados perfiles de vulnerabilidad; no es automático ni para todas las hipotecas.

Si crees que encajas en un código de protección, pregunta por el nombre exacto de la norma y los documentos (IRPF, certificado de empadronamiento, escritura). No aceptes un “ya te lo gestionamos” sin registro de entrada.

Paralelamente, el IRPH de tu contrato puede ser revisable en transparencia. Eso no paraliza solo el recibo de este mes, pero sí cambia la estrategia: no regales esa vía en un finiquito para ahorrarte dos cuotas.

Papeles que sí y firmas que no

  • Recibos de los últimos 12 meses y carta de la última revisión.
  • Escritura completa, no solo la primera hoja.
  • Simulación propia con el IRPH actual de IRPH.es.
  • Renuncia genérica a “acciones presentes y futuras” sobre el índice.
  • Seguro o tarjeta “porque si no no hay carencia”.
  • Cambio de titular o avalista nuevo sin asesoramiento.

Un orden que se puede ejecutar esta semana

Día 1: baja el PDF del último IRPH en IRPH BOE y anota el valor de tu mes de revisión. Día 2: mete capital, plazo y diferencial en el simulador. Día 3: escribe al banco pidiendo propuesta por escrito, sin firmar nada en ventanilla.

Si quieres contrastar cómo lo han hecho otros, el foro IRPH sirve para trámites y bancos, no como sentencia. Si el caso mezcla revolving, cláusula de vehículo o una escritura opaca, la caja de AMILCA ABOGADOS en la portada es un canal de consulta, no un atajo mágico.

Cierre útil: la cuota que no llega se atiende con números y con un papel que puedas releer. El IRPH se actualiza cada mes; tu firma, si cedes derechos, no se actualiza: se queda.

Comentarios

avatar
Fernando R. · Sevilla · Domingo, 14 Octubre 2018 | 05:45:45 PM · nº 4452
Imaginemos...Supuestamente Europa considerarà nulo el Irph que se aplicara sin transparencia.(En mi caso fue asì).Yo ahora tendrìa que demandar al banco,ganar el pleito y esperar el recurso del banco a la audiencia.Total...3 años màs.Eso es lo que estàmos esperando?Eso nos puede contentar?.Que error amigos,o empujamos para que lo declaren nulo totalmente o la guerra no tendrà fin.Yo no podria esperar màs y menos esperar para seguir acudiendo al juzgado.Ahì os dejo mi reflexiòn.
Responder
Ivan Molero · Corralejo · Lunes, 15 Octubre 2018 | 07:33:09 AM · resp. nº 636
Buenos días. Creo que se equivoca, las sentencias del TJUE son de obligado cumplimiento voy no se recurren se aplica en única instancia,.
avatar
Alfonso · Madrid · Jueves, 11 Octubre 2018 | 07:28:14 PM · nº 4451
Si se declarase nulo el IRPH ... ¿que pasaria con las hipotecas VPP y VPO vinculadas al IRPH?


El banco puede argumentar que con tipos de interes que establece el congreso



Responder
Irph · Madrid · Jueves, 18 Octubre 2018 | 01:14:56 PM · resp. nº 642
Yo tengo la misma pregunta. Alguien que nos diga algo?
olga · valencia · Martes, 30 Octubre 2018 | 01:23:53 PM · resp. nº 670
Me pasa igual, tengo hipoteca IRPH de VPO ¿Que pasa con nosotros?

Somos perjudicados por partida doble, los abogados pasan de nosotros porque es vivienda protegida y dicen que "es cosa del estado" pero en cambio estamos atados de pies y manos sin poder vender ni alquilar durante x años.

Alguien con VPO que me de algo mas de informacion por favor ¿Tenemos posiblidades??
avatar
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 11 Octubre 2018 | 04:47:54 PM · nº 4450
Hola a todos,



Estamos recibiendo muchos contactos de clientes en Reclama Por Mí (http://www.reclamapormi.com) que nos comunican qué hacer con el IRPH y ESPECIALMENTE NOS PREOCUPA que hay muchos clientes que están recibiendo comunicaciones por parte del banco en el que les ofrecen un acuerdo.



Queremos poner sobre aviso a todos los afectados que ANTES DE ACEPTAR EL ACUERDO SE ASESOREN.



Esto mismo sucedió con las cláusulas suelo y muchos afectados firmaron acuerdos sin consultar sin tener en cuentas las repercusiones. Si los bancos empiezan a moverse y empezar a llegar a acuerdos es porque ven venir algo similar al suelo donde han perdido el 97% de los casos y han tenido que devolver todas las cantidades + intereses a los clientes.



Lo que debéis saber:



1- El banco ofrece un acuerdo mucho menor de lo que se podría reclamar si se considera nulo el IRPH por falta de transparencia (hecho que se ha demostrado en innumerables casos de cláusula suelo y que es posible que al IRPH le suceda lo mismo si nos basamos en el Informe de la Comisión Europea sobre IRPH a fecha del 19/9/2018: leer más aquí: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/154-que-es-y-como-reclamar-irph.html)



2- El banco en el acuerdo firmado incluye una cláusula en la que se imposibilita reclamar en el futuro tal y como sucedió con el suelo.





Por estos motivos desde Reclama Por Mí asesoramos a los clientes a tomar la mejor decisión. La consulta es gratuita.
Responder
mourad · cadiz · Viernes, 12 Octubre 2018 | 03:56:53 AM · resp. nº 635
Buenos dias.

alguien me puede decir si en cadiz los jueces estan a favor del cliente o bancos en el tema de irph .

un saludo.
rodrigo · almeria · Miércoles, 17 Octubre 2018 | 03:31:04 PM · resp. nº 638
Lo que haga el juez de primera instancia, da igual, si luego el banco llega al supremo y el supremo te aplica su sentencia propia anterior, que es lo que va a hacer. Es una pérdida de tiempo. Y por otro lado, la sentencia del TJUE no va a impedir poder agotar los recursos legales, ahí está la clausula suelo de miles de personas que empezaron el procedimiento hace màs de diez años esperando la sentencia de la audiencia de madrid, y de la sentencia del TJUE de la claúsula suelo ya llovió. En este caso lo mas logico en primera instancia no es limitarse a darte la razón, es hacer lo que hizo el juez de barcelona, preguntando al TJUE, que impide que se pueda recurrir al supremo por esa sentencia anterior al menos, aunque no ha hecho las preguntas que se le pidieron.
avatar
Francisco · Lucena-Cordoba · Jueves, 11 Octubre 2018 | 10:51:54 AM · nº 4448
Buenos días , alguien conoce el indice de referencia " TRH TOTAL ENTIDADES " ? Tengo la hipoteca referenciada a este indice, es equivalente al IRPH ? Gracias.
Responder
avatar
Manu · A Coruña · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 07:27:49 PM · nº 4447
Mucho ánimo a tod@s!
https://youtu.be/xe5fiHfXjtw
Responder
avatar
Pedro · Parets del Vallés- Barcelona · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 06:27:41 AM · nº 4446
Hoy tenía el juicio, contra el BBVA por Irph y al final ha quedado el caso visto para sentencia, ya que ellos solicitaron que testificara el director que tenía la caixa Sabadell cuando firmé la hipoteca y o bien el no quiere testificar o ves a saber que ha pasado.

Alguien sabe cuanto tiempo se tarda en saber la sentencia?
Responder
Isabel · Cadiz · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 09:30:09 AM · resp. nº 630
Pedro, buenos días que impresión, o que te ha dicho tu abogado,es bueno que no se presente? Hombre supuestamente, te está dando la razón, si puedes cuando sepas algo lo pones, confía y mucha suerte, Isa
Pedro · Parets del Vallés Barcelona · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 08:59:24 PM · resp. nº 634
Buenas Isa, pues la verdad es que la impresión que me ha dado es buena ya que después del escrito de Europa después de pasarlo mal estos 12 años.... ESTO TE DEVUELVE LA ILUSIÓN Y más cuando he ido mirando por internet y esta jueza es de las que no hizo caso al Supremo y siguió anulando este interés que a tantos de nosotros nos está llevando por el camino la amargura!!!

Ahora a esperar la sentencia que sea favorable y que empiecen A devolvernos todo a tantos de nosotros que llevamos tantísimos años sufriendo!!!
avatar
Fernando R. · Sevilla · Martes, 09 Octubre 2018 | 07:26:12 PM · nº 4445
Cualquier empresa de 400 o 500 trabajadores hace màs ruido que nosotros...joè,que somos 1000000.A cualquier idea ingeniosa me apuntaria de veras,ojalà la tuviera yo.Siento tener una opiniòn tan negativa pero es la que preveo.Movilzaciones amigos,videos virales,etc.Un algo o nos lo tragaremos de por vida.Unicamente seremos victoriosos si de manera total es declarado nulo en todos los coceptos y situaciones
Responder
Juan · Las PanasG C · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 06:15:01 PM · resp. nº 633
Tienes razón Fernando me apunto desde Canarias para una manifestación
avatar
Fernando R. · Sevilla · Martes, 09 Octubre 2018 | 07:06:37 PM · nº 4444
Lo estàmos viendo venir,somos un millòn de personas de verlas venir.Con suerte declararàn nulos los de falta de transparencia.Y ahora que?.Al juzgado,primera instancia,gànalo primero y ahora espera la reclamaciòn del banco a la audiencia.Total dos años de Europa,año y medio de primera instancia y otro año de la audiencia.Èchale 4 o 5 años màs.Amigos,o hacemos añgo el millòn de perjudicados o ...paganini para siempre.Pagar,pagar y pagar.
Responder
avatar
Alfonso · Madrid · Martes, 09 Octubre 2018 | 05:28:15 PM · nº 4443
Si se declarase nulo el IRPH ... ¿que pasaria con las hipotecas VPP y VPO vinculadas al IRPH?


El banco puede argumentar que con tipos de interes que establece el congreso



Responder
maria · oviedo · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 12:33:03 PM · resp. nº 632
El gobierno te establece un límite a todo el precio de la hipoteca ( interés simple, compuesto y comisiones) que es lo que es el llamado irph. Es el banco el que te lo usa como interés simple en tu contrato particular. Eso el gobierno no lo establece. El gobierno cree que el banco lo está usando como precio total de la hipoteca tal y como establece el banco de España a los bancos. Y cree que tú te estás quejando del valor del irph, suponiendo que el banco lo ha usado como tal. Sin embargo, el sobreprecio desorbitado de tu hipoteca, es por el uso que el banco le da en tu contrato, no por el valor en sí del irph, aunque a ti te lo pueda hacer parecer. Porque es verdad que es manipulable (el Euribor también), y que existe una desviación de la media en la formula del banco de España. pero eso no justifica ni de lejos un sobreprecio como el de tu contrato. El gobierno, ha cambiado al Euribor más el diferencial, es decir, al interés simple, pero eso deja libertad a los bancos para que te pongan el interés compuesto y las comisiones que quieran, lo que puede ser tan caro como quieran, incluso mas que el maluso del irph. Pero podía haber sido peor, que te hubiesen fijado sólo el Euribor, que era lo que tú en tu ignorancia pedías. Hay que tener cuidado con lo que se pide. Porque el banco te está arengando contra el gobierno, y el banco de España, y eso es falso.
avatar
Miguel · ELCHE · Lunes, 08 Octubre 2018 | 10:33:09 PM · nº 4442
Por favor,no decir más que el Irph se declarara nulo.Lo que podría pasar o no,es que se declare que tenga que someterse al control de transparencia al igual que paso con las cláusulas suelo,que muchas son legítimas,siempre y cuando se explicará antes y el consumidor lo aceptase.Si alguien decidió por si mismo y aceptó ese Irph no podría reclamar pq supuestamente se lo explicaron y el lo acepto.Lo logico es que si te explican lo que es nunca lo aceptes,por eso se tiene que someter a ese control,y si el caso es que no te lo han explicado y no te han dado a elegir que tipo de interés quieres,se declare nulo en tu caso,NO NULO EN TODOS LOS CASOS. Por eso habría que reclamar pq no todos los casos son iguales.No confundamos a la gente
Responder
Jose · Bilbao-Vizcaya · Martes, 09 Octubre 2018 | 09:50:05 AM · resp. nº 628
Se entiende que todo el que tiene IRPH lo acepto y no por ello tenía porque entender lo que estaba firmando,y menos cuando la banca te cuenta mentiras y el notario lee de carrerilla sin focalizar,haber si ahora vamos a tener que tener estudios que no los tienen ni quien nos gobierna o gobernó,la cosa está clara,nos engañaron con el IRPH y con otro montón de cláusulas abusivase ilegales,por ejemplo,como puede ser que un préstamo de interés variable se quede en fijo como le sucedio a muchas personas que tenían un crédito abierto con la Caixa,etc,etc
maria · oviedo · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 12:14:29 PM · resp. nº 631
Yo opino lo mismo, esta sentencia del TJUE es para que no te apliquen directamente la sentencia del supremo. El juez de Barcelona pregunta si tiene que hacer lo que ha dicho el supremo o puede entrar a juzgar, porque la legislación de la UE se lo permite. Para que el TJUE declare abusiva la clausula, es cuando se ha aplicado la ley europea y se ha aplicado en contra. Aquí estamos en poder utilizar la ley europea, que el supremo ha dicho que no es aplicable, respondiendo a algo que no se le había preguntado. Y ahora la mayoría de los jueces lo aplican a todas las demandas, por más que no sea eso lo que se reclama. Lo que había que haber reclamado es la sentencia del supremo por incongruente, a ver si así aprenden a dejar de tomar el pelo a la gente, que esperas 4 años para llegar al supremo y luego contesta a lo que le da la real gana, lo hayas preguntado o no. Puesto que no tienen a nadie encima que se lo enmiende. El TC, está saturado prevaricando y resolviendo derechos inexistentes para los ilegales. Los españoles no tenemos este servicio.

Mostrando 2861–2870 de 5752 comentarios · Página 287 de 576

Dejar comentario

Visitas: 1.145