IRPH

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Hay un momento concreto, no abstracto, en el que la cuota deja de caber. No es “el IRPH en general”: es el recibo de este mes, el saldo de la cuenta y el día en que el banco va a pasar el cargo. Si tu préstamo va referenciado al IRPH, esa cifra cambia cada revisión y el susto no siempre coincide con el titular de la prensa.

El índice se publica hacia el día 20. Tu banco lo aplica en la fecha de revisión que pone la escritura, no al día siguiente del BOE. Por eso una familia puede estar al día en marzo y ahogada en julio sin haber “dejado de pagar” a propósito. Lo primero es separar tres palabras que el comercial mezcla: carencia, aplazamiento e impago.

Clave: no firmes un “acuerdo de facilidades” el mismo día que te lo leen por teléfono. Pide el texto, calcula la cuota nueva con el simulador de revisión y mira qué derechos cedes.

Pareja revisando la escritura y la cuota de una hipoteca IRPH en la cocina

Tres palabras que no son lo mismo

Carencia suele significar que durante un plazo pagas solo intereses, o incluso no pagas cuota, y el capital se queda quieto o crece. La letra pequeña decide si esos meses se añaden al final o se comprimen después. Una carencia “que alivia” puede alargar años el préstamo.

Aplazamiento o fraccionamiento es mover recibos concretos: este mes no se carga, se reparte en los siguientes. No perdona deuda. Solo la empuja. Si el IRPH sigue alto, empujas una bola más cara.

Impago es no atender el recibo sin un pacto escrito. Ahí entran intereses de demora, comisión por reclamación y, si se acumulan cuotas, el riesgo de vencimiento anticipado. No es un “descanso informal”. Es un incumplimiento.

SituaciónQué ocurre con el capitalQué pedir por escrito
Carencia de capitalNo baja (o sube si capitalizan intereses)Plazo, tipo aplicable, si hay capitalización
Aplazamiento de 1–3 recibosSigue igual; se desplazan vencimientosCalendario nuevo y coste total
Impago sin pactoSigue igual + mora + comisionesNo hay pacto: hay reclamación

Antes de llamar: tres números de tu escritura

El índice: IRPH Entidades u otro. No mezcles con Euríbor. El valor vigente está en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

El diferencial y la fecha de revisión. Sin eso no sabes si el recibo de este mes ya lleva el IRPH nuevo o todavía el anterior.

El capital pendiente y los años que quedan. Con eso el simulador de hipoteca te dice qué cuota saldría si el índice baja, si amortizas o si alargas plazo.

Si no tienes esos tres datos, la conversación con el banco es teatro: ellos hablan de “ayudarte” y tú no puedes contrastar la cifra.

Qué pedir en la primera llamada (y qué no aceptar ahí)

Pide, por escrito o por la app del banco, una propuesta con: nueva cuota, duración, TAE resultante, comisiones y si el acuerdo incluye una renuncia a reclamar el IRPH u otras cláusulas. Esa última frase es el núcleo de muchos “alivios”.

Un recorte de 40 euros al mes a cambio de cerrar para siempre una reclamación por falta de transparencia puede ser un mal negocio. Calcula primero cuánto pagas de más con la calculadora IRPH vs Euríbor y luego mira la oferta.

No firmes en la oficina “para salir del paso”. Pide 48 horas. Lee en casa. Si el texto habla de novación, transacción o finiquito, no es un aplazamiento: es un contrato nuevo.

Carencia útil y carencia trampa

Una carencia corta (tres o seis meses) para cubrir un paro, una baja o una obra inesperada puede ser herramienta. Tiene sentido si hay fecha de reingreso de ingresos y si los intereses de esos meses no se capitalizan de forma opaca.

Una carencia larga que añade años, sube el diferencial o te ata a un seguro nuevo suele ser un crédito disfrazado de favor. Pregunta en voz alta: “¿cuánto habré pagado de más al final del préstamo?”. Si no saben contestarte, no es un favor: es un producto.

Compara la carencia con una amortización parcial pequeña. A veces conviene vender un coche o recortar un gasto y meter 2.000 euros a capital, no alargar el IRPH dos años más.

Impago: el reloj no es el de las redes

Un recibo devuelto no es un desahucio. Pero el segundo y el tercero activan protocolos internos. El banco puede ofrecer refinanciación, incluirte en ficheros si se cumplen los requisitos legales, o iniciar reclamación. El Código de Buenas Prácticas existe para determinados perfiles de vulnerabilidad; no es automático ni para todas las hipotecas.

Si crees que encajas en un código de protección, pregunta por el nombre exacto de la norma y los documentos (IRPF, certificado de empadronamiento, escritura). No aceptes un “ya te lo gestionamos” sin registro de entrada.

Paralelamente, el IRPH de tu contrato puede ser revisable en transparencia. Eso no paraliza solo el recibo de este mes, pero sí cambia la estrategia: no regales esa vía en un finiquito para ahorrarte dos cuotas.

Papeles que sí y firmas que no

  • Recibos de los últimos 12 meses y carta de la última revisión.
  • Escritura completa, no solo la primera hoja.
  • Simulación propia con el IRPH actual de IRPH.es.
  • Renuncia genérica a “acciones presentes y futuras” sobre el índice.
  • Seguro o tarjeta “porque si no no hay carencia”.
  • Cambio de titular o avalista nuevo sin asesoramiento.

Un orden que se puede ejecutar esta semana

Día 1: baja el PDF del último IRPH en IRPH BOE y anota el valor de tu mes de revisión. Día 2: mete capital, plazo y diferencial en el simulador. Día 3: escribe al banco pidiendo propuesta por escrito, sin firmar nada en ventanilla.

Si quieres contrastar cómo lo han hecho otros, el foro IRPH sirve para trámites y bancos, no como sentencia. Si el caso mezcla revolving, cláusula de vehículo o una escritura opaca, la caja de AMILCA ABOGADOS en la portada es un canal de consulta, no un atajo mágico.

Cierre útil: la cuota que no llega se atiende con números y con un papel que puedas releer. El IRPH se actualiza cada mes; tu firma, si cedes derechos, no se actualiza: se queda.

Comentarios

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Sergio · Elche-alicante · Jueves, 27 Abril 2017 | 09:16:11 AM · nº 3787
hola a todos sabeis cuando se pronunciara el tribunal supremo sobre el IRPH
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alfredo · malaga · Miércoles, 03 Mayo 2017 | 10:45:59 AM · resp. nº 133
Hola, en dos o tres años se pronunciará el Supremo, por kutxabank y uci.
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Fernando · bilbao · Martes, 25 Abril 2017 | 03:27:12 PM · nº 3784
Hola soy Fernando y soy Abogado. Soy experto en reclamar IPRH. En suelo tengo un 100% de efectividad y son muchas las reclamaciones que he puesto de IRPH. Quien quiera consultarme puede hacerlo en: fernandorenedo@gmail.com Un saludo. Es el nuevo terror de la banca que saben que van a perder.
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sonia · Santander · Martes, 25 Abril 2017 | 04:31:04 PM · resp. nº 130
Hola Fernado ,podrias decirme si en Santander(Cantabria)ha habido alguna demanda sobre irph?,ya he hecho alguna vez esta pregunta en el foro ,pero nadie a contestado .Gracias
Fernando · Bilbao · Miércoles, 26 Abril 2017 | 11:11:34 AM · resp. nº 131
Hola Sonia, se han interpuesto sí y hay algunas que se han ganado. De todas maneras lo mejor es esperar a que el Supremo se pronuncie de momento. contacta conmigo si quieres.
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Blanca · Bilbao · Domingo, 23 Abril 2017 | 06:54:30 PM · nº 3780
Muy buenas llevo desde el 29 de enero de este año q me informaron q mi hipoteca estaba afectada indice IRPH desquiciada de notaria a registro de oficina liquidadora hacienda et he recopilado toda documentacion menos EL MODELO 600 actos juridicos documentados ni registro de la propiedad ni hacienda de hecho hacienda me facilita numero de documento y cantidad que pague en su dia en el año 2004 pero esta en posesion de la caixa entidad q me financio este drama no se que hacer voy en persona y me miran como si seria un engendro no me devuelven las llamadas no se que puedo hacer gracias un saludo
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Ana · Madrid · Domingo, 23 Abril 2017 | 10:23:37 PM · resp. nº 128
Hola Blanca,

Imagino que necesitas el MODELO 600 pq además vas a reclamar gastos de constitución de hipoteca.
La CAIXA no te lo va a facilitar ni de broma -conoce perfectamente para lo que es-. En cualquier caso, si hacienda te facilita por escrito nº de Documento, cantidad abonada e indica además sujeto pasivo y concepto TE VALE. Indicame el REGISTRO y, si no quieres hacerlo por esta vía te dejo mi teléfono 659 47 39 02.
Veronica · Granada · Miércoles, 03 Mayo 2017 | 12:06:18 PM · resp. nº 134
Hola Blanca yo tuve un problema parecido pero con las facturas de tasacion puse una hoja de reclamaciones en mi caso de la Junta de Andalucia y parece que hace daño.y si no te responden pues lo llevas a consumo ya como tu veas pero funcionar funciona un saludo
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Jose Alberto · Las Palmas de G.C. · Viernes, 21 Abril 2017 | 11:46:53 PM · nº 3779
Hooola de nuevo, Jose (las palmas)Una cosa muy importante y muchos no han caido, es que al extistir en los préstamos CLÁUSULAS SUELO..en otros préstamos... DIFICILMENTE PUEDE BAJAR EL. I.R.P.H. pues los datos que recibe el B.E. se lo falicitan las mismas entidades las cuales conceden dichos préstamos.. por lo cual al tener suelo el interes es alto...el cual el B.E. acepta sin rechistar,, y saca una media SIMPLE NO PONDERADA...jajaja..estafa total, opaca y manipulable...mas claro.... nada a todos los afectados no tiren la toalla...yo lo perdí todo,trabajo,cosa y casa..pero no la de mis viejos...Chorizos y luego rescatamos esas Cajas,las cuales deciden en nuestra cuota a pagar...Jose..Las Palmas.
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Jose Alberto · Las Palmas de G.C. · Viernes, 21 Abril 2017 | 11:28:48 PM · nº 3778
Soy de nuevo José Alberto(Las Palmas ) respecto al comentario sobre mi caso de antes..Ni siquiera,se me dijo como a otros afectados. Que el IRPH era más estable que los otros..NI ESO..Y MENOS A MIS POBRES PADRES....Haber si hay cordura de una vez, y si no, que apliquen la Ley Universal, de Orden Natural. La que se refiere a las actuaciones de las personas,,la otra se refiere al universo y su orden natural....Gracias por todo..espero comentarios ,si no es molestia..ATM. JOSE.
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Jose Alberto · Las Palmas de G.C. · Viernes, 21 Abril 2017 | 11:08:32 PM · nº 3777
Muy buenas noches,soy José Alberto y soy de (Las Palmas de G.C.).He estado leyendo vuestros comenterios por interes propio,puesto que Fuí y Soy uno más (al que se la metieron doblada) afectado por el IRPH CAJAS Y CONJUNTO, trás su derogación en 2013. Con la FAMOSA U.C.I. s.a. e.f.c.. Tuve que vender mi casa ( la que compré con ese préstamo ) para poder Cancelar el préstamo, pués me veía en la calle y mis Padres también. Porqué ,me engañan pidiendome avalista,y mis Padres se prestan, requisito obligado para dicho trámite. Hay va esto,me conceden una SUPERHIPOTECA JOVEN, a 32 años.Sin negociación de ninguna Clausula,comparativas respecto a otros indices,información al respecto,simulaciones etc. En realidad nunca tuve contacto directo con nadie de la entidad, todo vía inmobiliaria,ellos me iban pidiendo lo que la entidad nesecitaba,documentacion,avalistas etc.todo por fax,remiten oferta vinculante ,unos días antes y punto.Uno creyendo en la buena fé, la firma y se las remito ,apareciendo 15 minutos antes de la firma ,el Notario lo típico, una locomotora,termina firmamos y nos sacan documentos anteriores que yo no disponía. Nos hacen firmar a todos (avales) incluidos...TERMINANDO COMO COTITULARES, SOLIDARIOS..hipotecando su casa.Que estafa. Superhipoteca joven.32 años,dos ancianos jubilados,.Falleciendo mi Padre al siguiente año,.firma 28/02/2005. Falta de transpariencia,información, negociación y demás... En fín me veo obligado a vender en 2015. Por el perjuicio provocado al respecto,y la crisis,..Pues bien llevo meses estudiando mi caso,y haciendo todo tipo de consultas con profesionales.Ya estoy en manos de Abogado para demandar,y reclamar todo,irph,intereses abusibos 18%,redondeo al alza,formula de cálculo 360/365,practicas de anatocismo. A sobre todo los gastos impuestos al cliente (consumidor),sobre formalización y constitución del préstamo.. sin enumerar las cláusulas, estipulaciones ,epigrafes etc,ABUSIBOS,que contiene mi contrato,,Se trata de un contrato de Adhesion,que unilateralmente prerredactado sin información ni negociación de su contenido,, CONTIENE CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN... Que le parecen mi proceder..hay que ir por la falta de información, transpariencia,y mala fé. Y si podeis responderme sobre mi caso, Muchicimas gracias a todos,tanto profesinales como afectados...Saludos Jose..Las Palmas.
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Camarada IVÁN · Barcelona · Jueves, 20 Abril 2017 | 10:14:17 PM · nº 3776
Hola en irph stop plazan.com en la sección de tribunales hay más de cincuenta demandas favorables a favor de los clientes, de verdad Ana mírate las y dinos que tampoco anulan el IRPH, no se que pretendes,
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Oscar · Irun · Jueves, 20 Abril 2017 | 10:59:10 PM · resp. nº 117
Pues yo creo que lo que Ana pretende es dejar claro que las sentencias sobre el IRPH no dan toda la razón al demandante. Yo tengo IRPH Entidades y en Gipuzkoa ya sabéis quien lleva mas casos ganados de este tipo, y me explico claramente que a día de hoy la Audiencia Provincial de Gipuzkoa tumbaría mis sentencias, que por otra parte me garantizaba ganarlas. Pero.... Ahí tienes el problema

www.eldiario.es/norte/euskadi/IRPH-Audiencia-Gipuzkoa-juzgados-mercantil_0_375513229.html
Ana · Madrid · Viernes, 21 Abril 2017 | 01:02:41 AM · resp. nº 119
Iván, las he mirado todas y, salvo que mi miopía me haya traicionado, las únicas AUDIENCIAS, de las que se han pronunciado,que declaran la nulidad son las de Alava y Vizcaya ( excepto la sección cuarta de la AP de Vizcaya)

Aunque los juzgados suelen seguir el criterio de su AUDIENCIA, puede que haya alguno que no lo siga, pero como bien dice Oscar y además documenta, cuando llega a la Audiencia se las «tumban».

Antes de hablar y, más aún informar, hay que saber de lo que se habla. No se trata de jugar a ser abogado.













Camarada IVÁN · Barcelona · Viernes, 21 Abril 2017 | 09:54:17 AM · resp. nº 122
Vamos a ver, yo no digo que se gane seguro, claro que hay muchas sentencias perdidas, pero hay casos que se podrán ganar.
Otra cosa .Primero :esto es un foro público no el foro de Ana así que tú no eres nadie para decirme a mi ni a nadie a que juego o dejo de jugar, además no pretendo jugar a nada solo doy mi opinión obviamente con el permiso de la señora Ana claro.
Segundo: no creo que en tan poco tiempo te hayas leído todas las demandas asi que eso ya dice mucho de ti.
Tercero: no creo que tu problema se de miopía es otro, pero no de miopía.
Cuarto y último pero no menos importante: siempre te quedarán los divorcios
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Consuelo · Granada · Jueves, 20 Abril 2017 | 07:53:18 PM · nº 3775
Hola, tengo una duda sobre mi IRPH y agradecería que algún profesional me contestara si es viable denunciar en mi caso: cuando compré mi piso en 2003 lo dejé todo en manos de la inmobiliaria que a su vez su propia gestoría me llevó la búsqueda de la hipoteca. Ellos me consiguieron una en Banesto con irph (conjunto de entidades) pero yo en ningún momento hablé con el banco sobre índices de referencia ni nada de eso, solo fui a firmar directamente. ¿En mi caso hubo transparencia? Es q no sé si al contratar yo un gestor para q hiciera los trámites por mii me perjudica o al contrario si decido denunciar. Muchas gracias.
Un saludo
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Oscar · Irun · Jueves, 20 Abril 2017 | 11:02:03 PM · resp. nº 118
Estoy convencido de que en un futuro proximo el TS se pronunciará a favor nuestro. Mientras tanto, armate de paciencia y espera. Una vez que se pronuncie el TS tienes todas las papeletas para ganar. Ahora no.
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David · Guadalajara · Jueves, 20 Abril 2017 | 11:11:00 AM · nº 3774
    Por favor, en que lugar de la escritura puedo encontrar si tengo IRPH o Euribor.

Solo he encontrado una línea que dice que si desaparece el anterior índice se me aplicaría Euribor. Pero antes de esto, no encuentro nada que indique que tengo IRPH.
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Alberto Rey · Carlet - Valencia · Jueves, 20 Abril 2017 | 02:24:42 PM · resp. nº 111
Tiene que buscar en la cláusula que haga alusión al tipo de referencia la siguiente expresión: “ Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las Cajas de Ahorro/Bancos/entidades de crédito en España ”
En ningún sitio aparece IRPH, esa es sólo la abreviatura por la que se le conoce.
Un saludo.
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Alberto Rey · Carlet-Valencia · Jueves, 20 Abril 2017 | 09:14:13 AM · nº 3773
Buenos días,
De nuevo me pongo en contacto con vosotros para comunicaros que recientemente he ganado sentencia con costas a UCI consiguiendo la nulidad de la cláusula IRPH y en su lugar la aplicación desde el inicio del índice EURIBOR. Si tenéis dudas os puedo mandar por email la sentencia borrando únicamente los datos personales de los clientes.
Me preguntasteis en el mensaje que puse ayer si han recurrido, ya os digo que la sentencia no es firme, que seguramente la recurran pero que sigo la doctrina de la Sentencia de la AP de Álava de 10 de marzo de 2016, que confirmó la sentencia de primera instancia por enfocar la acción únicamente por falta de transparencia, no por manipulación del índice.
Ojo no siempre se va a ganar, el abogado que os diga que está ganado está faltando la verdad, hay que estudiar el caso concreto y ver si se han incumplido los requisitos de transparencia, al igual que sucede con la cláusula suelo, la cual no es nula per sé, sino que debe de pasar el filtro de incorporación y el control de transparencia.
Soy experto en derecho bancario, acumulo muchos procedimientos detrás y no cobro nada por estudiar su caso y ver si es viable.
Mi correo electrónico es info@rpbabogados.com y el teléfono del despacho es 963215055, nos encontramos en Carlet (Valencia) pero llevo asuntos de toda España sin problema alguno.
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ana · madrid · Jueves, 20 Abril 2017 | 12:49:19 PM · resp. nº 109
Hola Alberto, soy compañera tuya y, me alegra la estimación de la demanda. Sin embargo, el criterio de la AP de Valencia no es favorable a declarar la nulidad tampoco en base al criterio de transparencia que comentas y que se alega en casi todas por no decir todas las demandas. La AP Valencia no sigue el criterio de la AP de Álava ni de Vizcaya.

Un saludo,
Alberto Rey · Carlet-Valencia · Jueves, 20 Abril 2017 | 02:43:34 PM · resp. nº 112
Querida compañera,
Comentarte que las principales resoluciones que tengo de la AP Valencia, efectivamente estiman los recursos de apelación del banco y desestiman los de los consumidores, pero todas ellas coinciden en que el actor o bien no habló de la transparencia en la demanda, sólo de la manipulación del índice, o bien sí lo hizo pero efectivamente la cláusula superaba el control de transparencia.
Es muy importante antes de tirar adelante el procedimiento evaluar si efectivamente supera o no el control de transparencia, ya que si lo supera lo mejor es quedarse quietos a la espera de un pronunciamiento del Supremo, pero si se sabe atacar la falta de transparencia, no sólo por la omisión de oferta vinculante o la falta del plazo de 3 días, sino porque no se le ofertaron otros préstamos distintos referenciados al Euribor o no se le facilitó un cuadro de amortización donde se viera reflejado el impacto de la aplicación del IRPH, en detrimento del euribor, se puede conseguir fácilmente una estimación de la demanda tanto en primera como en segunda instancia.
Las sentencias de la AP Valencia que he revisado para comentar esto contigo son:
- Sentencia nº 618/2016 de AP Valencia, Sección 9ª, 4 de Mayo de 2016 (en ésta el letrado no habló de la transparencia sino de la manipulación en primera instancia)
- SENTENCIA Nº 744/2016 DE AP VALENCIA, SECCIÓN 9ª, 17 DE JUNIO DE 2016 (al igual que la anterior)
- SENTENCIA Nº 990/2016 DE AP VALENCIA, SECCIÓN 9ª, 22 DE DICIEMBRE DE 2016 (ésta sobretodo sí supera el control de transparencia y por eso desestiman demanda).
Creo que lo he dejado bastante claro.
Un saludo.
Ana · Madrid · Jueves, 20 Abril 2017 | 04:03:52 PM · resp. nº 113
Estimado Compañero,

Efectivamente,lo has dejado muy claro, Las SENTENCIAS que me indicas lo dicen todo, NI UNA DE ELLAS ESTIMA LA NULIDAD DEL IRPH.

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