Diferencia entre IRPH, IRPH Entidades y cláusula IRPH



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Índices y simuladores de hipoteca


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IRPH 2024: IRPH actual. Índices hipotecarios. Simuladores de Hipoteca

Diferencia entre IRPH, IRPH Entidades y cláusula IRPH




Diferencia entre IRPH, IRPH Entidades y cláusula IRPH

  Hablar del IRPH y del IRPH Entidades actualmente es decir lo mismo, ya que el único IRPH existente en la actualidad es el IRPH Entidades. Antes de noviembre de 2013, además del IRPH Entidades, existían el IRPH Cajas y el IRPH Bancos. La cláusula IRPH es el texto del contrato hipotecario donde se señala que se va a hacer uso del índice IRPH, para el cálculo del tipo de interés del préstamo hipotecario.

  Existen varios conceptos en torno al IRPH que pueden prestarse a confusión, dado el carácter interrelacionado con que se encuentra actualmente todo lo que se refiere al IRPH. En primer lugar, decir, que es realmente sorprendente la cantidad de nombres que existen para referirse exactamente a lo mismo, al IRPH. El IRPH puede conocerse también como IRPH Entidades o IRPH Conjunto de Entidades, se refiere a lo mismo y sus letras hacen referencia a Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios. Al IRPH, también se le conoce como IRPH Entidades o IRPH Conjunto de Entidades, porque antes de noviembre de 2013, existían tres tipos o variantes del IRPH: IRPH Bancos, IRPH Cajas e IRPH Conjunto de Entidades. Los dos primeros desaparecieron y solamente sobrevivió el IRPH Entidades, por lo que como solo resta un IRPH, se le puede llamar simplemente como IRPH, y si nos encontramos con el nombre IRPH Entidades, debemos de saber que es lo mismo que IRPH. Y el IRPH ¿qué es? Es un índice hipotecario para el cálculo del tipo de interés a pagar por el capital concedido en un préstamo hipotecario.

   Lo que si no debemos de hacer, es confundir el IRPH, que es un índice hipotecario, con la cláusula IRPH, que es el texto que aparece en una escritura o contrato hipotecario señalando que para un elemento tan esencial como es el tipo de interés del préstamo hipotecario se va a utilizar el índice IRPH. El texto del contrato hipotecario que indica que el IRPH va a ser el índice de referencia para el cálculo de lo que se va a pagar por el capital prestado, es la llamada cláusula IRPH. Es un diferencia importante, porque el IRPH al ser un índice hipotecario regulado y reglamentado administrativamente no puede ser objeto de control de transparencia, ya que es un índice oficial y que el Banco de España mediante una resolución mensual publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Sin embargo, la cláusula IRPH, que es el texto del contrato hipotecario donde se señala que se va a aplicar el índice IRPH para el cálculo del tipo de interés del préstamo hipotecario, si que debe ser objeto de control de transparencia, si así lo determinan los tribunales, y si la cláusula no supera los controles de transparencia, puede ser declarada abusiva y por tanto nula. Es lo que se ha señalado ya en numerosas sentencias y lo que se espera que declare pronto el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

   Es preciso también señalar que todavía no hemos hecho mención a todos los nombres con los que nos podemos referir al IRPH. Por ejemplo en un contrato hipotecario o escritura, nos podremos encontrar con el siguiente texto:   "El tipo de interés pactado se determinará por periodos semestrales, contados desde la fecha de firma del contrato, siendo durante el primer semestre el que figura en el apartado de la cláusula financiera tercera. Para semestres sucesivos, el tipo a aplicar será el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre, de Cajas de Ahorro, vigente en el momento de la revisión, que el Banco de España publica oficial y periódicamente en el B.O.E para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda, rodean por exceso a un cuarto de punto porcentual, incrementando en 0,25 porcentuales." Pues bien, este texto es una cláusula IRPH, y en ella se señala que el índice de referencia que tendrá el préstamo hipotecario será el IRPH, concretamente el IRPH Cajas, ya desaparecido. Lo destacado en negrita es el nombre con el que en una escritura se le puede llamar al IRPH. Esta cláusula es la que aparece en el contrato hipotecario objeto de demanda en el juzgado número 38 de Barcelona, cuyo juez paralizó el procedimiento para elevar cuestión prejudicial al TJUE, y cuya sentencia estamos todos esperando.

 


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