IRPH

Gráfico IRPH y Euríbor: evolución y datos desde 2000 | IRPH.es

Gráficos IRPH y Euríbor + datos desde 2000

En esta página tienes el gráfico del IRPH, el gráfico del Euríbor, el gráfico dual y una tabla combinada (IRPH, Euríbor y diferencia) desde el año 2000. Sirve para ver de un vistazo cómo se movieron ambos índices en la burbuja, la crisis, los tipos negativos y el repunte de 2022–2023.

Gráfico dual IRPH – Euríbor

Gráfico solo IRPH

Gráfico solo Euríbor

Tabla de datos: IRPH, Euríbor y diferencia

Valores mes a mes. La columna Dif. es IRPH − Euríbor (puntos porcentuales). Desplázate horizontalmente en móvil.

MesIRPH %Euríbor %Dif.
2026-083,1342,9540,180
2026-073,0772,8550,222
2026-063,0492,7980,251
2026-052,9862,8040,182
2026-042,8822,7470,135
2026-032,8402,5650,275
2026-022,8192,2210,598
2026-012,7622,2450,517
2025-122,7882,2670,521
2025-112,8072,2170,590
2025-102,7962,1870,609
2025-092,6952,1720,523
2025-082,7912,1140,677
2025-072,7482,0790,669
2025-062,8022,0810,721
2025-052,8522,0810,771
2025-042,8512,1430,708
2025-032,9232,3980,525
2025-022,8722,4070,465
2025-012,9602,5250,435
2024-123,1052,4360,669
2024-113,2062,5060,700
2024-103,4232,6910,732
2024-093,5062,9360,570
2024-083,6713,1660,505
2024-073,7283,5260,202
2024-063,7103,6500,060
2024-053,8613,6800,181
2024-043,8233,7030,120
2024-033,9013,7180,183
2024-023,9853,6710,314
2024-014,0623,6090,453
2023-124,2193,6790,540
2023-114,2764,0220,254
2023-104,3304,1600,170
2023-094,3054,1490,156
2023-084,2374,0730,164
2023-074,1864,1490,037
2023-064,0454,0070,038
2023-053,9673,8620,105
2023-043,6833,757-0,074
2023-033,6643,6470,017
2023-023,5853,5340,051
2023-013,3453,3370,008
2022-123,1163,0180,098
2022-112,8772,8280,049
2022-102,6662,6290,037
2022-092,4102,2330,177
2022-082,1981,2490,949
2022-071,9860,9920,994
2022-061,7990,8520,947
2022-051,6240,2871,337
2022-041,5400,0131,527
2022-031,513-0,2371,750
2022-021,481-0,3351,816
2022-011,485-0,4771,962
2021-121,448-0,5021,950
2021-111,412-0,4871,899
2021-101,467-0,4771,944
2021-091,489-0,4921,981
2021-081,529-0,4982,027
2021-071,485-0,4911,976
2021-061,527-0,4842,011
2021-051,507-0,4811,988
2021-041,480-0,4841,964
2021-031,571-0,4872,058
2021-021,565-0,5012,066
2021-011,558-0,5052,063
2020-121,563-0,4972,060
2020-111,661-0,4812,142
2020-101,663-0,4662,129
2020-091,700-0,4152,115
2020-081,743-0,3592,102
2020-071,745-0,2792,024
2020-061,744-0,1471,891
2020-051,745-0,0811,826
2020-041,754-0,1081,862
2020-031,765-0,2662,031
2020-021,816-0,2882,104
2020-011,825-0,2532,078
2019-121,807-0,2612,068
2019-111,803-0,2722,075
2019-101,806-0,3042,110
2019-091,825-0,3392,164
2019-081,913-0,3562,269
2019-071,836-0,2832,119
2019-062,041-0,1902,231
2019-052,052-0,1342,186
2019-042,017-0,1122,129
2019-032,039-0,1092,148
2019-022,056-0,1082,164
2019-012,022-0,1162,138
2018-122,037-0,1292,166
2018-112,009-0,1472,156
2018-101,932-0,1542,086
2018-091,891-0,1662,057
2018-081,932-0,1692,101
2018-071,854-0,1802,034
2018-061,862-0,1812,043
2018-051,892-0,1882,080
2018-041,905-0,1902,095
2018-031,895-0,1912,086
2018-021,900-0,1912,091
2018-011,938-0,1892,127
2017-121,902-0,1902,092
2017-111,910-0,1892,099
2017-101,904-0,1802,084
2017-091,873-0,1682,041
2017-081,953-0,1562,109
2017-071,929-0,1542,083
2017-061,913-0,1492,062
2017-051,947-0,1272,074
2017-041,906-0,1192,025
2017-031,879-0,1101,989
2017-021,881-0,1061,987
2017-011,928-0,0952,023
2016-121,874-0,0801,954
2016-111,936-0,0742,010
2016-101,921-0,0691,990
2016-091,903-0,0571,960
2016-081,957-0,0482,005
2016-072,007-0,0562,063
2016-061,970-0,0281,998
2016-051,890-0,0131,903
2016-042,030-0,0102,040
2016-031,919-0,0121,931
2016-022,007-0,0082,015
2016-012,0140,0421,972
2015-122,0540,0591,995
2015-112,1320,0792,053
2015-102,1270,1281,999
2015-092,1270,1541,973
2015-082,1650,1612,004
2015-072,1450,1671,978
2015-062,1370,1631,974
2015-052,1820,1652,017
2015-042,2070,1802,027
2015-032,3240,2122,112
2015-022,4570,2552,202
2015-012,4360,2982,138
2014-122,5570,3292,228
2014-112,6060,3352,271
2014-102,8190,3382,481
2014-092,8190,3622,457
2014-082,8680,4692,399
2014-072,8750,4882,387
2014-062,8960,5132,383
2014-052,9750,5922,383
2014-043,0860,6042,482
2014-033,1770,5772,600
2014-023,1990,5492,650
2014-013,2740,5622,712
2013-123,2870,5432,744
2013-113,3930,5062,887
2013-103,2520,5412,711
2013-093,2520,5432,709
2013-083,1580,5422,616
2013-073,1670,5252,642
2013-063,2100,5072,703
2013-053,2920,4842,808
2013-043,3780,5282,850
2013-033,4150,5452,870
2013-023,2190,5942,625
2013-013,2160,5752,641
2012-123,0230,5492,474
2012-112,9920,5882,404
2012-103,0780,6502,428
2012-093,3470,7402,607
2012-083,4300,8772,553
2012-073,4881,0612,427
2012-063,4811,2192,262
2012-053,4531,2662,187
2012-043,6171,3682,249
2012-033,6241,4992,125
2012-023,7371,6782,059
2012-013,7161,8371,879
2011-123,6262,0041,622
2011-113,6962,0441,652
2011-103,5862,1101,476
2011-093,5702,0671,503
2011-083,5332,0971,436
2011-073,5402,1831,357
2011-063,4582,1441,314
2011-053,3552,1471,208
2011-043,2262,0861,140
2011-033,1201,9241,196
2011-022,9621,7141,248
2011-012,9181,5501,368
2010-122,7741,5261,248
2010-112,8251,5401,285
2010-102,7951,4951,300
2010-092,7991,4201,379
2010-082,7661,4211,345
2010-072,7051,3731,332
2010-062,7091,2811,428
2010-052,6741,2491,425
2010-042,7861,2251,561
2010-032,7801,2151,565
2010-022,8131,2251,588
2010-012,8101,2321,578
2009-122,8191,2421,577
2009-112,8591,2311,628
2009-102,9211,2431,678
2009-092,9901,2611,729
2009-083,0841,3341,750
2009-073,1871,4121,775
2009-063,2941,6101,684
2009-053,4111,6441,767
2009-043,5731,7711,802
2009-033,8211,9091,912
2009-024,3242,1352,189
2009-014,9832,6222,361
2008-125,8913,4522,439
2008-116,2584,3501,908
2008-106,2535,2481,005
2008-096,2655,3840,881
2008-086,2185,3230,895
2008-076,0065,3930,613
2008-065,7945,3610,433
2008-055,5874,9940,593
2008-045,4184,8200,598
2008-035,4044,5900,814
2008-025,5824,3491,233
2008-015,6114,4981,113
2007-125,5624,7930,769
2007-115,5854,6070,978
2007-105,5514,6470,904
2007-095,4974,7240,773
2007-085,4224,6660,756
2007-075,3264,5640,762
2007-065,1904,5050,685
2007-055,0924,3730,719
2007-045,0084,2530,755
2007-034,9754,1060,869
2007-024,8904,0940,796
2007-014,8114,0640,747
2006-124,7533,9210,832
2006-114,6453,8640,781
2006-104,5623,7990,763
2006-094,4513,7150,736
2006-084,3553,6150,740
2006-074,2293,5390,690
2006-064,1323,4010,731
2006-054,0483,3080,740
2006-043,8523,2210,631
2006-033,7563,1050,651
2006-023,7012,9140,787
2006-013,5912,8330,758
2005-123,4042,7830,621
2005-113,2642,6840,580
2005-103,2252,4140,811
2005-093,1972,2190,978
2005-083,1902,2230,967
2005-073,1962,1681,028
2005-063,2702,1031,167
2005-053,3182,1931,125
2005-043,3252,2651,060
2005-033,3432,3351,008
2005-023,3322,3101,022
2005-013,3342,3121,022
2004-123,3492,3011,048
2004-113,3832,3281,055
2004-103,3322,3161,016
2004-093,3672,3770,990
2004-083,3922,3021,090
2004-073,3232,3610,962
2004-063,3072,4040,903
2004-053,2552,2970,958
2004-043,2792,1631,116
2004-033,3582,0551,303
2004-023,4462,1631,283
2004-013,4752,2161,259
2003-123,4582,3811,077
2003-113,4322,4101,022
2003-103,4422,3031,139
2003-093,4282,2581,170
2003-083,4702,2791,191
2003-073,5412,0761,465
2003-063,7072,0141,693
2003-053,8232,2521,571
2003-043,8862,4471,439
2003-033,9762,4111,565
2003-024,1462,5041,642
2003-014,2522,7051,547
2002-124,3802,8731,507
2002-114,5173,0171,500
2002-104,6903,1261,564
2002-094,8183,2361,582
2002-084,9993,4401,559
2002-075,0093,6451,364
2002-064,9953,8691,126
2002-054,9853,9631,022
2002-044,8603,8601,000
2002-034,7853,8160,969
2002-024,7683,5941,174
2002-014,7373,4831,254
2001-124,8523,2981,554
2001-115,1903,1981,992
2001-105,3903,3692,021
2001-095,6273,7701,857
2001-085,7234,1081,615
2001-075,7684,3111,457
2001-065,8064,3121,494
2001-055,9264,5201,406
2001-046,0254,4811,544
2001-036,1474,4711,676
2001-026,2804,5911,689
2001-016,3904,5741,816
2000-126,3714,8811,490
2000-116,3485,1931,155
2000-106,2845,2181,066
2000-096,2325,2191,013
2000-086,0295,2480,781
2000-075,8915,1050,786
2000-065,7034,9650,738
2000-055,5224,8490,673
2000-045,3534,3650,988
2000-035,2314,2670,964
2000-025,1664,1111,055
2000-015,0403,9491,091

Cómo leer estos datos

  • El IRPH resume tipos de hipotecas ya formalizadas; el Euríbor, el mercado interbancario. No miden lo mismo.
  • Una diferencia alta durante años explica parte del sobrecoste percibido en hipotecas IRPH frente a Euríbor (ver calculadora pagas de más).
  • En 2022–2023 el Euríbor subió muy rápido y la diferencia se comprimió.

Más páginas

Información orientativa. Fuentes: Banco de España / BOE e EMMI. No sustituye asesoramiento profesional.

Comentarios

avatar
Al · A Coruña · Jueves, 21 Febrero 2019 | 11:11:56 AM · nº 4799
Porsi aun quedaban dudas de lo que supone el IRPH https://diario16.com/el-irph-se-cebo-con-personas-con-pocos-recursos-economicos/
Responder
Isabel · Cadiz · Jueves, 21 Febrero 2019 | 01:21:04 PM · resp. nº 930
A ellos le vendrían muy bien enfrentamos, y que estemos crispado uno con otros, pero no veo yo a los que trabaje en banco perdiendo el tiempo con nosotros, a no ser que se les pague por ello, eso sí, hay mucho que están aburridos y les da igual un tema tan serio, pero son los menos, los aguantaremos, y que en todos los lados hay algún o alguna, interesada en si los jueces van a comer el 25 de febrero, come tú, y que no te quite el pan, cómo están haciendo con nosotros, solo deseo que por lo menos, quiten irph y haya un desahogo, a la hora de pagar, y ya lucharemos por lo nuestro luego, mucha fuerza y ánimo a todos, Isa
mal · ceuta · Sábado, 23 Febrero 2019 | 06:30:19 PM · resp. nº 938
Este artículo de diario 16, como otros del mismo diario, de que aparece el link en este foro, aunque parece lo contrario, es bastante erróneo, en contra de los afectados. Eliminar el irph, o cambiar al Euribor, son soluciones muy distintas, ambas en contra de los afectados, que la ley europea no contempla, y que se quiere dar la impresión de que los afectados están pidiendo cuando no es así. Eliminar el irph es eliminar el control sobre el precio total de las hipotecas, que si se elimina, dicho precio sin control alguno se dispararía. Y cambiar, por ejemplo al Euribor, no está contemplado en la nulidad, en este caso de la clausula que incorpora el irph. Sólo si tú o tu abogado lo pides en el juzgado, en tu contra, el juez lo puede admitir, ya que no te puede dar más de lo que pidas. Ambas soluciones, la primera por beneficiar a toda la banca al eliminar el control sobre el precio total de las hipotecas, y la segunda por abaratar en la mayor parte la estafa, son soluciones a favor de la banca. Igualmente, decir que el problema del precio en las hipotecas de VPO, es la obligación del irph por parte del estado, es falso, ya que el irph asegura el precio medio total de la hipoteca a gente que de otra manera sería por sus condiciones de menor riqueza abusada. El problema es que los bancos no están aplicando el irph, como se estableció por ley para VPO, ni tampoco cuando lo usan para vivienda libre. Porque el irph implica aplicar un diferencial negativo al mismo para usarlo como interés nominal, que es lo que hacen los contratos de los bancos. Pero los bancos no aplican dicho diferencial, sino uno positivo en su lugar, como si se tratara del precio de coste del dinero al que hay que sumar el margen comercial del banco, caso del Euribor, pero no del irph. Vale ya de echar la culpa al banco de España y al gobierno, para ver si se rebaja la factura de la estafa de la banca a costa de todos, porque los únicos delincuentes en este caso son única y exclusivamente los bancos. Y esto, culpabilizar a las instituciones públicas, es lo que hace permanentemente este diario, desinformando, supuestamente a favor de los afectados.
avatar
Pamida · Villamartín · Miércoles, 20 Febrero 2019 | 07:35:47 PM · nº 4798
Señor@s tod@s estamos muy quemados con todo este tema de IRPH, tengo muchas dudas con lo que va a decir el TJUE, pero no sé cómo yo firme una hipoteca con tanta poca vergüenza y nadie mi advirtiera y para colmo, cuando empieza a bajar el puto IRPH, va la puta Caixa y me lo deja congelado. Por favor señores jueces de Europa, solo os pido que reflexionéis antes. Ánimos a todos y os doy un consejo, pasar de los bancos, no lo necesitamos, ellos sin nosotros no son nadie!!!!!!!!
Responder
avatar
Salva · Cerdanyola del valles. Barcelona · Miércoles, 20 Febrero 2019 | 03:01:35 PM · nº 4797
IRPH. ENERO 2.0220
Responder
avatar
Ana · Madrid · Miércoles, 20 Febrero 2019 | 01:25:33 PM · nº 4796
OJO: NO FIRMÉIS NINGÚN ACUERDO, DOCUMENTO NI NADA CON EL BANCO. Seguramente, y pese a que de la próxima vista oral a celebrar el 25 de febrero SÓLO SE “SACARÁN IMPRESIONES, cada cual las suyas” habrá que esperar a las CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL del TJUE y posterior FALLO del TJUE. Pero estoy segura de que los BANCOS se podrán nerviosos pues cada vez ven más cerca el final. SI FIRMÁIS ACUERDO NO VAIS A PODER RECLAMAR en CASO DE QUE EL TJUE DICTAMINE A NUESTRO FAVOR. MUCHO ÁNIMO YA NOS QUEDA MENOS -tb soy afectada- , que nadie se desespere y, menos ahora que estamos en la recta final.
Responder
Dabitxu · BARCELONA · Viernes, 22 Febrero 2019 | 12:45:10 AM · resp. nº 932
Hola Ana, yo no soy abogado ni tengo ni idea de leyes tampoco, pero por lo que he visto en videos de YouTube y en este foro, se dice que esto es sólo el principio. Que si sale una sentencia a favor del consumidor (que no será el 25 de febrero) después puede haber segunda instancia, recurso de apelación, recurso de casación y posteriormente demandas al banco para que ejecuten la sentencia (porque los bancos normalmente no retornan el dinero robado). Por lo que yo personalmente cuento que, con la saturación de los juzgados y todo el procedimiento, podamos ver algo de luz en 8 o 10 años. Pero venga ánimos a tod@s, que al menos esto está a punto de empezar.
Ana · Madrid · Viernes, 22 Febrero 2019 | 12:23:47 PM · resp. nº 933
Hola Dabitxu,como ya expresé en mi comentario, el 25 de febrero es la vista - se podrán sacar impresiones, cada cual las suyas- pero no se sabrá nada sobre el futuro Fallo.

Posteriormente el Abogado General del TJUE emitirá CONCLUSIONES - yo creo que antes del verano están, pero es lo que yo creo-.

Las CONCLUSIONES son importantes ya que normalmente - NO SIEMPRE- el TJUE dictamina conforme a las mismas y, más en este caso donde existe informe a nuestro favor de la Comisión Europea.

A partir de ahí, esto es, del momento en que se emitan las CONCLUSIONES y siempre que éstas sean favorables a nuestros intereses, yo creo que los Bancos se movilizarán e intentaran cerrar acuerdos.

Posteriormente, el TJUE emite FALLO y, éste marcará el camino a seguir por los jueces españoles a la hora de declarar la nulidad del iRPH - su Doctrina es vinculante- y, el TS tendrá que modificar su Doctrina respecto del IRPH.

En definitiva, marcará el camino para instar declaración nulidad - si el IRPH se somete al control de transparencia y cuales son los "requisitos" de ese control-

Evidentemente, cada cual tendrá que iniciar procedimiento judicial instando nulidad conforme - Juisprudencia TJUE -en el supuesto sea favorable a la nulidad-.

Desde mi experiencia, los juzgados pese al colapso suelen tardar MÁXIMO AÑO Y MeDIO - en el peor de los casos- algunos Juzgados TRES MESES.

Claro que pueden recurrir y desde mi experiencia - al menos en los temas bancarios que he llevado NO recurren- si se formula la demanda muy bien y no se les abre ningún atisbo al que agarrarse para recurrir.

Y si recurren, se podría ejecutar ST provisionalmente o tomarlo como un dinero que te está rentando una barbaridad - interés legal incrementado en dos puntos desde ST- u otras opciones.

Esos cálculos que haces son muy pero que muy exagerados. Es más, ante un hipotetico fallo del TJUE favorable la postura de los Bancos cambiaría.

Insisto, ESTAMOS EN LA RECTA FINAL que, nadie se desanime.







Dabitxu · BARCELONA · Sábado, 23 Febrero 2019 | 12:46:00 AM · resp. nº 935
Gracias Ana. Ojalá sea como dices. Yo estoy intentando ahorrar desde hace un par de años para pagar abogados.
No me gustaría pedirle un crédito al mismo banco que quiero denunciar. ;-) Gracias por los ánimos. Saludos
avatar
Alejandro · Las palmas de gran Canaria · Miércoles, 20 Febrero 2019 | 10:28:46 AM · nº 4795
Buenos días a tod@s.Es cierto que veo mucho derrotista y también ya lo dije hace mucho, están aquí mucho forro de la banca, metiendo gancho para acojonar a los afectados. Así que esto que voy a decir va por ellos y si alguno se anima pues perfecto. Lo que tenemos que hacer en primer lugar va en relación a los votos del próximo gobierno, todos sabemos quienes han ido a favor de la mafiosa banca no? Pues voto cero. Y lo segundo que voy a decir es para sus amiguetes que lleven el cuento, somos 1.300.000 hipotecas no? Pues no pague nadie coño, están todas titulizadas, no tienen legitimidad ni para embargar ni para reclamar ni para nada, tiremos el sistema hipotecario a tomar por ahí. Para esto hay que echarle redaños, nosotros somos una masa suficientemente grande para reventarlos. Con mafiosos hay que actuar igual, no podemos ir con medias tintas contra los que nos quieren matar. Así que Sres y Sras llegó la hora de la verdad. Hemos luchado y soportado que nos roben, que nos masacren hasta los que por ley tendría que defendernos no? Pues se acabó, vamos a la guerra, o no iras matando lentamente a cada un@ por individual. Ahora ya que entre todos decidamos que lado tomamos. Les garantizo que no voy mal encaminado en los que les digo. Háganse con la documentación de la venta de las hipotecas de todos a un tercero, y se acabó lamentarnos, el cordero se convierte en lobo. Y ahora los forros de los bancos que están aquí que empiecen a llamarme loco. Lo que digo lo puedo demostrar. No es fantasía. Un saludo a tod@s.
Responder
francisco serrano · cartagena · Jueves, 21 Febrero 2019 | 02:30:52 AM · resp. nº 928
Buenas noches compañeros, estoy totalmente de acuerdo amigo alejando en lo referente a que cada día que entro en este foro aparecen algunos comentarios derrotistas diciendo que ya se ha perdido la guerra y ni aun se ha producido la batalla, no se que pretenden algunas de las personas que escriben por este foro quitándonos los ánimos/esperanzas de que este tema llegue a buen puerto (esto ya uele a chamusquina y como tu bien dices parece obra de la banca).
Otra cosa de la que me gustaría comentar sobre tus palabras y hablo por mi experiencia personal es el tema de dejar de pagar el préstamo, hace un cuatro años por problemas económicos deje de pagar mi cuota de la hipoteca durante 8 meses, tu comentas que no pueden embargar pero en mi caso la procuradora del juzgado donde resido estuvo en mi casa para que firmase el procedimiento judicial para el embargo de mi casa, también he de decir que los (HP) del banco me facilitaron la posibilidad de una novacion de la hipoteca para financiación de la deuda (claro esta con todos los gastos a mi cargo).
Así que no estoy de acuerdo con ese punto.
UN SALUDO
jaime · BARCELONA · Jueves, 21 Febrero 2019 | 09:40:52 AM · resp. nº 929
Buenos días amigos,

no soy ningún infiltrado de la banco y me juego mucho dinero con la sentencia sobre unos 40000 euros o mas. Lo que digo es que la justicia está muy politizada y en este caso va a recibir mucha presión por parte del Estado español. Ya veréis como tendremos una sorpresa como ya sucedió con el AJD con el TS.
MAL · ceuta · Jueves, 21 Febrero 2019 | 03:01:27 PM · resp. nº 931
hola, tienes info del traspaso a terceros de las hipotecas irph o es en general de titulizaciones? si es lo primero, pasa aquí toda la info que puedas, es importante.
avatar
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Miércoles, 20 Febrero 2019 | 07:18:01 AM · nº 4794
Hola de nuevo desde Reclama Por Mí,



Como sabéis se acerca una fecha muy importante el 25 de febrero donde se dará respuesta a una triple cuestión prejudial. Para quien quiera más información, os dejamos el artículo que hemos escrito en Reclama Por Mí aquí: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/278-que-va-ocurrir-el-25-de-febrero-con-el-irph.html, y os resumimos lo escrito:



¿Se puede reclamar el IRPH tras la reunión del TJUE del 25 de febrero?



El día 25 de febrero a las 14:30 se reúne el pleno del Tribunal de Justicia Europeo donde se abordará la nulidad del Irph.



No es habitual que se celebre una vista oral en la que tomen parte los 15 jueces, hecho que pone de manifiesto la transcendencia de la decisión que tiene en vilo a más de un millón de personas que referenciaron sus hipotecas a este índice.



Para poder entender bien la situación actual debemos hacer un análisis de las fechas más relevantes y sus implicaciones.



Los hitos más importantes sobre el IRPH:



El Tribunal Supremo en su sentencia del de 22 de noviembre de 2017, comunicó que "la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad". La decisión que fue controvertida, contó con 2 votos particulares en contra y fallaba a favor de los intereses de los bancos y suponía que los afectados no pudieran reclamar por el índice.



El magistrado del Juzgado de Instrucción Nº 38 de Barcelona consideró que la decisión del Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, validando el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) porque gozaba de transparencia y no era abusivo, vulneraba, de hecho, la legislación comunitaria en materia de protección de consumidores en productos financieros.

Dicho magistrado elevó una triple cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la comercialización de hipotecas vinculadas al IRPH.



La Comisión Europea, en su informe de observaciones escritas al TJUE del 17 de septiembre del 2018, se alineó a favor de los clientes afectados por el IRPH, situándose en sentido contrario a la sentencia del Tribunal Supremo.



El día 25 de febrero se reúne el pleno del Tribunal de Justicia Europeo donde se abordará la nulidad del Irph. Es importante destacar que después de celebrar la vista no tendremos una respuesta definitiva. Habrá que esperar al informe del abogado TJUE en que presentará sus conclusiones (plazo que oscila entre 2 semanas y 3 meses) y posteriormente llegará se propondrá una fecha para la decisión del Tribunal.



Leer todo el artículo aquí: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/278-que-va-ocurrir-el-25-de-febrero-con-el-irph.html
Responder
jaime · BARCELONA · Miércoles, 20 Febrero 2019 | 07:46:09 AM · resp. nº 925
Buenos días a todos.

Yo tengo IRPH y estoy deseando su nulidad ya que me puede suponer unos 40.000 euros.
Ahora analicemos un poco el tema.
A España se le dieron 60.000 millones de euros para el rescate bancario. Si ahora hay nulidad del IRPH los bancos tendrán que pagar unos 44.000 millones dependiendo de la retroactividad.
Alguien se puede creer que eso sucederá?. De donde van a sacar el dinero?. De Europa otra vez?.
No os preocupéis que al igual que hizo el TS con el tema de los AJD el TJUE se sacará otro as de la manga y se acabará perdiendo por 13 a 12 para que así parezca que casi se ha ganado igual que pasó con el AJD que se perdió por un voto.
El mundo lo mueven los mercados financieros queramos o no y todos están a su servicio. Es triste pero es así, poderoso caballero don dinero.
Jose Mari · Valladolid · Miércoles, 20 Febrero 2019 | 09:40:19 AM · resp. nº 926
porque los juezes se van a reunir el dia 25 de Febrero a las 14:30 h? Sin comer? Si van con la barriga vacia pueden tomar decisiones precipitadas.
Esperemos que coman antes, si son europeos comen antes verdad?
avatar
Mariano Pérez Santiago · Santander · Martes, 19 Febrero 2019 | 08:05:29 PM · nº 4793
Hola a todos, tengo una demanda contra la BBK por una hipoteca IRPH, el juicio se produjo en septiembre del 2018 y todavía no ha salido la sentencia. Los abogados que me han llevado la demanda son UNIVE abogados y me dicen que ese juzgado de Santander lleva todo el tema de clausulas abusivas y esta desbordado.
Mi pregunta es si alguien está en la misma situación, y si es normal que se tarde tanto en resolver si ya esta visto para sentencia desde hace 5 meses.
Muchas gracias.
Responder
avatar
Mariano Pérez Santiago · Santander · Martes, 19 Febrero 2019 | 07:56:49 PM · nº 4792
Hola a todos, tengo una demanda contra la BBK por una hipoteca IRPH, el juicio se produjo en septiembre del 2018 y todavía no ha salido la sentencia. Los abogados que me han llevado la demanda son UNIVE abogados y me dicen que ese juzgado de Santander lleva todo el tema de clausulas abusivas y esta desbordado.
Mi pregunta es si alguien está en la misma situación, y si es normal que se tarde tanto en resolver si ya esta visto para sentencia desde hace 5 meses.
Muchas gracias.
Responder
avatar
francisco serrano · cartagena · Martes, 19 Febrero 2019 | 07:34:41 PM · nº 4791
Buenas tardes compañeros, aquí os dejo el enlace a una pagina de una plataforma sobre el IRPH "STOP GIPUZKOA" http://www.irphstop.eus/es/ , imagino que la mayoría de nosotros hemos oído hablar de ellos.
Lo mas interesante es que les han pedido que se personen en la sala donde se celebrara el juicio, también hablan de que intentaran transmitir en directo a través de twitter lo que se diga en la sala, echadle un vistazo por que merece la pena.
También hay una entrevista de SALVADOS a un afectado en la cual yo creo que todos nos sentimos identificados.
Responder
avatar
eric · Barcelona · Martes, 19 Febrero 2019 | 06:57:37 PM · nº 4790
cuanto derrotista no ? es que tenemos algo que perder después de la bofetada del tribunal supremo ? aquí en nuestro país nos cerraron todas las puertas y ahora que en europa se nos abre una vamos a ser pesimistas ? pues no , la lucha sigue y se va a hacer justicia , esta estafa se acaba .IRPH NULO .
Responder

Mostrando 2531–2540 de 5754 comentarios · Página 254 de 576

Dejar comentario

Visitas: 4.115