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Gráfico IRPH y Euríbor: evolución y datos desde 2000 | IRPH.es

Gráficos IRPH y Euríbor + datos desde 2000

En esta página tienes el gráfico del IRPH, el gráfico del Euríbor, el gráfico dual y una tabla combinada (IRPH, Euríbor y diferencia) desde el año 2000. Sirve para ver de un vistazo cómo se movieron ambos índices en la burbuja, la crisis, los tipos negativos y el repunte de 2022–2023.

Gráfico dual IRPH – Euríbor

Gráfico solo IRPH

Gráfico solo Euríbor

Tabla de datos: IRPH, Euríbor y diferencia

Valores mes a mes. La columna Dif. es IRPH − Euríbor (puntos porcentuales). Desplázate horizontalmente en móvil.

MesIRPH %Euríbor %Dif.
2026-083,1342,9540,180
2026-073,0772,8550,222
2026-063,0492,7980,251
2026-052,9862,8040,182
2026-042,8822,7470,135
2026-032,8402,5650,275
2026-022,8192,2210,598
2026-012,7622,2450,517
2025-122,7882,2670,521
2025-112,8072,2170,590
2025-102,7962,1870,609
2025-092,6952,1720,523
2025-082,7912,1140,677
2025-072,7482,0790,669
2025-062,8022,0810,721
2025-052,8522,0810,771
2025-042,8512,1430,708
2025-032,9232,3980,525
2025-022,8722,4070,465
2025-012,9602,5250,435
2024-123,1052,4360,669
2024-113,2062,5060,700
2024-103,4232,6910,732
2024-093,5062,9360,570
2024-083,6713,1660,505
2024-073,7283,5260,202
2024-063,7103,6500,060
2024-053,8613,6800,181
2024-043,8233,7030,120
2024-033,9013,7180,183
2024-023,9853,6710,314
2024-014,0623,6090,453
2023-124,2193,6790,540
2023-114,2764,0220,254
2023-104,3304,1600,170
2023-094,3054,1490,156
2023-084,2374,0730,164
2023-074,1864,1490,037
2023-064,0454,0070,038
2023-053,9673,8620,105
2023-043,6833,757-0,074
2023-033,6643,6470,017
2023-023,5853,5340,051
2023-013,3453,3370,008
2022-123,1163,0180,098
2022-112,8772,8280,049
2022-102,6662,6290,037
2022-092,4102,2330,177
2022-082,1981,2490,949
2022-071,9860,9920,994
2022-061,7990,8520,947
2022-051,6240,2871,337
2022-041,5400,0131,527
2022-031,513-0,2371,750
2022-021,481-0,3351,816
2022-011,485-0,4771,962
2021-121,448-0,5021,950
2021-111,412-0,4871,899
2021-101,467-0,4771,944
2021-091,489-0,4921,981
2021-081,529-0,4982,027
2021-071,485-0,4911,976
2021-061,527-0,4842,011
2021-051,507-0,4811,988
2021-041,480-0,4841,964
2021-031,571-0,4872,058
2021-021,565-0,5012,066
2021-011,558-0,5052,063
2020-121,563-0,4972,060
2020-111,661-0,4812,142
2020-101,663-0,4662,129
2020-091,700-0,4152,115
2020-081,743-0,3592,102
2020-071,745-0,2792,024
2020-061,744-0,1471,891
2020-051,745-0,0811,826
2020-041,754-0,1081,862
2020-031,765-0,2662,031
2020-021,816-0,2882,104
2020-011,825-0,2532,078
2019-121,807-0,2612,068
2019-111,803-0,2722,075
2019-101,806-0,3042,110
2019-091,825-0,3392,164
2019-081,913-0,3562,269
2019-071,836-0,2832,119
2019-062,041-0,1902,231
2019-052,052-0,1342,186
2019-042,017-0,1122,129
2019-032,039-0,1092,148
2019-022,056-0,1082,164
2019-012,022-0,1162,138
2018-122,037-0,1292,166
2018-112,009-0,1472,156
2018-101,932-0,1542,086
2018-091,891-0,1662,057
2018-081,932-0,1692,101
2018-071,854-0,1802,034
2018-061,862-0,1812,043
2018-051,892-0,1882,080
2018-041,905-0,1902,095
2018-031,895-0,1912,086
2018-021,900-0,1912,091
2018-011,938-0,1892,127
2017-121,902-0,1902,092
2017-111,910-0,1892,099
2017-101,904-0,1802,084
2017-091,873-0,1682,041
2017-081,953-0,1562,109
2017-071,929-0,1542,083
2017-061,913-0,1492,062
2017-051,947-0,1272,074
2017-041,906-0,1192,025
2017-031,879-0,1101,989
2017-021,881-0,1061,987
2017-011,928-0,0952,023
2016-121,874-0,0801,954
2016-111,936-0,0742,010
2016-101,921-0,0691,990
2016-091,903-0,0571,960
2016-081,957-0,0482,005
2016-072,007-0,0562,063
2016-061,970-0,0281,998
2016-051,890-0,0131,903
2016-042,030-0,0102,040
2016-031,919-0,0121,931
2016-022,007-0,0082,015
2016-012,0140,0421,972
2015-122,0540,0591,995
2015-112,1320,0792,053
2015-102,1270,1281,999
2015-092,1270,1541,973
2015-082,1650,1612,004
2015-072,1450,1671,978
2015-062,1370,1631,974
2015-052,1820,1652,017
2015-042,2070,1802,027
2015-032,3240,2122,112
2015-022,4570,2552,202
2015-012,4360,2982,138
2014-122,5570,3292,228
2014-112,6060,3352,271
2014-102,8190,3382,481
2014-092,8190,3622,457
2014-082,8680,4692,399
2014-072,8750,4882,387
2014-062,8960,5132,383
2014-052,9750,5922,383
2014-043,0860,6042,482
2014-033,1770,5772,600
2014-023,1990,5492,650
2014-013,2740,5622,712
2013-123,2870,5432,744
2013-113,3930,5062,887
2013-103,2520,5412,711
2013-093,2520,5432,709
2013-083,1580,5422,616
2013-073,1670,5252,642
2013-063,2100,5072,703
2013-053,2920,4842,808
2013-043,3780,5282,850
2013-033,4150,5452,870
2013-023,2190,5942,625
2013-013,2160,5752,641
2012-123,0230,5492,474
2012-112,9920,5882,404
2012-103,0780,6502,428
2012-093,3470,7402,607
2012-083,4300,8772,553
2012-073,4881,0612,427
2012-063,4811,2192,262
2012-053,4531,2662,187
2012-043,6171,3682,249
2012-033,6241,4992,125
2012-023,7371,6782,059
2012-013,7161,8371,879
2011-123,6262,0041,622
2011-113,6962,0441,652
2011-103,5862,1101,476
2011-093,5702,0671,503
2011-083,5332,0971,436
2011-073,5402,1831,357
2011-063,4582,1441,314
2011-053,3552,1471,208
2011-043,2262,0861,140
2011-033,1201,9241,196
2011-022,9621,7141,248
2011-012,9181,5501,368
2010-122,7741,5261,248
2010-112,8251,5401,285
2010-102,7951,4951,300
2010-092,7991,4201,379
2010-082,7661,4211,345
2010-072,7051,3731,332
2010-062,7091,2811,428
2010-052,6741,2491,425
2010-042,7861,2251,561
2010-032,7801,2151,565
2010-022,8131,2251,588
2010-012,8101,2321,578
2009-122,8191,2421,577
2009-112,8591,2311,628
2009-102,9211,2431,678
2009-092,9901,2611,729
2009-083,0841,3341,750
2009-073,1871,4121,775
2009-063,2941,6101,684
2009-053,4111,6441,767
2009-043,5731,7711,802
2009-033,8211,9091,912
2009-024,3242,1352,189
2009-014,9832,6222,361
2008-125,8913,4522,439
2008-116,2584,3501,908
2008-106,2535,2481,005
2008-096,2655,3840,881
2008-086,2185,3230,895
2008-076,0065,3930,613
2008-065,7945,3610,433
2008-055,5874,9940,593
2008-045,4184,8200,598
2008-035,4044,5900,814
2008-025,5824,3491,233
2008-015,6114,4981,113
2007-125,5624,7930,769
2007-115,5854,6070,978
2007-105,5514,6470,904
2007-095,4974,7240,773
2007-085,4224,6660,756
2007-075,3264,5640,762
2007-065,1904,5050,685
2007-055,0924,3730,719
2007-045,0084,2530,755
2007-034,9754,1060,869
2007-024,8904,0940,796
2007-014,8114,0640,747
2006-124,7533,9210,832
2006-114,6453,8640,781
2006-104,5623,7990,763
2006-094,4513,7150,736
2006-084,3553,6150,740
2006-074,2293,5390,690
2006-064,1323,4010,731
2006-054,0483,3080,740
2006-043,8523,2210,631
2006-033,7563,1050,651
2006-023,7012,9140,787
2006-013,5912,8330,758
2005-123,4042,7830,621
2005-113,2642,6840,580
2005-103,2252,4140,811
2005-093,1972,2190,978
2005-083,1902,2230,967
2005-073,1962,1681,028
2005-063,2702,1031,167
2005-053,3182,1931,125
2005-043,3252,2651,060
2005-033,3432,3351,008
2005-023,3322,3101,022
2005-013,3342,3121,022
2004-123,3492,3011,048
2004-113,3832,3281,055
2004-103,3322,3161,016
2004-093,3672,3770,990
2004-083,3922,3021,090
2004-073,3232,3610,962
2004-063,3072,4040,903
2004-053,2552,2970,958
2004-043,2792,1631,116
2004-033,3582,0551,303
2004-023,4462,1631,283
2004-013,4752,2161,259
2003-123,4582,3811,077
2003-113,4322,4101,022
2003-103,4422,3031,139
2003-093,4282,2581,170
2003-083,4702,2791,191
2003-073,5412,0761,465
2003-063,7072,0141,693
2003-053,8232,2521,571
2003-043,8862,4471,439
2003-033,9762,4111,565
2003-024,1462,5041,642
2003-014,2522,7051,547
2002-124,3802,8731,507
2002-114,5173,0171,500
2002-104,6903,1261,564
2002-094,8183,2361,582
2002-084,9993,4401,559
2002-075,0093,6451,364
2002-064,9953,8691,126
2002-054,9853,9631,022
2002-044,8603,8601,000
2002-034,7853,8160,969
2002-024,7683,5941,174
2002-014,7373,4831,254
2001-124,8523,2981,554
2001-115,1903,1981,992
2001-105,3903,3692,021
2001-095,6273,7701,857
2001-085,7234,1081,615
2001-075,7684,3111,457
2001-065,8064,3121,494
2001-055,9264,5201,406
2001-046,0254,4811,544
2001-036,1474,4711,676
2001-026,2804,5911,689
2001-016,3904,5741,816
2000-126,3714,8811,490
2000-116,3485,1931,155
2000-106,2845,2181,066
2000-096,2325,2191,013
2000-086,0295,2480,781
2000-075,8915,1050,786
2000-065,7034,9650,738
2000-055,5224,8490,673
2000-045,3534,3650,988
2000-035,2314,2670,964
2000-025,1664,1111,055
2000-015,0403,9491,091

Cómo leer estos datos

  • El IRPH resume tipos de hipotecas ya formalizadas; el Euríbor, el mercado interbancario. No miden lo mismo.
  • Una diferencia alta durante años explica parte del sobrecoste percibido en hipotecas IRPH frente a Euríbor (ver calculadora pagas de más).
  • En 2022–2023 el Euríbor subió muy rápido y la diferencia se comprimió.

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Información orientativa. Fuentes: Banco de España / BOE e EMMI. No sustituye asesoramiento profesional.

Comentarios

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Paco · Sevilla · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 09:33:54 PM · nº 4048
Mi duda es .. Si yo demando ,puede la audiencia dame la razón,si me la da, puede el banco recurrir . No se k ase .. K lio chikillo
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Juan diego · castellar de la frontera -cadiz · Jueves, 23 Nov. 2017 | 12:07:27 AM · resp. nº 334
sí y si y la segumoda más que probable. pero peor es no hacer nada que hagan lo que les de la gana. yo tengo puesta mi denuncia desde hace 4 meses después de estar dos años tratandolo extrajudicialmente con el banco.
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Juan diego · castellar de la frontera -cadiz · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 09:19:31 PM · nº 4046
buenas noches. veo que somos algunos de Cádiz igual que yo. pues a sido un mazazo si en toda regla. pero como ya dijo su abusado antes de la sentencia este caso no iba para todos las hipotecas sino para la suya concretamente que igual no tiene que ver como las nuestras. hay que seguir adelante. la mía lleva en Cádiz 4 meses esperando a ver cuando sale. un saludo a todos
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Miguel · Elche-Alicante · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 09:08:54 PM · nº 4045
Bueno,después del hundimiento y decepción del día de hoy,Boy A ver si después haber hablado con mi abogado,puedo aclarar algo con lo que el me ha dicho:
Sus palabras han sido que no le ha sorprendido nada la decisión y que era lo que esperaba.No lo iban a declarar nulo pq no lo es,aunque sea una verguenza de tipo de interés,hoy en día es legal.
La cuestión es que el Supremo ha dictado sentencia en base al caso de Kutxabank,que no tiene que ser el caso de todos los afectados por igual,ya que por ejemplo su caso fue que teniendo euribor,al hacer una ampliación de la hipoteca le cambiaron a Irph.La demanda iba en base a que no era transparente y no se lo habían explicado,cosa que el banco habrá podido demostrar que eso no fue así.
Mi caso por ejemplo es diferente,pq yo tengo Irph desde el primer día que firme mi hipoteca y quizás se tenga que demandar de otra manera,siempre en palabras de mi abogado.
Tb es verdad que aquí en alicante todas están siendo favorables y el lo ve de manera más positiva.
Por su parte el me ha dicho que sigue para alante igual que antes y que esperará a ver la sentencia completa para ver cuál es la mejor forma de llevarlo a cabo.
Me ha sorprendido pq si estuviera tan negro,un abogado que sólo cobraría si gana,se estaría arriesgando y trabajando por nada,así que ahí tengo algo de esperanza aún.
Espero que haya servido mi opinión y veremos en días posteriores que es lo que pasa y como podemos levantarnos de este palo enorme.
Saludos y ánimo a todos
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Alejandro · Las Palmas · Jueves, 23 Nov. 2017 | 09:27:10 AM · resp. nº 336
Claro que si Miguel,muy bien explicado para todos
No tiene nada que ver esta sentencia,hay muchas favorables en otras regiones y si esta sentencia salió así y encima cambió su hipoteca,desgraciadamente el banco pudo demostrar que en este caso si estaba informado del cambio al irph
Diferente somos todos los engañados desde el principio de la hipoteca
Yo pienso igual que tu abogado de la misma forma piensa el mío que no me va a cobrar a mi,todos sus gastos se los cobrará al banco y yo ni he hecho ningún pago ni lo voy a hacer ya que ellos corren con todo,ellos estudian cada caso y sólo hacen trámites cuando lo ven muy claro
No voy a decir quienes son por no ir contra los intereses de otros abogados que se ofrecen con el si cobras tu,cobro yo
Mi caso no es ese
Y yo tiro para adelante con todas las consecuencias
De cualquier manera todos tienen que denunciar y no coger ahora y desanimarse porque ese es el proyecto principal de esta mafia llamada bancos
No veas ayer como se reían de todos nosotros por redes sociales
Son tan anormales que no se dan cuenta que sus verdugos son sus propios jefes y cuando menos se den cuenta están todos en el paro cambiados por cajeros automáticos y nuevas tecnologías
Bueno ánimo a todos y ni un paso atrás
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J. BELICO · Pilas-Sevilla · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 08:40:20 PM · nº 4044
Hola a todos, estoy bastante decepcionado y abatido, la verdad es que no me lo esperaba. El lobby bancario está haciendo de las suyas. Sabe alguien decirme cuando llegará esto a Tribunal Europeo ??. Un abrazo a todos.
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Mercedes · Vitoria-Alava · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 08:03:25 PM · nº 4043
Segun manifestaciones de expertos en el tema, hace cuatro años que la UE pidió al Gobierno español la retirada de los tres índices que ahora desaparecen porque su sistema de cálculo era susceptible de manipulación. Teniendo en cuenta, la crisis actual y que las tasas de impagos hipotecarios siguen subiendo, ese retraso ha contribuido a empobrecer más a las familias que necesitaban esa diferencia en la cuota para terminar el mes.

Ahora nos encontramos que el Tribunal Supremo, declara como no abusivo el IRPH, algo que llama la atencion ya que la dinámica que adoptaron con dicho interes, es la misma, que la que adoptaron con otro tipo de intereses, que han considerado como abusivos y no transparentes, en juicios anteriores.

Realmente la justicia tiene claros los conceptos?
Es todo lo justa que se puede esperar? o hay son realmente otro tipo de cuestiones, que no se manifiestan, las que influyen en sus decisiones?

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Jesus · Alicante · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 07:30:04 PM · nº 4041
Buenas tardes:

Vaya p..ada lo de esta mañana. Cuantas ilusiones rotas.
Después de unas horas para dejar enfriar el mosqueo que tenía, e intentando agarrarme a un clavo ardiendo, y me ha dado por reflexionar.

Lo único que dice el comunicado, es que el TS entiende que el IRPH no es ilegal "per se", pero tampoco lo es la cláusula suelo, ni las subordinadas, ni la hipoteca multidivisa etc. Lo que se discute no es eso, sino la forma en la que este índice se incorporó al contrato y si se hizo de la forma correcta o no.
De esto último, hasta no leer la sentencia no sabremos si habrá alguna opción de que al menos nos rebajen al euribor.

Leed bien y a ver si os sirve como a mi para no tirar del todo la toalla:

Comunicado: "El alto tribunal considera que la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad."

Yo entiendo que dice, que no sólo por el hecho de estar referenciado al IRPH, todas las hipotecas con este indice deban ser motivo de nulidad, si no que igual solo en aquellas en las que en su momento no se explicó bien que se estaba firmando (aunque sean casi todas).

Seguramente sea un iluso, pero esta reflexión me ha ayudado en las ultimas horas a rebajar un poco el mosqueo que llevo desde esta mañana.

Animo a todos, y no queda más que esperar la sentencia y aguantar en todo caso a ver que dice EUROPA. Gracias.
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JVG · San Roque - Cadiz · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 08:39:27 PM · resp. nº 332
Jesús - Tu ánimo y optimismo es de admirar, pero me temo que yo no hago la misma lectura que tú y no soy tan optimista que esto llegue a buen puerto. Te recomiendo que escuches la entrevista que hizo el abogado que ha llevado este caso que podrás encontrar en el portal IRPH Stop y donde viene a decir que su defensa se basaba en exactamente las mismas causas a las que tú haces referencia en tu post. Es decir, ¿si el TS ya se ha pronunciado sobre esas mismas causas que tú planteas, que más hay que discutir? Está clarísimo que esto ha sido una decisión política por encima de una decisión judicial ya que no tiene ninguna lógica que el TS juzgue en contra de lo que ya en su día reconoció el Banco de España que el IRPH era fácilmente manipulable. ¿Si ha sido capaz de juzgar en contra del informe que hizo el mismísimo órgano que regula este índice, sinceramente piensas que existe alguna posibilidad de que cambien de postura? Ojalá tengas razón amigo, pero yo no lo veo.
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Jose maria carrasco · Madrid · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 07:28:06 PM · nº 4040
Hola compañeros, todavía recuperándose del mazazo. Soy un afectado por irph desde el 2005, y mi demanda seguirá su rumbo, no nos podemos conformar con lo que diga una justicia corrupta como la que tenemos en este país, tenemos que agotar todas las posibilidades, pero nos tenemos que hacer oír, nadie aparte de nosotros sabe que es el irph, hay que salir a la calle. Mañana empezaré a montar una plataforma de afectados con página en Facebook para movilizaciones, nos queda una bala compañeros. Agradecería ayuda. Mañana creare un mail y lo compartiré por aquí para comunicarnos. Ánimo.
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Luis · Valencia -valencia · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 07:12:35 PM · nº 4039
Tengo un duda, los afectados por el irph cajas , que si lo anularon y al desaparecer se nos quedo conjelado el interes a un 3,9 tenemos posibilidades ? Seguimos con las demadas ? Pienso que nuetro caso es bastante diferente al irph actual no?
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Silvia Dot-Abogada · Gavà-Barcelona · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 10:20:57 PM · resp. nº 333
Buenas noches Luis:
Efectivamente los que tenéis "cogelada" la hipoteca a tipo fijo, como sucedió en muchos créditos hipotecarios de CAIXABANK y BANCO DE SABADELL, tenéis posibilidades de éxito al margen de la Sentencia que ha dictado hoy el TS, y cuyo contenido íntegro aún desconocemos.
Tengo numerosas demandas interpuestas y están saliendo bastante bien, ya que los Juzgados están anulando la cláusula que establecía que se aplicaría para toda la vida del crédito el último tipo publicado, por entender que es abusiva. Porque a la práctica dicha cláusula transforma un crédito que se firmó a interés variable en un crédito a interés fijo, sin que se informase al cliente sobre tan grave consecuencia, que no solo es desproporcionada, sino que va contra la esencia misma de un crédito a interés variable. Se está condenando a los bancos a devolver los importes satisfechos a tipo fijo, y en algunos casos se deja sin interés la hipoteca o se sustituye el tipo fijo por el IRPH entidades. Lo cierto es que algunas entidades bancarias están proponiendo acuerdos antes de llegar a juicio pagando incluso retroactividad. Es por ello que animo a seguir adelante, en lo que respecta a hipotecas que han quedado a tipo fijo, independientemente de la Sentencia que ha dictado hoy el TS.
Asimismo, en nuestro despacho, cuando interponemos una demanda relativa a IRPH solicitamos a su vez la nulidad de otras cláusulas como la de gastos hipotecarios, interés de demora y vencimiento anticipado por impago de una sola cuota. De esta manera garantizamos que nunca nuestro cliente va a ser condenado en costas. Siempre va a obtener beneficio, nunca perjuicio.
Concretamente, la Audiencia Provincial de Valencia ha dictado recientemente una sentencia en fecha 6 de noviembre, por la que resolvía que el banco debe asumir el pago de los gastos de notario, registro de la propiedad, tramitación de escritura y del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, por lo que sería muy viable interponer una demanda solicitando la nulidad de dicha cláusula y devolución de dichos importes así como de nulidad de la cláusula por la que la hipoteca quedaba regida por el último tipo publicado de IRPH, antes de su desaparición con efecto en revisión posteriores a noviembre de 2013.
En definitiva, si te interesa que revise tu hipoteca para confirmar la viabilidad, puedes pasármela escaneada a mi correo silviadot@icab.cat, y te informo sin compromiso.
Estamos tan seguros de las posibilidades de éxito que no cobramos hasta que tú cobres, aplicando un porcentaje en concepto de honorarios al final del proceso y una vez has cobrado del banco. Si no recuperas nada, nosotros no cobramos nada.
En cualquier caso, quedo a tu disposición para resolver cualquier duda al respecto.
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Markitos · Cádiz · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 06:07:08 PM · nº 4036
Vamos arriba chavales!!! Ay esperanza !! Seguro q en Europa nos dan la razón!! Totalmente de hacer un grupo , unirnos,, y salir a la calle,, asin se ganaron muchas batallas,, Aki se ha ganado una batalla,pero no la guerra . Todo saldrá bien,, aguantar!!! Ánimo gente
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Fran · La Linea-Cadiz · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 06:01:33 PM · nº 4035
Pero kuxabank que pedía la anulación del IRPH por considerarlo abusivo, o la reclamación iba en otro sentido?
Se puede alegar que no te dieron otra opción más que el IRPH o que no te lo explicaron??
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