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Gráfico IRPH y Euríbor: evolución y datos desde 2000 | IRPH.es

Gráficos IRPH y Euríbor + datos desde 2000

En esta página tienes el gráfico del IRPH, el gráfico del Euríbor, el gráfico dual y una tabla combinada (IRPH, Euríbor y diferencia) desde el año 2000. Sirve para ver de un vistazo cómo se movieron ambos índices en la burbuja, la crisis, los tipos negativos y el repunte de 2022–2023.

Gráfico dual IRPH – Euríbor

Gráfico solo IRPH

Gráfico solo Euríbor

Tabla de datos: IRPH, Euríbor y diferencia

Valores mes a mes. La columna Dif. es IRPH − Euríbor (puntos porcentuales). Desplázate horizontalmente en móvil.

MesIRPH %Euríbor %Dif.
2026-083,1342,9540,180
2026-073,0772,8550,222
2026-063,0492,7980,251
2026-052,9862,8040,182
2026-042,8822,7470,135
2026-032,8402,5650,275
2026-022,8192,2210,598
2026-012,7622,2450,517
2025-122,7882,2670,521
2025-112,8072,2170,590
2025-102,7962,1870,609
2025-092,6952,1720,523
2025-082,7912,1140,677
2025-072,7482,0790,669
2025-062,8022,0810,721
2025-052,8522,0810,771
2025-042,8512,1430,708
2025-032,9232,3980,525
2025-022,8722,4070,465
2025-012,9602,5250,435
2024-123,1052,4360,669
2024-113,2062,5060,700
2024-103,4232,6910,732
2024-093,5062,9360,570
2024-083,6713,1660,505
2024-073,7283,5260,202
2024-063,7103,6500,060
2024-053,8613,6800,181
2024-043,8233,7030,120
2024-033,9013,7180,183
2024-023,9853,6710,314
2024-014,0623,6090,453
2023-124,2193,6790,540
2023-114,2764,0220,254
2023-104,3304,1600,170
2023-094,3054,1490,156
2023-084,2374,0730,164
2023-074,1864,1490,037
2023-064,0454,0070,038
2023-053,9673,8620,105
2023-043,6833,757-0,074
2023-033,6643,6470,017
2023-023,5853,5340,051
2023-013,3453,3370,008
2022-123,1163,0180,098
2022-112,8772,8280,049
2022-102,6662,6290,037
2022-092,4102,2330,177
2022-082,1981,2490,949
2022-071,9860,9920,994
2022-061,7990,8520,947
2022-051,6240,2871,337
2022-041,5400,0131,527
2022-031,513-0,2371,750
2022-021,481-0,3351,816
2022-011,485-0,4771,962
2021-121,448-0,5021,950
2021-111,412-0,4871,899
2021-101,467-0,4771,944
2021-091,489-0,4921,981
2021-081,529-0,4982,027
2021-071,485-0,4911,976
2021-061,527-0,4842,011
2021-051,507-0,4811,988
2021-041,480-0,4841,964
2021-031,571-0,4872,058
2021-021,565-0,5012,066
2021-011,558-0,5052,063
2020-121,563-0,4972,060
2020-111,661-0,4812,142
2020-101,663-0,4662,129
2020-091,700-0,4152,115
2020-081,743-0,3592,102
2020-071,745-0,2792,024
2020-061,744-0,1471,891
2020-051,745-0,0811,826
2020-041,754-0,1081,862
2020-031,765-0,2662,031
2020-021,816-0,2882,104
2020-011,825-0,2532,078
2019-121,807-0,2612,068
2019-111,803-0,2722,075
2019-101,806-0,3042,110
2019-091,825-0,3392,164
2019-081,913-0,3562,269
2019-071,836-0,2832,119
2019-062,041-0,1902,231
2019-052,052-0,1342,186
2019-042,017-0,1122,129
2019-032,039-0,1092,148
2019-022,056-0,1082,164
2019-012,022-0,1162,138
2018-122,037-0,1292,166
2018-112,009-0,1472,156
2018-101,932-0,1542,086
2018-091,891-0,1662,057
2018-081,932-0,1692,101
2018-071,854-0,1802,034
2018-061,862-0,1812,043
2018-051,892-0,1882,080
2018-041,905-0,1902,095
2018-031,895-0,1912,086
2018-021,900-0,1912,091
2018-011,938-0,1892,127
2017-121,902-0,1902,092
2017-111,910-0,1892,099
2017-101,904-0,1802,084
2017-091,873-0,1682,041
2017-081,953-0,1562,109
2017-071,929-0,1542,083
2017-061,913-0,1492,062
2017-051,947-0,1272,074
2017-041,906-0,1192,025
2017-031,879-0,1101,989
2017-021,881-0,1061,987
2017-011,928-0,0952,023
2016-121,874-0,0801,954
2016-111,936-0,0742,010
2016-101,921-0,0691,990
2016-091,903-0,0571,960
2016-081,957-0,0482,005
2016-072,007-0,0562,063
2016-061,970-0,0281,998
2016-051,890-0,0131,903
2016-042,030-0,0102,040
2016-031,919-0,0121,931
2016-022,007-0,0082,015
2016-012,0140,0421,972
2015-122,0540,0591,995
2015-112,1320,0792,053
2015-102,1270,1281,999
2015-092,1270,1541,973
2015-082,1650,1612,004
2015-072,1450,1671,978
2015-062,1370,1631,974
2015-052,1820,1652,017
2015-042,2070,1802,027
2015-032,3240,2122,112
2015-022,4570,2552,202
2015-012,4360,2982,138
2014-122,5570,3292,228
2014-112,6060,3352,271
2014-102,8190,3382,481
2014-092,8190,3622,457
2014-082,8680,4692,399
2014-072,8750,4882,387
2014-062,8960,5132,383
2014-052,9750,5922,383
2014-043,0860,6042,482
2014-033,1770,5772,600
2014-023,1990,5492,650
2014-013,2740,5622,712
2013-123,2870,5432,744
2013-113,3930,5062,887
2013-103,2520,5412,711
2013-093,2520,5432,709
2013-083,1580,5422,616
2013-073,1670,5252,642
2013-063,2100,5072,703
2013-053,2920,4842,808
2013-043,3780,5282,850
2013-033,4150,5452,870
2013-023,2190,5942,625
2013-013,2160,5752,641
2012-123,0230,5492,474
2012-112,9920,5882,404
2012-103,0780,6502,428
2012-093,3470,7402,607
2012-083,4300,8772,553
2012-073,4881,0612,427
2012-063,4811,2192,262
2012-053,4531,2662,187
2012-043,6171,3682,249
2012-033,6241,4992,125
2012-023,7371,6782,059
2012-013,7161,8371,879
2011-123,6262,0041,622
2011-113,6962,0441,652
2011-103,5862,1101,476
2011-093,5702,0671,503
2011-083,5332,0971,436
2011-073,5402,1831,357
2011-063,4582,1441,314
2011-053,3552,1471,208
2011-043,2262,0861,140
2011-033,1201,9241,196
2011-022,9621,7141,248
2011-012,9181,5501,368
2010-122,7741,5261,248
2010-112,8251,5401,285
2010-102,7951,4951,300
2010-092,7991,4201,379
2010-082,7661,4211,345
2010-072,7051,3731,332
2010-062,7091,2811,428
2010-052,6741,2491,425
2010-042,7861,2251,561
2010-032,7801,2151,565
2010-022,8131,2251,588
2010-012,8101,2321,578
2009-122,8191,2421,577
2009-112,8591,2311,628
2009-102,9211,2431,678
2009-092,9901,2611,729
2009-083,0841,3341,750
2009-073,1871,4121,775
2009-063,2941,6101,684
2009-053,4111,6441,767
2009-043,5731,7711,802
2009-033,8211,9091,912
2009-024,3242,1352,189
2009-014,9832,6222,361
2008-125,8913,4522,439
2008-116,2584,3501,908
2008-106,2535,2481,005
2008-096,2655,3840,881
2008-086,2185,3230,895
2008-076,0065,3930,613
2008-065,7945,3610,433
2008-055,5874,9940,593
2008-045,4184,8200,598
2008-035,4044,5900,814
2008-025,5824,3491,233
2008-015,6114,4981,113
2007-125,5624,7930,769
2007-115,5854,6070,978
2007-105,5514,6470,904
2007-095,4974,7240,773
2007-085,4224,6660,756
2007-075,3264,5640,762
2007-065,1904,5050,685
2007-055,0924,3730,719
2007-045,0084,2530,755
2007-034,9754,1060,869
2007-024,8904,0940,796
2007-014,8114,0640,747
2006-124,7533,9210,832
2006-114,6453,8640,781
2006-104,5623,7990,763
2006-094,4513,7150,736
2006-084,3553,6150,740
2006-074,2293,5390,690
2006-064,1323,4010,731
2006-054,0483,3080,740
2006-043,8523,2210,631
2006-033,7563,1050,651
2006-023,7012,9140,787
2006-013,5912,8330,758
2005-123,4042,7830,621
2005-113,2642,6840,580
2005-103,2252,4140,811
2005-093,1972,2190,978
2005-083,1902,2230,967
2005-073,1962,1681,028
2005-063,2702,1031,167
2005-053,3182,1931,125
2005-043,3252,2651,060
2005-033,3432,3351,008
2005-023,3322,3101,022
2005-013,3342,3121,022
2004-123,3492,3011,048
2004-113,3832,3281,055
2004-103,3322,3161,016
2004-093,3672,3770,990
2004-083,3922,3021,090
2004-073,3232,3610,962
2004-063,3072,4040,903
2004-053,2552,2970,958
2004-043,2792,1631,116
2004-033,3582,0551,303
2004-023,4462,1631,283
2004-013,4752,2161,259
2003-123,4582,3811,077
2003-113,4322,4101,022
2003-103,4422,3031,139
2003-093,4282,2581,170
2003-083,4702,2791,191
2003-073,5412,0761,465
2003-063,7072,0141,693
2003-053,8232,2521,571
2003-043,8862,4471,439
2003-033,9762,4111,565
2003-024,1462,5041,642
2003-014,2522,7051,547
2002-124,3802,8731,507
2002-114,5173,0171,500
2002-104,6903,1261,564
2002-094,8183,2361,582
2002-084,9993,4401,559
2002-075,0093,6451,364
2002-064,9953,8691,126
2002-054,9853,9631,022
2002-044,8603,8601,000
2002-034,7853,8160,969
2002-024,7683,5941,174
2002-014,7373,4831,254
2001-124,8523,2981,554
2001-115,1903,1981,992
2001-105,3903,3692,021
2001-095,6273,7701,857
2001-085,7234,1081,615
2001-075,7684,3111,457
2001-065,8064,3121,494
2001-055,9264,5201,406
2001-046,0254,4811,544
2001-036,1474,4711,676
2001-026,2804,5911,689
2001-016,3904,5741,816
2000-126,3714,8811,490
2000-116,3485,1931,155
2000-106,2845,2181,066
2000-096,2325,2191,013
2000-086,0295,2480,781
2000-075,8915,1050,786
2000-065,7034,9650,738
2000-055,5224,8490,673
2000-045,3534,3650,988
2000-035,2314,2670,964
2000-025,1664,1111,055
2000-015,0403,9491,091

Cómo leer estos datos

  • El IRPH resume tipos de hipotecas ya formalizadas; el Euríbor, el mercado interbancario. No miden lo mismo.
  • Una diferencia alta durante años explica parte del sobrecoste percibido en hipotecas IRPH frente a Euríbor (ver calculadora pagas de más).
  • En 2022–2023 el Euríbor subió muy rápido y la diferencia se comprimió.

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Información orientativa. Fuentes: Banco de España / BOE e EMMI. No sustituye asesoramiento profesional.

Comentarios

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Jose Feliciano · Pasaia Guipúzcoa · Martes, 14 Abril 2026 | 08:42:44 AM · nº 7495
Buenos días en junio me cumple el periodo para reclamar a ver si algún abogado me puede ayudar , gane el juicio por vicio de consentimiento en primera instancia y en el provincial dijeron que el supremo decía otra cosa y desestimaron y iba a recurrir al supremo y la procuradora no entregó los papeles a tiempo , entonces reclamé al seguro de la procuradora y respondieron que como el supremo decía eso que no tenía recorrido y solo me queda reclamar al seguro de la procuradora judicialmente y se cumple en junio el plazo , el abogado dice que si reclamo me pueden condenar en costas y como se reclama unos 50000euros dice que me pueden reclamar 6000€ y no comprendo muy bien porque tendría que pagar ya que es Neglijencias de la procuradora no entregar los papeles para que recurriera , puedo hacer algo ? Hay algún abogado que quiera hacer algo ? Me pueden condenar ayudar alguien ? Gracias a todos y espero que resuelvan esto de una vez ya que la gente lo pasa muy mal y se sienten abandonados por nuestro estado
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Jose Feliciano · Pasaia Guipúzcoa · Martes, 14 Abril 2026 | 07:41:03 AM · nº 7494
Buenos días en junio me cumple el periodo para reclamar a ver si algún abogado me puede ayudar , gane el juicio por vicio de consentimiento en primera instancia y en el provincial dijeron que el supremo decía otra cosa y desestimaron y iba a recurrir al supremo y la procuradora no entregó los papeles a tiempo , entonces reclamé al seguro de la procuradora y respondieron que como el supremo decía eso que no tenía recorrido y solo me queda reclamar al seguro de la procuradora judicialmente y se cumple en junio el plazo , el abogado dice que si reclamo me pueden condenar en costas y como se reclama unos 50000euros dice que me pueden reclamar 6000€ y no comprendo muy bien porque tendría que pagar ya que es Neglijencias de la procuradora no entregar los papeles para que recurriera , puedo hacer algo ? Hay algún abogado que quiera hacer algo ? Me pueden condenar ayudar alguien ? Gracias a todos y espero que resuelvan esto de una vez ya que la gente lo pasa muy mal y se sienten abandonados por nuestro estado
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Pacoli · Los palacios · Lunes, 13 Abril 2026 | 06:44:08 PM · nº 7493
https://es.investing.com/news/economic-indicators/un-juez-pregunta-al-tjue-sobre-el-control-de-transparencia-del-irph-del-supremo-3600855

Pues no queda otra a esperar otros dos años??
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ni fu ni fa · villanueva de la fortuna · Martes, 14 Abril 2026 | 09:20:39 AM · resp. nº 3353
Te explico: dos o tres añitos más, uno vez Europa dicte sentencia, el Supremo Español no lo pondrá en marcha. Otros siete o ocho meses más hasta que otro abogado eleve la cuestión a Europa. Europa dicte sentencia, el Supremo Español no lo pondrá en marcha. Otros siete o ocho meses más hasta que otro abogado eleve la cuestión a Europa. Europa dicte sentencia, el Supremo Español no lo pondrá en marcha. Otros siete o ocho meses más hasta que otro abogado eleve la cuestión a Europa.
Y así hasta agotar mentalmente a los afectados por IRPH. Unos podrán pagar sus hipotecas, otros se quedaran por el camino, otros pasaran a herencia a sus hijos porque habran muerto

FIN
nifu · nifa · Martes, 14 Abril 2026 | 12:05:54 PM · resp. nº 3354
Aqui todo va de dos en dos años cada vez que se lanza una pregunta a TJUE. Mas paciencia, señores.
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Pacoli · Los palacios · Lunes, 13 Abril 2026 | 06:44:03 PM · nº 7492
https://es.investing.com/news/economic-indicators/un-juez-pregunta-al-tjue-sobre-el-control-de-transparencia-del-irph-del-supremo-3600855

Pues no queda otra a esperar otros dos años??
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Viernes, 10 Abril 2026 | 05:06:33 AM · nº 7491
Vuelta al tjue otra vez https://www.ultimahora.es/noticias/local/2026/04/10/2605953/juez-palma-vuelve-enviar-tribunal-polemico-irph.html
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Pacoli · Los palacios · Jueves, 09 Abril 2026 | 04:30:01 AM · nº 7490
Por mucho que se explique ara que lo entienda una persona atenta y perspicaz los ineptos del supremo no se enteran.https://youtu.be/tPilFEBv-W8?is=jzsTmO6guniK9n6j
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anonimo · anonimo · Jueves, 09 Abril 2026 | 07:30:27 AM · resp. nº 3350
Gracias Pacoli, a ver si "los del tribunal" lo entienden con ese ejemplo.
Miguel · Sagunto · Jueves, 09 Abril 2026 | 02:33:03 PM · resp. nº 3351
que esas palabras vengan del mismísimo Jose Maria me lleva al desánimo y la desesperación. Quien va a llevar el caso otra vez al tribunal, si ya lo han tumbado muchas veces? Que nos queda a los afectados por IRPH después de tantos años? A mi ya no me quedan fuerzas ni dinero para seguir luchando, la banca nos ha derrotado por desgracia.
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Manuel · Madrid · Miércoles, 08 Abril 2026 | 10:23:44 AM · nº 7489
Hablemos del glorioso IRPH, ese tesoro bancario que todo el mundo adora, comparado con ese aburrido Euribor. Mientras el Euribor fluctúa como cualquier índice moderno y transparente, reflejando la salud real del mercado, el IRPH permanece firme, constante… ¡casi como un monumento al pasado! ¿Quién necesita tasas bajas cuando puedes tener la estabilidad de ver cómo tu hipoteca no baja ni un euro, incluso cuando los mercados gritan “rebaja, rebaja”?

El Euribor es tan predecible como la meteorología: sube, baja, respira… ¡Qué emoción tan fugaz! Pero IRPH ofrece algo mucho más refinado: la seguridad de pagar siempre un poquito más. Nada como esa sensación de saber que tu banco nunca se quedará corto de ingresos gracias a tu hipoteca. Además, mientras los economistas explican el Euribor con gráficos y cálculos, el IRPH se explica solo: “siempre caro, siempre fiable”.

En resumen, ¿quién querría tasas flexibles y competitivas cuando puedes tener la elegante inmutabilidad del IRPH? Es perfecto para quienes disfrutan del suspense financiero: cada recibo de la hipoteca es una pequeña aventura. Euribor, con tu volatilidad aburrida, no tienes nada que hacer frente al glamour del IRPH.
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Nati · Teruel · Viernes, 10 Abril 2026 | 08:00:43 PM · resp. nº 3352
Pero crees que el problema del sobrecoste de tu contrato es porque te aplican el irph? No, el sobrecoste viene dado mayormente porque no te lo estan aplicando. Un ejemplo, si digo que la velocidad es igual al espacio+8, estoy referenciando la velocidad al espacio? No. El hecho de que ahi aparezca el espacio como variable no significa que este referenciando a esa variable. Para que se estuviera referenciado al espacio tendria que tener velocidad igual a espacio/8,(donde el tiempo es 8), pero si no sabes fisica ni que velocidad es igual a espacio partido por tiempo, pues te parecera validamente referenciado al espacio. Este es el problema de tu contrato. Te crees que porque interes es igual a irph+0'25, esta referenciado al irph, pero no es asi. Si sabes matematicas financieras para referenciar al irph calculas el diferencial negativo, como hacen los economistas del BdE en el anexo VIII de la circular. Si no tienes la menor idea ni obligacion de tenerla, como tu abogado, el juez o tu como consumidor, pues estas ahi buscando otras causas de tu sobrecoste,dando por hecho que te estan referenciando al irph, y echandole la culpa al indice. La pregunta es, si la clausula de interes referenciado al irph es una clausula financiera, y como es asi, lo que digas tu, tu abogado, el supremo o el tjue, dado que ninguna cualificacion al respecto se les requiere, sera cuestion de lo que prefieran, y al final de su jerarquia.Lo suyo es que alguien autorizado en marematicas financieras verifique si esa clausula financiera esta realmente referenciando el interes al irph o no, de acuerdo a las leyes o formulas financieras. Y todos los que se quejan de sobrecoste es en el 99% que no. Eso ya es inamovible para el abogado y para el juez, que no tienen ni tienen que tener esa cualificacion. Por lo que este trasiego del supremo al tjue y viceversa es totalmente innecesario como inefectivo. Con buena intencion, como con mala, se esta llevando al terreno de la opinion y de la jerarquia, algo que pertenece meramente a las formulas matematicas, es decir, totalmente objetivo e igual para todos. Ni el consumidor, ni el abogado, ni el juez lo tienen que entender ni dejarbde entender. El tecnico cualificado en matematicas financieras es el que lo entiende, lo comprueba y te dice el resultado. Y con eso vas al abogado y al juez y listo. Exactamente igual que si el coche no es lo eco que esperabas, el mecanico o el ingeniero te lo comprueba, y con eso vas al abogado y al juzgado. El problema aqui es que pensamos que si un abogado es experto bancario sabe matematicas financieras, o que una clausula de un contrato es cosa de abogados, pero en este caso no es asi. Los productos financieros aunque se expresen en contratos y clausulas contractuales se basan en cuanto a las clausulas financieras en matematicas financieras, como todo el sistema financiero y sus respectivos mercados Si a pesar de estar obligado como entidad financiera regulada a tener cualificados en esas matematicas, lo de as en manos de los no cualificados, como los tecnicos juridicos, pues por el mismo sueldo robaran contentamente a manos llenas para ti, y no se daran ni cuenta. Esto esta pasando en los bancos, y luego tristemente se repite fuera de ellos en los juzgados.
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jose · Cantabria · Domingo, 05 Abril 2026 | 08:44:10 PM · nº 7488
Veremos en que queda esto.
https://diariosabemos.com/analisis/irph-comision-europea-va-por-jueces-espanoles_516058_102.html?fbclid=IwY2xjawQ_gjBleHRuA2FlbQIxMQBzcnRjBmFwcF9pZBAyMjIwMzkxNzg4MjAwODkyAAEek9hhPgELuG2U987bsjxy1cxQ2VH-j381XJUnK2IgNFU8wnNY_kHIiXwP6HM_aem_Yx_e2x08tb2dSSrO7yJ-_g
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anonimo · anonimo · Lunes, 06 Abril 2026 | 01:16:27 PM · resp. nº 3349
Lo mismo digo, gracias.
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Jose · Puebla de Vícar · Jueves, 02 Abril 2026 | 10:20:15 PM · nº 7487
El Parlamento Europeo debería investigar de oficio o a través de las reclamaciones de los afectados de las hipotecas referenciadas al IRPH la aplicación que se está dando por Jueces y tribunales Españoles las sentencias del Máximo Tribunal Europeo (TJUE) y si contravienen sus decisiones el espíritu de la Directiva 93/13/CEE, de protección a sus ciudadanos
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Eduardo · Manzanares el Real · Lunes, 30 Marzo 2026 | 03:41:01 PM · nº 7486
!Hay motivos para el optimismo con el IRPH! Por José María Erauskin
Convencer a un juez, aunque solo sea uno, para que eleve estas importantes cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia.
https://sge.st/e9Yn364
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anonimo · anonimo · Lunes, 30 Marzo 2026 | 06:13:23 PM · resp. nº 3346
Gracias Eduardo por el enlace.
Marco · Cordoba · Martes, 31 Marzo 2026 | 01:42:09 PM · resp. nº 3347
El problema aquí es que hay que ir caso por caso, y si pillas un juez prevadicador no vas a poder hacer nada. 1 de cada 10 sentencias de IRPH van a ir en contra del consumidor, es como agarrarse a un clavo ardiendo. Que nos queda ? agachar las orejas, ponerse vaselina y dejar que te vayan metiendo el IRPH poquito a poco?
Que se pueda hacer ahora????
David · Barcelona · Jueves, 02 Abril 2026 | 02:05:41 PM · resp. nº 3348
Son muy buenas noticias, pero volvemos a lo mismo, un grandisimo y gigante problema de corrupción generalizada, instaurada en gobiernos e instituciones, es verdad que gracias a JM y demás personas se ha avanzado muchisimo, cayo la primera falacia del supremo, que era que no había nada que hacer porque el IRPH es un índice oficial, ahora se exige que este la circular 5/1994 en los contratos, pero el supremo siempre se saca algo de la chistera, no importa que no tenga base solida ni argumental, no importa si es obsoleto, contradictorio o sentencias basadas en falacias, al final no son edificios, puentes o estadios los que se van a caer al cabo de días, son sentencias que van a tumbar día a día la salud y economía de las personas, es lo que tienen los togados, lo pueden hacer bien, mal, muy mal o pesimamente mal como en caso del IRPH.
En otras profesiones no se da el mas minimo resquicio al error.

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