IRPH

IRPH qué es: definición, cálculo y por qué importa en tu hipoteca | IRPH.es

IRPH qué es: la guía clara del índice de tu hipoteca

Si has llegado hasta aquí buscando IRPH qué es, la respuesta corta es esta: el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es un índice oficial que publica el Banco de España y que se ha usado para calcular el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable en España. La respuesta larga —y la útil— es entender cómo se construye, en qué se diferencia del Euríbor y por qué ha generado tantas reclamaciones.

Documentación hipotecaria e índice IRPH

Hipoteca fija y hipoteca variable: dónde entra el IRPH

Hay dos grandes familias de hipotecas:

  • Hipoteca a interés fijo: la cuota no depende de un índice. Salvo amortizaciones anticipadas o cambios de contrato, pagas lo mismo mes a mes.
  • Hipoteca a interés variable: la cuota se revisa periódicamente según un índice de referencia más un diferencial pactado con el banco.

En las variables, el índice más conocido es el Euríbor. El otro gran protagonista histórico ha sido el IRPH. Si tu escritura habla de “tipo medio de los préstamos hipotecarios…”, “IRPH Entidades”, “IRPH Cajas” o “IRPH Bancos”, tu préstamo está ligado a este índice.

Antes de firmar cualquier hipoteca conviene comparar ofertas actuales. En IRPH.es tienes calculadoras de hipoteca y, si ya tienes préstamo, herramientas de revisión y amortización parcial.

IRPH qué es, en una frase útil

El IRPH es el tipo que el banco usa (junto con tu diferencial) para fijar el interés de tu hipoteca variable entre una revisión y la siguiente. Si el IRPH sube en el mes de referencia de tu contrato, tu cuota tiende a subir; si baja, tiende a bajar. El periodo de revisión suele ser anual, aunque hay escrituras semestrales o trimestrales: lo decide tu escritura.

Nombre oficial del IRPH

El nombre largo y oficial del índice vigente es, en esencia:

Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España.

En el lenguaje cotidiano se resume como IRPH Entidades o simplemente IRPH. Lo publica el Banco de España (y se refleja en el BOE), normalmente en torno al día 20 de cada mes, con el valor correspondiente al mes anterior.

Último valor disponible en esta web: 2026-09: 3,189 % (serie orientativa elaborada a partir de datos oficiales y series históricas). Consulta siempre la publicación oficial del Banco de España para operaciones jurídicas o bancarias.

Cómo se calcula (idea clara)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican información de tipos de préstamos hipotecarios a más de tres años para vivienda libre.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. Ese resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas al IRPH.

Una de las críticas históricas de muchos afectados es que, al construirse a partir de tipos de operaciones reales (con la lógica de la TAE en el diseño del índice), el IRPH ya incorpora márgenes y costes del sistema, de modo que al sumarle después el diferencial y las condiciones propias del contrato el resultado suele situarse por encima del Euríbor durante largos periodos. El Euríbor, en cambio, refleja el precio del dinero entre bancos en el mercado interbancario, no la media de lo que ya cobran las entidades a sus clientes hipotecarios.

Esa diferencia de construcción es el núcleo del debate económico del IRPH; el debate jurídico se centra sobre todo en la transparencia de la cláusula al contratar.

Gráfico del IRPH (últimos 24 meses)

Serie mensual orientativa. Fuente de elaboración: datos IRPH.es a partir de series oficiales.

IRPH Cajas, IRPH Bancos e IRPH Entidades

Antes de 2013 coexistían varias variantes:

  • IRPH Cajas — media basada en cajas de ahorros.
  • IRPH Bancos — media basada en bancos.
  • IRPH Entidades — media del conjunto de entidades.

Con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, desaparecieron el IRPH Cajas y el IRPH Bancos. Quedó vigente el IRPH Entidades, que es el que hoy se publica y el que más aparece en el debate actual. Muchas escrituras antiguas referenciadas a Cajas o Bancos pasaron a usar el índice sustitutivo previsto en el contrato o el marco legal posterior.

IRPH frente al Euríbor: la diferencia que se nota en la cuota

Durante años, el IRPH se ha movido de forma más estable que el Euríbor, pero habitualmente más alto. Cuando el Euríbor cayó con fuerza tras la crisis, muchas hipotecas Euríbor abararon de forma visible; las referenciadas al IRPH bajaron más despacio y en menor medida. Esa brecha es lo que miles de familias cuantifican al preguntarse cuánto han pagado de más.

En el gráfico siguiente puedes ver, mes a mes, el IRPH, el Euríbor y la diferencia entre ambos (cuando hay dato de los dos índices):

Rojo: IRPH · Naranja: Euríbor · Rosa: diferencia (IRPH − Euríbor). Tooltips al tocar o pasar el cursor.

Para series largas y tablas: IRPH histórico, Euríbor, IRPH vs Euríbor y diferencia IRPH–Euríbor.

¿Por qué hay tantas demandas por IRPH?

No porque el índice “no exista” o no sea oficial. El conflicto nace de dos ideas que se repiten en el relato de los afectados y en buena parte de la jurisprudencia de consumo:

  1. Efecto económico: muchas hipotecas IRPH han resultado más caras que hipotecas equivalentes referenciadas al Euríbor.
  2. Transparencia: si el banco no explicó de forma comprensible cómo funcionaba el índice, su evolución histórica y las consecuencias económicas de elegirlo frente a otras opciones, la cláusula puede someterse al control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

El recorrido judicial ha pasado por juzgados de primera instancia, audiencias provinciales, Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La doctrina ha ido precisándose: no hay una anulación automática de todas las cláusulas IRPH; se analiza el caso concreto (información precontractual, escritura, contexto). Puedes ampliar en reclamar IRPH, IRPH y TJUE e documentos para reclamar en 2026.

¿Se siguen firmando hipotecas con IRPH?

En la práctica actual, casi no se comercializan hipotecas nuevas referenciadas al IRPH. El mercado se ha concentrado en Euríbor, tipos fijos y mixtos. El IRPH sigue siendo relevante sobre todo para quienes ya tienen el préstamo en vigor y para el seguimiento de revisiones y posibles reclamaciones.

Qué puedes hacer desde IRPH.es

Preguntas frecuentes sobre qué es el IRPH

¿El IRPH es ilegal?
El índice es oficial. Lo que se discute en los tribunales es, sobre todo, si la cláusula que lo incorporó a tu contrato superó el control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

¿Cómo sé si mi hipoteca es IRPH?
Revisa la escritura (cláusula de interés variable) o un recibo detallado. Busca “IRPH”, “tipo medio de los préstamos hipotecarios” o referencias a entidades, cajas o bancos.

¿El IRPH siempre es más caro que el Euríbor?
Históricamente ha tendido a situarse por encima durante largos periodos, pero la diferencia no es fija ni idéntica en todos los meses. Por eso conviene mirar series y no un solo dato aislado.

¿Puedo cambiar el IRPH por Euríbor?
A veces mediante novación con tu banco, subrogación a otra entidad o, si hay base jurídica, por vía de reclamación. Cada camino tiene requisitos y costes distintos.

Conclusión

IRPH qué es, en la práctica: el índice oficial con el que se revisa el tipo de muchas hipotecas variables españolas; un índice más estable que el Euríbor en apariencia, pero con un historial de cuotas habitualmente más altas; y el centro de un debate jurídico centrado en la información que recibió (o no) el consumidor al firmar. Entenderlo es el primer paso para decidir si te conviene amortizar, negociar, reclamar o simplemente seguir la evolución del índice con datos claros.

Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero. Contrasta siempre con tu escritura, con el Banco de España y, si procede, con un profesional colegiado.

Comentarios

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Emilio B · Madrid · Lunes, 30 Marzo 2020 | 04:47:08 PM · nº 5936
Cuidado, el tal Marco Antonio es Luis de Madrid, sigue siendo el mismo lumbreras y personaje toxico, aquí se viene a ayudar y si sabes tanto que haces aquí, deberías estar muy ocupado, no te queremos aquí, fuera.
Los bancos e inditex entre otros han realizado donaciones de millones de euros, pero Pedro sánchez en su mensaje dijo que protegerían a las empresas que cotizan en bolsa tras su caída y eso sería aportando miles de millones, millones nuestros que nunca veremos volver, negocio redondo, donar unos milloncitos en mascarillas para luego recibir miles de millones y con los bancos también se van forrar con esta crisis.
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Dabitxu · BARCELONA · Martes, 31 Marzo 2020 | 10:13:17 AM · resp. nº 2088
Ya me extrañaba a mí este Marco Antonio, no puede existir un sitio que se llame Villaviciosa de Odón.
Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Martes, 31 Marzo 2020 | 11:11:42 AM · resp. nº 2090
Buenos días D. Emilio B.

No hace falta que nadie tenga "cuidado" conmigo, soy quien digo ser y no quien quiere que sea, aunque me da igual, en el fondo uno siente lástima por querer ayudar abriendo los ojos de los afectados ante las informaciones incorrectas, sin rigor y que pueden dar lugar a error o falsa sensación de "esto está ganado". Realmente el error fue mío en creer que en este foro mi opinión crítica iba a ser comprendida cundo lo único que se quiere leer es el eco de sus propias convicciones, por falta de base en Derecho que tengan. Lo que sé justamente quería compartirlo, pero veo que no vale la pena, aquí no se busca información.

A los que de buena fe hayan litigado ya, espero que el tiempo les de la razón y corrijan mi criterio, en cuanto a Vd. y el palmero Sr. Dabitxu (mire al menos en google y verá que bonito y real es mi pueblo, hay que ser cateto...) me cuesta desearles suerte, aunque con esa actitud, aunque la tuvieran en este caso, más contratiempos surgirán a los que culpar a terceros.
Miguel Angel · Murcia · Martes, 31 Marzo 2020 | 03:47:22 PM · resp. nº 2091
Marco Antonio yo creo que no debes enfadarte y no debes hacer caso a los que tratan de ofender. Te llevo leyendo desde hace días y tu comportamiento siempre ha sido muy correcto y honesto. Soy afectado por el IRPH, y creo que todos los que estamos aquí necesitamos a personas como tu, que por tu profesión de abogado sois expertos en el tema. Yo aprecio mucho tus comentarios y me gusta leerlos, y creo que debe haber muchos por aquí que también aunque no digan nada. Por favor, sigue haciéndolos. Tu no has dicho nunca que no podamos ganar en un juicio, simplemente que hay que esperar a los acontecimientos, y que hay posibilidades de ganar, pero que hay que tener los pies en el suelo... Conocimientos de expertos necesitamos, así que por favor, sigue ofreciéndonos explicaciones y olvidate de los que solo quieren oir sus deseos y se dedican a despreciar y a insultar si no leen todo lo que quieren. De estos siempre hay en todos los foros. Sigue por favor. Un abrazo

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Ana · Tarragona · Viernes, 27 Marzo 2020 | 12:17:46 PM · nº 5935
Pues si..la persona que estan pagando irph...haora le vendría bien...pagar.menos porque hay muncha gente que esta en la puta calle...
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Vgg · Salamanca · Viernes, 27 Marzo 2020 | 09:45:35 AM · nº 5934
Buenos días. Os dejo el enlace de una noticia de IRPH de las VPO.
https://diario16.com/irph-calvino-puede-colocar-al-gobierno-en-una-situacion-muy-dificil-en-plena-crisis-del-coronavirus/
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Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Viernes, 27 Marzo 2020 | 04:06:58 PM · resp. nº 2078
La noticia es un despropósito de inicio a fin. Una lástima el disfavor que el mal periodismo hace a la población en la que inoculan poco a poco una idea equivocada que solo hace aún mayor la decepción posterior y la dificultad de aceptar las decisiones judiciales.
Isabel · Valencia · Viernes, 27 Marzo 2020 | 05:48:42 PM · resp. nº 2079
Hola Marco Antonio:

Entonces, tu que crees sinceramente. ¿Qué el Tribunal Supremo volverá a dar la razón a la banca con el IRPH a pesar de que ahora cuenta con la información nueva del TJUE, que en 2017 no tenía?

¿O con la nueva sentencia es más probable que de la razón a los clientes con IRPH?

Porque yo, también confio en la Justicia... pero no me dirás que lo que pasó con el AJD, el impuesto de actos juridicos documentados, diciendo que debía de haberse pagado por las entidades y que unas horas después cambiara el criterio 180º, no me digas que no dejo que pensar....

Por favor, dime lo que piensas a mis preguntas y a esta última reflexión, porque para mi tus mensajes en el foro me resultan muy interesantes.
Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Viernes, 27 Marzo 2020 | 07:15:48 PM · resp. nº 2080
Buenas tardes Isabel. Gracias por el comentario.

El caso de la Sala del Contencioso Administrativo del TS en el examen de los gastos fue una vergüenza y, desde luego, no contribuye a dar la imagen de imparcialidad que se les exige, pero aún creo que fue la excepción a la regla.

Como es lógico, no puedo saber que decidirá la Sala de lo Civil del TS, máxime cuando hay mucha discusión en la doctrina al respecto y habrá cada vez más en la jurisprudencia a raíz de las venideras sentencias de las APs.

Mi opinión, en este momento, es que los criterios facilitados por la STJUE servirán para replantear en cada caso particular si se supera o no el doble control de transparencia. Algo que considero que no se superará en la inmensa mayoría de los casos al no poder probar el banco haber facilitado al cliente la información de la evolución del índice IRPH los dos años anteriores.

Ahora bien, el hecho de que no supere el control de transparencia no supone per se que la cláusula sea abusiva. La afirmación recurrente "nulidad de la clausula abusiva por falta de transparencia" es falaz. El control de abusividad es autónomo y posterior al de transparencia, y pese a que éste incida sustancialmente en aquél no lo vincula de forma directa. Así afirman muchos autores con los que comparto. Considero que la clausula que aplica un índice oficial como el IRPH podrá no ser transparente pero no necesariamente abusivo, creo no lo es y, por tanto, tampoco nulo. De la misma forma que, si finalmente lo consideran abusivo, no entiendo que quepa reintegrar la clausula sustituyendo el índice IRPH por cualquier otro que no esté previsto como sustitutivo ya en la escritura, sino que debe regir como interés únicamente el diferencial establecido en cada contrato.

Es solo mi opinión. Ojalá me equivoque. Saludos.

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Ana · Tarragona · Jueves, 26 Marzo 2020 | 09:59:33 AM · nº 5932
Hola..que quieres decir? Que las cosas mal hechas!! Hay que perdonar..esto es la justicia de españa como la de la sanidad y educacion..y los abusos bancario?hay que perdonar esto se llama ...injusticias..todavia estamos pagando estos abusos de mierda estipulado por unos Gobierno que siempre hace las cosas mal...cuando pase todo esto hay que salir ala calle..a luchar por nuestros derecho...yo solo se una cosa que cuando pase todo esto..nada sera higual!!!
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Pedro · Bizkaia · Jueves, 26 Marzo 2020 | 08:38:45 AM · nº 5931
Buenos días,
una pregunta para la gente más experta del foro.
¿Creéis que con las ayudas que va a tener que dar el BCE por la crisis del coronavirus a los bancos, y viendo que estos van a tener que suspender dividendos este año, y que incluso la dirección de algunos de ellos se han bajado el sueldo a la mitad para poder afrontar la crisis, creéis que los jueces van a ser objetivos con las sentencias sobre IRPH a sabiendas que unas sentencias negativas podrían hundir aun más sus cuentas? Vaya por delante decir que yo tengo mi hipoteca referenciada a IRPH, pero lo pregunto porque no tendría sentido que después de todo el tiempo que hemos estado esperando la sentencia del Tribunal Europeo, y lo que nos va a tocar esperar por el TS, luego vayamos a juicio y encima salga en contra nuestra por otro factor que no es el meramente hipotecario, como es el coronavirus, y porque los jueces tengan miedo de con esas sentencias desfavorables para la banca, que estén contribuyendo a hundir más los bancos, y creo que todos ya sabemos las presiones que tendrán que soportar esos jueces. Bueno espero vuestras respuestas
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Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Jueves, 26 Marzo 2020 | 07:02:29 PM · resp. nº 2076
Buenos días Pedro. No soy un experto pero le doy mi opinión. A lo mejor soy un iluso, sin duda muchos pensarán que sí, pero estimo que no cabe una presunción de parcialidad sobre los miembros del TS, así que el criterio que se adopte respecto al IRPH será, sin duda, objetivo, fundado en el más estricto rigor técnico como corresponde, y no trufado por factores exógenos como el que comenta. Ahora bien, eso no quiere decir que la decisión no sea discutida ni discutible cualquiera que sea, ya que, en estos momentos, existen sólidos argumentos estrictamente jurídicos para ambas posturas. En cualquier caso, me temo que el comprensible sesgo cognitivo del público en general, y de un afectado en particular, haga más sangrante e inaceptable una decisión contraria a sus intereses, que en la de la posición contraria.
Pedro · Bizkaia · Viernes, 27 Marzo 2020 | 08:04:11 AM · resp. nº 2077
Buenos días Marco Antonio, y gracias por tu respuesta. Yo también espero y deseo que el TS actúe de la manera que tú mencionas. De todos modos creo que en breve saldremos de dudas. Un saludo
Dabitxu · BARCELONA · Sábado, 28 Marzo 2020 | 11:10:06 AM · resp. nº 2083
Hola Sr. Marco Antonio. Pregúntele a cualquier abogado en Catalunya si le parece parcial o imparcial el TS.
"presunción de parcialidad sobre los miembros del TS"."Existen sólidos argumentos estrictamente jurídicos para ambas posturas" Claro, pero lo veo como un partido Barça vs Real Madrid, el árbitro siempre se puede equivocar, pero que casualidad, siempre se equivoca a favor del Real Madrid.

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ANTONIO · alicante · Miércoles, 25 Marzo 2020 | 05:38:30 PM · nº 5930

buenas tardes,

queria consultarles que hace un año firme un acuerdo con el Sabadell por el que me comprometia a no ejercer acciones legales a cambio de quitarme el Irph y aplicarme un tipo de interes fijo.

¿Ese acuerdo es legal o es nulo?

gracias.
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 26 Marzo 2020 | 09:15:11 AM · resp. nº 2075
Buenos días Antonio,



De momento es legal y en principio no se podría reclamar. No obstante, esperamos que en un futuro podamos reclamar esos acuerdos para que se declaren nulos. Su situación y la de muchos de este foro, es muy similar al caso de las cláusulas suelo. Muchos también firmaron acuerdos transaccionales en los que renunciaban a reclamar las cantidades si les eliminaban la cláusula suelo. Y ahora están pendientes de la resolución por parte del Tribunal de Justicia de la UE sobre este tema. La sentencia aportará luz sobre su caso y podría clarificar cómo proceder en los acuerdos del IRPH y utilizarlo de manera análoga y reclamar si hubiera jurisprudencia a favor.



Para más información puede consultar nuestra página web: https://www.reclamapormi.com/

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ANTONIO · alicante · Miércoles, 25 Marzo 2020 | 05:13:18 PM · nº 5929

buenas tardes,

queria consultarles que hace un año firme un acuerdo con el Sabadell por el que me comprometia a no ejercer acciones legales a cambio de quitarme el Irph y aplicarme un tipo de interes fijo.

¿Ese acuerdo es legal o es nulo?

gracias.
Responder
Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Miércoles, 25 Marzo 2020 | 05:40:53 PM · resp. nº 2073
Buenas tardes.
Para ese mismo supuesto, en el caso de las cláusulas suelo, el TS dictaminó que se trataba de una transacción válida, es decir, un acuerdo exigible que impedía reclamar por aquello que expresamente se había renunciado. Ahora bien, esa cuestión está pendiente de resolver por el TJUE. Lo más prudente, esperar esa resolución. De todas formas, si decide demandar habría que atacar igualmente ese acuerdo instando su nulidad por falta de transparencia o erro por vicio en el consentimiento.
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ANTONIO · alicante · Miércoles, 25 Marzo 2020 | 05:11:31 PM · nº 5928
buenas tardes,

quería hacer una consulta.

firme un acuerdo con el Sabadell en el que renunciaba a ejercer acciones legales y me quitaban el irph pasando a uno fijo.

¿ese acuerdo es nulo o es legal?

muchas gracias.-
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Jose · Canarias · Miércoles, 25 Marzo 2020 | 02:51:01 PM · nº 5927
Sabe alguien cuando se pronunciará el TS con el IRPH ,porque ya se están pasando con tanta tardanza,yo se que nos encontramos ahora en un Situación difícil,pero eso no quita que siguen trabajando.
Responder
Dabitxu · BARCELONA · Miércoles, 25 Marzo 2020 | 06:28:59 PM · resp. nº 2074
Hola José. He oído que puede ser en junio-julio pero yo apuesto que será entre noviembre-diciembre, pero no tengo ni idea, sólo comento en plan "porra".
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 24 Marzo 2020 | 02:32:02 PM · nº 5925
Hola a todos



Es posible que muchos de vosotros ya sabréis cuanto podéis reclamar a la entidad. Pero para los que no, si crees que has pagado de más pero no sabes cuánto, utiliza nuestra calculadora: https://www.reclamapormi.com/calculadora-simulador-gastos-hipoteca-irph-clausula-suelo-multidivisa.html. Rellena el formulario y al momento recibirás el resultado. Mediante la calculadora, podrás hacer un cálculo muy aproximado de lo que puedes reclamar por tu hipoteca referenciada al IRPH.



Al rellenar los datos, un abogado se pondrá en contacto contigo sin ningún compromiso para asesor gratuitamente.
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