¿Qué es el IRPH? ¿Es una práctica abusiva? EL IRPH de nuevo en el TJUE


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¿Qué es el IRPH? ¿Es una práctica abusiva? EL IRPH de nuevo en el TJUE


¿Qué es el IRPH? ¿Es una práctica abusiva? EL IRPH de nuevo en el TJUE

El IRPH de nuevo en Europa

El Ãndice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) es un índice utilizado en España para calcular los intereses de los préstamos hipotecarios. Durante años, muchos consumidores han pagado más por sus hipotecas por la aplicación del IRPH. La regulación específica del IRPH está siendo cuestionada y se plantea si se trata de una práctica abusiva.

El IRPH de nuevo en el TJUE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha celebrado el 14 de marzo de 2023 una vista sobre una cuestión prejudicial presentada por la magistrada Margarita Poveda, para que se aclare si la regulación específica del IRPH es abusiva. Los abogados españoles argumentaron que el IRPH es una TAE y no un índice variable, y que no es transparente ni comprensible para los consumidores.

El IRPH muy cuestionado en su aplicación en las hipotecas

El TJUE ha llevado a cabo una vista sobre una cuestión prejudicial presentada por la magistrada Margarita Poveda. La pregunta planteada es si la regulación específica del IRPH es una práctica abusiva. Los abogados españoles argumentaron que el IRPH no es transparente ni comprensible para los consumidores, ya que es imposible que un ciudadano medianamente informado, perspicaz y atento pueda entender el funcionamiento del IRPH, con la mera referencia a la Circular que hace necesario comercializarse con un diferencial negativo. Los consumidores tienen derecho a comprender el coste del producto y poder compararlo, según la Directiva 93/13. Confilegal señala que si el TJUE responde afirmativamente a la pregunta, supondría la devolución de más de 40.000 euros no solo a un matrimonio de Palma de Mallorca, sino de más de un millón de hipotecas afectadas en España.

El IRPH como una TAE

Los despachos ASJ Jurídico, con Adrián Rebollo, Don Recuperador, con Antonio Castro, y Fuster Fabra Abogados argumentaron que el IRPH no es un índice variable, como mantiene la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, sino que es una TAE ya que se trata de una media de tipos de intereses inflados por las comisiones. La fórmula de cálculo del IRPH toma la media de los tipos de interés aplicados a todos y cada uno de los préstamos hipotecarios, en los que se incluye, además, todas las comisiones de los préstamos, como la comisión de apertura, la comisión de cancelación, la comisión de impago o la comisión por envío postal, entre otras.

La Circular del Banco de España 5/1994

El debate en la vista pública ante los tres magistrados del TJUE, Lucía Serena Rossi, presidente (Italia), Octavia Spineanu-Matei –ponente– (Rumanía) y Jean Claude Bonitocht (Francia), se centró en la Circular del Banco de España 5/1994, de la que el Supremo afirma que no es necesaria su explicación por parte de la entidad bancaria para que el consumidor esté suficientemente informado. Los abogados españoles argumentaron que es imposible que un ciudadano medianamente informado, perspicaz y cauto pueda comprender el alcance de la Circular del Banco de España 5/1994 y su relación con el cálculo del IRPH, ya que se trata de una normativa compleja y técnica que requiere de conocimientos especializados en materia financiera.

Además, los abogados sostuvieron que la Circular del Banco de España 5/1994 fue utilizada de manera fraudulenta por las entidades bancarias para ofrecer préstamos hipotecarios con el IRPH como índice de referencia, ocultando información relevante sobre sus características y perjudicando así los derechos de los consumidores.

En definitiva, el debate en la vista pública ante el TJUE puso de manifiesto la complejidad y el alcance de la problemática del IRPH y la importancia de proteger los derechos de los consumidores en el ámbito financiero. El fallo del TJUE será determinante para clarificar la situación jurídica de los afectados por el IRPH y establecer los criterios legales aplicables en esta materia.

La problemática del IRPH y su impacto en los consumidores

El IRPH ha sido objeto de controversia desde hace tiempo debido a su opacidad y la falta de claridad en su cálculo. Los consumidores que han contratado préstamos hipotecarios basados en este índice han denunciado que las entidades bancarias no les proporcionaron información clara y detallada sobre cómo se calcula el IRPH y cuáles son sus efectos en el coste final del préstamo.

La cuestión prejudicial elevada al TJUE por la magistrada Margarita Poveda ha puesto en el centro del debate si la regulación específica del IRPH es una práctica abusiva y si se ajusta a los criterios de transparencia y equidad establecidos por la Directiva 93/13/CEE.

Si el TJUE dictamina que el IRPH no cumple con estos criterios, ello podría tener un gran impacto en los consumidores afectados, que podrían exigir la devolución de las cantidades pagadas de más por este índice en los últimos años.

El papel de los abogados en la defensa de los derechos de los consumidores

El caso del IRPH pone de manifiesto la importancia del papel de los abogados en la defensa de los derechos de los consumidores. La complejidad del sistema financiero y la opacidad en la información proporcionada por las entidades bancarias hacen que los consumidores se encuentren en una situación de desventaja a la hora de negociar y contratar préstamos hipotecarios.

En este sentido, los abogados tienen un papel crucial en la defensa de los derechos de los consumidores, asesorándoles sobre sus opciones y representándoles en los tribunales cuando es necesario. En el caso del IRPH, la colaboración de varios despachos de abogados españoles ha permitido presentar una argumentación sólida y convincente ante el TJUE, que podría sentar un importante precedente en la defensa de los derechos de los consumidores en España y en Europa.

La necesidad de una mayor transparencia en el sector financiero

El caso del IRPH también pone de manifiesto la necesidad de una mayor transparencia en el sector financiero. Los consumidores tienen derecho a recibir información clara, detallada y comprensible sobre los productos financieros que contratan, para poder tomar decisiones informadas y comparar ofertas de diferentes entidades.

La Directiva 93/13/CEE establece criterios de transparencia y equidad en la contratación de productos financieros, pero su aplicación efectiva sigue siendo un reto en muchos casos. La sentencia que dicte el TJUE sobre la cuestión prejudicial del IRPH podría contribuir a clarificar algunos de estos criterios y a establecer nuevas obligaciones para las entidades financieras.

En conclusión, el caso del IRPH es un ejemplo de la complejidad y la opacidad que todavía caracterizan al sector financiero, así como de la importancia del papel de los abogados en la defensa de los derechos de los consumidores. La sentencia que dicte el TJUE en este caso podría tener un importante impacto en los consumidores afectados y en la regulación del sector financiero en Europa.

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