IRPH

IRPH histórico: evolución mensual desde 2000 | IRPH.es

IRPH histórico: evolución del índice desde 2000

Consultar el IRPH histórico permite situar el tipo de tu última revisión en contexto: máximos de la burbuja (por encima del 6 %), caída posterior y repunte de 2022–2023. La serie de esta página cubre desde enero de 2000.

Gráfico del IRPH Entidades (2000–hoy)

Máximo histórico orientativo en la serie: enero 2001 (~6,390 %). Mínimos en 2020.

Tabla por años (todos los meses disponibles)

Cada fila es un año y cada columna un mes. Las celdas vacías (—) indican meses aún no publicados.

AñoEneFebMarAbrMayJunJulAgoSepOctNovDic
20262,7622,8192,8402,8822,9863,049
20252,9602,8722,9232,8512,8522,8022,7482,7912,6952,7962,8072,788
20244,0623,9853,9013,8233,8613,7103,7283,6713,5063,4233,2063,105
20233,3453,5853,6643,6833,9674,0454,1864,2374,3054,3304,2764,219
20221,4851,4811,5131,5401,6241,7991,9862,1982,4102,6662,8773,116
20211,5581,5651,5711,4801,5071,5271,4851,5291,4891,4671,4121,448
20201,8251,8161,7651,7541,7451,7441,7451,7431,7001,6631,6611,563
20192,0222,0562,0392,0172,0522,0411,8361,9131,8251,8061,8031,807
20181,9381,9001,8951,9051,8921,8621,8541,9321,8911,9322,0092,037
20171,9281,8811,8791,9061,9471,9131,9291,9531,8731,9041,9101,902
20162,0142,0071,9192,0301,8901,9702,0071,9571,9031,9211,9361,874
20152,4362,4572,3242,2072,1822,1372,1452,1652,1272,1272,1322,054
20143,2743,1993,1773,0862,9752,8962,8752,8682,8192,8192,6062,557
20133,2163,2193,4153,3783,2923,2103,1673,1583,2523,2523,3933,287
20123,7163,7373,6243,6173,4533,4813,4883,4303,3473,0782,9923,023
20112,9182,9623,1203,2263,3553,4583,5403,5333,5703,5863,6963,626
20102,8102,8132,7802,7862,6742,7092,7052,7662,7992,7952,8252,774
20094,9834,3243,8213,5733,4113,2943,1873,0842,9902,9212,8592,819
20085,6115,5825,4045,4185,5875,7946,0066,2186,2656,2536,2585,891
20074,8114,8904,9755,0085,0925,1905,3265,4225,4975,5515,5855,562
20063,5913,7013,7563,8524,0484,1324,2294,3554,4514,5624,6454,753
20053,3343,3323,3433,3253,3183,2703,1963,1903,1973,2253,2643,404
20043,4753,4463,3583,2793,2553,3073,3233,3923,3673,3323,3833,349
20034,2524,1463,9763,8863,8233,7073,5413,4703,4283,4423,4323,458
20024,7374,7684,7854,8604,9854,9955,0094,9994,8184,6904,5174,380
20016,3906,2806,1476,0255,9265,8065,7685,7235,6275,3905,1904,852
20005,0405,1665,2315,3535,5225,7035,8916,0296,2326,2846,3486,371

Para qué sirve el histórico

Información orientativa. Contrasta siempre con la publicación oficial del Banco de España / BOE.

Comentarios

avatar
Rafa murcia · Martes, 18 Agosto 2015 | 12:03:58 PM · nº 3244
Hola alguien sabe el índice de agosto ?
Responder
anonimo · anonimo · Lunes, 06 Octubre 2025 | 11:31:05 AM · resp. nº 3244
Sinceramente Eva, veo muy tanto por ciento a su favor.


Busca mas alternativas, es mucho dinero el que te juegas, compara y sobre todo que te den todo bien claro por escrito.

No te voy a recomendar ninguno en especial, eso tienes que decidirlo tú. Yo empezaria por ojear el foro y ver los abogados, asociaciones, etc. de las que se ha hablado y ponte en contacto con todos ellos.

Compara y decide por ti misma. Teniendo en cuenta que lo para unos ha ido perfecto para otros ha salido rana. Lo único que te puedo aconsejar es que esperes a que salga la sentencia en firme y pasen unos días, porque habrá mucho revuelo y muchos buitres acechándote.

Animo.
avatar
manuela sevilla · Domingo, 16 Agosto 2015 | 02:00:01 PM · nº 3243
No entiendo cómo somos tantos estafados en este país y q no podamos hacer nada, que el gobierno ignore este problema de tantos!!!
Responder
EVA · CAMBRILS-TARRAGONA · Lunes, 06 Octubre 2025 | 11:24:40 AM · resp. nº 3243
Hola Dario, es PLATAFORMA IRPH, en mi mensaje lo pongo y al lado ves que pone enlace? Clica ahí e iras a su web. Te dan la info por whatsap...pero el contrato no se yo...me lo tengo que mirar bien...para poder hablar con el abogado primero te hacen firmar contrato que se puede anular en 15 dias si no lo quieres...pero no se...El nombre de tu abogada cual es por mirar yo tambien? Luego estoy esperando me respondan de EL DEFENSOR DE TU VIVIENDA ...a ver...
avatar
estafada · Domingo, 09 Agosto 2015 | 06:11:26 PM · nº 3242
justicia para los referenciados a irph que devuelvan los anusivos intereses con caracter retroactivo
Responder
Darío · Reus Tarragona · Lunes, 06 Octubre 2025 | 10:28:59 AM · resp. nº 3242
Hola Eva...
Soy de Reus yo he hablado con una abogada,está esperando sentencia y en cuanto salga me dijo que hablamos...
Pero en un principio me dijo que solo cobraría un porcentaje si ganaba ...
Cual son las plataformas en Reus ?? Me interesaría una segunda opinión..
Gracias
avatar
Angels de Terrassa · Lunes, 03 Agosto 2015 | 02:18:21 PM · nº 3239
Tengo hipoteca con indice de referencia IRPH revisable en el mes de Julio. Desconozco porque el BBVA toma como referencia el mes de Abril, la escritura dice que se toma referencia 2 meses antes, deberia ser Mayo, ya lo comente el pasado ano y el BBVA sigue erre que erre. He visto que el indice Abril es 2,151 y hoy me han confirmado que me aplicaran el 2,228, que no corresponde a Mayo ni Abril. esto es legal?
Responder
Alejandro · Malaga · Sábado, 04 Octubre 2025 | 03:13:19 PM · resp. nº 3239
Perdona que te diga compañero pero te entiendo yo estoy esperando me paguen la cláusula suelo los gastos de constitución de hipoteca y el irph desde 2003 se que se hace largo y se pasa mal pero el respeto nunca hay que perderlo y te entiendo perfectamente lo que deberían hacer es que cuando te toque tu caso una vez resuelto a tu favor si te han cobrado de más mediante engaños se llama estafa y condenarlos como a los estafadores que son pero ya te digo que eso no va a pasar.
avatar
estafada · Lunes, 03 Agosto 2015 | 09:51:49 AM · nº 3238
la gran estafa del irph que no le importa a la justicia
Responder
mong · estepona · Viernes, 03 Octubre 2025 | 10:54:07 AM · resp. nº 3238
pero a ver, imbécil, llevo más de 15 años tragando IRPH, para que vengas tu a darme lecciones de lo que puedo decir o no puedo decir. Estoy hasta los huevos de este interés, y no puedo sacar mi rabia de otra manera que insultar a esta pandilla de vagos y de paso a ti, capullo
avatar
Elisabeth de Gerona · Miércoles, 29 Julio 2015 | 10:51:27 AM · nº 3237
Creo que el IRPH esta tocando ya suelo. Son dos puntos por encima del euribor y así se quedará. Así que como mal menor que NO SUBA EL EURIBOR!!!!
Responder
mig · sevilla · Viernes, 03 Octubre 2025 | 10:14:53 AM · resp. nº 3237
todos estamos muy cabreados .pero cuando entramos aqui buscando informacion y vemos comentarios como los tuyos recurriendo al insulto como un perro rabioso pues que quieres que te diga se te quitan las ganas de mirar el foro... Insultar es la consecuencia de la incapacidad de la persona para mantener un autocontrol suficiente como para poder expresar lo que siente..hay que estar mas templado amigo
avatar
manuela · Sábado, 18 Julio 2015 | 04:02:15 PM · nº 3231
Va y sube en ves de bajar
Cuando van a cambiar el irph por eurivo
Que estamos que no podemos mas
Los pobre mas pobres los banco mas ricos
Eurivo ya
Responder
Ivan · Corralejo · Lunes, 29 Sept. 2025 | 11:50:24 AM · resp. nº 3231
Buenos días, deliberar no es publicar. El TS delibera el día 1 de octubre pero la sentencia puede tardar una semana en ser publicada, aunque ojalá no sea así y se publique rápidamente. Un saludo
avatar
jjm · Sábado, 18 Julio 2015 | 08:11:21 AM · nº 3230
irph 2,161
Responder
anonimo · anonimo · Jueves, 25 Sept. 2025 | 07:05:47 PM · resp. nº 3230
Gracias Ron.
avatar
manoli · Viernes, 17 Julio 2015 | 01:51:33 PM · nº 3229
Aaa vale mucha gracias alfonso
Responder
anonimo · anonimo · Jueves, 25 Sept. 2025 | 09:41:17 AM · resp. nº 3229
Gracias!!!
avatar
alfonso · Viernes, 17 Julio 2015 | 11:41:26 AM · nº 3228
manoli, el irph de junio se publica a mediados de julio ... y asi sucesivamente

que yo sepa aun no ha salido el dato del irph de junio
Responder
lucaci · lugo · Martes, 23 Sept. 2025 | 02:14:25 PM · resp. nº 3228
Por la nulidad de hecho, asociada directamente a la de de derecho, declaracion de nulidad, no queda otra que eliminar los traficos habidos realmente, no los que hubiera habido, Por tanto no se da pie mas que a eliminar todo el interes recogido en la clausula nula independiente en este caso, irph mas diferencial. No se entiende por que en el mismo caso, de de ar el contrato sin precio con motivo de la nulidad del interes revolving, el contrato sobrevive tranquilamente, y ningun juez o banco lo ha puesto en duda, y aqui con el irph si. Pero en ese caso, como ha dicho el TJUE en la ultima sentencia no hay ninguninconveniente en aplicar el art. 1306.2CC que recoge el principio del derecho romano de que el culpable no tiene derecho a reclamar, estableciendo de antemano que en los casos de un profesional y un consu idor la abusividad se da solo en un sentido que no es compatible con la buena fe, y que el culpable es siempre el profesional.En este caso de establecer un precio abusivo y de que en consecuencia el contrato se quede sin precio. Y en la unica norma de derecho nacional que se recoge ese supuesto es el art 1306.2 CC, y el art 1303Cc que es solo en su defecto, no es aplicable, porque el banco sale beneficiado como ha preguntado el juez nacional y respondido el TJUE si obtuviera intereses incluso mayores que el precio del contrato anulado, pero tambien, aunque no preguntado en esta ocasion, pero ya respondido en otras, si el consumidor no puede hacer frente a las consecuencias de la nulidad, en este discutible supuesto de que el contrato no sobreviva, ya que la hipoteca ya se concede para que tu capacidad de ingresos y de ahorro respondan a devolver las cuotas, no el capital ni inicial, que ya te condicionon a no tener, puesto que a gastar directamente en la vivienda, ni ninguna parte del mismo, porque insisto, tu capacidad de ahorro esta normalmente agotada con el pago periodico de la deuda, maxime cuando en realidad resulto mucho mas caro de lo previsto yen muchos casos ya la propka cuota devino en superar dicha capacidad perdiendo incluso la vivienda. En suma, la disposicion de derecho nacional evistente a la fecha del contrato y que cumple con todos los objetivos de la directiva es el art1306.2 Cc por el que no se obliga al consumidor a devolver el capital pendiente que le quede,Asi que no tiene que solicitar cambiarlo por otro, lo cual se esta usando para modificar los contrato, y arreglarlos a posteriori sin ningun desincentivo para los bancos de llevar a cabo estafas masivas. De la misma manera que cuando devuelven lo cobrado d
DE MAS en las clausulas suelo, en lugar de lo cobrado efectiva ente por esa clausula que es todo el suelo. Porque lo que subyace es una supuesta buena fe de los bancos que les adjudica gratuitamente el estado, que no esta en las leyes ni española ni europea. Lo cierto es que estuvieron vendiendo sus licencias para colocar dinero que no reunia los requinitos burlando a las autoridades ancarias y su supervision y que utilizaron a abogados y no a economistas para ello, que no tienen capacidad de entender las ordenes ni las formulas del banco de españa, ni los mercados financieros, y que nunca lo pretendieron ni engañaron en ello cuando se les contrato, pero robaron para los bancos que decirieron meterse en esas actividades y los usaron en lugar de alos financieros cualificados que tenian obligacion de contratar y que si entienden esas ordenes del regulador y sus convecuencias matematicas.No hay ninguna buena fe, ni leg ni oficiosa de los bancos, que han robado a manos llenas despues de estas estafas, del estado, y ahora tambien lo siguen haciendo de los consumidores con este tipa de demandas, en primer lugar, ya que todos los abogados practicamente lo pxden en las demandas para asegurarse las costas, y sentencias en ultimo termino que son complices de esas peticiones, supuestamente del consumiror al que representa el abogado que ya condiciona la demanda a eso.

Mostrando 3891–3900 de 5754 comentarios · Página 390 de 576

Dejar comentario

Visitas: 3.013