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IRPH y TJUE: sentencias europeas y del Supremo (2020-2026) | IRPH.es

IRPH y el TJUE: qué han dicho Europa y el Supremo

El debate sobre el IRPH no se resuelve con un titular único. Hay una línea de sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y otra del Tribunal Supremo español. Entender ambas es esencial antes de decidir si reclamas, negocias o esperas.

Idea central (para no perderse)

  • El IRPH es un índice oficial, pero eso no impide controlar si la cláusula del contrato fue transparente.
  • El TJUE ha reforzado el deber de información al consumidor (impacto económico, funcionamiento del índice, accesibilidad de la información).
  • El Supremo español no ha declarado nulas de forma automática todas las cláusulas IRPH: el análisis es caso por caso.
  • En la práctica, muchas audiencias provinciales siguen estimando reclamaciones cuando falta transparencia o hay desequilibrio relevante.

Cronología esencial

3 de marzo de 2020 — TJUE (asunto C-125/18)

El TJUE corrigió la idea de que el carácter oficial del IRPH bastaba para excluir el control. Dejó claro que los jueces nacionales pueden examinar la transparencia de la cláusula y, si procede, su carácter abusivo.

13 de julio de 2023 — TJUE (asunto C-265/22)

Se insiste en que no basta con que el índice se publique en el BOE. El consumidor debe haber podido comprender el funcionamiento y las consecuencias económicas de referenciar la hipoteca al IRPH.

12 de diciembre de 2024 — TJUE (asunto C-300/23)

Se refuerza la línea de que la información debe ser suficiente para valorar el coste y el riesgo. La publicación oficial ayuda, pero no sustituye por sí sola una explicación comprensible en el contexto de la contratación.

11 de noviembre de 2025 — Tribunal Supremo (plenarios)

En sentencias de noviembre de 2025, el Supremo adapta su doctrina a los pronunciamientos europeos. Mensaje clave: no hay nulidad general y automática de todas las cláusulas IRPH; hay que examinar transparencia y, en su caso, abusividad según las circunstancias de cada préstamo. También se discuten aspectos como la accesibilidad de la información y el papel de la publicación en el BOE.

2026 — Nuevos matices (promotoras y transparencia material)

En 2026 continúan resoluciones relevantes. Destaca, entre otras, doctrina sobre préstamos de promotora y subrogaciones, donde el control de incorporación y transparencia puede ser especialmente estricto si el consumidor no negoció realmente las condiciones. Cada supuesto exige prueba y análisis del contrato concreto.

¿Qué miran los tribunales en la práctica?

  1. Información precontractual y contractual: ¿se explicó que el IRPH tiende a situarse por encima del Euríbor?
  2. Comprensión del índice: ¿el consumidor podía entender, con un nivel medio de atención, cómo afectaría a su cuota?
  3. Alternativas: ¿se ofrecieron o mencionaron otras referencias (p. ej. Euríbor)?
  4. Prueba del caso concreto: escritura, ofertas vinculantes, folletos, testigos, historial de cuotas.

Consecuencias si se declara la nulidad de la cláusula

Cuando un tribunal estima la nulidad por falta de transparencia o abusividad, las consecuencias dependen del fallo y de la doctrina aplicable en ese momento. En muchos procedimientos se ha acordado la sustitución por Euríbor (u otro criterio) y la devolución de cantidades cobradas de más. En supuestos particulares (p. ej. ciertos préstamos promotor) la consecuencia puede ser aún más intensa. Nada de esto es automático: lo decide el juez con los hechos del expediente.

Relación con tu reclamación

Si tienes IRPH, la lectura útil de estas sentencias no es “ya está ganado” ni “ya está perdido”, sino:

  • Documentar bien tu escritura y la información que recibiste.
  • Cuantificar el diferencial respecto al Euríbor (puedes usar nuestras calculadoras y el comparador).
  • Valorar con un abogado especializado la viabilidad en tu provincia y según tu fecha de firma.

Guía práctica: Cómo reclamar el IRPH en 2026.

Aviso

Esta página resume el estado del debate con fines informativos. La jurisprudencia evoluciona y cada hipoteca es distinta. Consulta siempre a un profesional colegiado antes de iniciar acciones legales.

Comentarios

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José miguel · Palma de Mallorca · Martes, 03 Marzo 2020 | 05:44:30 PM · nº 5821
Hola, os dejo este enlace que me sirve para aclarar mi anterior comentario, o sea lo que ha dicho la patronal de la banca sobre la sentencia.
Irph stop guipuzcua está muy relacionado con el abogado que ha llevado el caso a Europa, que por cierto se retira a su farmacia, con lo cual me parece que es interesante estas conclusiones.
https://www.irphstop.eus/es/banketxeak-gezurretan-ari-dira-europako-epaiaren-inuguruko-beraien-oharra-gezurtatzen-dugu/
Un saludo
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federico mingo · poyales del hoyo-avila · Martes, 03 Marzo 2020 | 04:51:06 PM · nº 5820
Hoy saben ustedes quien son los verdaderos ganadores del día??? Ni los afectados ni la banca, los agraciados de verdad son los abogados, me acaban de llamar arraiga y me dice que ha sido un éxito rotundo, que hay que volver a pleitear y por supuesto 1200 de provisión de fondos eso si. Y luego llaman ustedes a los bancos, jueces o políticos sinvergüenzas.... En fin sin comentarios... Tengo 63 años y mi camino se de lucha se acaba aquí.... Suerte a todos... Adios
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Manuel Jesús · San Agustín del Guadalix-Madrid · Martes, 03 Marzo 2020 | 05:41:28 PM · resp. nº 1960
Con Arriaga son 250 al principio.El resto después del juicio o acuerdo extrajudicial.
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Consuelo · Granada · Martes, 03 Marzo 2020 | 04:40:40 PM · nº 5819
Hola, yo también me he animado a reclamar pero prefiero que sea algún abogado/a en Granada. Si alguien me quiere recomendar un buen profesional os lo agradecería.
Un saludo
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juan · Sevilla · Martes, 03 Marzo 2020 | 04:24:58 PM · nº 5818
Necesito abogado con esperiencia en irph en Sevilla
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Paco · Camas - Sevilla · Martes, 03 Marzo 2020 | 04:45:44 PM · resp. nº 1958
Hola, Juan:
A nosotros nos lo está llevando Giraldez Calzado Asesores en Sevilla. A mí me habló muy claro , el que más, y fui a unos cuantos. No es caro y solo cobra si se recupera algo. Saludos.
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Kika · Valencia · Martes, 03 Marzo 2020 | 04:06:12 PM · nº 5817
Buenas, yo estoy pendiente este mes de la sentencia de la Audiencia provincial de Valencia, así que a esperar con qué nos sorprenden... Ánimo a tod@s.
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Kika · Valencia · Martes, 03 Marzo 2020 | 04:00:45 PM · nº 5816
Buenas, yo estoy pendiente este mes de la sentencia de la Audiencia provincial de Valencia, así que a esperar con qué nos sorprenden... Ánimo a tod@s.
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José miguel · Palma de Mallorca · Martes, 03 Marzo 2020 | 03:42:52 PM · nº 5815
Quisiera que alguien entendido me contestara si la sentencia solo afecta al IRPH CAJAS, o bien a todos los IRPH.Los bancos se escudan en que afecta solo a IRPH CAJAS, así que como sustituto pondrían IRPH ENTIDADES, o sea continuaría el atraco.
https://www.elconfidencial.com/empresas/2020-03-03/banca-ganadora-tendra-aplicar-irph-incluso-sentencias-contra_2479800/
En este enlace se ve la reacción de los bancos.
Dicho esto yo voy a comenzar a informarme bien de como está el asunto para poner en marcha el tema judicial.
En mi opinión es conveniente esperar la reacción del supremo y sobretodo las sentencias que ello conlleve.
Un saludo, y averiguaré si todo va bien..
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Paco · Camas-Sevilla · Martes, 03 Marzo 2020 | 04:50:53 PM · resp. nº 1959
Lo que se ha juzgado es si el IRPH se comercializó de forma transparente o no. Evidentemente, en los casos en los que el banco no pueda demostrar que se hizo así, 99%, no se va a sustituir por el de entidades. En todo caso, por Euribor, siempre que haya acuerdo entre las partes. Si no, interés 0 y listo. Eso sí, el banco podría ejecutar el préstamo pq entiendo que el TS no entenderá un préstamo sin interés. De aquí al final queda mucho, incluso podría haber más cuestiones prejudiciales al TJUE como la que se ha sentenciado hoy.
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Martes, 03 Marzo 2020 | 03:17:58 PM · nº 5814
Bueno ahora está pasando como las cláusulas suelo, estaban contentos los bancos, pero el 95% de las sentencias son a favor del consumidor. Los bancos tienen lo que querían, pagar en cómodos plazos, para que los accionistas no se vayan, podrán ir pagando con subidas de comisiones y otras historias que sacarán para exprimir al cliente, es su trabajo. Suerte a todos y no tengáis miedo a reclamar lo que os han robado. Se hará largo, pero todo llegará.
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Juan Antonio · CadiZ · Martes, 03 Marzo 2020 | 02:42:08 PM · nº 5813
Muy buenas noticias creo que no son, no anulan el índice no condenan a los bancos a nada y hay que empezar de nuevo desde cero, nos quedamos igual y ya en cada reclamación Decidirá el tribunal que corresponda, muy mal todo uno no tiene 7 vidas para continuar con esto
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Miguel · ELCHE · Martes, 03 Marzo 2020 | 01:33:20 PM · nº 5812
NORTHROP En el caso de las cláusulas suelo fue exactamente igual,cada juez debía decidir,al igual que con el irph.La casilla de salida estaba con el supremo diciendo que no se tenía que pasar ningún control,ahora estamos en la casilla de si debe pasar ese control,ya es una ganancia. Lo del alivio de los bancos como dice El Mundo es que no era real esos 44 millones que supuestamente iban a perder,así que lo titulan así y parece una derrota pie nuestra parte.El alivio que sentirán los bancos es igual que cuando te ponen una multa de tráfico y pone "si la pagas en menos de 2 semanas te descontamos el 50%"...Claro,piensas bueno me ahorro la mitad,si amigo si,pero la pagas igual.Ahi tienes el alivio
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