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Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Sábado, 22 de Agosto de 2026
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IRPH y TJUE: sentencias europeas y del Supremo (2020-2026) | IRPH.es

IRPH y el TJUE: qué han dicho Europa y el Supremo

El debate sobre el IRPH no se resuelve con un titular único. Hay una línea de sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y otra del Tribunal Supremo español. Entender ambas es esencial antes de decidir si reclamas, negocias o esperas.

Idea central (para no perderse)

  • El IRPH es un índice oficial, pero eso no impide controlar si la cláusula del contrato fue transparente.
  • El TJUE ha reforzado el deber de información al consumidor (impacto económico, funcionamiento del índice, accesibilidad de la información).
  • El Supremo español no ha declarado nulas de forma automática todas las cláusulas IRPH: el análisis es caso por caso.
  • En la práctica, muchas audiencias provinciales siguen estimando reclamaciones cuando falta transparencia o hay desequilibrio relevante.

Cronología esencial

3 de marzo de 2020 — TJUE (asunto C-125/18)

El TJUE corrigió la idea de que el carácter oficial del IRPH bastaba para excluir el control. Dejó claro que los jueces nacionales pueden examinar la transparencia de la cláusula y, si procede, su carácter abusivo.

13 de julio de 2023 — TJUE (asunto C-265/22)

Se insiste en que no basta con que el índice se publique en el BOE. El consumidor debe haber podido comprender el funcionamiento y las consecuencias económicas de referenciar la hipoteca al IRPH.

12 de diciembre de 2024 — TJUE (asunto C-300/23)

Se refuerza la línea de que la información debe ser suficiente para valorar el coste y el riesgo. La publicación oficial ayuda, pero no sustituye por sí sola una explicación comprensible en el contexto de la contratación.

11 de noviembre de 2025 — Tribunal Supremo (plenarios)

En sentencias de noviembre de 2025, el Supremo adapta su doctrina a los pronunciamientos europeos. Mensaje clave: no hay nulidad general y automática de todas las cláusulas IRPH; hay que examinar transparencia y, en su caso, abusividad según las circunstancias de cada préstamo. También se discuten aspectos como la accesibilidad de la información y el papel de la publicación en el BOE.

2026 — Nuevos matices (promotoras y transparencia material)

En 2026 continúan resoluciones relevantes. Destaca, entre otras, doctrina sobre préstamos de promotora y subrogaciones, donde el control de incorporación y transparencia puede ser especialmente estricto si el consumidor no negoció realmente las condiciones. Cada supuesto exige prueba y análisis del contrato concreto.

¿Qué miran los tribunales en la práctica?

  1. Información precontractual y contractual: ¿se explicó que el IRPH tiende a situarse por encima del Euríbor?
  2. Comprensión del índice: ¿el consumidor podía entender, con un nivel medio de atención, cómo afectaría a su cuota?
  3. Alternativas: ¿se ofrecieron o mencionaron otras referencias (p. ej. Euríbor)?
  4. Prueba del caso concreto: escritura, ofertas vinculantes, folletos, testigos, historial de cuotas.

Consecuencias si se declara la nulidad de la cláusula

Cuando un tribunal estima la nulidad por falta de transparencia o abusividad, las consecuencias dependen del fallo y de la doctrina aplicable en ese momento. En muchos procedimientos se ha acordado la sustitución por Euríbor (u otro criterio) y la devolución de cantidades cobradas de más. En supuestos particulares (p. ej. ciertos préstamos promotor) la consecuencia puede ser aún más intensa. Nada de esto es automático: lo decide el juez con los hechos del expediente.

Relación con tu reclamación

Si tienes IRPH, la lectura útil de estas sentencias no es “ya está ganado” ni “ya está perdido”, sino:

  • Documentar bien tu escritura y la información que recibiste.
  • Cuantificar el diferencial respecto al Euríbor (puedes usar nuestras calculadoras y el comparador).
  • Valorar con un abogado especializado la viabilidad en tu provincia y según tu fecha de firma.

Guía práctica: Cómo reclamar el IRPH en 2026.

Aviso

Esta página resume el estado del debate con fines informativos. La jurisprudencia evoluciona y cada hipoteca es distinta. Consulta siempre a un profesional colegiado antes de iniciar acciones legales.

Comentarios

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ANTONIO · Sábado, 10 Enero 2009 | 07:42:51 PM · nº 192
Hola de nuevo. Parece que algunos ya habéis contactado. Si no es así podéis mirar un par de diecciones de email que aparecen en los comentarios 186 y 187. CUÁNTOS MÁS SEAMOS MEJOR. A ver si entre todos presionamos a esta gentuza.
Por ejemplo se me ocurre consultar con alguna organización de consumidores. O a lo mejor alguno de vosotros conoce algún abogado especializado o notario que nos aconseje. O quizás podamos hacer reclamaciones en masa de todos los afectados al Banco de España. O lo que se os ocurra.
Sería muy interesante que tuviéramos una lista de todos los que estamos en una situación similar. Enviar un email para estar en contacto.
Responder
Juan · Valencia · Lunes, 17 Julio 2017 | 02:12:58 PM · resp. nº 192
Responde revisamostuhipoteca.com. 1 Ese cómputo de prescripción no es correcto. 2 En ese caso es posible solicitar la nulidad del acuerdo, con lo que se tiene derecho a la devolución total. 3 El redondeo al alza es una de las primeras cláusulas abusivas declaradas nulas. 4 Si su hipoteca tenía prevista una modificación del diferencial en caso de sustitución del índice, corresponde su aplicación. Más información en revisamostuhipoteca.com
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Sonia · Sábado, 10 Enero 2009 | 12:56:03 PM · nº 188
Hola A todos.
Yo tengo una hipoteca con UCI hace tres años, con Irph cajas.
Estoy de acuerdo con lo que decis, yo empece a pagar setecientos y pico y me revisaron en Diciembre y ahora pago 1200.
Este año al hacer la declaración de la renta en un gestor me dijeron que lo que me estaban haciendo en la hipoteca era un robo.
Yo llamé el mes pasado a Uci pk lo tengo difícil para afrontar las cuotas ya q estoy en paro y te van dando largas.
Os propongo que nos juntemos todos y miremos de asesorarnos a ver si podemos hacer algo, como lo veis?
Mi mail es sgmyacf@hotmail.com
Unidos podremos hacer más.
Un saludo!
Responder
Sílvia Dot Alcaraz · Barcelona · Lunes, 03 Julio 2017 | 04:53:03 PM · resp. nº 188
Buenos dias:

Soy abogada especializada en reclamaciones de este tipo y por lo que comenta aunque tuviera clausula suelo en la escritura es posible que no haya llegado nunca a ser aplicada porque tenia indice IRPH. Seguramente por culpa de este indice siempre pago usted intereses mas elevados q el suelo que tenia fijado. La solucion seria reclamar judicialmente a la entidad, tanto la nulidad del irph como del suelo y aprovechar tambien para solicitar la devolucion de los gastos de hipoteca en la misma demanda. Me pongo a su disposicion para estudiar su caso. Si lo desea puede remitirme escaneada la escritura de prestamo hipotecario para poder informarle con mas precision. Mi mail es silviadot@icab.cat.Saludos!
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Sonia · Sábado, 10 Enero 2009 | 12:45:56 PM · nº 187
Hola A todos.
Yo tengo una hipoteca con UCI hace tres años, con Irph cajas.
Estoy de acuerdo con lo que decis, yo empece a pagar setecientos y pico y me revisaron en Diciembre y ahora pago 1200.
Este año al hacer la declaración de la renta en un gestor me dijeron que lo que me estaban haciendo en la hipoteca era un robo.
Yo llamé el mes pasado a Uci pk lo tengo difícil para afrontar las cuotas ya q estoy en paro y te van dando largas.
Os propongo que nos juntemos todos y miremos de asesorarnos a ver si podemos hacer algo, como lo veis?
Mi mail es sgmyacf@hotmail.com
Unidos podremos hacer más.
Un saludo!
Responder
Sílvia Dot Alcaraz · Barcelona · Lunes, 03 Julio 2017 | 04:48:06 PM · resp. nº 187
Buenos dias:

Soy abogada especializada en reclamaciones de este tipo y por lo que comenta aunque tuviera clausula suelo en la escritura es posible que no haya llegado nunca a ser aplicada porque tenia indice IRPH. Seguramente por culpa de este indice siempre pago usted intereses mas elevados q el suelo que tenia fijado. La solucion seria reclamar judicialmente a la entidad, tanto la nulidad del irph como del suelo y aprovechar tambien para solicitar la devolucion de los gastos de hipoteca en la misma demanda. Me pongo a su disposicion para estudiar su caso. Si lo desea puede remitirme escaneada la escritura de prestamo hipotecario para poder informarle con mas precision. Mi mail es silviadot@icab.cat.Saludos!
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ANTONIO · Sábado, 10 Enero 2009 | 10:21:10 AM · nº 185
Yo también la hice con U.C.I. porque ya había formado varis hipotecas con ellos y todas sin problemas, aunque siempre con euribor. Esta vez me dejé engañar y tomé el IRPH. Consecuencia: la mayoría de las cuotas bajan y la nuestra sube. ¿ES LEGAL LOS IMPEDIMENTOS QUE PONEN Y EL DINERO QUE QUIEREN COBRAR SI CAMBIAMOS EL ÍNDICE?. ¿DÓNDE NOS PODEMOS INFORMAR QUE SEA FIABLE?. ES PROBABLE QUE EXISTA UNA SOLUCIÓN LEGAL Y POCO COSTOSA Y NO LA SEPAMOS. DEBERÍAMOS UNIRNOS TODOS OOS AFECTADOS Y HACER PRESIÓN A ESTA ENTIDAD. SI YA OS ESTÁIS MOVIENDO OS RUEGO QUE ESCRIBÁIS A acp001@terra.es
Responder
Silvia Dot Alcaraz · Barcelona · Lunes, 03 Julio 2017 | 08:30:16 AM · resp. nº 185
Buenos días Jorge:Soy Silvia Dot, abogada especializada en reclamaciones judiciales contra entidades bancarias por cláusulas abusivas y faltas de transparencia como es tu caso. concretamente, el caso que expones es por desgracia muy habitual y he interpuesto ya decenas de reclamaciones contra CAIXABANK por este motivo. En 2013, el IPRH CAJAS y BANCOS desaparecieron por disposición legal. El índice sustitutivo en CAIXABANK era el indicador CECA, que también desapareció.
Ante ello, los clientes de CAIXABANK, y también de otras entidades como BANCO DE SABADELL, se vieron afectados por una cláusula contenida en sus préstamos cuyo efecto era dejar la hipoteca a tipo "fijo" para toda la vida del préstamo. Y este tipo sería el último aplicado antes de que desapareciera el IRPH CAJAS. Suele ser un tipo muy alto, como es su caso, que en la mayoría de supuestos oscila entre el 3,5 y el 4,2%... Evidentemente esto es intolerable. Pues usted, como muchos otros afectados, firmó una hipoteca a interés variable, y no a tipo fijo. Y esta cláusula tan perjudicial no le fue informada debidamente. Es por ello que LE ANIMO SIN DUDA A RECLAMAR JUDICIALMENTE.

Los Juzgados están condenando a la entidad bancaria CAIXABANK (entre otras), en tanto que consideran lo siguiente:
1º.- La nulidad de la cláusula que referenciaba el préstamo/crédito hipotecario a IRPH CAJAS.
2º.- Que la cláusula que establece que el interés quede "congelado" para toda la vida del préstamo es también NULA.

Ele efecto de estas declaraciones varía de un juzgado a otro:

a) Unos juzgados eliminan el interés del crédito desde su inicio. De manera que usted no solo podría recuperar todo el dinero pagado en concepto de intereses (suma muy importante), sino que en un futuro, en su cuota ya no volvería a pagar la parte de intereses y sí solo la de capital.
b) Otros juzgados sustituyen el IRPH por EURIBOR, o por EURIBOR+diferencial que tenga usted pactado, o por EURIBOR+1...

La verdad es que vale mucho la pena reclamar, ya que además se puede aprovechar la misma demanda para reclamar la devolución de gastos de la hipoteca (notario, registro, gestoría, impuestos), y de esta manera "mata dos pájaros de un tiro".

Si usted o cualquier otra persona del foro tiene más dudas pueden escribirme por privado a mi mail silviadot@icab.cat y les atenderé gustosamente aclarando sus dudas sin coste alguno.

Me pongo a disposición de cualquier persona que considere que su préstamo/crédito tiene cláusulas abusivas o faltas de transparencia como SUELO, IRPH, GASTOS DE HIPOTECA, INTERÉS DE DEMORA... para asesorarle y si así lo decide INTERPONER LA RECLAMACIÓN JUDICIAL.

NO COBRAMOS HONORARIOS HASTA QUE USTED HA GANADO LA DEMANDA. DE MANERA QUE PONER LA DEMANDA NO LE SUPONDRÁ UN COSTE. EL ÚNICO COSTE SERÁ EL DEL PROCURADOR QUE PUEDE ASCENDER A UNOS 200-350 EUROS SEGÚN LA ZONA, Y QUE TAMBIÉN PODEMOS FRACCIONAR SIN PROBLEMAS.

SI PERDEMOS LA DEMANDA NO LE COBRAMOS NADA. Así de seguros estamos que el asunto tiene buena viabilidad.

Aunque tenemos el despacho en la Provincia de Barcelona, ACTUAMOS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL.

Quedo a disposición de todo aquél que lo necesite, atendiendo las dudas por correo electrónico, silviadot@icab.cat de manera totalmente gratuita, para poder evaluar si tiene posibilidades de éxito.

Quien esté interesado, puede enviarme escaneada la escritura del préstamo por mail y le daré una respuesta rápida sobre sus opciones.

NO DUDEN EN RECLAMAR CONTRA LOS BANCOS. HAN ABUSADO MUCHÍSIMO DE SU POSICIÓN, Y LOS JUZGADOS EN SU MAYORÍA ESTÁN AL LADO DEL CONSUMIDOR.

Saludos
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TERESA · Viernes, 09 Enero 2009 | 03:18:02 PM · nº 183
Por lo que veo nadie estamos contentos con uci, nos sentimos engañados, estoy de acuerdo con mistery no podemos unirnos y hacer algo? si quereis os paso mi telf
Responder
Pablo · Canals · Lunes, 26 Junio 2017 | 03:50:59 PM · resp. nº 183
Pues claro q se puede reclamar, el irph es un indice igual de abusivo para las hipotecas libres que para las vpo. En tenerife ya se ganó un sentencia. Poco a poco se va moviendo el tema de irph en vpo, vamos de la mano todos.
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Thunder · Viernes, 09 Enero 2009 | 01:11:43 PM · nº 182
Lo peor de todos señores es que lo tenemos puesto bien clarito en la escritura y caimos como tontos cuando nos lo pintaban tan bien el del banco, y que cualquier cambio que hagamos en lo que pone la escritura que firmamos supone un dinero, saludos y esperar a que el irph baje para el año que viene
Responder
Pablo · Canals · Lunes, 26 Junio 2017 | 03:47:07 PM · resp. nº 182
El tema de Irph en la vpo se esta empezando a mover y iremos de la mano con las de irph d viviendas libres.
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noelia · Jueves, 08 Enero 2009 | 03:43:26 PM · nº 176
tengo la hipoteca con uci keria saber si me combiene seguir con ellos o cambiarme a otro banco tengo el interes por iprh cajas y en un año me han subido 200euros nadie k conozco esta contento con ellos x favor alguien me puede orientar
Responder
carlos · Sevilla · Jueves, 22 Junio 2017 | 04:50:08 PM · resp. nº 176
Es lo que pensaba, pero tiré la caña a ver si pescaba algo sin realizar demanda alguna. Como dices cualquier abogado me ha dicho aconsejado esperar a la pronunciación del supremo.
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Teresa · Jueves, 08 Enero 2009 | 01:39:12 PM · nº 175
Yo también tengo la hipoteca con UCI, y este mes me ha subido 188 euros, alguien puede decirme si es mejor cambiarme a euribor?
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Joan Antoni · Barcelona, Barcelona · Jueves, 22 Junio 2017 | 03:57:43 PM · resp. nº 175
Muchas grácias por tu respuesta Sílvia. Estoy bastante confuso e inseguro. A ver en qué acaba ésto, pero los usureros que se aprobechan de los que no tenemos conocimientos jurídicos deberían de estar mas acorralados.

Un saludo y grácias de nuevo Sílvia.
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aurelian · Martes, 30 Dic. 2008 | 09:28:43 PM · nº 172
HOLA.TENGO UN PRESTAMO Y EN ULTIMO AÑO ME LO HAN REVISADO A LOS 6 MESES,SUBIENDOME CADA VEZ ALREDEDOR DE 80 EUROS.ALQUIEN PODIA DECIRME CON CERTEZA COMO SE CALCULA EL IRPH?DESPUES DE 2 AÑOS DE PAGARLO Y SUBIENDOME LA HIPOTECA PODIA PASAR? A EUROIBOR?SERIA MEJOR O AHORA VA HA BAJAR IRPH Y SUBIR EL EUROIBOR
Responder
ENRIQUE · TERUEL · Jueves, 22 Junio 2017 | 09:50:12 AM · resp. nº 172
Bueno Ana, esta bien que des información y todo eso, evidentemente tratas de ayudar y también, como abogadas, intentas hacer tu clientela,lo cual es muy correcto. Pero no me parece bien cuando te quejas de que en el foro hay mucha publicidad, porque tu eres la que mas publicidad hace. Anda, deja un poquito para los demás.
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dani · Martes, 30 Dic. 2008 | 07:43:44 AM · nº 171
hola, me ofrecen 1º año euribor+0,25 y 2ºaño y siguientes IRPH al 90%
sin considerar el primer año (cosa lógica), no se si el diferencial entre el Euribor y el IRPF va a bajar, ya que ahora mismo es de 1,90 puntos (6.258 IRPH frente a 4,35 el Euribor)
Para calcular el IRPH al 90% cogen una media de los 6 últimos meses del IRPH ponderando los dos últimos doble.

Se supone que el IRPH para el año que viene bajará.
qué opináis, que es mejor coger este préstamo o ir directamente a un EURIBOR+diferencial
Gracias
Responder
Javier · Bilbao · Jueves, 22 Junio 2017 | 07:19:14 AM · resp. nº 171
Efectivamente tiene razón Oscar. Un acuerdo extrajudicial es vinculante y seguro que cuando lo firmes, entre otras te meten una cláusula en el contrato por la que no puedas reclamar en el futuro aceptando los términos del banco. A falta de que el supremo diga algo, el IRPH es muy similar a las cláusulas suelo y muy probablemente se pronuncie igual. Así que es muy robable que ganes si demandas.En cuanto a lo que dice Oscar de esperar matizo: En muchas Comunidades Autónomas ya están dando la razón y se podría ganar ya. En estos casos en www.reclamapormi.com te explican su manera de funcionar: piden extrajudicialmente la restitución de todas las cantidades abonadas de más incluidos los intereses. El banco no acepta en la mayoría de los casos. Así que meten la demanda ya y la paralizan para que cuando el supremo dicte sentencia estés "el primero en la cola" y no detrás de miles de personas. Creo que es la mejor manera de hacerlo.

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