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Gráfico IRPH y Euríbor: evolución y datos desde 2000 | IRPH.es

Gráficos IRPH y Euríbor + datos desde 2000

En esta página tienes el gráfico del IRPH, el gráfico del Euríbor, el gráfico dual y una tabla combinada (IRPH, Euríbor y diferencia) desde el año 2000. Sirve para ver de un vistazo cómo se movieron ambos índices en la burbuja, la crisis, los tipos negativos y el repunte de 2022–2023.

Gráfico dual IRPH – Euríbor

Gráfico solo IRPH

Gráfico solo Euríbor

Tabla de datos: IRPH, Euríbor y diferencia

Valores mes a mes. La columna Dif. es IRPH − Euríbor (puntos porcentuales). Desplázate horizontalmente en móvil.

MesIRPH %Euríbor %Dif.
2026-083,1342,9540,180
2026-073,0772,8550,222
2026-063,0492,7980,251
2026-052,9862,8040,182
2026-042,8822,7470,135
2026-032,8402,5650,275
2026-022,8192,2210,598
2026-012,7622,2450,517
2025-122,7882,2670,521
2025-112,8072,2170,590
2025-102,7962,1870,609
2025-092,6952,1720,523
2025-082,7912,1140,677
2025-072,7482,0790,669
2025-062,8022,0810,721
2025-052,8522,0810,771
2025-042,8512,1430,708
2025-032,9232,3980,525
2025-022,8722,4070,465
2025-012,9602,5250,435
2024-123,1052,4360,669
2024-113,2062,5060,700
2024-103,4232,6910,732
2024-093,5062,9360,570
2024-083,6713,1660,505
2024-073,7283,5260,202
2024-063,7103,6500,060
2024-053,8613,6800,181
2024-043,8233,7030,120
2024-033,9013,7180,183
2024-023,9853,6710,314
2024-014,0623,6090,453
2023-124,2193,6790,540
2023-114,2764,0220,254
2023-104,3304,1600,170
2023-094,3054,1490,156
2023-084,2374,0730,164
2023-074,1864,1490,037
2023-064,0454,0070,038
2023-053,9673,8620,105
2023-043,6833,757-0,074
2023-033,6643,6470,017
2023-023,5853,5340,051
2023-013,3453,3370,008
2022-123,1163,0180,098
2022-112,8772,8280,049
2022-102,6662,6290,037
2022-092,4102,2330,177
2022-082,1981,2490,949
2022-071,9860,9920,994
2022-061,7990,8520,947
2022-051,6240,2871,337
2022-041,5400,0131,527
2022-031,513-0,2371,750
2022-021,481-0,3351,816
2022-011,485-0,4771,962
2021-121,448-0,5021,950
2021-111,412-0,4871,899
2021-101,467-0,4771,944
2021-091,489-0,4921,981
2021-081,529-0,4982,027
2021-071,485-0,4911,976
2021-061,527-0,4842,011
2021-051,507-0,4811,988
2021-041,480-0,4841,964
2021-031,571-0,4872,058
2021-021,565-0,5012,066
2021-011,558-0,5052,063
2020-121,563-0,4972,060
2020-111,661-0,4812,142
2020-101,663-0,4662,129
2020-091,700-0,4152,115
2020-081,743-0,3592,102
2020-071,745-0,2792,024
2020-061,744-0,1471,891
2020-051,745-0,0811,826
2020-041,754-0,1081,862
2020-031,765-0,2662,031
2020-021,816-0,2882,104
2020-011,825-0,2532,078
2019-121,807-0,2612,068
2019-111,803-0,2722,075
2019-101,806-0,3042,110
2019-091,825-0,3392,164
2019-081,913-0,3562,269
2019-071,836-0,2832,119
2019-062,041-0,1902,231
2019-052,052-0,1342,186
2019-042,017-0,1122,129
2019-032,039-0,1092,148
2019-022,056-0,1082,164
2019-012,022-0,1162,138
2018-122,037-0,1292,166
2018-112,009-0,1472,156
2018-101,932-0,1542,086
2018-091,891-0,1662,057
2018-081,932-0,1692,101
2018-071,854-0,1802,034
2018-061,862-0,1812,043
2018-051,892-0,1882,080
2018-041,905-0,1902,095
2018-031,895-0,1912,086
2018-021,900-0,1912,091
2018-011,938-0,1892,127
2017-121,902-0,1902,092
2017-111,910-0,1892,099
2017-101,904-0,1802,084
2017-091,873-0,1682,041
2017-081,953-0,1562,109
2017-071,929-0,1542,083
2017-061,913-0,1492,062
2017-051,947-0,1272,074
2017-041,906-0,1192,025
2017-031,879-0,1101,989
2017-021,881-0,1061,987
2017-011,928-0,0952,023
2016-121,874-0,0801,954
2016-111,936-0,0742,010
2016-101,921-0,0691,990
2016-091,903-0,0571,960
2016-081,957-0,0482,005
2016-072,007-0,0562,063
2016-061,970-0,0281,998
2016-051,890-0,0131,903
2016-042,030-0,0102,040
2016-031,919-0,0121,931
2016-022,007-0,0082,015
2016-012,0140,0421,972
2015-122,0540,0591,995
2015-112,1320,0792,053
2015-102,1270,1281,999
2015-092,1270,1541,973
2015-082,1650,1612,004
2015-072,1450,1671,978
2015-062,1370,1631,974
2015-052,1820,1652,017
2015-042,2070,1802,027
2015-032,3240,2122,112
2015-022,4570,2552,202
2015-012,4360,2982,138
2014-122,5570,3292,228
2014-112,6060,3352,271
2014-102,8190,3382,481
2014-092,8190,3622,457
2014-082,8680,4692,399
2014-072,8750,4882,387
2014-062,8960,5132,383
2014-052,9750,5922,383
2014-043,0860,6042,482
2014-033,1770,5772,600
2014-023,1990,5492,650
2014-013,2740,5622,712
2013-123,2870,5432,744
2013-113,3930,5062,887
2013-103,2520,5412,711
2013-093,2520,5432,709
2013-083,1580,5422,616
2013-073,1670,5252,642
2013-063,2100,5072,703
2013-053,2920,4842,808
2013-043,3780,5282,850
2013-033,4150,5452,870
2013-023,2190,5942,625
2013-013,2160,5752,641
2012-123,0230,5492,474
2012-112,9920,5882,404
2012-103,0780,6502,428
2012-093,3470,7402,607
2012-083,4300,8772,553
2012-073,4881,0612,427
2012-063,4811,2192,262
2012-053,4531,2662,187
2012-043,6171,3682,249
2012-033,6241,4992,125
2012-023,7371,6782,059
2012-013,7161,8371,879
2011-123,6262,0041,622
2011-113,6962,0441,652
2011-103,5862,1101,476
2011-093,5702,0671,503
2011-083,5332,0971,436
2011-073,5402,1831,357
2011-063,4582,1441,314
2011-053,3552,1471,208
2011-043,2262,0861,140
2011-033,1201,9241,196
2011-022,9621,7141,248
2011-012,9181,5501,368
2010-122,7741,5261,248
2010-112,8251,5401,285
2010-102,7951,4951,300
2010-092,7991,4201,379
2010-082,7661,4211,345
2010-072,7051,3731,332
2010-062,7091,2811,428
2010-052,6741,2491,425
2010-042,7861,2251,561
2010-032,7801,2151,565
2010-022,8131,2251,588
2010-012,8101,2321,578
2009-122,8191,2421,577
2009-112,8591,2311,628
2009-102,9211,2431,678
2009-092,9901,2611,729
2009-083,0841,3341,750
2009-073,1871,4121,775
2009-063,2941,6101,684
2009-053,4111,6441,767
2009-043,5731,7711,802
2009-033,8211,9091,912
2009-024,3242,1352,189
2009-014,9832,6222,361
2008-125,8913,4522,439
2008-116,2584,3501,908
2008-106,2535,2481,005
2008-096,2655,3840,881
2008-086,2185,3230,895
2008-076,0065,3930,613
2008-065,7945,3610,433
2008-055,5874,9940,593
2008-045,4184,8200,598
2008-035,4044,5900,814
2008-025,5824,3491,233
2008-015,6114,4981,113
2007-125,5624,7930,769
2007-115,5854,6070,978
2007-105,5514,6470,904
2007-095,4974,7240,773
2007-085,4224,6660,756
2007-075,3264,5640,762
2007-065,1904,5050,685
2007-055,0924,3730,719
2007-045,0084,2530,755
2007-034,9754,1060,869
2007-024,8904,0940,796
2007-014,8114,0640,747
2006-124,7533,9210,832
2006-114,6453,8640,781
2006-104,5623,7990,763
2006-094,4513,7150,736
2006-084,3553,6150,740
2006-074,2293,5390,690
2006-064,1323,4010,731
2006-054,0483,3080,740
2006-043,8523,2210,631
2006-033,7563,1050,651
2006-023,7012,9140,787
2006-013,5912,8330,758
2005-123,4042,7830,621
2005-113,2642,6840,580
2005-103,2252,4140,811
2005-093,1972,2190,978
2005-083,1902,2230,967
2005-073,1962,1681,028
2005-063,2702,1031,167
2005-053,3182,1931,125
2005-043,3252,2651,060
2005-033,3432,3351,008
2005-023,3322,3101,022
2005-013,3342,3121,022
2004-123,3492,3011,048
2004-113,3832,3281,055
2004-103,3322,3161,016
2004-093,3672,3770,990
2004-083,3922,3021,090
2004-073,3232,3610,962
2004-063,3072,4040,903
2004-053,2552,2970,958
2004-043,2792,1631,116
2004-033,3582,0551,303
2004-023,4462,1631,283
2004-013,4752,2161,259
2003-123,4582,3811,077
2003-113,4322,4101,022
2003-103,4422,3031,139
2003-093,4282,2581,170
2003-083,4702,2791,191
2003-073,5412,0761,465
2003-063,7072,0141,693
2003-053,8232,2521,571
2003-043,8862,4471,439
2003-033,9762,4111,565
2003-024,1462,5041,642
2003-014,2522,7051,547
2002-124,3802,8731,507
2002-114,5173,0171,500
2002-104,6903,1261,564
2002-094,8183,2361,582
2002-084,9993,4401,559
2002-075,0093,6451,364
2002-064,9953,8691,126
2002-054,9853,9631,022
2002-044,8603,8601,000
2002-034,7853,8160,969
2002-024,7683,5941,174
2002-014,7373,4831,254
2001-124,8523,2981,554
2001-115,1903,1981,992
2001-105,3903,3692,021
2001-095,6273,7701,857
2001-085,7234,1081,615
2001-075,7684,3111,457
2001-065,8064,3121,494
2001-055,9264,5201,406
2001-046,0254,4811,544
2001-036,1474,4711,676
2001-026,2804,5911,689
2001-016,3904,5741,816
2000-126,3714,8811,490
2000-116,3485,1931,155
2000-106,2845,2181,066
2000-096,2325,2191,013
2000-086,0295,2480,781
2000-075,8915,1050,786
2000-065,7034,9650,738
2000-055,5224,8490,673
2000-045,3534,3650,988
2000-035,2314,2670,964
2000-025,1664,1111,055
2000-015,0403,9491,091

Cómo leer estos datos

  • El IRPH resume tipos de hipotecas ya formalizadas; el Euríbor, el mercado interbancario. No miden lo mismo.
  • Una diferencia alta durante años explica parte del sobrecoste percibido en hipotecas IRPH frente a Euríbor (ver calculadora pagas de más).
  • En 2022–2023 el Euríbor subió muy rápido y la diferencia se comprimió.

Más páginas

Información orientativa. Fuentes: Banco de España / BOE e EMMI. No sustituye asesoramiento profesional.

Comentarios

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juan · Viernes, 23 Enero 2009 | 06:47:59 AM · nº 310
tengo una hipoteca con "lacaixa" al irph. actualmente la tengo al 6.044 con un diferencial de 0. el euribor cae en picado, y esta a dia de hoy en 2.5 aprox. querria saber si me interesa cambiarme al euribor ya sea en la misma caixa o en otra entidad. saludos
Responder
paco · sevilla · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 12:07:06 PM · resp. nº 310
Malas noticias,el supremo falla a favor de los bancos en el irph
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jose · Viernes, 23 Enero 2009 | 06:11:28 AM · nº 309
Alguien sabe cuando sale publicado en el boe los tipos de interes tanto del euribor como del irph , si alguien me pudiera ayudar diganme donde lo puedo encontrar (web o pdf, etc)

gracias
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 11:05:56 AM · resp. nº 309
Hola a todos,



Cuando salga la sentencia sobre IRPH os informaremos tal y como hemos venido haciendo a lo largo de estos meses sobre las implicaciones que se derivan de la sentencia. Incluiremos una explicación de cómo calcular las cantidades mediante una calculadora a abonar de más si se declara nulo y cómo contactar con un abogado experto en la materia.



Seguimos esperando...

Os mantenemos informados: http://www.reclamapormi.com
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ANTONIO · Jueves, 22 Enero 2009 | 11:33:15 PM · nº 308
Hola a todos.
Ya somos muchos los que hemos pasado por ese foro pero no se trata de ir dejando direcciones de mail y esperar a que alguien se ponga en contacto con nosotros. Un compañero afectado ha creado un grupo en google donde podemos darnos de alta. Así sabremos cuántos estamos en esta lucha y tomar decisiones comunes. Una vez dentro podremos proponer y consensuar entre todos las medidas a tomar. Ánimo y a la lucha.

Tengo problemas para escribir aquí el enlace al grupo. Parece que este editor de texto no es muy bueno. Por ello me podéis enviar un email a acp001@terra.es o a djsalus@gmail.com que es el autor y os enviaremos el enlace.
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Miércoles, 22 Nov. 2017 | 10:06:10 AM · resp. nº 308
Hola a todos,

Cuando salga la sentencia sobre IRPH os informaremos tal y como hemos venido haciendo a lo largo de estos meses sobre las implicaciones que se derivan de la sentencia. Incluiremos una explicación de cómo calcular las cantidades mediante una calculadora a abonar de más si se declara nulo y cómo contactar con un abogado experto en la materia.

Seguimos esperando...




Os mantenemos informados: [b]www.reclamapormi.com
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Jose Manuel · Jueves, 22 Enero 2009 | 08:31:33 PM · nº 307
Un activista más para luchar contra UCI
Mi correo: jmmsoriano@gmail.com
Responder
Ivan · Fuerteventura · Martes, 21 Nov. 2017 | 03:20:10 PM · resp. nº 307
Lo interesante seria saber si se cambia irph por euribor si la gente iria al TJUE para que se anule en lugar de cambiar a eurib
or. Un saludo
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arles · Jueves, 22 Enero 2009 | 08:29:42 PM · nº 306
me apunto contra uci arlexhua@hotmail.com
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 21 Nov. 2017 | 11:53:23 AM · resp. nº 306
Hola Cristian,

Supongo que ya sabe que tanto IRPH Cajas, como IRPH Bancos, como CECA desapareció por ley en Noviembre del 2013.

Quedó el IRPH Entidades que es el que ahora se aplica desde entonces a las personas afectadas por IRPH salvo que llegaran a una acuerdo con el banco y firmaran si no, no es vinculante.

Siguiendo este razonamiento y si todo se declara nulo, los índices de su hipoteca no serían legales y no habría sustitutivo por lo que, en principio, solo debería pagar por el fijo de su hipoteca si es que lo tiene.

Sin embargo, como hemos explicado en algún comentario anterior, quizá el Supremo modere la decisión basándose en criterios de estabilidad financiera y ponga como sustituto el Euribor.

Esto es clave para saber las cantidades a abonar.

Que decida que sea nulo o lo sustituya por Euribor es una decisión que implica que una persona afectada por IRPH le puedan devolver 4 o 5 veces más en una reclamación.

Quien tenga dudas y quiera calcular los importes a devolver y qué pasos dar, le asesoramos, una vez más sin compromiso en www.reclamapormi.com

Teniendo en cuenta que los españoles han rescatado a la banca, que los bancos no han hecho más que aplicar cláusulas abusivas a clientes de todo tipo y que artificialmente hay bancos que han manipulado el Euribor, lo que les permitía cobrar mensualidades de las hipotecas de tipo variable a un precio más alto del que realmente deberían, desde www.reclamapormi.com vamos a trabajar para que todo el mundo sea consciente y reclame por la vulneración de sus derechos.

Seguimos informando.
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arles · Jueves, 22 Enero 2009 | 08:28:06 PM · nº 305
tengo una hipoteca con uci y no estoy conforme y he dejado de pagra hasta que no me cambien a euribor quiero unirme a esta denuncia contra uciarlexhua@hotmail.com
Responder
Loles · Loles-Lugo · Martes, 21 Nov. 2017 | 11:35:02 AM · resp. nº 305
no hija no, hay que reclamar, así funciona este país de mierda. nadie te regala nada, aunque sea tuyo
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Hilario Manuel Trujillo Esquinas · Jueves, 22 Enero 2009 | 07:50:34 PM · nº 304
yo tambien tengo la hipoteca con uci IRPH cajas
htrujilloesquinas@yahoo.es. Me apunto
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 21 Nov. 2017 | 10:48:31 AM · resp. nº 304
Hola Belén,

Respondiendo a su pregunta, entendemos que el abogado ha hecho una reclamación extrajudicial al banco y le ha respondido negativamente, pero aún no ha presentado una demanda.

Si el Supremo anula el IRPH es muy poco probable que el banco se ponga en contacto con usted para llegar a un acuerdo y si lo hace OJO! Si en su día ya le incluyó esa cláusula debería desconfiar de las nuevas condiciones que le pudieran ofrecer porque muy probablemente sean peores que lo que conseguiría con una demanda. En cualquier caso su banco no puede modificarle las condiciones sin firmar un nuevo contrato, no puede hacerlo por las buenas, y si lo hace no es legal.

Volvemos a resaltar la importancia de asesorarse con un abogado.

Así que, en este sentido lo mejor es acudir a un abogado que le asesore y le indique cómo proceder. Si aceptar el acuerdo del banco o reclamar vía judicial. Casi seguro el acuerdo no le beneficiará si nos basamos en los acuerdos anteriores que los bancos han firmado con clientes dondde devuelen solo la mitad del importe y que generalmente incluyen una cláusula donde se indica que no se podrá reclamar en el futuro .

Muchas personas que no se han asesorado han perdido el derecho a reclamar y hay mucho en juego.

Quien lo desee, puede ponerse en contacto con www.reclamapormi.com de forma gratuita y sin compromiso para que estudiemos su caso.
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TERESA · Jueves, 22 Enero 2009 | 05:44:52 PM · nº 303
Yo quería comentar que hay alguien que escribió que es periodista y trabaja en un periódico que podría ayudarnos, pero veo que no ha escrito más. yo pondré un anuncio en un setmanal de mi pueblo para reunir a los de mi zona. el del comentario 213, SLS, porqué no dejas tu mail?? el mio es set075@yahoo.es
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 21 Nov. 2017 | 08:47:15 AM · resp. nº 303

Hola Kanario,

Su caso es algo especial debido a la carencia y rebajas de las cuotas y hace falta estudiarlo ya que suele haber comisiones y hay que ver a letra pequeña. Si es tan amable y deja su caso aquí lo estudiaremos detenidamente: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/

Le puedo adelantar algunos puntos:

Atendiendo a sus palabras, dice que le podían hacer la novación pero no se la aseguraban ni firmó un acuerdo en que se resolvería así por lo que se puede deducir que no tiene porqué haber acuerdo.

No obstante, puede reclamar porque tiene IRPH y de hecho si se declara nulo y el tribunal no modera la decisión indicando por ejemplo que se le aplicará el euribor, su hipoteca se debería quedar en interés variable 0 y aplicaría solo el fijo que tuviera por lo que le devolverían la diferencia de todos lo importes pagados de más.

Es decir, si tu hipoteca no tiene sustitutivo o bien el sustitutivo es otro índice que se declara nulo (por ejemplo, que tenga irph cajas y el sustitutivo sea irph entidades y ambos IRPH se declaran nulos) en principio, basándonos en criterios puramente legales tendría que haber pagado solo el interés del fijo de su hipoteca. Sin embargo, esta cuestión la tiene que resolver el Supremo que quizá dicte que en caso de no haber sustituto aplique el euribor (esperemos que no sea así por el bien de todos los afectados porque devolverían menos cantidades, aunque seguirían siendo altas).

En cuanto a los gastos, puede reclamarlos sin problema. Esto, en principio está claro.

En cuanto a su préstamos personal, hay que estudiar el índice o las condiciones. Por favor, si es tan amable y se pone en contacto lo estudiamos.

Si alguien desea calcular lo que le devolverían si el índice se declara nulo puede acudir a esta calculadora que nos puede decir de forma muy fiable lo que nos deberían volver. Si le resulta difícil rellenarla puede consultar a un abogado de la propia plataforma y lo hará por usted de forma gratuita y sin compromiso: https://www.reclamapormi.com/calculadora-simulador-gastos-hipoteca-irph-clausula-suelo-multidivisa.html
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SLS · Jueves, 22 Enero 2009 | 05:08:54 PM · nº 302
Esta atentos estos días porque se está mirando cómo centralizar las quejas, lo diremos aquí en este foro.

A los que dejan su email y se van, decirles que seguramente así no iremos a ningun sitio, así que ya os pondremos algun medio para juntarnos.

Una vez lo digamos, recordar que lo más importante es difundirlo al máximo, porque hemos de ser al menos un 10% de clientes de UCI, sino no hacemos nada, así que en vuestras manos quedará el buscar foros, webs, amigos, vecinos, quien sea que esté afectado y pueda correr la voz.

Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 20 Nov. 2017 | 06:34:37 PM · resp. nº 302
Hola Raúl,


Gracias por tu aportación. Tú al igual que un millón de afectados estás afectado por algo tan grave como lo es el suelo o incluso más como bien explicas.

Y es que la sentencia del Supremo es clave para saber cuales son las cantidades a devolver ya que si nos basamos en la ley y se declara nulo, los importes a devolver superan con creces el suelo. Fácilmente podrían devolver el doble, triple o cuádruple.

En cifras para que la gente se haga un idea aproximada por una hipoteca de 200.000€ con un fijo del 0,5 desde el año 2000 a 30 años supondría,si se declara nulo, la devolución aproximada de 55.000€

Por este motivo se considera desde diferentes instancias que se podría moderar la decisión con criterios financieros y aplique por ejemplo euribor como sustituto aunque no exista en el contrario hipotecario.

Esta decisión es clave.

quien desee calcular las cantidades a devolver de forma orientativa y asesorarse con un abogado puede hacerlo aquí: https://www.reclamapormi.com/calculadora-simulador-gastos-hipoteca-irph-clausula-suelo-multidivisa.html

Seguimos informando.
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david · Jueves, 22 Enero 2009 | 04:58:40 PM · nº 301
pues yo tambien soy otro que tengo hipoteca con uci 283000 euros cinco años de carencia pagando solo intereses y con irph +0.15 gracias al super negociador de credit services que me engaño.
primero firme una en 2005 con irph +1 vaya estafa luego en 2007 pude negociar algo y me hicieron una novacion pero tenia que ampliar el capital sino no me hacian nada y ahi estoy en el irph+0.15 he llamado para cambiar a euribor y se niegan rotundamente no se si se podria hacer algo para poder cambiarlo.un saludo
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 20 Nov. 2017 | 05:54:17 PM · resp. nº 301
Hola Carmen,

Lamentablemente quizá ya no se puede hacer nada en su caso. En principio ha perdido la opción de recurrir. Salvo que se pueda llegar a alguna solución se considera cosa juzgada.

Sin duda es grave lo que le ha sucedido sea la culpa de quien sea y es normal que esté enfadada porque no le notificaran la posibilidad de recurrir.

Si deja su caso aquí: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/, nos ponemos a su servicio sin compromiso para estudiar su caso y ver si hay alguna posibilidad.

Pondremos al abogado más experimentado de Reclama Por Mí con su problema que no ha perdido aún ningún juicio por cláusulas abusivas y haremos lo que esté en nuestra mano.

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