IRPH Entidades: el índice oficial de las hipotecas
El IRPH Entidades (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios del conjunto de entidades) es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre concedidos por el conjunto de las entidades de crédito en España. Es el IRPH que hoy aparece con más frecuencia en escrituras y reclamaciones.
Valor actual del IRPH Entidades
Último dato en nuestra serie: 2026-06 → 3,049 %. Puedes contrastarlo con la tabla oficial del Banco de España y con nuestros gráficos comparados o el IRPH histórico.
Evolución del IRPH Entidades
Cómo se calcula (versión comprensible)
Las entidades comunican tipos de operaciones hipotecarias; con esa información se elabora una media según la metodología oficial y se publica mensualmente. No es el tipo al que un banco “quiere” prestarte mañana: resume lo que se ha venido firmando en el mercado hipotecario de vivienda libre a plazos largos.
IRPH Entidades, IRPH Cajas e IRPH Bancos
En el pasado coexistieron referencias por tipo de entidad (cajas, bancos). El IRPH Entidades unifica el conjunto. Si tu escritura menciona una variante antigua, conviene localizar el índice sustitutivo previsto en el contrato.
Por qué importa frente al Euríbor
El Euríbor refleja el mercado interbancario; el IRPH, una media de préstamos ya concedidos. Históricamente el IRPH ha solido situarse por encima del Euríbor. Detalle: IRPH vs Euríbor.
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Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero.
Me gustaría saber si la resolución del Supremo, influirá de alguna manera en sucesivos pleitos en las provincias donde ya han sido favorables por sus correspondientes audiencias.Y otra cuestión, si es negativo (rezo para que no), ¿influirá de alguna manera?, siempre en futuras sentencias hablo.
Soy uno de los afectados que tiene una plaga de clausulas abusivas, IRPH, clausula suelo del 3.5, gastos totales por mi cuenta, interes del 26%, todo ello arrastrado desde el año 2000 y con una ventaja (creo) de tener como sustitutivo el de Bancos, ya anulado.
Aprovecho para saludar a todos los que com yo, os pasais el dia buscando noticias al respecto y contamos los dias para que llegue el 22N
La resolución del Supremo manda sobre la de las audiencias provinciales por lo que, sí, influye sobre las resoluciones futuras.
Por ejemplo, si en una audiencia provincial dieran la razón al cliente como puede estar siendo en Alicante, si la resolución del Supremo el próximo 22 de noviembre es que el IRPH no es abusivo, aunque el banco pierda en la audiencia provincial, sabe que puede llevarlo al Supremo con garantías de que le den la razón. Esto sin embargo, solo sucede con las sentencias que no sean firmes. Si ya te han dado la razón, solo hay un tiempo para presentar un recurso y pasado ese tiempo la sentencia no se puede recurrir.
De todas maneras, creo que hay razones para ser optimistas con que la sentencia sea favorable a los clientes y se declare nulo como otras cláusulas abusivas.
Desde luego, Jesús tu caso lo tiene todo. Sea de una manera de otra puedes reclamar cantidades muy altas más intereses de demora y que te apliquen un sustituto mucho más bajo. Podrás reclamar mucho dinero.
Si quieres que te asesore un abogado, en www.eclamapormi.com puedes hacerlo ya que llevan todas las cláusula abusivas que tienes.