IRPH.es - Índices de referencia de préstamos hipotecarios

IRPH

IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Lunes, 24 de Agosto de 2026
IRPH ACTUAL (Junio 2026)
3,049% ↑
+0,063 pts vs mayo · +0,247 interanual
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IRPH 2026: IRPH junio 2025: 2,802%   SUBE: +0,247   IRPH junio 2026: 3,049%

IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

El valor del IRPH no es un número que “sale de internet”: es un tipo oficial que el Banco de España publica y que el BOE recoge en un PDF. Saber usar ese documento marca la diferencia entre discutir opiniones y aportar una prueba pública.

Clave: el IRPH habitual en hipotecas es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España. Ese es el texto que debes localizar en el BOE.

IRPH en el BOE PDF oficial

Cuando llega una revisión de cuota, el banco comunica un nuevo tipo. Esa comunicación puede ser correcta… o no. El PDF del BOE no sustituye a un abogado ni a un informe pericial completo, pero cumple tres funciones muy concretas: fija el dato oficial del mes de referencia, permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España, y se puede adjuntar a una reclamación como fuente pública.

Por qué el PDF del BOE importa tanto

  • Fija el dato oficial del mes de referencia del índice.
  • Permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España.
  • Se puede adjuntar a una reclamación o a un escrito al servicio de atención al cliente.

Muchas personas guardan capturas de webs o de hojas de cálculo. Orientan, pero el BOE es el soporte que las instituciones reconocen como publicación oficial. En la página IRPH en el BOE tienes enlaces directos a PDFs de 2025 y 2026.

Qué buscar exactamente en el documento

Las resoluciones del Banco de España en el BOE suelen ocupar una sola página. Aparecen varios tipos oficiales. El que interesa para el IRPH de entidades es el del tipo medio a más de tres años con la redacción completa citada arriba.

No lo confundas con el Euríbor a distintos plazos, el IRS a cinco años, el tipo medio de la zona euro u otros índices de compensación por cancelación anticipada.

Clave: si el PDF habla de Euríbor o de IRS y no incluye el párrafo del “tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España”, no es el documento para contrastar el IRPH de tu escritura.

Cómo usarlo en una revisión de cuota

  1. 1
    Localiza en tu escritura qué mes del índice se aplica y con qué periodicidad se revisa.
  2. 2
    Descarga el PDF del BOE de ese mes desde IRPH en el BOE.
  3. 3
    Anota el valor del tipo medio y compáralo con la notificación del banco.
  4. 4
    Revisa diferencial y redondeo: tipo final = índice ± diferencial ± posibles redondeos.
  5. 5
    Guarda PDF + notificación juntos, con fecha.

Clave: un desfase de un mes en el índice puede mover la cuota más de lo que parece. El PDF fija el número; la escritura fija qué mes se usa.

Cómo usarlo en una reclamación

Si reclamas por IRPH o pides que te expliquen el cálculo, el PDF refuerza el relato de hechos: indica el mes de referencia, cita el valor del BOE y la referencia BOE-A-…, adjunta el PDF completo y, si procede, señala la diferencia respecto a otro índice con fuentes oficiales.

Esto no garantiza el resultado de una reclamación, pero evita que la conversación se quede en “yo he visto otro número en una web”.

Tabla de trabajo para contrastar

Qué mirasDóndePara qué
Mes del índiceEscrituraSaber qué BOE descargar
Valor del tipo medioPDF del BOEContrastar con la notificación
DiferencialEscrituraCalcular el tipo final
RedondeoEscrituraVer si hay ajuste al alza
Nueva cuotaSimulador / bancoTraducir el tipo a euros

Ejemplo orientativo de impacto en cuota

Supón un capital pendiente de 100.000 €, 20 años restantes y diferencial 0 %. Una subida del índice de 0,20 puntos no parece dramática en el papel, pero se nota en la letra mensual. Usa siempre tus cifras reales en el simulador.

Los 484 € y 496 € son un caso tipo didáctico; no son tu cuota. Calcula la tuya con el simulador de revisión.

Errores frecuentes

  • Usar el PDF del mes de publicación como si fuera el mes del índice.
  • Confundir índices dentro del mismo BOE.
  • Olvidar el diferencial y pensar que “el IRPH del BOE es mi tipo”.
  • Adjuntar solo una captura sin identificador BOE-A-…
  • No guardar la notificación del banco junto al PDF.

Dónde encontrar los PDFs

  • IRPH en el BOE en este sitio.
  • Buscador del BOE con la frase del tipo medio a más de tres años.
  • Tabla de tipos del Banco de España (Cliente Bancario).

Para el valor reciente: IRPH hoy. Para comparar: Euríbor hoy e IRPH vs Euríbor.

Resumen

Clave final: el PDF del BOE no gana un juicio por sí solo, pero ancla el dato. Sin él discutes recuerdos; con él discutes cifras publicadas.

También: redondeo y diferencial · subrogación con IRPH · reclamar IRPH.

Comentarios

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Fernando Soler · Malaga-Malaga · Lunes, 24 Febrero 2020 | 11:33:26 AM · nº 5708
Tengo Hipoteca de 150.000, Variable a 25 años con IRPH+ 0,1. Me revisa a 1,907% y pago 629,01.
Y aqui viene la paradoja. Otra persona con la misma hipoteca de 150.000 a 25 años revisa a Euribor+2,25 y el tipo aplicable es 1,989%. Paga al mes 634,98.
El que tiene euribor paga más que el que tiene IRPH !!!!. Esto es posible?
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Pedro · Madrid · Lunes, 24 Febrero 2020 | 11:58:24 AM · resp. nº 1877
Por si no lo sabes existen personas que tiene Euribor + 4 % de Diferencial y estos cuando el Euribor estaba en positivo paganban por su Hipoteca casi un 9%. Euribor es muy bonito en Negativo pero olvidamos que existen diferenciales + Euribor tremendo donde el crédito sale por el doble de lo que se ha solicitado.
Miguel · ELCHE · Lunes, 24 Febrero 2020 | 01:18:11 PM · resp. nº 1878
Con todos los respetos...vaya tontería has escrito.Decir como una persona puede pagar más con euribor que con irph?Pero si tu mismo lo has escrito amigo.Compara irph sin diferencial y euribor sin diferencial.Saca la cuenta.En serio me parece tal chorrada lo que has escrito...El Irph lleva dentro de si el Euribor,así que JAMAS será más barato.
Compara a dos personas con euribor,una con diferencial +2 y otra +0,50,también saldrá más caro una que otra.Se llega a límites ridículos para explicar lo inexplicable.
Que los listos expliquen como si a una persona,inteligente o no,le dicen este intereses es esto más un diferencial,y este otro es el mismo de antes,más comisiones mas gastos y además un diferencial.QUE ELIGES?Pues eso mismo,nadie explico nada.Fallo nuestro por no informarnos,y fallo de ellos por no explicarlo.Lo primero es cuestión de confianza o no,lo segundo es algo tipificado por ley en un control de transparencia. Veremos que decide el juez
Juan · Las palmas dgc · Lunes, 24 Febrero 2020 | 01:57:10 PM · resp. nº 1879
Tiene que mirar lo que amortiza en esa cuenta??

Ver las 8 respuestas →

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alcarovi · Madrid · Lunes, 24 Febrero 2020 | 11:17:13 AM · nº 5707
Buenos días;
Me gustaría hacer una consulta, yo contrate una hipoteca con mi banco en el año 1998 por el IRPH de Cajas, que desapareció en el año 2013 al IRPH de Entidades. A la hora de contratar mi banco no me dio otra posibilidad de acogerme a otro tipo de índice referencial de hipotecas y firme mis escrituras con el Irph de cajas.
Mi consulta es si tengo derecho a reclamar el irph, ya que me queda solo este año por amortizar el préstamo, una vez que se haya proclamado el TSJUE.
Actualmente tengo un tipo de interés del 2,417% y he observado que el irph actual se encuentra al 1,825 %.
Me está engañando mi entidad bancaria?
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Misa · Barcelona · Lunes, 24 Febrero 2020 | 10:43:35 AM · nº 5706
A dios....ladronzuelos
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Ana · Tarragona · Lunes, 24 Febrero 2020 | 10:41:37 AM · nº 5705
Pedro de Madrid eres tonto!! Ho entucasa no lo sabes!!! Estas rrabioso como un perro en celos!!si que tea fecta esto lo de IRPh...vamos que nos queda poco... A dios IRPh
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Pedro · Madrid · Lunes, 24 Febrero 2020 | 10:40:30 AM · nº 5704
Por mucho que te hagas pasar por mi..... se ve que eres el Falso jajaja en cada mensaje pone AUTOR ya sabemos quien eres el Amigo de Barselona. Yo no insulto es la diferencia, menos al Mequetrefe de turno.
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stefysisu · la roda albacete · Lunes, 24 Febrero 2020 | 07:28:39 PM · resp. nº 1887
no insultas pero tampoco piensa, y al escribir algo que no tienes puta idea y sigues argumentando algo que ni si quieras entiendes es peor que insultar
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Paco · Madrid · Lunes, 24 Febrero 2020 | 08:41:58 AM · nº 5701
En una semana sabremos nuestro destino señores, una semana
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Maki · Manresa- Barcelona · Domingo, 23 Febrero 2020 | 09:45:21 PM · nº 5700
Buenas noches.
Yo firmé una hipoteca en 2004 con irph cajas y 0% de diferencial y en la escritura ponia k si alguna vez desaparecía el irph me aplicarían euribor +2.
Asi k bbva me está aplicando desde 2015 euribor +2.
Hay alguien mas k esté como yo.
Si se declara abusivo como quedaría mi caso?
Entre al principio pagar irph y luego 2 puntos mas, vaya tela!


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Pedro · madrid · Lunes, 24 Febrero 2020 | 08:49:25 AM · resp. nº 1870
Valla tela...... JAJAJA. Como chiste del día de lo mejor. Pregúntale directamente a Eric de barselona. El tiene claro que a todo el mundo incluidos los que NO tengan Hipoteca le compensaran con lo que sea. la Sentencia del IRPH pagara un sueldo vitalicio y si tienes hipoteca con IPRH te condonan el total de crédito. Esto de las Clausulas es un filón para los Abogados.
Fernando Soler · Malaga-Malaga · Lunes, 24 Febrero 2020 | 11:40:28 AM · resp. nº 1876
IRPH+0 es similar a tener un euribor+2. Cuando se suma al indice el diferencial, va a dar mas o menos lo mismo. Si acordaste en escritura que sin IRPH te aplicaban eur+2, lo que deberias hacer es negociar una novacion con tu banco para que baje el diferencial del euribor o irte a otro banco (subrogación)
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Alchapux · A Coruña · Domingo, 23 Febrero 2020 | 12:52:06 AM · nº 5699
Hola, no sé si se tocó el tema, pero visto que el punto clave está en la no explicación del índice, y que que las hipotecas de VPO de los planes vivienda 2002 y 2005 están referenciados al irph y seguro que no se explicó el índice.. qué posibilidades hay de que en VPO el tema también vaya para adelante?

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Ron · El Vendrell- Tarragona · Sábado, 22 Febrero 2020 | 07:46:12 PM · nº 5698
Algo habrá hecho la banca, cuando se le está juzgando en el tjue,y encima está negociando con clientes que tienen el irph, todavía dicen que las cláusulas suelo se comercializaron bien, por eso pierden más del 90% de los juicios. Pero bueno es lo que tienen que decir para tranquilizar a sus accionistas.
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Luis · Madrid · Sábado, 22 Febrero 2020 | 06:47:28 PM · nº 5697
Eric de Barcelona, R q RRRR Sigues alimentando la mentira y creando mas confusión con tus pajas mentales.

No lees y menos entiendes.

El abogado de la UE No invalida las hipotecas con IRPH Indica que se debe demostrar que se aportó a quien firmaba la información suficiente al contratar su hipoteca con IRPH. Si en algún caso no se puede demostrar o se considera que esa información fue insuficiente Un juez (caso por caso) es el que deberá determinar si debe existir alguna compensación por parte de la entidad financiera o no.Las sentencias del TSJUE raramente contradicen las valoraciones del abogado de la UE y no sera la excepcion porque como han repetido por aqui el otro Abogado del TSJUE que lleva la Clausula suelo se a alineado con el del IRPH para la sentencia entre Mayo o Junio.

Esto mismo te lo pondre el Dia 3 para ver quien tiene razon. Mequetrefe.

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eric · Barcelona · Sábado, 22 Febrero 2020 | 07:08:54 PM · resp. nº 1866
No hay necesidad que seas tan vulgar en tus comentarios .Sólo eres un pobre manipulador especulando sobre una sentencia que aún no ha llegado. Papanatas . Me pregunto que hace un merluzo como tú en un foro de afectados por IRPH ( si no lo eres y sólo perjudicas a los demás )El dia 3 de marzo ya pasaré a saludarte .Cansino .Así es como te diviertes ?
eric · Barcelona · Sábado, 22 Febrero 2020 | 07:15:28 PM · resp. nº 1867
Por cierto , hago lo mismo que tú subir artículos pero en sentido contrario al tuyo .Si tengo que respetar tu opinión de que no ha nada que hacer , haz tu lo mismo y respeta a los que creemos que la sentencia será favorable al consumidor .loser
Miguel · ELCHE · Sábado, 22 Febrero 2020 | 07:16:48 PM · resp. nº 1868
Difícilmente será demostrar y justificar por parte de un banco algo que no existe,pues en el 90% de las hipotecas con IRPH NO se explico nada.Igual que el 90% de las hipotecas con Euribor.Era una manera de hacer las cosas de la banca en esa época.Si tanto criticas como hacíamos de mal las cosas en esa época los hipotecados,poca defensa tienen los bancos de esa época su manera de actuar.Nosotros hemos pagado durante todos estos años por eso,ahora les toca a ellos.Cuando me ofertaron hace poco eliminar mi IRPH por un tipo fijo o un euribor + ,bien bonita estaba la gráfica con su evolución durante los años,y bien escritas estaban todas las cláusulas que me incluían,curiosamente todas las cosas que se exigen ahora en el control de transparencia.Casualidad?no lo creo.
El día 3 veremos,no deckararan nulo nada,pero muy factible es que el IRPH se pueda someter a ese control,y amigo Luis,NINGUN BANCO PODRA DEMOSTRAR ESA TRANSPARENCIA PORQUE NO EXISTIA.Luego que el juez español decida,pero no son pocos los que no lo han tenido claro,así que tan seguros no estarán.

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