IRPH.es - Índices de referencia de préstamos hipotecarios

IRPH

IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Domingo, 23 de Agosto de 2026
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IRPH qué es: definición, cálculo y por qué importa en tu hipoteca | IRPH.es

IRPH qué es: la guía clara del índice de tu hipoteca

Si has llegado hasta aquí buscando IRPH qué es, la respuesta corta es esta: el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es un índice oficial que publica el Banco de España y que se ha usado para calcular el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable en España. La respuesta larga —y la útil— es entender cómo se construye, en qué se diferencia del Euríbor y por qué ha generado tantas reclamaciones.

Documentación hipotecaria e índice IRPH

Hipoteca fija y hipoteca variable: dónde entra el IRPH

Hay dos grandes familias de hipotecas:

  • Hipoteca a interés fijo: la cuota no depende de un índice. Salvo amortizaciones anticipadas o cambios de contrato, pagas lo mismo mes a mes.
  • Hipoteca a interés variable: la cuota se revisa periódicamente según un índice de referencia más un diferencial pactado con el banco.

En las variables, el índice más conocido es el Euríbor. El otro gran protagonista histórico ha sido el IRPH. Si tu escritura habla de “tipo medio de los préstamos hipotecarios…”, “IRPH Entidades”, “IRPH Cajas” o “IRPH Bancos”, tu préstamo está ligado a este índice.

Antes de firmar cualquier hipoteca conviene comparar ofertas actuales. En IRPH.es tienes calculadoras de hipoteca y, si ya tienes préstamo, herramientas de revisión y amortización parcial.

IRPH qué es, en una frase útil

El IRPH es el tipo que el banco usa (junto con tu diferencial) para fijar el interés de tu hipoteca variable entre una revisión y la siguiente. Si el IRPH sube en el mes de referencia de tu contrato, tu cuota tiende a subir; si baja, tiende a bajar. El periodo de revisión suele ser anual, aunque hay escrituras semestrales o trimestrales: lo decide tu escritura.

Nombre oficial del IRPH

El nombre largo y oficial del índice vigente es, en esencia:

Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España.

En el lenguaje cotidiano se resume como IRPH Entidades o simplemente IRPH. Lo publica el Banco de España (y se refleja en el BOE), normalmente en torno al día 20 de cada mes, con el valor correspondiente al mes anterior.

Último valor disponible en esta web: 2026-06: 3,049 % (serie orientativa elaborada a partir de datos oficiales y series históricas). Consulta siempre la publicación oficial del Banco de España para operaciones jurídicas o bancarias.

Cómo se calcula (idea clara)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican información de tipos de préstamos hipotecarios a más de tres años para vivienda libre.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. Ese resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas al IRPH.

Una de las críticas históricas de muchos afectados es que, al construirse a partir de tipos de operaciones reales (con la lógica de la TAE en el diseño del índice), el IRPH ya incorpora márgenes y costes del sistema, de modo que al sumarle después el diferencial y las condiciones propias del contrato el resultado suele situarse por encima del Euríbor durante largos periodos. El Euríbor, en cambio, refleja el precio del dinero entre bancos en el mercado interbancario, no la media de lo que ya cobran las entidades a sus clientes hipotecarios.

Esa diferencia de construcción es el núcleo del debate económico del IRPH; el debate jurídico se centra sobre todo en la transparencia de la cláusula al contratar.

Gráfico del IRPH (últimos 24 meses)

Serie mensual orientativa. Fuente de elaboración: datos IRPH.es a partir de series oficiales.

IRPH Cajas, IRPH Bancos e IRPH Entidades

Antes de 2013 coexistían varias variantes:

  • IRPH Cajas — media basada en cajas de ahorros.
  • IRPH Bancos — media basada en bancos.
  • IRPH Entidades — media del conjunto de entidades.

Con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, desaparecieron el IRPH Cajas y el IRPH Bancos. Quedó vigente el IRPH Entidades, que es el que hoy se publica y el que más aparece en el debate actual. Muchas escrituras antiguas referenciadas a Cajas o Bancos pasaron a usar el índice sustitutivo previsto en el contrato o el marco legal posterior.

IRPH frente al Euríbor: la diferencia que se nota en la cuota

Durante años, el IRPH se ha movido de forma más estable que el Euríbor, pero habitualmente más alto. Cuando el Euríbor cayó con fuerza tras la crisis, muchas hipotecas Euríbor abararon de forma visible; las referenciadas al IRPH bajaron más despacio y en menor medida. Esa brecha es lo que miles de familias cuantifican al preguntarse cuánto han pagado de más.

En el gráfico siguiente puedes ver, mes a mes, el IRPH, el Euríbor y la diferencia entre ambos (cuando hay dato de los dos índices):

Rojo: IRPH · Naranja: Euríbor · Rosa: diferencia (IRPH − Euríbor). Tooltips al tocar o pasar el cursor.

Para series largas y tablas: IRPH histórico, Euríbor, IRPH vs Euríbor y diferencia IRPH–Euríbor.

¿Por qué hay tantas demandas por IRPH?

No porque el índice “no exista” o no sea oficial. El conflicto nace de dos ideas que se repiten en el relato de los afectados y en buena parte de la jurisprudencia de consumo:

  1. Efecto económico: muchas hipotecas IRPH han resultado más caras que hipotecas equivalentes referenciadas al Euríbor.
  2. Transparencia: si el banco no explicó de forma comprensible cómo funcionaba el índice, su evolución histórica y las consecuencias económicas de elegirlo frente a otras opciones, la cláusula puede someterse al control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

El recorrido judicial ha pasado por juzgados de primera instancia, audiencias provinciales, Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La doctrina ha ido precisándose: no hay una anulación automática de todas las cláusulas IRPH; se analiza el caso concreto (información precontractual, escritura, contexto). Puedes ampliar en reclamar IRPH, IRPH y TJUE e documentos para reclamar en 2026.

¿Se siguen firmando hipotecas con IRPH?

En la práctica actual, casi no se comercializan hipotecas nuevas referenciadas al IRPH. El mercado se ha concentrado en Euríbor, tipos fijos y mixtos. El IRPH sigue siendo relevante sobre todo para quienes ya tienen el préstamo en vigor y para el seguimiento de revisiones y posibles reclamaciones.

Qué puedes hacer desde IRPH.es

Preguntas frecuentes sobre qué es el IRPH

¿El IRPH es ilegal?
El índice es oficial. Lo que se discute en los tribunales es, sobre todo, si la cláusula que lo incorporó a tu contrato superó el control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

¿Cómo sé si mi hipoteca es IRPH?
Revisa la escritura (cláusula de interés variable) o un recibo detallado. Busca “IRPH”, “tipo medio de los préstamos hipotecarios” o referencias a entidades, cajas o bancos.

¿El IRPH siempre es más caro que el Euríbor?
Históricamente ha tendido a situarse por encima durante largos periodos, pero la diferencia no es fija ni idéntica en todos los meses. Por eso conviene mirar series y no un solo dato aislado.

¿Puedo cambiar el IRPH por Euríbor?
A veces mediante novación con tu banco, subrogación a otra entidad o, si hay base jurídica, por vía de reclamación. Cada camino tiene requisitos y costes distintos.

Conclusión

IRPH qué es, en la práctica: el índice oficial con el que se revisa el tipo de muchas hipotecas variables españolas; un índice más estable que el Euríbor en apariencia, pero con un historial de cuotas habitualmente más altas; y el centro de un debate jurídico centrado en la información que recibió (o no) el consumidor al firmar. Entenderlo es el primer paso para decidir si te conviene amortizar, negociar, reclamar o simplemente seguir la evolución del índice con datos claros.

Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero. Contrasta siempre con tu escritura, con el Banco de España y, si procede, con un profesional colegiado.

Comentarios

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Juan · Castellón · Viernes, 06 Marzo 2020 | 03:04:55 AM · nº 5866
Buenas. He estado poniéndome al día en el foro pero hay una cosa en relación a los efectos de la sentencia que no me queda muy clara. Para los que, como es mi caso, tienen una vivienda VPO del plan 2005-2008, en la que el Consejo de ministros realiza las variaciones sobre el tipo de interes, nos afecta la sentencia también no? Porque he leído por ahí que nos quedamos fuera. Es así? Agradecería que alguno de los profesionales o expertos en el asunto me arrojarais algo de luz sobre el asunto. Gracias de antemano y saludos a todos
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Javi · Oviedo-Asturias · Viernes, 06 Marzo 2020 | 09:15:47 AM · resp. nº 2012
Yoestoy exactamente igual,una VPO de 2008 y no se si la sentencia nos ayuda o no nos sirve de nada. Solo faltaría eso que una VPO tenga los mayores intereses que ninguna y encima no hubieramos tenido la opción de escoger el tipo de interés.que hacer ? reclamar contra un real decreto? el juez dará la razón al gobierno. Que alguien nos oriente
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Juan · Castellón · Viernes, 06 Marzo 2020 | 03:03:16 AM · nº 5864
Buenas. He estado poniéndome al día en el foro pero hay una cosa en relación a los efectos de la sentencia que no me queda muy clara. Para los que, como es mi caso, tienen una vivienda VPO del plan 2005-2008, en la que el Consejo de ministros realiza las variaciones sobre el tipo de interes, nos afecta la sentencia también no? Porque he leído por ahí que nos quedamos fuera. Es así? Agradecería que alguno de los profesionales o expertos en el asunto me arrojarais algo de luz sobre el asunto. Gracias de antemano y saludos a todos
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Dabitxu · BARCELONA · Jueves, 05 Marzo 2020 | 11:03:34 PM · nº 5863
Ahora voy a Caixabank a pedir un crédito personal para poder pagar al abogado para demandar al banco. Puedo añadir los costes del crédito a la demanda de IRPH?
Es broma.
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Isabel · Cadiz · Viernes, 06 Marzo 2020 | 07:27:06 AM · resp. nº 2010
Buenos días, no es broma, es realidad, después de ponernos en la ruina, a ver cómo se paga a los abogados, un saludo y suerte
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Ana · Tarragona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 05:52:35 PM · nº 5862
Pues si laia..estoy contigo..yo llevo 14 año pagando y he pagado 200.000
El piso me costo 187.000..vamos que 14 año ya he pagado el piso jajajaja y me queda 16 años mas cuánto me sale el puto piso 400.000
H.i..de.p..ta.a porello.
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JoseG · Gijon-Asturias · Jueves, 05 Marzo 2020 | 05:26:26 PM · nº 5861
Ana de Madrid a ver si me puedes aclarar una cosa. Yo en mi escritura tenía los 3 primeros años tipo fijo Lugo ya me quedo el Irph cajas como sustitutivo me quedo el Irph entidades. He leído por Internet que al pasar al Irph entidades no merece la pena reclamar porque la diferencia con el anterior Irph no se iba a notar. Es esto cierto?. Gracias
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Ana · Madrid · Jueves, 05 Marzo 2020 | 10:35:43 PM · resp. nº 2008
Hola JOSÉ, NO NO ES CIERTO. Habrá que esperar a ver como aplica el TS la Sentencia del TJUE y, qué efectos determina tras la nulidad. Y en cualquier caso, nos deberían dar la opción de resolver el contrato u optar por la sustitución de otro índice -posiblemente el EURIBOR- porque en el caso de darnos sólo la opción del índice IRH ENTIDADES - nadie en su sano juicio optaría de nuevo por otra modalidad de IRPH y optaría por la resolución del contrato. Por otra pate, imponernos, directamente el IRPH modalidad ENTIDADES,sería, además de ABSURDO una ABERRACIÓN, ya que si se declara la nulidad del IRPH, inicial, esto es, el de CAJAS, por falta de transparencia, la imposición del IRPH ENTIDADES - tras la nulidad del IRPH CAJAS- sería menos transparante si cabe aún. Es decir, nos aplicarían otra vez el IRPH modalidad ENTIDADES pero por imposición - lo cual sería una aberración jurídica- Yo tb tenía IRPH CAJAS y en 2013 me pasaron a IRPH entidades, como a todo el mundo que tenía IRPH CAJAS, IRPH CECA o IRPH BANCOS. Si tenéis cualquier duda, no os angustiéis y llamadme 659 47 39 02
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Iván · Barcelona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 05:19:48 PM · nº 5860
Hola Ana de Madrid, abogada experta (es lo que pone en el membrete):
1. No es mi intención que NADIE absolutamente NADIE me de la gracias por nada, lo he hecho por propio interés.
2. Me parece muy feo que especules con lo que ha hecho mi abogada o dejado de hacer sin saber , y más siendo colegas de profesión.
3. Pase lo que pase en mi caso los volvería a contratar. Tengo puesto el recurso de casación. Contraté urbe abogados, si sabes tanto de IRPH sabrás qué caso han llevado.
4. Precisamente el caso del TJUE es de barcelona.
5. Solo digo, Que si nadie hubiese demandado no se hubiera llegado hasta el TJUE, y por más que te duela es así.
6. Es muy eficiente presentar demanda cuando ya hay jurisprudencia.

Un saludo
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Juan · La Coruña · Jueves, 05 Marzo 2020 | 06:00:13 PM · resp. nº 2005
No pide las gracias, dice que lo hace por su propio interés, pero sin embargo me echa en cara que por gente como yo estaríamos en la situación del año 99. Yo entro en el foro, como afectado del IRPH que soy, desde hace tiempo y, ahora, he dado mi opinión. Y lo único que he dicho es que no nos dejemos llevar por los cantos de sirena de muchos abogados, que al final quien paga si no sale bien son ustedes. A mi ya me engañaron una vez por fiarme del director de mi antigua entidad y no estoy dispuesto a que lo hagan otra vez. Yo llevaré a mi entidad ante el juez cuando crea yo que es el momento, no cuando me lo diga ningún abogado. Con esto doy por concluida mi participación en este foro, les seguiré leyendo. Que Dios reparta suerte. Un saludo a todos.
Iván · Barcelona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 06:14:11 PM · resp. nº 2006
Hola Juan disculpe si le he ofendido en ese aspecto tiene razón, pero no todos los abogados piensan igual
Ana · Madrid · Jueves, 05 Marzo 2020 | 10:06:06 PM · resp. nº 2007
IVÁN, no se ofenda , simplemente le he respondido con claridad a su DESACERTADO COMENTARIO SOBRE LOS AFECTADOS QUE NO HAN INICIADO LA VÍA JUDICIAL y, a las especulaciones sobre lo que hecho o he dejado de hacer yo, en particular . Como verá tengo el defecto de ser muy pero que muy clara. Que NO SE PUEDE PREJUZGAR, como hace Ud y, luego hacerse “el ofendidito”. Cada cual es libre de hacer lo que quiere y, si una gran parte de los afectados NO ha demandado -a fecha de hoy- sus razones tendrá y, Ud no es quien para juzgarles. Decisión de no demandar , por cierto, muy acertada que, esto no es como quien va a la peluquería…etc. Y aquí, nadie tiene que darle la gracias por haber demandado, no vaya de "hermanita de la caridad" que, si ud demandó lo hizo en propio interés Y EN EL DE NADIE MÁS. Finalmente, no tergiverse mi comentario, que yo no he nombrado a ningún despacho o abogado.

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Ana · Tarragona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 01:48:29 PM · nº 5859
Hola....que tal gente de irph!! Yo por mi parte estoy contenta..solo hace falta sentencia 8 marzo lo de ts...nadie tendria que pagar mas el irph...mientra los demas tiene eurivo y bajo..Asido esto un desastres para los afectado...animo y para adelante...yo de una forma o otra mando a tomar porculo el IRPH....bravo por el tj...hay una puerta abierta gracias a los abogado eurosqui..lo vamos a conseguir y si no ala calle....an rrobado que pagen....
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Laia · Malgrat de Mar · Jueves, 05 Marzo 2020 | 03:20:27 PM · resp. nº 2002
Hola Ana, por supuesto que hay que seguir adelante, yo no me pienso rendir, hemos llegado muy lejos,son muchos años de sufrimiento, y ahora se nos ha abierto una ventana para poder empezar a ver la luz. Yo seguiré hasta el final, y se que voy a ganar, después de 18 años pagando hipoteca, no voy a tirar la toalla para recuperar lo mío, mis derechos, mi dinero y mi futuro. Así que para adelante !!!! Y ni caso a los comentarios negativos, hay mucho currante de banca por aquí con ganas de meter cizaña! Ánimos que saldremos de ésta y recuperaremos lo nuestro

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Miguel · Barcelona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 12:34:40 PM · nº 5858
Buenas, en primer lugar los bancos hoy pierden un 4% aprox sinceramente, dp de leer muchos comentarios, enlaces... creo q nuestras posibilidades han aumentado de manera evidente , yo estoy en casación TS , esperando mi última posibilidad , y a pesar q los bancos están muy “ satisfechos” creo q vamos a ganar , ya q no conozco a nadie con comparativas de irph con Euribor en escrituras para empezar , a partir de aquí, son los bancos quienes deben de demostrar ( prueba de carga ) q hicieron las cosas con arreglo de ley ( muy discutible ) empieza una nueva y larga etapa q esperemos q vaya muy bien a todos los perjudicados en esta ESTAFA , mucha suerte a todos y paciencia
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javiko · barcelona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 12:26:16 PM · nº 5857
prevaricación del supremo
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javiko · barcelona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 12:20:56 PM · nº 5856
Jose maría erauskin corrígeme si me equivoco
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